Advertido error en el texto de la Resolución de 15 de enero de 2019, de la Universidad de Jaén, por la que se convocaba concurso público para la provisión de plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios (publicada en el «BOE» núm. 30, de 4 de febrero), se procede a su corrección.
El apartado de requisitos específicos de los solicitantes queda redactado de la siguiente forma:
2.2 Requisitos específicos. Los solicitantes deberán reunir los requisitos específicos que a continuación se señalan:
a) Haber sido acreditado/a para el Cuerpo Docente de Catedrático de Universidad, de acuerdo con lo que prevé el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios, en su actual redacción o estar habilitados/as conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concurso de acceso respectivos.
b) Pertenecer al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o a la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, y haber, prestado como mínimo dos años de servicio efectivos bajo dicha condición.
El apartado de pruebas queda redactado de la siguiente forma:
7. Pruebas.
El concurso de acceso a plazas del cuerpo de Catedráticos de Universidad constará de dos pruebas:
a) La primera prueba consistirá en la exposición oral, durante un tiempo máximo de noventa minutos, del historial académico, docente e investigador, de gestión, y, en su caso asistencial-sanitario, alegados. Dicha prueba incluirá, asimismo, la defensa del proyecto docente presentado por el candidato. Seguidamente, la Comisión debatirá con el candidato sobre los anteriores extremos durante un tiempo máximo de dos horas. Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado, ajustado en todo caso a los criterios previamente establecidos por la Comisión. A la vista de estos informes, la Comisión procederá a una votación, en la que no será posible la abstención, para determinar el paso de los candidatos a la siguiente prueba. No pasarán a la misma los candidatos que no obtengan, al menos, tres votos favorables.
b) La segunda prueba consistirá en la exposición oral por el candidato, durante un tiempo máximo de noventa minutos, del proyecto investigador. Seguidamente, la Comisión debatirá con el candidato todos aquellos aspectos que estime relevantes en relación con el referido proyecto, durante un tiempo máximo de dos horas. Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado, ajustado en todo caso a los criterios previamente establecidos por la Comisión, y en el que se valorará el proyecto investigador presentado por el candidato, así como su capacidad para la exposición y el debate ante la Comisión demostrada durante la prueba.
Jaén, 13 de febrero de 2019.–El Rector, Juan Gómez Ortega.
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