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Documento BOE-A-2021-7690

Resolución de 30 de abril de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 10 de mayo de 2021, páginas 55942 a 55946 (5 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Universidades
Referencia:
BOE-A-2021-7690
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2021/04/30/(2)

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión de 27 de abril de 2021, ha aprobado el Acuerdo por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, dispone, en su artículo 26, que los Acuerdos del Consejo de Ministros por los que se establezca el carácter oficial de los títulos universitarios serán publicados en el «Boletín Oficial del Estado».

En cumplimiento del citado precepto, esta Secretaría General de Universidades ha resuelto disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Acuerdo, como anexo a la presente resolución.

Madrid, 30 de abril de 2021.–El Secretario General de Universidades, José Manuel Pingarrón Carrazón.

ANEXO
Acuerdo por el que se establece el carácter oficial de determinados Títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en su artículo 3.3, determina que estas enseñanzas se concretarán en planes de estudios que serán elaborados por las universidades, con sujeción a las normas y condiciones que les sean de aplicación en cada caso. Dichos planes de estudios habrán de ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados en su implantación por las correspondientes Comunidades Autónomas, de conformidad con lo establecido en el artículo 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Por otra parte, de acuerdo con las previsiones contenidas en la disposición adicional sexta del citado Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional cuarta de la referida Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, el reconocimiento a efectos civiles de los estudios universitarios de ciencias no eclesiásticas, realizados en las universidades de la Iglesia Católica establecidas en España con anterioridad al Acuerdo de 3 de enero de 1979 sobre enseñanza y asuntos culturales, suscrito entre el Estado Español y la Santa Sede en virtud de lo establecido en el Convenio entre la Santa Sede y el Estado Español de 5 de abril de 1962, mantienen sus procedimientos especiales en tanto en cuanto no opten por transformarse en universidades privadas. No obstante, a los efectos de hacer efectivos dichos procedimientos, los planes de estudios también habrán de ser verificados con arreglo a las condiciones establecidas en el referido real decreto.

En virtud de lo anterior, determinadas universidades han elaborado los planes de estudios de enseñanzas que conducirán a la obtención de diversos títulos de Máster. Estos planes de estudios han obtenido resolución de verificación positiva del Consejo de Universidades y, salvo en los casos de los correspondientes a las universidades de la Iglesia Católica, que no lo precisan, autorización para su implantación de la correspondiente Comunidad Autónoma.

Acreditadas tanto las verificaciones positivas de los planes de estudios por el Consejo de Universidades como, en su caso, las autorizaciones de su Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1 del referido Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, procede elevar a Consejo de Ministros el Acuerdo de establecimiento del carácter oficial de los títulos y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).

En su virtud, a propuesta del Ministro de Universidades, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 27 de abril de 2021,

ACUERDA

Primero. Establecimiento del carácter oficial de los títulos.

De conformidad con lo establecido en el artículo 3.3 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, se declara el carácter oficial de los títulos de Máster que se relacionan en el anexo del presente acuerdo.

Estos títulos tendrán carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, surtirán efectos académicos plenos y habilitarán, en su caso, para la realización de actividades de carácter profesional reguladas, de acuerdo con la normativa que en cada caso resulte de aplicación.

Segundo. Publicación del plan de estudios.

De conformidad con el artículo 26.3 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, los rectores de las respectivas universidades deberán ordenar la publicación de los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos incluidos en el referido anexo, en el «Boletín Oficial del Estado» y en el diario oficial de la Comunidad Autónoma que corresponda.

Tercero. Inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Los títulos a los que se refiere el presente acuerdo serán inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Dicha inscripción llevará aparejada su consideración inicial como títulos acreditados.

Cuarto. Renovación de la acreditación de los títulos.

Los títulos universitarios oficiales, objeto del presente acuerdo, a fin de mantener su acreditación, deberán someterse al procedimiento de renovación de la misma previsto en el capítulo VI del referido Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.

Quinto. Expedición del título.

Los títulos serán expedidos en nombre del Rey por los rectores de las universidades correspondientes, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, con expresa mención del presente acuerdo.

Sexto. Habilitación para la adopción de medidas para la aplicación del acuerdo.

Por el Ministro de Universidades, en el ámbito de sus competencias, se adoptarán las medidas necesarias para la aplicación del presente acuerdo.

ANEXO

I. Universidades civiles. Relación de títulos universitarios oficiales de Máster ordenados por ramas de conocimiento y universidades

Artes y Humanidades

Universidad de Zaragoza:

4317524 Máster Universitario en Culturas e Identidades Hispánicas.

4317373 Máster Universitario en Enseñanza del Español como Lengua Extranjera.

Ciencias

Universidad de Zaragoza:

4317534 Máster Universitario en Biofísica y Biotecnología Cuantitativa/Master in Biophysics and Quantitative Biotechnology.

4317519 Máster Universitario en Calidad, Seguridad y Tecnología de los Alimentos.

4317540 Máster Universitario en Física del Universo: Cosmología, Astrofísica, Partículas y Astropartículas.

Universidad Nacional de Educación a Distancia:

4316892 Máster Universitario en Física Avanzada.

Ciencias de la Salud

Universidad de Castilla-La Mancha:

4317422 Máster Universitario en Fisioterapia en Disfunciones del Suelo Pélvico.

Universidad de Zaragoza:

4317541 Máster Universitario en Nutrición Animal.

Ciencias Sociales y Jurídicas

Universidad Autónoma de Barcelona:

4317157 Máster Universitario en Investigación Avanzada en Ciencia Política/Advanced Research in Political Science.

Universidad de Castilla-La Mancha:

4317502 Máster Universitario en Auditoría de Cuentas.

4317379 Máster Universitario en Modelización y Análisis de Datos Económicos.

Universidad de Salamanca:

4317222 Máster Universitario en Administración de Empresas Internacional/Master in Business Administration (MBA) International.

Universidad de Zaragoza:

4317546 Máster Universitario en Gestión Estratégica de Recursos Humanos.

Ingeniería y Arquitectura

Universidad de Zaragoza:

4317537 Máster Universitario en Ingeniería Biomédica.

II. Universidades de la Iglesia Católica. Relación de títulos universitarios oficiales de Máster ordenados por ramas de conocimiento y universidades

Ciencias de la Salud

Universidad de Deusto:

4317741 Máster Universitario en Fisiología y Ejercicio Físico para la Salud y el Bienestar.

III. Relación de títulos universitarios oficiales de Máster organizados conjuntamente por distintas universidades, ordenados por ramas de conocimiento

Artes y Humanidades

4317127 Máster Universitario en Humanidades y Patrimonio Digitales (Máster Universitario conjunto de la Universidad Autónoma de Barcelona y Universidad Pompeu Fabra).

Ciencias

4317590 Máster Universitario Erasmus Mundus en Calidad en los Laboratorios Analíticos [Máster Universitario conjunto de la Universidad de Barcelona, Universidad de Cádiz, Politechnika Gdanska (Polonia), Universidade do Algarve (Portugal) y Universitetet i Bergen (Noruega)].

4317499 Máster Universitario Erasmus Mundus en Contaminación y Toxicología Ambientales/Erasmus Mundus Master of Science in Environmental Contamination and Toxicology ECT+ [Máster Universitario conjunto de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, Norges Teknisk-Naturvitenskapelige Universitet (Noruega), Universidade de Porto (Portugal), Université de Bordeaux (Francia), Université de Liège (Bélgica) y Université de Pau et du Pays de l'Adour (Francia)].

Ciencias de la Salud

4317523 Máster Universitario Erasmus Mundus en Enfermedades Infecciosas y Una Sola Salud/Erasmus Mundus in Infectious Diseases and One Health [Máster Universitario conjunto de la Universidad Autónoma de Barcelona, Medizinische Hochschule Hannover (Alemania) y Université François Rabelais (Tours) (Francia)].

Ciencias Sociales y Jurídicas

4317133 Máster Universitario en Antropología Social y Cultural CREOLE/Social and Cultural Anthropology CREOLE [Máster Universitario conjunto de la Universidad Autónoma de Barcelona, National University of Ireland, Maynooth (Irlanda), Universität Bern (Suiza), Universität Wien (Austria), Université Lumière Lyon 2 (Francia), Univerzi v Ljubljani-University of Ljubljana (Eslovenia) y Uniwersytet im. Adama Mickiewicza w Poznaniu (Polonia)].

Ingeniería y Arquitectura

4317290 Máster Universitario Erasmus Mundus en Tecnologías del Lenguaje y la Comunicación (LCT)/Erasmus Mundus Master in Language and Communication Technologies (LCT) [Máster Universitario conjunto de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, Rijksuniversiteit Groningen-University of Groningen (Países Bajos), Università degli Studi di Trento (Italia), Università tà Malta (Malta), Universität des Saarlandes (Alemania), Université de Lorraine (Francia) y Univerzita Karlova v Praze (República Checa)].

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/04/2021
  • Fecha de publicación: 10/05/2021
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 26 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre (Ref. BOE-A-2007-18770).
Materias
  • Enseñanza Universitaria
  • Enseñanza Universitaria de Posgrado
  • Registros administrativos
  • Títulos académicos y profesionales
  • Universidades

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