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Documento BOE-A-2022-14754

Resolución de 1 de julio de 2022, de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, por la que se concede una subvención directa a Cruz Roja Española por su participación en los planes, operaciones y en otras actividades de protección civil.

Publicado en:
«BOE» núm. 217, de 9 de septiembre de 2022, páginas 125062 a 125077 (16 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2022-14754

TEXTO ORIGINAL

El Sistema Nacional de Protección Civil se entiende como un instrumento de la política de seguridad pública, integrada en la política de seguridad nacional. Es por tanto un servicio público cuya función principal es proteger a las personas y bienes garantizando una respuesta adecuada ante los distintos tipos de emergencias y catástrofes originados por causas naturales o derivados de la acción humana, sea esta accidental o intencionada.

Con este fin, el Ministerio del Interior lleva a cabo una colaboración con Cruz Roja Española, en su calidad de entidad colaboradora del Sistema Nacional de Protección Civil.

En este contexto de colaboración, Cruz Roja Española realiza un conjunto de actuaciones que, por su naturaleza y objetivos, a lo largo del año, son consideradas de interés general en el ámbito de la protección civil.

Estas actuaciones se integran en el Plan Estatal General de Emergencias de Protección Civil (PLEGEM) en lo que a la intervención de Cruz Roja Española se refiere, mediante la participación de esta entidad, contribuyendo con sus medios y recursos, atendiendo al principio de especialidad funcional que se le reconoce en el citado Plan Estatal General de Emergencias, a saber:

– Suministro y distribución de elementos básicos de alimentación, abrigo e higiene.

– Intervención psicosocial.

– Suministro y montaje de albergues provisionales.

– Aseguramiento de la protección a las personas más vulnerables.

Cruz Roja Española pone a disposición los medios humanos y materiales necesarios para la constitución de un Centro de Atención a los Ciudadanos, áreas de albergue y asistencia social y equipos especializados en intervención psicosocial, todo ello destinado a prestar ayuda asistencial a las personas afectadas por emergencias o catástrofes. Asimismo, mejora la capacidad para formar parte de la respuesta inmediata a las emergencias del sistema Nacional de Protección Civil, mediante la participación y organización de ejercicios y/o simulacros.

Con motivo del restablecimiento de tráfico marítimo entre España y el Reino de Marruecos y la República de Argelia Democrática y Popular, se ha establecido por el Ministerio del Interior el Plan Especial de Protección Civil para la denominada Operación Paso del Estrecho 2022, del cual Cruz Roja Española forma parte mediante el establecimiento de dispositivos de atención sanitaria en los diferentes puertos de embarque de los que forma parte esta Operación, tanto en su fase de salida como en su fase de regreso.

La Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior, mediante la concesión directa de una subvención, recogida nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado del 2022, fomenta la realización de estas actuaciones, incorporando las mismas en los planes de protección civil contemplados en el artículo 14 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.

La actividad de colaboración realizada por esta entidad, en la medida en que contribuye al ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado en materia de protección civil, se instrumenta a través de una subvención prevista nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, al amparo del artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En este contexto, Cruz Roja Española realiza un conjunto de actividades que, por su naturaleza y objetivos, son consideradas de interés general en el ámbito de protección civil.

Así, en virtud de lo establecido en el artículo 65 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y una vez verificado por este centro directivo que la Cruz Ruja Española reúne todos los requisitos para ser beneficiaria de subvenciones, según lo exigido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y por su Reglamento de desarrollo, el Director General de Protección Civil y Emergencias, como titular del órgano competente para la concesión de esta subvención, según se establece en el apartado undécimo de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades, dispone:

Artículo 1. Objeto y beneficiario.

Se concede a la Cruz Roja Española una subvención directa por importe de trescientos cuarenta y un mil cuatrocientos euros (341.400,00 euros), con el fin de financiar su participación en labores asistenciales durante la Operación Paso del Estrecho, y en otras actividades de protección civil, según se recoge en los anexos del I al V de esta Resolución.

Artículo 2. Cuantía y financiación.

El importe de la subvención de 341.400,00 euros, definida en el apartado anterior, se financiará con cargo al presupuesto de gastos del Estado para el año 2022, Sección 16 «Ministerio del Interior», Servicio 01 «Subsecretaría», Programa 134M «Protección Civil», concepto 489 «A la Cruz Roja Española, por su participación en los planes, operaciones y en otras actividades de protección civil».

Artículo 3. Propuesta de resolución y pago de la subvención.

La propuesta de resolución de concesión deberá ser aceptada por Cruz Roja Española en el plazo de diez días a contar desde el siguiente al de su notificación, entendiéndose que renuncian a la subvención si no se produce la aceptación expresa en el plazo indicado.

El pago de la subvención se hará efectivo dentro del mes siguiente a la resolución de concesión, de conformidad con el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

El Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, ordenará el libramiento de los fondos mediante un pago único.

Artículo 4. Régimen de compatibilidad con otras ayudas.

La subvención otorgada a Cruz Roja Española será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

El importe de la Subvención, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el coste de la actividad subvencionada por su participación en las acciones descritas en esta resolución.

Artículo 5. Gastos subvencionables.

Participación de la Cruz Roja Española en la Operación Paso del Estrecho 2022, por importe de 215.000,00 euros (anexo I).

Disponibilidad para la instalación, organización y gestión de un Centro de Atención a los Ciudadanos, por importe de 25.000,00 euros (anexo II).

Disponibilidad para la instalación, organización y gestión de Áreas de Albergue / Alojamiento Provisional y Asistencia Social, por importe de 25.000,00 euros (anexo III).

Disponibilidad de cuatro equipos de respuesta inmediata en emergencias (ERIE) especializados en intervención psicosocial por un importe de 25.000,00 euros (anexo IV).

Participación y organización de ejercicios y simulacros en el marco de los riesgos que pueden provocar emergencias del ámbito de la protección civil, por un importe de 24.088,00 euros (anexo V).

Gastos de administración y gestión en que incurre Cruz Roja Española y que representan un 8 % de los gastos del total de la subvención por un importe de 27.312,00 euros.

Artículo 6. Obligaciones del beneficiario.

Además de las obligaciones generales previstas para los beneficiarios de subvenciones en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Cruz Roja Española, en su condición de beneficiaria de la subvención directa prevista en esta resolución, quedará sujeta al cumplimiento de las siguientes obligaciones específicas:

a) Realizar la actividad objeto de la subvención según figura en los anexos de esta resolución.

b) El periodo de ejecución de las actividades y actuaciones financiables descritas en los anexos de esta resolución, comprenderá desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022.

c) Someterse a las actuaciones de control y seguimiento de la aplicación de los fondos recibidos, así como al control financiero de los mismos por la Intervención General de la Administración del Estado y el Tribunal de Cuentas.

d) Conservar toda la documentación original justificativa de la aplicación de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actividades de comprobación y control.

e) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.

Artículo 7. Justificación.

Cruz Roja Española justificará ante el Ministerio del Interior, antes del 31 de marzo de 2023, la aplicación de la subvención percibida, presentando al efecto una memoria y una cuenta justificativa con el contenido previsto en el artículo 72.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que acrediten el cumplimiento del objeto de la subvención.

En todo caso, Cruz Roja Española estará obligada a aportar:

a) Una Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actuaciones realizadas y de los resultados obtenidos.

b) Una Memoria económica justificativa del coste total de todas las actuaciones realizadas, que contendrá:

1.º Una relación detallada de los gastos y pagos, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago.

2.º Una declaración responsable de la persona representante legal de la entidad beneficiaria, asumiendo el compromiso de custodiar la documentación justificativa original y de aportarla cuando sea requerida para la revisión y control de la justificación de la subvención.

3.º Criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la relación a que se hace referencia en el apartado 1.º

c) Una relación detallada de otros ingresos, ayudas o subvenciones que hayan financiado las actuaciones subvencionadas con indicación de su importe y procedencia, en su caso.

d) En su caso, las tres ofertas que, en aplicación del apartado tercero del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, deba haber solicitado el beneficiario.

e) En su caso, la carta de pago de reintegro, en el supuesto de remanentes no aplicados, así como los de intereses de demora derivados de los mismos.

Artículo 8. Publicidad de la subvención.

En las actuaciones que Cruz Roja de España realice en ejecución, en todo o en parte, de esta subvención y que impliquen difusión, ya sea impresa o por cualquier otro medio, deberá incorporarse de forma visible el logotipo de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, con el fin de identificar el origen de carácter público de la subvención, de acuerdo con los criterios establecidos en el Manual de Imagen Institucional de la Administración General del Estado, aprobado en aplicación del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado.

Artículo 9. Incumplimientos y reintegro.

Procederá el reintegro de la cantidad percibida y, en su caso, de los intereses devengados por la subvención, así como la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los supuestos recogidos en los artículos artículo 36 y 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

En el supuesto de incumplimiento parcial, la fijación de la cantidad que deba ser reintegrada se determinará en aplicación del principio de proporcionalidad, teniendo en cuenta el hecho de que el citado incumplimiento se aproxime significativamente al cumplimiento total y se acredite por la entidad beneficiaria una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos.

El procedimiento para el reintegro se regirá por lo dispuesto en los artículos 41 a 43 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el capítulo II del título III de su Reglamento de desarrollo.

Artículo 10. Responsabilidad y régimen sancionador.

Cruz Roja de España quedará sometida a las responsabilidades y régimen sancionador que sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones establece el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el Real Decreto 887/2206, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley.

Artículo 11. Recursos.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Disposición final única.

La presente resolución será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en la Base Nacional de Subvenciones.

Madrid, 1 de julio de 2022.–El Ministro del Interior, P.D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), el Director General de Protección Civil y Emergencias, Leonardo Marcos González.

ANEXO I
Participación de Cruz Roja Española en la «Operación Paso del Estrecho 2022»

La Dirección General de Protección Civil y Emergencias, responsable de la Coordinación General de la «OPE 2022», ha considerado oportuna y necesaria la colaboración de Cruz Roja Española en dicha operación, al igual que en ediciones anteriores. En tal sentido se encaminarán sus actuaciones de forma preferente en las áreas de atención sanitaria y transporte sanitario. Se prestará una especial atención a personas con movilidad reducida.

Igualmente, la Dirección General de Protección Civil y Emergencias facilitará, a través de las autoridades portuarias afectadas por la OPE, las instalaciones adecuadas para las tareas encomendadas a Cruz Roja Española en el Plan Especial OPE 2022.

Esta colaboración se establece en el marco del Plan de Acción para el año 2022.

El ámbito de actuación de Cruz Roja en la «OPE 2022» será: los Puertos de Algeciras, Tarifa, Málaga, Motril, Almería, Alicante, Valencia, Ceuta y Melilla, el Área de Emergencia de Los Barrios y el Área de regularización del tráfico en Tarifa durante las fechas siguientes:

Fase Salida:

Desde el 24 de junio al 4 de septiembre (Algeciras, Málaga, Almería, Motril, y Alicante).

Desde el 15 de junio al 4 de septiembre (Valencia).

Fase Retorno:

Desde el 24 de julio al 11 de septiembre (Ceuta y Melilla).

Desde el 4 de septiembre al 15 de septiembre (Valencia).

Como quiera que el Comité Estatal de Coordinación y Dirección (CECOD) del Plan Especial OPE 2022, es el órgano competente para determinar las fases del período estival, el calendario final de cobertura se ajustará a lo que determine el citado Comité Estatal.

También, a requerimiento de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, Cruz Roja establecerá los dispositivos básicos de asistencia sanitaria, en los periodos cortos de vacaciones, a lo largo del año, en los que puedan producirse aglomeraciones de pasajeros en los puertos de la Operación Paso del Estrecho.

Las acciones a desarrollar por Cruz Roja Española en la «OPE 2022» serán las siguientes:

– Primeros auxilios:

Atención urgente mediante la aplicación de técnicas de socorrismo y primeros auxilios «in situ» y apoyo a los módulos sanitarios atendidos por personal facultativo, en caso de existir esta figura asistencial. Su área de actuación serán todos los recintos portuarios OPE y el área alternativa de emergencia de Los Barrios y de la localidad de Tarifa, si éstas son activadas.

– Transporte de personas:

Disposición específica en cada puerto de un vehículo de transporte de personal como mínimo de cinco plazas, destinados a facilitar el transporte de aquellas personas que requieran acudir a una consulta médica y no precisen un transporte sanitario mediante vehículo ambulancia.

– Transporte sanitario Terrestre:

Disposición específica en cada puerto de vehículo/os ambulancia tipo «B» destinadas a proporcionar a aquellas personas que requieran una evacuación urgente a un centro sanitario de referencia establecido en cada caso.

Estas evacuaciones serán ordenadas por los módulos de atención sanitaria dispuestos en cada Puerto y según el criterio facultativo del médico responsable, en caso de existir esta figura asistencial.

En los períodos de tiempo en que no exista presencia física de vehículo ambulancia de Cruz Roja Española, las situaciones de urgencia y compromiso vital que puedan surgir serán derivadas a los servicios de salud públicos y de referencia y concretamente a los Sistemas de urgencia y emergencia médica establecidos por las Comunidades Autónomas y por el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria en los ámbitos territoriales de su competencia.

Para afrontar con garantías el cumplimiento de las funciones encomendadas por la Coordinación General de la Operación Paso del Estrecho 2022, Cruz Roja Española garantizará la disponibilidad de los medios humanos y materiales que a continuación se detallan y que podrán ser modificadas a criterio del Coordinador General en base a las necesidades que en cada caso puedan necesitarse al inicio de la OPE.

El nivel de cobertura de los servicios dispuestos por Cruz Roja Española en los diferentes puntos en los que se desarrolla la operación paso del estrecho, se establecerá con arreglo al siguiente calendario (orientativo):

A. Puertos Peninsulares (Algeciras, Tarifa, Málaga, Almería, Motril, Alicante y Valencia)

Periodo y actividad

Algeciras/Tarifa

Málaga Almería Motril Alicante Valencia

24/06 a 24/07

NORMAL

Valencia

15/06 a 24/07

– 1 vehículo.

– Ambulancia.

– 1 Vehículo de Transporte de Personal.

– 1 Vehículo de Transporte de Personal.

– Botiquín.

– 1 Vehículo de Transporte de Personal.

– 1 Vehículo de Transporte de Personal.

– 1 Vehículo de Transporte de Personal.

25/07 a 15/08

INTENSA

– 2 Vehículos.

– Ambulancia.

– 1 Vehículo de Transporte de Personal.

– Botiquín.

– 1 Vehículo de Transporte de Personal.

– Botiquín.

– 1 Vehículo de Transporte de Personal.

– Botiquín.

– 1 Vehículo de Transporte de Personal.

– Botiquín.

– 1 Vehículo de Transporte de Personal.

– Botiquín.

– 1 Vehículo de Transporte de Personal.

– Botiquín.

16/08 a 11/09

NORMAL

Valencia

16/08 a 15/09

– 1 Vehículo.

– Ambulancia.

         

25/07 a 7/08

Área de Emergencia

– 1 Vehículo.

– Ambulancia.

– 1 Tienda 103 m2.

– Climatización frío.

– 1 Moto generador.

– Torre de iluminación.

         

B. Puertos Continentales (Ceuta y Melilla)

Periodo y actividad Ceuta Melilla

24/07 a 14/08

NORMAL

– 1 Vehículo de Transporte de Personal.

– Botiquín.

– Botiquín.

15/08 a 11/09

INTENSA

– 1 Vehículo de Transporte de Personal.

– Botiquín.

– Botiquín.

La Disponibilidad de prestar servicios de transporte sanitario terrestre por carretera de carácter urgente, será definida en calendario aparte por el Coordinador General de la Operación, cuando exista una previsión de afluencia de viajeros y vehículos que así lo aconseje con carácter preventivo y hasta un máximo de: (Algeciras 2 UD, Málaga, Motril, Almería, Alicante, Valencia y Ceuta 1 UD).

Todo ello sin perjuicio de las situaciones de Emergencia que la Dirección General de Protección Civil y Emergencias pueda declarar y en donde, a través de los Coordinadores Locales de la OPE dependientes de las Subdelegaciones y Delegaciones del Gobierno, se determinarán las actuaciones que Cruz Roja Española tenga que realizar con cargo a esta subvención nominativa.

Los recursos humanos, con un total de 238 personas, que dispondrá Cruz Roja Española en las diferentes etapas de la operación son los siguientes:

Puerto de Algeciras/Tarifa

En el Puerto de Tarifa habrá presencia de un vehículo de transporte de personal para realizar servicios de transporte al Centro de Sanitario de la localidad más cercana, durante los períodos de embarque de viernes a domingo en el período que media del 17 de julio al 11 de agosto.

Se incrementan el número total para atender incidencias y refuerzos en caso de necesidad.

1 Coordinador Local.

3 Coordinadores Adjuntos.

105 Voluntarios, distribuidos con arreglo al siguiente detalle:

Fechas Mañana Tarde Noche Total
24 de junio al 24 de julio. 7 7 7 21
25 de julio al 15 de agosto. 7 7 7 21
16 de agosto al 11 de septiembre. 15 15 15 45
25/07 a 7/08 (Área de Emergencia). 6 6 6 18
 Totales. 35 35 35 105

Puerto de Málaga

1 Coordinador Local.

12 Voluntarios, distribuidos con arreglo al siguiente detalle:

Fechas Mañana Tarde Noche Total
24 de junio al 24 de julio. 3 3 0 6
25 de julio al 11 de agosto. 3 3 0 6
 Totales. 6 6 0 12

Puerto de Almería

1 Coordinador Local.

24 Voluntarios, distribuidos con arreglo al siguiente detalle:

Fechas Mañana Tarde Noche Total
24 de junio al 24 de julio. 6 6 0 12
25 de julio al 11 de agosto. 6 6 0 12
 Totales. 12 12 0 24

Puerto de Motril

1 Coordinador Local.

22 Voluntarios, distribuidos con arreglo al siguiente detalle:

Fechas Mañana Tarde Noche Total
24 de junio al 24 de julio. 5 5 0 10
25 de julio al 11 de agosto. 6 6 0 12
 Totales. 11 11 0 22

En el caso de que se identifique una necesidad por volumen de afluencia durante los periodos nocturnos se podrá valorar su atención siempre de mutuo acuerdo entre el Coordinador Local de CRE y el jefe de Protección Civil de la Subdelegación del Gobierno en Granada.

Puerto de Alicante

1 Coordinador Local.

16 Voluntarios, distribuidos con arreglo al siguiente detalle:

Fechas Mañana Tarde Noche Total
24 de junio al 24 de julio. 3 3 0 6
25 de julio al 11 de agosto. 5 5 0 10
 Totales. 8 8 0 16

Puerto de Valencia

1 Coordinador Local.

16 Voluntarios, distribuidos con arreglo al siguiente detalle:

Fechas Mañana Tarde Noche Total
15 de junio al 15 de julio. 3 3 0 6
16 de julio al 15 de septiembre. 5 5 0 10
 Totales. 8 8 0 16

En estos períodos la presencia de Cruz Roja se circunscribe a los viernes y sábado en horario de mañana y tarde.

Los días 8 y 9 de julio se encontrará disponible, durante las 24 horas, un vehículo ambulancia tipo B con dos tripulantes.

Puerto de Ceuta

1 Coordinador Local.

19 Voluntarios, distribuidos con arreglo al siguiente detalle:

Fechas Mañana Tarde Noche Total
25 de julio al 15 de agosto. 4 4 0 8
16 de agosto al 9 de septiembre. 4 4 3 11
 Totales. 8 8 3 19

Puerto de Melilla

1 Coordinador Local.

24 Voluntarios, distribuidos con arreglo al siguiente detalle:

Fechas Mañana Tarde Noche Total
25 de julio al 15 de agosto. 4 4 4 12
16 de agosto al 9 de septiembre. 4 4 4 12
 Totales. 8 8 8 24

Las referencias a las personas que colaboran con carácter voluntario y que son distribuidas por turnos, se refieren a puestos de actividad para cada uno de los turnos.

Esto implica que el número total de personas voluntarias que participarán finalmente será necesariamente mayor, aun cuando no es posible cuantificarlo en el cómputo global ni por cada uno de los Puertos. (Se puede estimar una ratio de 1,5 personas por cada uno de los puestos de actividad a ser cubiertos).

Se podrán establecer otras fechas distintas a las acordadas en el CECO, con el fin de adaptarse a las incidencias que se puedan presentar en un determinado puerto y en función de las necesidades de horarios y de personal, siempre que medie petición expresa del Coordinador Provincial al Coordinador Nacional y de acuerdo con los responsables provinciales y nacionales de la Cruz Roja.

Presupuesto

Contratación personal remunerado

1 Coordinador Nacional: 13.929,25 euros.

7 Coordinadores locales.

1 Coordinador en Algeciras durante 4 meses.

1 Coordinador en cada uno de los siguientes Puertos; Málaga, Almería, Motril, Alicante, Valencia, Ceuta y Melilla, durante 3 meses.

3 Coordinadores adjuntos en el puerto de Algeciras durante 3 meses. 76.534,51 euros.

 Total: 90.463,76 euros.

Participación de voluntarios

Gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento: 81.136,24 euros.

Vestuario: 11.000,00 euros.

 Total: 92.136,24 euros.

Actividad a realizar (7 Puertos)

Disponibilidad de vehículos transporte / ambulancia.

Puertos de Algeciras Tarifa, Málaga, Almería, Motril, Alicante, Valencia y Ceuta.

Puertos de Algeciras, Motril, Almería.

 Total: 32.400,00 euros.

  Total partida: 215.000,00 euros.

ANEXO II
disponibilidad para la instalación, organización y gestión de un Centro de Atención al Ciudadano

El artículo 4 del Plan General de Emergencias del Estado (PLEGEM) describe las capacidades del Sistema Nacional de Protección Civil y en su punto 5.2 establece los órganos de intervención, identificando entre otros los Centros de Atención al Ciudadano, en el punto 5.2.5 los describe como:

«Los Centros de Atención a los Ciudadanos son establecimientos o instalaciones destinadas a prestar ayuda asistencial a las personas afectadas por la emergencia o catástrofe, ejerciendo funciones como:

a) Confeccionar listados de personas afectadas.

b) Distribuir alimentos y enseres.

c) Facilitar lugares de albergue y abastecimiento de productos esenciales.

d) Prestar apoyo psicosocial.»

Cruz Roja Española se compromete a disponer y mantener las capacidades necesarias, que a continuación se describen, para realizar la constitución de un Centro de Atención a los Ciudadanos;

2 Tiendas neumáticas de 103 m2.

2 Tiendas neumáticas de 40 m2.

2 Equipos calefactores.

25 Mesas plegables.

50 Bancos plegables.

80 Sillas plegables.

800 Kit de descanso e higiene (cada uno de ellos da cobertura a 5 personas durante dos días).

El despliegue se realizará en el establecimiento o instalación que determine la Dirección Operativa del plan de emergencia de protección civil que se trate y será comunicado a Cruz Roja Española por el Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación de Emergencias (CENEM), según el protocolo de actuación establecido al efecto entre ambas instituciones (anexos VI, VII y VIII).

El Centro de atención a los Ciudadanos desplegado tendrá la capacidad de atender simultáneamente a hasta un máximo de 500 personas y durante un máximo de 24 horas, en un proceso de tránsito y derivación hacia otros recursos / dispositivos encargados de proporcionar asistencia de manera más prolongada en el tiempo.

El número total de personal que puede ser objeto de atención en este proceso de tránsito y derivación puede alcanzar a hasta un máximo de 4.000 personas en un período de tiempo no superior a las 96 horas desde su apertura. Se realizará un ejercicio de simulación sobre la activación de esta capacidad.

Por un importe de: 25.000,00 euros.

ANEXO III
Disponibilidad para la instalación, organización y gestión de áreas de albergue provisional y asistencia social

De acuerdo al punto 6.3. que regula la intervención de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de la Fuerzas Armadas, de Cruz Roja Española y de otras organizaciones y más específicamente el punto 6.3.3 del Plan General de Emergencias del Estado (PLEGEM) que establece la participación de Cruz Roja Española atendiendo al principio de especialidad funcional, entre otras actuaciones, la de suministro y montaje de albergues provisionales.

Cruz Roja Española se compromete a disponer y mantener las capacidades necesarias, que a continuación se describen, para realizar la instalación de

1 Camión de transporte de mercancías.

2 Camiones todo terreno porta contenedores.

2 Contenedores transporte de mercancías.

1 Vehículo todo terreno transporte personal.

1 Vehículo todo terreno transporte mixto.

1.000 Camas Campaña.

1.000 Sacos de dormir.

2.000 Manta Roja con parche de CR.

1.000 Bolsa de aseo individual.

1.000 Kit de descanso e higiene (cada uno de ellos da cobertura a 5 personas durante dos días).

El número total de personal que puede ser objeto de albergue provisional puede alcanzar a hasta un máximo de 6.000 personas en un total de 9 emplazamientos diferentes en un período de tiempo no superior a las 168 horas desde su apertura.

En cada una de las áreas de albergue provisional no podrán alojarse simultáneamente más de 500 personas.

El despliegue se realizará en el establecimiento o instalación que determine la Dirección Operativa del plan de emergencia de protección civil que se trate y será comunicado a Cruz Roja Española por el Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación de Emergencias (CENEM).

El tiempo de respuesta para su disposición para el desplazamiento hacia el lugar de la intervención, a partir de la orden de movilización, no superará las 8 horas, para lo que Cruz Roja tendrá dispuestos los mecanismos que sean necesarios, en todo caso.

Se dispondrá de un suministro de productos alimentarios y de primera necesidad a las personas que estén alojadas en las áreas de albergue / alojamiento provisional.

Se elaborará y mantendrá un censo detallado de las personas acogidas en los Albergues Provisionales. Esta información se trasladará al responsable de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias que en cada caso corresponda.

De forma coordinada, con la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, se podrá disponer de equipos de intervención psicosocial en las áreas de albergue.

Para todo ello, Cruz Roja Española pondrá a disposición de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias los siguientes recursos humanos, que están modulados desde el mínimo de 50 personas hasta el máximo de 500, para cada emplazamiento:

Albergue Dirección Instalación Manejo

50 Personas.

1 Responsable.

6 Socorristas.

1 Jefe de Equipo.

2 Operadores célula control.

5 Socorristas.

500 Personas. 1 Responsable. 25 Socorristas.

1 Jefe de Equipo.

5 Operadores célula control.

1 Psicólogo.

1 Trabajador Social.

1 Profesional salud.

25 Socorristas.

La activación de estos recursos se realizará a través del Centro Nacional de Emergencias (CENEM) de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, según el protocolo de actuación establecido al efecto entre ambas instituciones (anexos VI, VII, VIII).

Se realizarán ejercicios de simulación sobre la activación de esta capacidad.

Por importe de 25.000,00 euros.

ANEXO IV
Disponibilidad de cuatro equipos de respuesta inmediata en emergencias (ERIE) especializados en Intervención Psicosocial

Los equipos de Intervención Psicosocial de Cruz Roja Española tienen como principal objetivo proporcionar una adecuada atención integradora a las víctimas, familiares y allegados que se vean afectados por una situación de emergencia, con la finalidad de satisfacer las necesidades psicosociales y sanitarias que puedan presentar en los primeros momentos de la crisis, brindando servicios de acompañamiento y primeros auxilios psicológicos.

La capacidad de intervención de los equipos se centra en la fase de emergencia, iniciando su actuación en los primeros momentos de la crisis y finalizando su intervención en la fase de resolución que generalmente coincide con la repatriación y funeral de las víctimas, en el supuesto de personas fallecidas.

Los equipos tienen un carácter multidisciplinar siendo su composición la siguiente:

1 jefe de equipo.

1 psicólogo.

1 médico/ enfermero.

1 trabajador social.

10 socorristas de acompañamiento.

La adscripción de las personas con estos puestos de actividad es con carácter voluntario.

Cruz Roja Española asume el compromiso de disponibilidad máximo de 4 Equipos ERIE, cuyo tiempo de respuesta será de 6 horas para estar preparados para intervenir en cualquier punto del territorio español.

En el caso de producirse una situación de emergencia derivada de un atentado terrorista, la activación de los equipos ERIE en intervención psicológica, una vez solicitada por la Autoridad Competente del Ministerio del Interior y aceptada por la DGPCE, irá acompañada desde los primeros momentos, por los equipos de la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo, a quien le corresponde el ejercicio de las competencias del Ministerio del Interior, en materia de atención y apoyo a las víctimas del Terrorismo.

Las funciones más específicas a realizar por parte de los Equipos ERIE se centrarían en:

– Valorar necesidades psicosociales presentes en los diferentes escenarios de intervención (Aeropuerto, Puertos, Estaciones Ferrocarril y Autobuses, salas de recepción de víctimas y familiares, hoteles, hospitales, capillas ardientes, …) para proporcionar servicios de acompañamiento, primeros auxilios psicológicos.

– Estos ERIES serán coordinados por los representantes de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, que en cada caso se determinen. Los psicólogos de los ERIES estarán en coordinación con el dispositivo de intervención psicológica activado por el Plan de Protección Civil correspondiente.

– Organizar áreas de recepción de víctimas y familiares, recopilando datos básicos para la localización e identificación, cubriendo las necesidades básicas, facilitando información disponible y garantizando espacios de intimidad.

– Prestar primeros auxilios psicológicos a las víctimas, familiares y allegados, normalizando las reacciones de los afectados.

– Valoración de las necesidades de la salud tanto física como mental de los familiares, por parte del psicólogo y del sanitario de manera coordinada con la respuesta de los recursos sanitarios de la zona.

– Detección de aquellos casos donde sea necesario remitir a los afectados previa evaluación del psicólogo o sanitario a la red de salud mental y/o previa evaluación del trabajador social a los servicios sociales, facilitando su derivación.

– Identificación de los grupos de riesgo (menores, ancianos, familiares no acompañados, personas con enfermedad preexistente, extranjeros, personas con diversidad funcional) estableciendo medidas de especial seguimiento y apoyo.

De todas las actuaciones que se realicen se dará la oportuna información a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias a través del enlace que en cada caso se designe. Al finalizar la intervención Cruz Roja elaborará un informe de las actuaciones desarrolladas para entregar a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.

Por un importe de 25.000,00 euros.

ANEXO V

Participación y organización de ejercicios y simulacros en el marco de los riesgos que pueden provocar emergencias del ámbito de la protección civil, con el objeto de ensayar los procedimientos de coordinación con las autoridades competentes, así como los procesos establecidos para la respuesta inmediata operativa.

Por importe de 24.088,00 euros.

ANEXO VI
Orden de movilización de recursos humanos y materiales a Cruz Roja Española

Att: Coordinador de Servicio del Centro de Operaciones y Servicios Digitales de Cruz Roja Española

Fax: 91 335 45 55

Se cursa esta orden de movilización de recursos humanos y materiales de Cruz Roja Española para proveer asistencia a _______ personas en materia de:

Centro de Atención a los Ciudadanos.
Albergue provisional, asistencia social.
Intervención psicosocial.

Descripción del lugar de intervención

Comunidad Autónoma.               
Provincia.  
Municipio.  
Calle y número.  
Otras referencias.  

Rogamos confirmen la recepción de esta notificación con la mayor brevedad posible.

Fdo: ___________________________________

Dirección General de Protección Civil y Emergencias.

Centro Nacional de Emergencias.

Ministerio del Interior.

Realizar llamada previa informando del envío de este fax al Coordinador de Guardia del Centro de Operaciones y Servicios Digitales de Cruz Roja Española al 91-335.45.39.

ANEXO VII
Acuse de recibo de la orden de movilización de recursos humanos y materiales de Cruz Roja Española

Att: Centro Nacional de Seguimiento Y Coordinación De Emergencias De Protección Civil

Fax: 91 562 89 26

Por la presente acuso recibo de la orden de movilización de recursos humanos y materiales de Cruz Roja Española emitida por esa Dirección General para proveer asistencia a _______ personas en las siguientes materias:

Centro de Atención a los Ciudadanos.
Albergue provisional, asistencia social y CAC.
Intervención psicosocial.

Descripción del lugar de intervención

Comunidad Autónoma.              
Provincia.  
Municipio.  
Calle y número.  
Otras referencias.  

Fdo: ___________________________________

Coordinador de Servicio.

Centro de Operaciones y Servicios Digitales de Cruz Roja Española.

ANEXO VIII
Informe de movilización efectiva de recursos humanos y materiales de Cruz Roja Española

Att: Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación de Emergencias de Protección Civil

Fax: 91 562 89 26

Por la presente tengo el gusto de confirmar la movilización efectiva de los recursos humanos y materiales de Cruz Roja Española que se adjuntan en anexo a las ____ horas del día ___/___/ 2022 con dirección al siguiente lugar de intervención:

Descripción del lugar de intervención

Comunidad Autónoma.              
Provincia.  
Municipio.  
Calle y número.  
Otras referencias.  

Fdo: ___________________________________

Coordinador de Servicio.

Centro de Operaciones y Servicios Digitales de Cruz Roja Española.

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