Visto el texto del Acuerdo parcial relativo a la actualización de la tabla salarial para el año 2021 del Convenio colectivo para peluquerías, institutos de belleza y gimnasios (código de convenio 99010955011997), que, que fue suscrito, con fecha 29 de septiembre de 2021, de una parte por la Asociación Nacional de Empresas de Imagen Personal, la Federación Nacional de Asociaciones de Estética y la Asociación Nacional de Empresarios de Peluquería, Estética e Imagen Personal en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos FES-UGT y CCOO de Construcción y Servicios en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 12 de noviembre de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
En Zaragoza a, 29 de septiembre de 2021 siendo las 11 horas, se reúne la Comisión Negociadora del convenio colectivo en la sede de la secretaría permanente de la Comisión Paritaria, sita en la C/ Servet, n.º 14, local bajo, con la asistencia de las personas relacionadas a continuación:
Por las Organizaciones Sindicales:
FES-UGT: Doña Rosa María Sampedro Rodríguez.
Comisiones Obreras de Construcción y Servicios: Don Juan José Montoya Pérez.
Por las Organizaciones Empresariales:
Asociación Nacional de Empresas de Imagen Personal: Don Santiago Ruiz Moline.
Federación Nacional de Asociaciones de Estética: Doña Rosa María Cruz Marcos.
Asociación Nacional de Empresarios de Peluquería, Estética e Imagen Personal: Don Diego Sanz Ejarque.
Asesores de todas las organizaciones empresariales: Profisco 2000 S.L.
Se acuerda por unanimidad:
Proceder a la actualización de la tabla salarial para el año 2021, de acuerdo con lo establecido en decreto de aprobación del SMI para 2021.
Se adjunta la actualización de la tabla salarial para el año 2021, cuyos efectos económicos se aplicarán desde el uno de septiembre de 2021.
Así mismo, la Comisión Paritaria acuerda delegar los trámites de registro y publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha tabla salarial a don José Luis Colomer Tortosa.
Y sin más asuntos que tratar y en prueba de conformidad, se firma la presente por los representantes asistentes, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Año 2021
(Importes en euros)
Grupo | Salario/día | Paga junio | Paga diciembre |
---|---|---|---|
O | Según contrato | ||
I | 32,17 | 965,00 | 965,00 |
II | 32,17 | 965,00 | 965,00 |
III | 32,17 | 965,00 | 965,00 |
IV | 32,17 | 965,00 | 965,00 |
Plus de transporte: 2,20 euros/día efectivamente trabajado. |
Por las Organizaciones Sindicales | Por las Organizaciones Empresariales |
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid