Visto el texto de la revisión salarial para el año 2022 del II Convenio colectivo estatal de notarios y personal empleado (código de convenio n.º 99018195012010), publicado en el BOE de 6 de octubre de 2017, revisión que fue suscrita, con fecha 23 de mayo de 2022, por la Comisión Paritaria de dicho Convenio colectivo, en la que están integradas, como firmantes del mismo, la organización empresarial FEDANE (Federación de Asociaciones Patronales de Notarios de España), en representación de las empresas del sector, y las organizaciones sindicales FEAPEN-CSI-F y FS-USO, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 14 de junio de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
En Madrid, de manera presencial y telemática, a 23 de mayo de 2022.
REUNIDOS
De una parte, la representación de la Federación de Asociaciones Patronales de Notarios de España-FEDANE (la «RE» o «FEDANE»), don Antonio Pérez-Coca Crespo, como asesora de la RE asiste doña Clara Herreros.
De otra parte, la representación de los trabajadores, las Asociaciones y Federaciones (la «RT») cuya relación se detalla a continuación:
– FEAPEN-CSI-F: Don José María Ruiz Nieto y don Carlos José Rodríguez Santamaría, Como asesor de FEAPEN-CSI-F asiste Roberto Corrochano, y de CSI-F, don Juan Manuel López Vicente.
– FS-USO: Don Javier García del Cura (asiste de forma telemática).
ANTECEDENTES
1. Actúa como Presidente don José María Ruiz Nieto y como Secretario don Antonio Pérez-Coca.
2. Se reúne la Comisión Paritaria para aplicar la revisión salarial y fijar las tablas para el año 2022, así como el variable a pagar en el año 2022.
3. La revisión salarial para el año 2022 trae causa de que el Convenio haya sido expresamente prorrogado durante el año 2022, tal y como recoge el Acta de la 10.ª reunión de la Comisión Paritaria, siendo así que la revisión salarial prevista en el artículo 22 del Convenio es de aplicación al año 2022.
4. Atendiendo a lo anterior, ambas partes comparecen y, libre y voluntariamente, y en su condición de Comisión Paritaria alcanzan los siguientes
ACUERDOS
1. Conforme a lo previsto en el artículo 22, se fija la revisión salarial para el año 2022, y el variable para el año 2022, a saber:
A. La tabla salarial para el año 2022, una vez aplicada la revisión fija del 0,75 %, es la recogida a continuación:
Categoría | Salario base bruto (euros por año) | ||
---|---|---|---|
Oficial primero. | Grupo 1.º Subgrupo a). | Nivel 1 | 28.543,41 |
Nivel 2 | 27.019,81 | ||
Nivel 3 | 25.661,68 | ||
Grupo 1.º Subgrupo b). | Nivel 1 | 28.543,41 | |
Nivel 2 | 27.019,81 | ||
Nivel 3 | 25.661,68 | ||
Oficial segundo. | Grupo 2.º Subgrupo a). | Nivel 1 | 25.245,11 |
Nivel 2 | 24.120,95 | ||
Nivel 3 | 22.973,96 | ||
Auxiliar. | Grupo 2.º Subgrupo b). | Nivel 1 | 21.958,22 |
Nivel 2 | 19.915,33 | ||
Nivel 3 | 19.059,36 | ||
Copista. | Grupo 2.º Subgrupo c). | Nivel 1 | 18.842,53 |
Nivel 2 | 17.347,45 | ||
Nivel 3 | 16.685,51 | ||
Subalterno. | Grupo 3.º. | Nivel 1 | 14.773,87 |
Nivel 2. | 14.420,07 | ||
Nivel 3 | 14.117,64 |
B. Variable adicional del 0,75 %.
El variable adicional que se devenga en el año 2022, atendiendo a que se ha producido un incremento superior al 2 % en los 5 grupos consignados en el artículo 22 del II Convenio Estatal de Notarios y personal empleado respecto del ejercicio previo de 2021, es el siguiente:
Categoría | Euros brutos para el año 2022 | ||
---|---|---|---|
Oficial primero. | Grupo 1.º Subgrupo a). | Nivel 1 | 212,48 |
Nivel 2 | 201,14 | ||
Nivel 3 | 191,03 | ||
Grupo 1.º Subgrupo b). | Nivel 1 | 212,48 | |
Nivel 2 | 201,14 | ||
Nivel 3 | 191,03 | ||
Oficial segundo. | Grupo 2.º Subgrupo a). | Nivel 1 | 187,93 |
Nivel 2 | 179,56 | ||
Nivel 3 | 171,02 | ||
Auxiliar. | Grupo 2.º Subgrupo b). | Nivel 1 | 163,46 |
Nivel 2 | 148,25 | ||
Nivel 3 | 141,88 | ||
Copista. | Grupo 2.º Subgrupo c). | Nivel 1 | 140,27 |
Nivel 2 | 129,14 | ||
Nivel 3 | 124,21 | ||
Subalterno. | Grupo 3.º | Nivel 1 | 109,98 |
Nivel 2 | 107,35 | ||
Nivel 3 | 105,09 |
Para las incorporaciones y bajas durante el año 2022 se tendrá derecho a dicho variable de forma proporcional, dado que el devengo se produce de forma prorrateada durante los 12 meses del año 2022.
Como excepción a la regla general de compensación y absorción, este variable no será compensable ni absorbible en este año 2022. No será consolidable ni se incorporará a la tabla salarial.
Los importes correspondientes a los atrasos y a la variable adicional que resultan de la revisión salarial reflejada se abonarán, en un único pago, en la nómina del mes siguiente a la publicación del Acta de la revisión salarial en el BOE. A partir de la referida nómina, se abonará el Salario Base recogido en la tabla salarial aplicable en el año 2022.
2. Se autoriza a Clara Herreros Fernández y/o a cualesquiera personas en las que ésta delegue a realizar los trámites necesarios para el registro y publicación en el BOE de la presente revisión salarial.
Sin más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, firmando, en prueba de conformidad, la presente en la fecha y lugar en el inicio indicados.–Por la representación empresarial, Antonio Pérez-Coca Crespo.–Por la representación social, Carlos José Rodríguez Santamaría (FEAPEN-CSI-F), José María Ruiz Nieto (FEAPEN-CSI-F) y Javier García del Cura (USO).
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