En el año 2007, el Reino de Dinamarca aprobó una nueva organización territorial suprimiendo la anterior división del territorio en 13 distritos. La nueva organización territorial consta de cinco regiones (Región Capital, Jutlandia Central, Dinamarca Meridional, Selandia y Jutlandia Septentrional) que abarcan un total de 98 distritos.
Esta reorganización justifica la reestructuración de la red consular honoraria de España en el Reino de Dinamarca, con el objetivo de adecuarla a la división administrativa vigente. De esta forma, se redistribuyen las circunscripciones de las cinco Oficinas Consulares honorarias de España en Dinamarca, elevando las categorías de tres de ellas de Viceconsulado Honorario a Consulado Honorario (Aarhus, Odense y Groenlandia), manteniendo un Viceconsulado Honorario (Thorshavn, en las Islas Feroe) y suprimiendo otro (Vejle), de manera que la red quede compuesta por tres Oficinas Consulares honorarias de España con categoría Consulados Honorarios y una Oficina Consular honoraria de España con categoría de Viceconsulado Honorario.
Este nuevo diseño de la red consular honoraria permite una gestión más eficaz y directa de los asuntos ordinarios de la colectividad española y de una mejor gestión de las eventualidades que puedan encontrarse los ciudadanos españoles transeúntes.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Copenhague, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares y de la Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa, dispongo:
Se modifica la circunscripción de la Oficina Consular honoraria de España en Aarhus, que abarcará las regiones de Jutlandia Septentrional y Jutlandia Meridional.
Se eleva a la categoría de Consulado Honorario la Oficina Consular de España en Aarhus, en el Reino de Dinamarca, con la circunscripción descrita en el artículo 1.
La persona titular del Consulado Honorario de España en Aarhus tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares, de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.
Se modifica la circunscripción de la Oficina Consular honoraria de España en Odense, que abarcará la región de Dinamarca Meridional.
Se eleva a la categoría de Consulado Honorario la Oficina Consular Honoraria de España en Odense, en el Reino de Dinamarca, con la circunscripción descrita en el artículo 4.
La persona titular del Consulado Honorario de España en Odense tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares, de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.
Se modifica la circunscripción de la Oficina Consular honoraria de España en Groenlandia, con sede en Nuuk, que abarcará todo el territorio de la isla de Groenlandia.
Se eleva a la categoría de Consulado Honorario la Oficina Consular honoraria de España en Groenlandia, con la circunscripción descrita en el artículo 7.
La persona titular del Consulado Honorario de España en Groenlandia tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares, de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.
Se modifica la circunscripción de la Oficina Consular honoraria, con categoría de Viceconsulado Honorario de España en Thorshavn, en las Islas Feroe, que abarcará todo el territorio de las Islas Feroe.
La persona titular del Viceconsulado Honorario de España en Thorshavn tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares, de 24 de abril de 1963, categoría de Vicecónsul Honorario.
Se suprime la Oficina Consular honoraria, con categoría de Viceconsulado honorario de España en Vejle, en el Reino de Dinamarca, al quedar su circunscripción incluida en la Oficina Consular honoraria de Odense, con categoría de Consulado Honorario.
Como consecuencia de la supresión de la Oficina Consular honoraria, con categoría de Viceconsulado Honorario de España en Vejle, la circunscripción consular de la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Viceconsulado honorario, se integrará en la circunscripción consular de la Oficina Consular honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España en Odense.
Esta modificación no supondrá incremento alguno del gasto de personal, de conformidad con lo establecido en el apartado uno de la disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. Su funcionamiento se atenderá con los medios materiales y personales de que dispone actualmente el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de noviembre de 2021.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares Bueno.
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