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Documento BOE-A-2021-19455

Resolución de 12 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo parcial relativo a la actualización de la tabla salarial para el año 2021 del Convenio colectivo para peluquerías, institutos de belleza y gimnasios.

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 25 de noviembre de 2021, páginas 144715 a 144716 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2021-19455
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2021/11/12/(7)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acuerdo parcial relativo a la actualización de la tabla salarial para el año 2021 del Convenio colectivo para peluquerías, institutos de belleza y gimnasios (código de convenio 99010955011997), que, que fue suscrito, con fecha 29 de septiembre de 2021, de una parte por la Asociación Nacional de Empresas de Imagen Personal, la Federación Nacional de Asociaciones de Estética y la Asociación Nacional de Empresarios de Peluquería, Estética e Imagen Personal en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos FES-UGT y CCOO de Construcción y Servicios en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de noviembre de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA ACTUALIZACIÓN TABLA SALARIAL 2021

En Zaragoza a, 29 de septiembre de 2021 siendo las 11 horas, se reúne la Comisión Negociadora del convenio colectivo en la sede de la secretaría permanente de la Comisión Paritaria, sita en la C/ Servet, n.º 14, local bajo, con la asistencia de las personas relacionadas a continuación:

Por las Organizaciones Sindicales:

FES-UGT: Doña Rosa María Sampedro Rodríguez.

Comisiones Obreras de Construcción y Servicios: Don Juan José Montoya Pérez.

Por las Organizaciones Empresariales:

Asociación Nacional de Empresas de Imagen Personal: Don Santiago Ruiz Moline.

Federación Nacional de Asociaciones de Estética: Doña Rosa María Cruz Marcos.

Asociación Nacional de Empresarios de Peluquería, Estética e Imagen Personal: Don Diego Sanz Ejarque.

Asesores de todas las organizaciones empresariales: Profisco 2000 S.L.

Se acuerda por unanimidad:

Proceder a la actualización de la tabla salarial para el año 2021, de acuerdo con lo establecido en decreto de aprobación del SMI para 2021.

Se adjunta la actualización de la tabla salarial para el año 2021, cuyos efectos económicos se aplicarán desde el uno de septiembre de 2021.

Así mismo, la Comisión Paritaria acuerda delegar los trámites de registro y publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha tabla salarial a don José Luis Colomer Tortosa.

Y sin más asuntos que tratar y en prueba de conformidad, se firma la presente por los representantes asistentes, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Año 2021

(Importes en euros)

Grupo Salario/día Paga junio Paga diciembre
O Según contrato
I 32,17 965,00 965,00
II 32,17 965,00 965,00
III 32,17 965,00 965,00
IV 32,17 965,00 965,00
Plus de transporte: 2,20 euros/día efectivamente trabajado.
Por las Organizaciones Sindicales Por las Organizaciones Empresariales

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/11/2021
  • Fecha de publicación: 25/11/2021
  • Efectos económicos desde el 1 de septiembre de 2021.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 29 de junio de 2018 (Ref. BOE-A-2018-9679).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Gimnasios
  • Institutos de belleza
  • Peluquerías

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