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Documento BOE-A-2019-3166

Resolución de 14 de febrero de 2019, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería del jurel (trauchurus trauchurus) y de la caballa (scomber scombrus) de la zonas VIIIc y IXa para los buques del censo de cerco Cantábrico y Noroeste con puerto base en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 2019, páginas 21197 a 21197 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2019-3166
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2019/02/14/(2)

TEXTO ORIGINAL

La Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, por la que se establece un Plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste, determina en su artículo 10 que la Secretaría General de Pesca queda facultada para establecer, oído el sector, topes de capturas y desembarques diarios o semanales cuya cantidad se determinará mediante Resolución del Secretario General.

La Secretaria General de Pesca, a propuesta de la Organización de Productores de Cantabria (OPACAN), resuelve:

Primero.

Para los citados buques se establecen unos topes semanales de capturas de jurel de un máximo de 2.000 kilogramos por tripulante enrolado.

Segundo.

Para los citados buques se establecen unos topes diarios de capturas de caballa de un máximo de 1.000 kilogramos por tripulante enrolado. Además las embarcaciones limitarán sus capturas de caballa a un máximo 2.000 kilogramos por semana por tripulante enrolado.

Tercero.

En la primera y última semana del año, los topes arriba indicados se aplicarán «pro rata temporis».

Cuarto.

La presente resolución surtirá efectos del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019.

Quinto.

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Madrid, 14 de febrero de 2019.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/02/2019
  • Fecha de publicación: 05/03/2019
  • Efectos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2019.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre (Ref. BOE-A-2015-12992).
Materias
  • Buques
  • Cantabria
  • Cantábrico
  • Cuota de pesca
  • Pesca marítima
  • Pescado

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