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Documento BOE-A-2021-12037

Resolución de 7 de julio de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el incremento del complemento anual variable no consolidable correspondiente al año 2020 del Convenio colectivo del Grupo Champion.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 19 de julio de 2021, páginas 86271 a 86273 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2021-12037
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2021/07/07/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta, de 31 de marzo de 2021, sobre el incremento del complemento anual variable no consolidable correspondiente al año 2020 del artículo 34.2 del Convenio colectivo del Grupo Champion (Supermercados Champion, S.A. y Grupo Supeco-Maxor, S.L.) –código de convenio n.º 90016103012006–, publicado en el BOE de 1 de agosto de 2019, acta que fue suscrita por la Comisión Paritaria de dicho Convenio, en la que están integrados los designados por la Dirección del citado Grupo de empresas, en representación de las mismas, y los sindicatos CC.OO., FETICO y UGT, firmantes de dicho Convenio en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de julio de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

Acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo del Grupo Champion 2019-2021 (Supermercados Champion, S.A. y Grup Supeco-Maxor, S.L.)

Por la Dirección de las empresas:

Lorena Sánchez.

Juan Antonio Sánchez

Manuel de Miguel.

Begoña Reinoso.

Isabel Avivar.

Por CCOO:

Carmen Toribio.

Por FETICO:

Mónica Quindós.

Por UGT:

Máxima Real.

En Madrid, a 31 de marzo de 2021, siendo las 16:30 horas, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Grupo Champion («Supermercados Champion, S. A.» y «Grup Supeco-Maxor, S.L.»), previa convocatoria al efecto, con asistencia de todas las organizaciones que la integran, representadas por las personas que figuran al margen, a fin de tratar punto único del orden del día:

Único.

Aplicación del incremento variable en función de ventas del artículo 34. Apartado 2 correspondiente al Año 2020.

Abierta la sesión, y en cumplimiento de lo previsto en el Convenio Colectivo del Grupo Champion («Supermercados Champion, S.A.» y «Grup Supeco-Maxor, S.L.»), la Dirección informa a la comisión paritaria del resultado de la cifra de venta neta real de tiendas comparables del año 2020.

La comisión paritaria constata el incremento registrado de la cifra de venta neta real en tiendas comparables del año 2020, en relación al presupuesto de venta neta anual en tiendas comparables para el correspondiente año, por lo que procede el abono a los trabajadores de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.2 Apartado I y II de un complemento salarial variable y no consolidable correspondiente al año 2020, del 2,5%, calculado sobre las tablas salariales del artículo 32 del convenio o, salarios base personales, vigentes en diciembre del año anterior.

Complemento anual variable no consolidable 2020

Grupo Profesional

Euros

Anual

Grupo V. Profesionales A. 324,45
Grupo IV. Profesionales B. 327,74
Grupo III. Especialistas. 344,03
Grupo II. Técnicos y gestores. 364,67
Grupo I. Mandos. 386,55

La determinación del complemento variable no consolidable/hora, se efectuará dividiendo el importe anual anteriormente fijado, por la suma del número de horas anuales previsto en el artículo 18. Apartados I y IV del presente convenio colectivo, percibiéndose por cada trabajador en proporción a su jornada de trabajo efectiva y ello sin perjuicio de los mecanismos de compensación y absorción que puedan operar.

La Comisión Paritaria acuerda que se procederá al abono del importe del incremento variable en función de ventas del artículo 34.2 del año 2020, que corresponda a los trabajadores, en dos pagos: el 50% en la nómina del mes de abril /2021 y un segundo pago por el 50% restante en la nómina del mes de agosto/2021, de conformidad con lo dispuesto en el acta de modificación del Convenio Colectivo del Grupo Champion («Supermercados Champion, S.A.» y «Grup Supeco-Maxor, S.L.»), del Grupo Champion («Supermercados Champion, S.A.» y «Grup Supeco-Maxor, S.L.») suscrita con fecha 31 de marzo de 2021.

Finaliza la reunión procediendo a la habilitación de doña Eva Marín Oliaga para que, en nombre de la Comisión, lleve a cabo cuantos trámites sean precisos en orden al depósito, registro y posterior publicación de la presente Acta en el «Boletín Oficial del Estado».

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión y, de ella, la presente acta que, una vez leída y encontrada conforme, se firma por los asistentes en el lugar y fecha arriba indicados.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/07/2021
  • Fecha de publicación: 19/07/2021
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 19 de julio de 2019 (Ref. BOE-A-2019-11318).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Establecimientos comerciales

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