La dinámica del ordenamiento educativo producida por la continua inscripción de nuevas titulaciones universitarias oficiales en el Registro de Universidades, Centros y Títulos debe reflejarse en el ordenamiento específico de los Ejércitos, Armada y Cuerpos Comunes necesario para determinar aquellas titulaciones universitarias oficiales a exigir para el ingreso en las Fuerzas Armadas.
El apartado 2 del anexo II del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, autoriza al Ministro de Defensa a determinar, conforme se vayan inscribiendo en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, regulado por Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, qué titulaciones universitarias oficiales se exigirán para ingresar en los centros docentes militares de formación para acceder a las diferentes escalas de oficiales.
La Orden DEF 1097/2012, de 24 de mayo, por la que se determinan las titulaciones requeridas para ingresar en los centros docentes militares de formación para acceso a las diferentes escalas de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Armadas, que desarrolla el Real Decreto 35/2010,de 15 de enero, determina las titulaciones universitarias oficiales de grado que se exigirán para el ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a las diferentes escalas de Oficiales de las Fuerzas Armadas, obtenidas conforme al Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Dicha Orden ministerial recoge en su preámbulo que la continua inscripción de nuevas titulaciones universitarias oficiales en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, así como la aprobación de nuevos títulos de Técnico Superior, provoca una constante variación de su número, por lo que hace necesario determinar anualmente aquellas titulaciones universitarias oficiales y de Técnico Superior a exigir para el ingreso en las Fuerzas Armadas.
La Orden DEF/853/2014, de 21 de mayo, por la que se modifica la Orden DEF/1097/2012, de 24 de mayo, por la que se determinan las titulaciones requeridas para ingresar en los centros docentes militares de formación para acceso a las diferentes escalas de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Armadas, introduce las titulaciones requeridas para el ingreso en los Cuerpos de Ingenieros de los Ejércitos, y la Orden DEF/440/2018, de 24 de abril, por la que se modifica la Orden DEF/1097/2012, de 24 de mayo, por la que se determinan las titulaciones requeridas para ingresar en los centros docentes militares de formación para acceso a las diferentes escalas de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Armadas, introduce las titulaciones de Técnico Superior requeridas para las diversas especialidades fundamentales de la escala de Suboficiales del Ejército del Aire.
En consecuencia, se hace necesario llevar a cabo una revisión de las titulaciones requeridas para el ingreso en las escalas de Oficiales de los Cuerpos Generales, de Infantería de Marina, Cuerpos de Intendencia y Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.
Durante su tramitación, se ha dado conocimiento de este proyecto a las asociaciones profesionales con representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de Derechos y Deberes de los Miembros de las Fuerzas Armadas. Finalmente con arreglo a lo establecido en el artículo 49.1.b) de la citada ley orgánica, ha tenido conocimiento y ha sido oído el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.
En su virtud, dispongo:
La Orden DEF/1097/2012, de 24 de mayo, por la que se determinan las titulaciones requeridas para ingresar en los centros docentes militares de formación para acceso a las diferentes escalas de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Armadas, queda modificada como sigue:
Uno. El párrafo 1.º del artículo 1.a), queda redactado del siguiente modo:
«a) Cuerpos específicos de los Ejércitos.
1.º Cuerpos Generales y de Infantería de Marina:
i. Cuerpo General del Ejército de Tierra: Los títulos universitarios oficiales de Grado inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, en la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura, así como los inscritos en la rama de Ciencias, que vinculados con las matemáticas, la física y la química, y de la rama de Ciencia Sociales y Jurídicas vinculados con la Administración y Dirección de Empresas se relacionan en el cuadro 1 del anexo I.1.a).
ii. Cuerpo General y Cuerpo de Infantería de Marina de la Armada: Los títulos universitarios oficiales de Grado inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, en la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura, que vinculados con las Ingenierías Industrial, Naval, Aeronáutica y de Telecomunicación, y con las titulaciones profesionales de la marina mercante se relacionan en el cuadro 2 del anexo I.1.b).
iii. Cuerpo General del Ejército del Aire: Los títulos universitarios oficiales de Grado inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, en la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura, así como los inscritos en la rama de Ciencias, que vinculados con las matemáticas, la física y la química se relacionan en el cuadro 3 del anexo I.1.c).»
Dos. El párrafo 2.º del artículo 1.a), queda redactado del siguiente modo:
«2.º Cuerpos de Intendencia: Los títulos universitarios oficiales de Grado inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, en la rama de conocimiento de Ciencias Sociales y Jurídicas que vinculado con la economía, la empresa y el derecho que se citan en el cuadro 1 del anexo II.1.»
Tres. El párrafo 2.º del artículo 1.b), queda redactado del siguiente modo:
«2.º Cuerpo Militar de Intervención: Los títulos universitarios oficiales de Grado inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, en la rama de conocimiento de Ciencias Sociales y Jurídicas, que vinculado con la economía, la empresa y el derecho que se citan en el cuadro 1 del anexo II.1, y el siguiente:
Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos.»
La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 14 de mayo de 2020.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.
a) Cuerpo General del Ejército de Tierra
Cuadro 1 | |
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Titulación Universitaria Oficial de Grado en: | |
Física. | Matemáticas y Estadística. |
Matemáticas. | Estadística. |
Química. | Administración de Empresas. |
Administración de Empresas y Gestión de la innovación. | Administración y Dirección de Empresas. |
Administración de Empresas ADE. | – |
b) Cuerpo General y Cuerpo de Infantería de Marina de la Armada
Cuadro 2 | |
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Titulación Universitaria Oficial de Grado en: | |
Arquitectura Naval. | Ingeniería Electrónica Industrial y Automática. |
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos. | Ingeniería Electrónica y Automática. |
Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima. | Ingeniería Electrónica y Automática Industrial. |
Ingeniería Aeroespacial. | Ingeniería en Diseño Mecánico. |
Ingeniería Aeroespacial en Aeronavegación. | Ingeniería en Electrónica Industrial. |
Ingeniería Aeroespacial en Aeronaves. | Ingeniería en Electrónica Industrial y Automática. |
Ingeniería de procesos Químicos Industriales. | Ingeniería en Electrónica y Automática Industrial. |
Ingeniería de Sistemas de Comunicaciones. | Ingeniería en Química Industrial. |
Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación. | Ingeniería en Sistemas de Telecomunicación. |
Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación, Sonido e Imagen. | Ingeniería en Sistemas de Telecomunicaciones. |
Ingeniería de Sistemas Electrónicos. | Ingeniería Marítima. |
Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación. | Ingeniería Mecánica. |
Ingeniería de Tecnologías y Servicios de Telecomunicación. | Ingeniería Mecatrónica. |
Ingeniería de Telecomunicación. | Ingeniería Química. |
Ingeniería Eléctrica. | Ingeniería Química Industrial. |
Ingeniería Electromecánica. | Ingeniería Telemática. |
Ingeniería Electrónica de Comunicaciones. | Tecnologías de Telecomunicación. |
Ingeniería Electrónica de Telecomunicación. | Ingeniería en Tecnología Naval. |
Ingeniería Electrónica Industrial. | Ingeniería en Vehículos Aeroespaciales. |
Ingeniería Aeroespacial en Vehículos Aeroespaciales. | Ingeniería Marina. |
Ingeniería de Sistemas Aeroespaciales. | Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo. |
Ingeniería de Sistemas Audiovisuales. | Ingeniería Naval y Oceánica. |
Ingeniería de Sistemas Audiovisuales de Telecomunicación. | Ingeniería Radioelectrónica Naval. |
Ingeniería de Sistemas Audiovisuales y Multimedia. | Ingeniería Redes de Telecomunicación. |
Ingeniería de Tecnologías Específicas de Telecomunicación. | Ingeniería Sistemas Industriales. |
Ingeniería Eléctrica y Electrónica. | Ingeniería en Sonido e Imagen. |
Ingeniería en Sistemas y Tecnología Naval. | Ingeniería en Sonido e Imagen en Telecomunicación. |
Ingeniería en Tecnologías de Telecomunicación. | Ingeniero de Tecnologías Industriales. |
Ingeniería en Tecnologías y Servicios de Telecomunicación. | Marina. |
Náutica y Transporte Marítimo. | Tecnologías Marinas. |
c) Cuerpo General del Ejército del Aire
Cuadro 3 | |
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Titulación Universitaria Oficial de Grado en: | |
Física. | Estadística. |
Matemáticas. | Química. |
Matemáticas y Estadística. | – |
Cuadro 1 | |
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Titulación Universitaria Oficial de Grado en: | |
Administración de Empresas. | Empresas y Actividades Turísticas. |
Administración de Empresas y Gestión de la innovación. | Estadística Empresarial. |
Administración y Dirección de Empresas. | Estadística y Empresa. |
Administración y Dirección de Empresas ADE. | Estudios Internacionales de Economía y Empresa/International Business Economics. |
Administración y Gestión Pública. | Finanzas. |
Análisis de Negocios. | Finanzas y Contabilidad. |
Análisis Económico. | Finanzas y Seguros. |
Ciencias Económicas. | Finanzas, Banca y Seguros. |
Ciencias Empresariales. | Fiscalidad y Administración Pública. |
Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas. | Gestión Comercial y Marketing. |
Comercio. | Gestión de Empresas. |
Comercio Internacional. | Gestión de Empresas en Comercio y Distribución. |
Comercio y Marketing. | Gestión de Negocios. |
Contabilidad y Finanzas. | Gestión de Pequeñas y Medianas Empresas. |
Creación, Administración y Dirección de Empresas. | Gestión Económico-Financiera. |
Datos y Analítica de Negocio. | Gestión Empresarial Basada en el Análisis de Datos. |
Derecho. | Gestión y Administración Pública. |
Derecho/Bachelor and Laws. | Gestión y Marketing Empresarial. |
Desarrollo, Gestión Comercial y Estrategias de Mercado. | Inteligencia de Negocios. |
Dirección Comercial y Marketing. | Liderazgo Emprendedor e Innovación. |
Dirección de Empresas. | Logística y Negocios Marítimos. |
Dirección de Empresas BBA. | Marketing. |
Dirección de Empresas Tecnológicas. | Marketing e Investigación de Mercados. |
Dirección Financiera y Contabilidad. | Marketing y Comercialización Internacional. |
Dirección Internacional de Empresas. | Marketing y Comunicación. |
Dirección y Administración de Empresas. | Marketing y Comunicación Comercial. |
Dirección y Creación de Empresas. | Marketing y Comunicación Digital. |
Dirección y Gestión de Empresas en el Ámbito Digital. | Marketing y Comunicación Empresarial. |
Dirección y Gestión Pública. | Marketing y Comunidades Digitales. |
Economía. | Marketing y Dirección Comercial. |
Economía Financiera y Actuarial. | Marketing y Gestión Comercial. |
Economía y Finanzas. | Negocios Internacionales. |
Economía y Gestión. | Negocios Internacionales/International Business. |
Economía y Negocios Internacionales. | Negocios y Marketing Internacionales. |
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