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Documento BOE-A-2020-7941

Sentencia de 29 de mayo de 2020, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo número 1/54/2018, interpuesto por la Asociación Empresarial Multisectorial CECOT contra la Orden ETU/1283/2017, de 22 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para el año 2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 16 de julio de 2020, páginas 52000 a 52000 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Supremo
Referencia:
BOE-A-2020-7941

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/54/2018, interpuesto por Asociación Empresarial Multisectorial CECOT contra la Orden ETU/1283/2017, de 22 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para el año 2018, la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 29 de mayo de 2020 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:

Estimar en parte el recurso contencioso-administrativo n.º 54/2018 interpuesto en representación de la Asociación Empresarial Multisectorial CECOT contra la Orden ETU/1283/2017 de 22 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para 2018, con los siguientes pronunciamientos:

Primero.

Se declara nulo el artículo 5 de la Orden ETU/1283/2017, de 22 de diciembre.

Segundo.

Se desestiman las demás pretensiones que formula la demandante.

Tercero.

No se imponen las costas procesales a ninguna de las partes.

Procédase a la publicación de la parte dispositiva de esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo establecido en el artículo 72.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.

Así se acuerda y firma.–Eduardo Espín Templado.–José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat.–Eduardo Calvo Rojas.–María Isabel Perelló Doménech.–José Maria del Riego Valledor.–Diego Córdoba Castroverde.–Ángel Ramón Arozamena Laso.–Firmado.

ANÁLISIS

  • Rango: Sentencia
  • Fecha de disposición: 29/05/2020
  • Fecha de publicación: 16/07/2020
Referencias anteriores
  • DECLARA la nulidad del art. 5 de la Orden ETU/1283/2017, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2017-15522).
Materias
  • Carburantes y combustibles
  • Comercialización
  • Consumidores y usuarios
  • Empresas
  • Gas
  • Suministro de energía
  • Tarifas
  • Transporte de energía
  • Tribunal Supremo

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