Visto el texto del acuerdo de modificación de los artículos 18, 26 y 44, así como las tablas salariales para los años 2021 y 2022 del Convenio colectivo de la empresa Iqvia Information, SA (antes denominada IMS Health, SA) –código de convenio n.º 90006212011990–, publicado en el BOE de 7 de noviembre de 2019, acuerdos y tablas que fueron suscritas con fecha 12 de abril de 2021, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por el Comité de empresa y los Delegados de personal en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación y tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria del Convenio.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de agosto de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
En Madrid, siendo las 12.00 horas del día 12 de abril 2021, se reúnen los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la empresa.
Por parte de la empresa:
María Sánchez-Biezma.
Por parte de los trabajadores:
Noelia Flores.
Miguel Angel Pastor.
Eugenio Bravo.
Ángel Baltasar.
Carmen Gómez.
En tal sentido, han acordado las siguientes modificaciones del articulado del Convenio colectivo:
Artículo 18. Jornada laboral.
Se añade el punto 5:
«5. En supuesto de proyectos muy vinculados a otras jurisdicciones en las que haya diferencia horaria con nuestro país las personas trabajadoras podrán desempeñar un horario diverso al ordinario previsto en el punto 18.2.»
Artículo 26. Tablas salariales.
El punto 1 queda redactado de la siguiente manera:
«Los salarios base pactados en el presente Convenio para el año 2021 y 2022, en cómputo anual, por grupos y categorías profesionales vigentes, serán los establecidos en el Anexo I- Tabla Salarial años 2021 y 2022, de este Convenio. La fecha de aplicación de dichas tablas será desde el 1 de abril de 2021.»
Artículo 44. Compensación Teletrabajo COVID-19.
El artículo 44 del convenio se modifica en su totalidad pasando a llamarse «Compensación Teletrabajo COVID19», quedando redactado de la siguiente manera:
«Debido a la situación excepcional provocada por la COVID en 2020, se acuerda abonar un complemento extrasalarial en compensación de los gastos derivados del trabajo a distancia ocasionados a las personas trabajadoras. Para ello se constituye una bolsa de 25.000 €. El complemento extrasalarial y extraordinario se abonará a todas las personas trabajadoras que continúen en plantilla de la Compañía, con independencia de su grupo profesional, en la fecha de abono de la nómina de junio 2021. El importe concreto de compensación a abonar a cada persona trabajadora se determinará teniendo en cuenta el tiempo de servicios prestados entre el 1/04/2020 y el 31/03/2021 y el número de personas trabajadoras de la compañía beneficiarias de esta compensación.»
Publicación del anexo I: Tabla Salarial años 2021-2022.
Grupo | Categoría | Salario base 1 de abril de 2021 - 31 de marzo de 2022 | |
---|---|---|---|
x 14 | Año | ||
GI - DIRECCIÓN. | DIRECCIÓN. | 1.777,75 | 24.888,50 |
GII - GESTIÓN Y DESARROLLO. | JEFE OPERACIONES. | 1.323,05 | 18.522,66 |
GESTIÓN Y CONTROL. | 1250,31 | 17.504,18 | |
CONSULTOR. | 1.111,12 | 15.555,72 | |
ANALISTA. | 971,6 | 13.602,42 | |
GIII - TÉCNICOS. | CONSULTOR TECH. | 1.250,31 | 17.504,28 |
ANALISTA TECH. | 1.119,38 | 15.671,34 | |
GIV - TÉCNICOS BASE. | OPERADOR. | 959,5 | 13.433 |
Delegar en don Ignacio Aguirre Sánchez, para que, en nombre y representación de esta comisión negociadora, realice los trámites necesarios para el correspondiente depósito, registro y posterior publicación en el BOE.
Y para que conste, en prueba de conformidad, firman la presente acta, en fecha y lugar arriba indicados, los integrantes de la mesa negociadora.–Por la empresa, María Sánchez-Biezma.–Por los trabajadores, Noelia Flores, Miguel Ángel Pastor, Eugenio Bravo, Ángel Baltasar y Carmen Gómez.
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