Visto el texto de las tablas salariales a partir del 1 de septiembre de 2021 del anexo I del XII Convenio colectivo de centros de asistencia y educación infantil (código de Convenio n.º 99005615011990), publicado en el BOE de 26 de julio de 2019, que fue suscrito con fecha 1 de julio de 2021, de una parte por las asociaciones empresariales ACADE, CECE, CECEI, EyG, FCIC y SALVEM 0-3 en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales UGT Servicios Públicos, CC.OO. FSIE y USO en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales, en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria del Convenio.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de agosto de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
Asistentes:
ACADE:
Don Ignacio Grimá.
Doña Rosario Vega.
Don Luis Torres.
Don Pedro Muñoz.
Don Arturo Canalda.
CECE:
Don Santiago García.
Doña Basilia Cuéllar.
CECEI:
Don Miguel Ángel Calle.
Doña Inmaculada Calle.
EyG: Doña Carmen Estévez.
FCIC: Don Jordi Fiblá.
SALVEM 0-3: Don Juan Martín.
UGT Servicios Públicos:
Don Jesús Gualix.
Doña Patricia Gómez.
Doña Ana Castaño.
Don Casimiro Sánchez.
FSIE:
Don Enrique Ríos.
Don José M.ª Méndez.
Don Francisco Picón.
Doña Isabel Gutiérrez.
USO:
Doña Imma Badía.
Don Carlos Quirós.
Doña Cristina Albaladejo.
En Madrid, a 1 de julio de 2021, siendo las 14:30 horas, se reúnen las personas reseñadas al margen, siendo identificadas por la Secretaría de la Mesa, que hace constar que estas actúan en representación de sus respectivas organizaciones como negociadoras del XII Convenio Colectivo de ámbito estatal de centros de asistencia y educación infantil, cuya inscripción se ordenó por Resolución de la Dirección General de Trabajo, de 12 de julio de 2019 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del día 26 de julio de 2019.
La reunión se celebra por videoconferencia conforme a lo establecido en el artículo 3.4 del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 2/2021 de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo.
Preside la reunión la organización empresarial ACADE y la Secretaría de Actas la ostenta la organización sindical UGT Servicios Públicos.
Las organizaciones ACADE, CECE, CECEI, EYG, FCIC, SALVEM 0-3, UGT Servicios Públicos, FSIE y USO reconociendo que existe mayoría suficiente para que la mencionada revisión salarial tenga eficacia general, han alcanzado el acuerdo de adecuar las tablas salariales a partir de 1 de septiembre de 2021 del anexo I. Tablas salariales centros educación infantil (tabla general).
En consecuencia,
ACUERDAN
La firma de las tablas salariales del XII Convenio Colectivo de ámbito estatal de centros de asistencia y educación infantil a partir de 1 de septiembre de 2021 del anexo I. Tablas salariales centros educación infantil (tabla general), que se anexan a este acta.
La actualización salarial tiene efecto desde el 1 de septiembre de 2021. El plazo para abonar los atrasos, si los hubiera, será hasta el último día del mes siguiente al de la publicación de las tablas salariales en el BOE.
Se autoriza a la Secretaría de la Comisión Negociadora (UGT Servicios Públicos) y en concreto a doña Ana Castaño Buendía para proceder a realizar los trámites oportunos ante la Dirección General de Trabajo y publicación posterior en el BOE de este acuerdo.
Y en prueba de conformidad, las partes firman la presente acta en el lugar y fecha indicados ut supra.–ACADE.–CECE.–CECEI.–EyG.–FCIC.–SALVEM 0-3.–UGT Servicios Públicos.–FSIE.–USO.
Tablas desde 1 de septiembre de 2021
Salario mensual |
Salario anual (14 pagas) |
CPP (14) – Euros |
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GRUPO I. PERSONAL DE AULA. | |||
Maestro. | 1.411,66 € | 19.763,24 € | 30,09 |
Educador Infantil. | 968,09 € | 13.553,26 € | 23,11 |
Auxiliar de apoyo. | SMI | SMI | 15,92 |
GRUPO II. PERSONAL DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS. | |||
Personal especializado: logopeda, psicólogo, enfermero, médico, pedagogo, asistente social, …. | 1.401,30 € | 19.618,20 € | 29,54 |
GRUPO III. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS. | |||
Personal de cocina. | SMI | SMI | 15,92 |
Personal de limpieza. | SMI | SMI | 15,92 |
Personal de mantenimiento. | SMI | SMI | 15,92 |
Personal de servicios generales. | SMI | SMI | 15,92 |
Personal administrativo. | SMI | SMI | 15,92 |
Salario mensual – Euros |
Salario anual – Euros |
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CARGOS DIRECTIVOS TEMPORALES. | ||
Director. | 1.430,00 | 20.020,00 |
Subdirector. | 1.430,00 | 20.020,00 |
Director pedagógico. | 1.430,00 | 20.020,00 |
Nota: El CPP del cargo directivo será el que corresponde a su puesto de trabajo.
Si se produjese una subida del Salario Mínimo Interprofesional durante 2021, se mantendría el diferencial de 10 euros sobre dicho SMI, para la categoría del Educador Infantil en el concepto «Salario mensual», en las tablas salariales del anexo I para el periodo de septiembre a diciembre de dicho año.
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