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Documento BOE-A-2022-18086

Orden TES/1050/2022, de 28 de octubre, por la que se modifica la Orden TES/1151/2021, de 24 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación de las inversiones del componente 23 "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Colectivos vulnerables." y "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas" en las ciudades de Ceuta y Melilla, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 3 de noviembre de 2022, páginas 150374 a 150376 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2022-18086
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2022/10/28/tes1050

TEXTO ORIGINAL

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, es el instrumento a través del cual se articula la ejecución de los fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»), cuyo elemento central es el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. La instrumentación de la ejecución de los recursos financieros del citado Instrumento se realiza de conformidad con lo establecido por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision–CID), de 13 de julio de 2021.

Los proyectos incluidos en el Plan permitirán un cambio del modelo productivo para la recuperación de la economía tras la pandemia causada por la COVID-19 y, además, una transformación hacia una estructura más resiliente que afronte con éxito otras posibles crisis o desafíos en el futuro, a través de los cambios normativos y la ejecución de las inversiones previstas en sus distintos componentes.

Entre estas inversiones, se encuentra la Inversión C23.I4, «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad», dentro del Componente 23 del Plan: «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo», liderado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, y en cuyas iniciativas tractoras prioritarias de reforma estructural participa el Servicio Público de Empleo Estatal.

En esta Inversión C.23.I4 se incluyen dos líneas de inversión: «Colectivos vulnerables» y «Emprendimiento y microempresas». Para el desarrollo y ejecución de ambas en el ámbito territorial de competencia del Servicio Público de Empleo Estatal, se aprobó la Orden TES/1151/2021, de 24 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación de las inversiones del componente 23 «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Colectivos vulnerables.» y «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas» en las ciudades de Ceuta y Melilla, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

De conformidad con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden TES/1151/2021, de 24 de octubre, regula dos subvenciones diferenciadas, dirigidas cada una al desarrollo de una línea de inversión: «Colectivos vulnerables» y «Emprendimiento y microempresas».

Esta segunda línea de inversión, «Emprendimiento y microempresas», se divide a su vez en dos líneas de subvención, que tienen como fin el mantenimiento del empleo en microempresas y empresas de emprendimiento colectivo, que desarrollen su actividad en las ciudades de Ceuta y Melilla, que se comprometan a facilitar la transición de su actividad productiva hacia la economía verde o digital.

Para evitar la duplicidad de beneficiarios, la Orden TES/1151/2021, de 24 de octubre, establece la prohibición de que una misma empresa beneficiaria de la subvención «Emprendimiento y microempresas» pueda disfrutar de ambas líneas de subvención simultáneamente. De esta manera, las potenciales entidades beneficiarias podrían escoger la línea de subvención, de transición hacia la economía verde o de transformación digital, que más conviniera a su negocio.

Para mantener esta distribución de fondos entre todos los potenciales beneficiarios y evitar eventuales duplicidades, se ha de ampliar esta limitación de disfrute de ambas líneas de subvención no solo de forma simultánea, sino también sucesiva. Esto supone que todos los potenciales beneficiarios de la subvención podrán tener acceso a ella en sucesivas convocatorias con la misma prioridad. Sin embargo, en la Orden TES/1151/2021, de 24 de octubre, no se previó esta limitación entre distintas convocatorias, lo que requiere su modificación.

Se considera, por tanto, necesario, delimitar el acceso de los potenciales beneficiarios a la subvención de «Emprendimiento y microempresas», a fin de que todos ellos puedan disfrutar de la misma una única vez, en una u otra modalidad, evitando duplicidades disfuncionales. Para ello es necesario modificar la Orden TES/1151/2021, de 24 de octubre, objeto al que obedece la presente orden.

A esta orden le resultan de aplicación las reglas incluidas en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Esta orden cumple con los principios de buena regulación, de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se ajusta a los principios de necesidad y eficacia, estando justificada su adopción en la adecuación de los beneficiarios de la subvención de la iniciativa «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas» al mejor reparto de los fondos destinados a la realización de estos proyectos territoriales, para lograr su mayor distribución posible entre los potenciales beneficiarios. Cumple también con el principio de proporcionalidad, al ser el cauce necesario y único que permite esta modificación de las bases reguladoras de la subvención.

Por otra parte, cumple también con el principio de seguridad jurídica, al ser coherente con el conjunto del ordenamiento jurídico, pues garantiza el acceso del mayor número de beneficiarios posibles a los fondos públicos y una mayor extensión de los objetivos de transformación hacia la economía verde y digital entre el tejido empresarial. La orden define claramente su objetivo, satisfaciéndose así el principio de transparencia.

Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, la orden se limita a modificar un concreto extremo de la Orden TES/1151/2021, de 24 de octubre, sin alterar sus criterios de gestión, por lo que no genera cargas administrativas accesorias y racionaliza la gestión de recursos públicos, al permitir una aplicación de los mismos a un mayor número de posibles beneficiarios.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 61.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, ha emitido informe la Abogacía del Estado en el Departamento, así como la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado en el Servicio Público de Empleo Estatal.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden TES/1151/2021, de 24 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación de las inversiones del componente 23 «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Colectivos vulnerables.» y «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas» en las ciudades de Ceuta y Melilla, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La Orden TES/1151/2021, de 24 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación de las inversiones del componente 23 «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Colectivos vulnerables.» y «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas» en las ciudades de Ceuta y Melilla, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia queda redactada de la siguiente manera:

Uno. El apartado 2 del artículo 11 queda redactado como sigue:

«2. Solo será posible obtener la condición de beneficiario de esta subvención, en cualquiera de las dos líneas, una única vez.

La empresa o entidad que resulte beneficiaria de cualquiera de las dos líneas de subvención no podrá volver a ser beneficiaria de ninguna de ellas en sucesivas convocatorias.

Ninguna empresa o entidad podrá ser beneficiaria de ambas líneas de subvención simultánea ni sucesivamente».

Dos. El apartado 2 del artículo 12 queda redactado como sigue:

«2. Ninguna empresa o entidad podrá ser beneficiaria de ambas líneas de subvención simultánea ni sucesivamente, sin perjuicio de la solicitud subsidiaria de ambas, en su caso, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 17».

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de octubre de 2022.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz Pérez.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/10/2022
  • Fecha de publicación: 03/11/2022
  • Fecha de entrada en vigor: 04/11/2022
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 11.2 y 12.2 de la Orden TES/1151/2021, de 24 de octubre (Ref. BOE-A-2021-17435).
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Ayudas
  • Ceuta
  • Desarrollo regional
  • Empleo
  • Igualdad de oportunidades
  • Melilla
  • Pequeña y Mediana Empresa
  • Procedimiento administrativo
  • Subvenciones

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