El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 18 de diciembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 5927-2018, planteada por Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso de apelación núm. 640-2017, en relación con el apartado 4 del art. 39 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid (LEPAR), por posible vulneración del art. 25.1 de la CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el recurso de apelación núm. 640-2017, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de diciembre de 2018.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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