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Documento BOE-A-2022-18304

Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 8 de noviembre de 2022, páginas 151579 a 151590 (12 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2022-18304

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución rectoral de 25 de noviembre de 2019 (BOE de 5 de diciembre), de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (en adelante, UNED), se publica la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2019 para personal de administración y servicios, en la que se incluye la autorización de la convocatoria de una plaza de promoción interna en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED, subgrupo A1.

Este Rectorado, en uso de las competencias atribuidas por el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, y modificados por Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre, con el fin de atender las necesidades de personal de administración y servicios, resuelve:

Convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED, por el sistema de promoción interna, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

Primera. Normas generales.

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED, subgrupo A1, por el sistema de promoción interna.

1.2 Todas las plazas están ubicadas en Madrid.

1.3 A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en lo que no se oponga a la anterior norma; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad; el Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad, otras disposiciones de aplicación y lo dispuesto en las presentes bases.

1.4 La presentación de la documentación durante el proceso selectivo se realizará, dirigida a la Sección PAS Funcionario, U02800252, a través de registro electrónico.

1.5 El procedimiento selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso. El desarrollo del proceso selectivo es el que figura en el anexo II de la presente convocatoria.

1.6 El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en el anexo I de esta convocatoria.

1.7 A lo largo del proceso selectivo toda la información relacionada con los diferentes aspectos de su desarrollo se publicará en la página web de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, www.uned.es; La UNED; Trabaja con nosotros; Convocatorias de personal de administración y servicios (PAS).

Segunda. Requisitos de los candidatos.

Los aspirantes a ingresar en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED, objeto de esta convocatoria, deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los requisitos generales de acceso a la función pública, y en particular, los siguientes:

2.1 Los aspirantes que concurran a esta plaza de promoción interna deberán haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como funcionarios de carrera en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED y tener destino definitivo en la UNED.

2.2 Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala a cuyas pruebas selectivas se presenten.

2.3 Titulación. Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título universitario de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación en España o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

Los candidatos deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los requisitos exigidos.

Tercera. Solicitudes.

3.1 Los interesados deberán presentar su solicitud por vía electrónica haciendo uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de la UNED: http://www.uned.es, La UNED; Trabaja en la UNED; Trabaja con nosotros; Inscripción en pruebas selectivas.

Para la presentación de la solicitud se deben completar dos pasos:

Primer paso: Registrarse como usuario UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED https://www.uned.es, al campus virtual –Acceso al CAMPUS–, registrarse siguiendo los pasos establecidos. Puede consultar como realizarlo en la ayuda online interactiva: https://casosdeuso.uned.es/publico/identificador/.

Segundo paso: Una vez con usuario y clave deberá salir del Campus UNED y cumplimentar y presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es, La UNED, Trabaja en la UNED, Trabaja con nosotros, Inscripción de pruebas selectivas), siguiendo el proceso guiado online.

La presentación por esta vía permite, siguiendo el proceso guiado online, lo siguiente:

– Inscripción en línea a las pruebas selectivas.

– Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.

– El pago online de tasas.

– El registro electrónico de la solicitud.

– Finalizado el proceso, obtener un justificante en formato PDF de la solicitud.

La presentación de la solicitud se iniciará, pulsando sobre el botón de «Solicitar» correspondiente a la convocatoria Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED, una plaza promoción interna, y se compondrá de siete fases: Datos personales, Datos contacto, Datos solicitud, Documentación, Pago, Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso donde se dará confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestre el justificante de registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completado.

En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, esta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en la base primera, apartado 1.4.

En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.

3.2 Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la UNED, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta convocatoria.

3.3 Los derechos de examen serán de 15,40 euros y de 7,70 euros para las familias numerosas de categoría general. El pago se realizará dentro del proceso de inscripción online, tal y como se indica en la base tercera, fase punto 5, correspondiente al pago.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante, no siendo posible su posterior subsanación.

Una vez presentada la solicitud, la falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.

En ningún caso el abono de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

Estarán exentos del pago de los derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud justificante que acredite tal condición.

No será necesario presentar este justificante cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas.

b) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa. De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas.

c) Las víctimas de terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

El aspirante deberá adjuntar la documentación acreditativa escaneada en el apartado Documentación en aquellos casos en los que no consienta la verificación de los datos, o habiendo consentido la misma, esta no sea posible.

3.4 Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:

Fases:

1. Datos personales. En esta pantalla se recogerán los datos personales cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. De los mismos no se podrá modificar el tipo de documento, el número de documento, así como la fecha de nacimiento.

2. Datos contacto. En esta pantalla se recogerán los datos de contacto cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. Estos datos se podrán modificar para esta solicitud. Los datos de contacto necesarios son: Dirección postal completa, dirección de correo electrónico, y teléfonos de contacto.

3. Datos solicitud. En esta pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de las condiciones para la aplicación de exención de tasas establecidas en el apartado 3.3 de la convocatoria: Personas con discapacidad, familia numerosa general, familia numerosa especial, víctima de terrorismo. La casilla de personas con discapacidad aparecerá exclusivamente si en el apartado 1. Datos personales ha indicado el grado de discapacidad mayor o igual al 33 %.

Deberá indicar la titulación académica que reúne según la base 2.5 de la convocatoria, así como otros títulos académicos valorables en la convocatoria.

4. Documentación. En esta pantalla se adjuntará la documentación que acredite la reducción o exención de la tasa, así como aquella documentación requerida en las bases de la convocatoria. Deberá presentar la siguiente documentación:

– Personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento: Justificante acreditativo de tal condición.

– Aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización: Dictamen técnico facultativo, emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad correspondiente, así como informe de la adaptación necesaria para realizar el examen emitida por el Centro Base correspondiente. En el supuesto de no aportar la documentación anterior, no se admitirá la solicitud de adaptación.

El Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

– Familia numerosa general: El correspondiente título actualizado.

– Familia numerosa especial: El correspondiente título actualizado.

– Víctima de terrorismo: Sentencia judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.

5. Pago, liquidación de admisión a pruebas selectivas. El pago de las tasas por derechos de examen podrá realizarse de dos formas:

a) Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los datos y siguiendo las instrucciones que se le ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.

b) Descargando la carta de pago y realizando el mismo en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las indicaciones incorporadas en dicho documento.

Una vez realizado el pago, por tarjeta o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago pasará de «pendiente» a «pagado». Este trámite puede tardar tres días en caso de no realizarse el pago mediante tarjeta.

6. Resumen. En este apartado aparecerán los datos recogidos en los apartados anteriores, así como los documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la exactitud de los datos, y de ser correctos los mismos debe validarlos antes de dar al botón «Registrar».

7. Final. En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de solicitud. Hasta este momento no se considerará que la solicitud ha sido presentada correctamente.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación dentro del plazo de solicitudes mediante escrito motivado.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado de la Universidad dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta resolución, que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web de la universidad constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión, así como la fecha y el lugar de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición. En la página web se publicará el listado de aspirantes admitidos.

4.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución aludida en la base 4.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, las relaciones de admitidos y excluidos definitivas se publicarán en la página web de la Universidad.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

En todo caso, al objeto de evitar errores, en el supuesto de producirse, y de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.

En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución de los derechos de examen. La devolución se efectuará una vez finalizado el proceso selectivo.

Quinta. Tribunal calificador.

5.1 El procedimiento de actuación del Tribunal calificador se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases de la convocatoria y demás disposiciones vigentes.

5.2 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad entre ambos sexos. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría primera.

5.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.

5.4 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y el personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.5 Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de éste y del secretario o en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección PAS Funcionario de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, correo electrónico:  accesopasfuncionario@adm.uned.es).

5.7 En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de nombramiento que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

5.8 Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes.

5.9 La publicación del Tribunal se publicará con posterioridad.

Sexta. Procedimiento de selección.

De conformidad con la base 1.6, el procedimiento selectivo constará de las siguientes fases:

6.1 Fase de oposición. Los ejercicios a realizar por los aspirantes se especifican en el anexo II de la presente convocatoria.

6.2 Fase de concurso. Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan solo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. En esta fase se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes de conformidad con el baremo fijado en el anexo II.

Séptima. Calendario y desarrollo del proceso selectivo.

7.1 La fase de oposición de estas pruebas selectivas se celebrará en Madrid.

7.2 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará a partir del mes de junio de 2023, publicándose en el «Boletín Oficial del Estado» en la misma resolución a que se refiere la base 4.1, el lugar, fecha y hora de su celebración.

7.3 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «U» de conformidad con lo establecido en la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» de 13 de mayo), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 4 de mayo.

Los aspirantes serán convocados para la realización de los ejercicios de la fase de oposición en único llamamiento, siendo excluidos quienes no comparezcan.

7.4 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.

Asimismo, en cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al rector Magnífico, dando traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

7.5 Corresponderá al Tribunal la verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes.

7.6 A lo largo del proceso selectivo, se irá publicando en la página web de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (www.uned.es) toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo del proceso.

7.7 Una vez realizada la fase oposición, el Tribunal hará pública, la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad.

7.8 Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro electrónico de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base 6.2, código U02800252, Sección PAS Funcionario. Los méritos se acreditarán con certificación expedida por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios.

La no presentación de dichos documentos en el plazo señalado, determinará la no valoración de los mismos.

7.9 Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes que superaron la fase de oposición, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.

7.10 La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases: oposición y concurso.

Octava. Relación de aprobados.

8.1 Finalizadas ambas fases, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes, en una única lista de quienes las hayan superado. En esta lista los aspirantes aparecerán ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso y, asimismo, figurarán las puntuaciones totales obtenidas en cada fase.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: Primero: La mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio; segundo: La mayor calificación obtenida en el tercer ejercicio; tercero: La mayor puntuación obtenida en los méritos de la fase de concurso, por el orden establecido en la convocatoria.

De persistir el empate, se aplicará el orden de actuación de los aspirantes publicado mediante Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública.

8.2 En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas cuyo número supere al de plazas convocadas.

8.3 El Tribunal elevará, finalmente, al Sr. rector Magnífico la correspondiente propuesta de nombramiento como funcionarios de carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED a favor del aspirante que haya superado el proceso selectivo. El Rectorado hará pública en el «Boletín Oficial del Estado» el nombre de dicho aspirante.

Novena. Presentación de documentos, elección de plazas y nombramiento de funcionarios de carrera.

9.1 En el plazo de veinte días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución donde se publica la relación de aprobados en el proceso selectivo, los aspirantes deberán presentar aquellos documentos que acrediten las condiciones y requisitos exigidos para el acceso a la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED, dirigidos a la Sección de PAS Funcionario, código U02800252, a excepción de aquellos que obren en poder del Servicio de Gestión de PAS.

Asimismo y dentro del citado plazo deberá entregarse, debidamente cumplimentada, la declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, siguiendo el modelo que figura como anexo III de esta convocatoria.

9.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos que se indican en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9.3 Por la autoridad convocante se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED, mediante Resolución que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

9.4 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

Décima. Normas finales.

10.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones o recursos pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como para la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

10.2 Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector de esta Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 31 de octubre de 2022.–El Rector, Ricardo Mairal Usón.

ANEXO I
Programa

Bloque I

1. Dirección y planificación. Instrumentos de gestión. Planificación estratégica y evaluación. Dirección por objetivos.

2. La gestión de recursos humanos en bibliotecas universitarias: liderazgo y trabajo en equipo. Motivación y gestión de conflictos. Evaluación del rendimiento. Nuevos perfiles, habilidades y competencias del bibliotecario universitario. Selección y formación. Código ético de los profesionales de la información.

3. Gestión económica en bibliotecas universitarias. Presupuesto. Contratos.

4. Evaluación y calidad en sistemas de biblioteca. Indicadores de rendimiento y estadísticas. Normas de calidad para bibliotecas. Aplicación de las normas ISO y EFQM.

5. Estadísticas de bibliotecas: recopilación y uso. Normativa nacional e internacional. ISO 2146, ISO 2789. Counter 5.

6. Gestión y desarrollo de colecciones en las bibliotecas universitarias. Criterios de selección, mantenimiento, evaluación y expurgo.

7. Colecciones electrónicas. Contratación y modelos de comercialización. Las licencias de uso. Aspectos legales del suministro de información electrónica.

8. Sistemas integrados de gestión bibliotecaria y las nuevas plataformas de servicios bibliotecarios. Situación actual y tendencias de futuro en bibliotecas universitarias.

9. Herramientas de descubrimiento. Integración de recursos electrónicos. Situación actual y tendencias de futuro.

10. Gestión de la colección: almacenamiento y organización de las colecciones. Conservación preventiva y criterios para la restauración de fondos bibliográficos y documentales.

11. La catalogación. Principios Internacionales de Catalogación. Normativa internacional y nacional relacionada.

12. Gestión de servicios de la biblioteca universitaria. Derechos y deberes de los usuarios. Las cartas de servicios. Encuestas de usuarios y adaptación a las nuevas necesidades detectadas.

13. Los servicios presenciales y virtuales de la biblioteca. El servicio de préstamo: Préstamo individual, colectivo e interbibliotecario. El préstamo de contenidos digitales

14. Planificación de nuevos servicios en bibliotecas universitarias: soporte a la docencia y el aprendizaje. Soporte a la investigación.

15. Organización y gestión de espacios. Infraestructuras y equipamiento. Nuevos espacios para nuevos servicios. Sostenibilidad en bibliotecas.

16. Los medios sociales en las bibliotecas universitarias: impacto y evaluación de resultados. La difusión de servicios y contenidos de la Biblioteca, herramientas y canales. Web 2.0 y redes sociales. Planes de comunicación. La reputación digital.

17. Cooperación bibliotecaria: redes de bibliotecas universitarias y de investigación. REBIUN: planes estratégicos y grupos de trabajo.

18. Cooperación bibliotecaria: Consorcio Madroño: planes estratégicos, grupos de trabajo, proyectos, productos y servicios consorciados.

Bloque II

1. Las bibliotecas universitarias en la actualidad y su contribución a la docencia y la investigación.

2. La Biblioteca de la Sede Central de la UNED. Las bibliotecas de Centros Asociados a la UNED. Carta de Servicios. El LINHD de la UNED.

3. Normativa de la Biblioteca de la UNED: el Reglamento de la Biblioteca de la Sede Central

4. La edición electrónica y su repercusión en las bibliotecas universitarias. El mercado editorial académico y científico.

5. La comunicación científica y académica: evolución, tendencias y situación actual. Principales tipos de publicaciones científicas. Grandes proveedores de información y documentación en el mundo.

6. Gestión de la documentación científica y académica. Repositorios institucionales. e-Spacio: repositorio institucional de la UNED. Gestión de los datos de investigación, el papel de las bibliotecas.

7. Ciencia abierta. El movimiento de acceso abierto. Políticas de acceso abierto en las universidades y la política institucional de la UNED. Principios de reutilización de la información.

8. La evaluación de la actividad investigadora (ANECA y CNEAI): el papel de la Biblioteca. Tendencias en el apoyo a la investigación en bibliotecas universitarias. Principales rankings universitarios.

9. Sistemas de gestión de la investigación. Panorámica en el ámbito universitario español y el papel de la biblioteca.

10. Revistas científicas: modelos de publicación y suscripción. La revisión por pares. Evaluación de las revistas científicas.

11. El Sistema Español de Ciencia y Tecnología: objetivos y prioridades. Composición. Agencia Estatal de Investigación. Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología.

12. Política y Estrategia Europea de Investigación, Desarrollo e Innovación. Instituciones europeas de ciencia y tecnología. Espacio Europeo de Investigación (ERA).

13. Bibliometría: concepto y objetivos. Indicadores bibliométricos tradicionales y métricas alternativas. Unidades bibliométricas. Portales bibliométricos.

14. Bibliotecas digitales: diseño, desarrollo y mantenimiento. Proyectos españoles e internacionales.

15. Principios de diseño y usabilidad de sitios web bibliotecarios. Accesibilidad. Recomendaciones internacionales.

16. Preservación digital. Archivo de la web. Proyectos internacionales y situación en España.

17. Nuevas metodologías docentes. Producción de objetos digitales de aprendizaje en abierto: OER, MOOCs, etc. El papel de las bibliotecas.

18. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2030: Situación actual. El «Plan de Acción para la implementación de la Agenda 2030 en España» y las materias relacionadas con la cultura, el libro y las bibliotecas.

Bloque III

1. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. La autonomía universitaria.

2. Los Estatutos de la UNED. Modelo educativo de la UNED. Estructura y Organización. Órganos de gobierno y representación. Los Centros Asociados. La comunidad universitaria. Régimen económico y financiero. El Régimen jurídico y electoral.

3. La Unión Europea. Instituciones y programas de apoyo a las bibliotecas. Las competencias normativas europeas en política de información y de bibliotecas.

4. Legislación en materia de propiedad intelectual y sus implicaciones en la gestión de bibliotecas. Disposiciones generales, excepciones y límites. Los derechos de autor y derechos de explotación en entornos digitales. Las licencias creative commons.

5. La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. El Patrimonio Documental y Bibliográfico. Los Archivos, Bibliotecas y Museos. La declaración de Bienes de Interés Cultural. La protección de los bienes muebles e inmuebles. Las medidas de fomento.

6. Legislación Bibliotecaria Española. Ley 10/2007, de la lectura, del libro y las bibliotecas. Ley 1/2015 reguladora de la Biblioteca Nacional de España.

7. Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Disposiciones generales. Especificidades aplicables al PDI al servicio de las universidades. Transferencia y difusión de los resultados.

8. Legislación en materia de protección de datos. Reglamento sobre Seguridad y buen uso del Sistema de Información de la UNED. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Portal de Transparencia de la UNED.

9. Los contratos del sector público (I): Disposiciones comunes sobre la contratación del sector público. Los sujetos parte en el contrato. Prerrogativas de derecho público en la contratación administrativa. Actuaciones administrativas. Procedimientos de adjudicación. Perfección, formalización y extinción de los contratos.

10. Los contratos del sector público (II). Tipología de los contratos en la normativa contractual del sector público. Características generales.

11. Los convenios. Las encomiendas de gestión o encargos a medios propios personificados. Límites en su utilización. La colaboración público-privada en la prestación de los servicios públicos: las concesiones.

12. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. La prevención de riesgos laborales en las Administraciones Públicas.

13. Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público: Ámbito de aplicación. Órganos administrativos de las Administraciones Públicas: competencia, abstención y recusación. Principios de la potestad sancionadora. Composición y clasificación del sector público institucional estatal. Principios generales de las relaciones interadministrativas. La colaboración y cooperación entre Administraciones Públicas. Relaciones electrónicas entre Administraciones.

14. Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Ámbito subjetivo de aplicación. Disposiciones generales. De los interesados en el procedimiento. La actividad de las Administraciones Públicas. Los actos administrativos: requisitos, eficacia y validez, nulidad y anulabilidad. Disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. Revisión de los actos en vía administrativa. Los recursos administrativos: concepto y clases.

15. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Ordenación de la actividad profesional. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario.

16. El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. El III Convenio Colectivo del PAS laboral de la UNED.

17. El régimen jurídico del profesorado universitario. El I Convenio Colectivo del PDI laboral de la UNED.

18. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de Género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Políticas sociales dirigidas a la atención a personas con discapacidad y/o dependientes.

19. La Administración electrónica. La firma electrónica. El Esquema Nacional de Interoperabilidad. El Esquema Nacional de Seguridad. Sede electrónica. Reglamento de Administración electrónica de la UNED.

ANEXO II
Proceso selectivo

Procedimiento de selección

El procedimiento de selección constará de las fases de oposición y de concurso.

Fase de oposición. La fase de oposición estará formada por tres ejercicios de carácter eliminatorio.

Primer ejercicio. Consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas del programa recogidos en el anexo I de esta convocatoria, uno del bloque I, otro del bloque II, y otro del bloque III, propuestos por el Tribunal. El tiempo máximo de realización del ejercicio será de tres horas.

El ejercicio deberá ser leído por las personas opositoras en sesión pública ante el Tribunal, que lo calificará valorando los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.

El ejercicio se valorará de 0 a 30 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 5 puntos en cada tema para superarlo, hasta un total de 15 puntos.

Segundo ejercicio. Consistirá en elaborar por escrito la resolución de un supuesto práctico a elegir por el opositor entre dos propuestos por el Tribunal, relacionados con los bloques I y II del programa.

Los opositores dispondrán de un máximo de tres horas para la realización de esta prueba. Podrán utilizar la documentación que deseen traer consigo, así como los medios y recursos disponibles en el lugar que determine el Tribunal.

El supuesto práctico será expuesto por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, quien podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un tiempo máximo de quince minutos.

La calificación del ejercicio será de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 15 puntos. El Tribunal fijará las puntuaciones directas mínimas necesarias para superar el ejercicio. Las calificaciones resultarán de las puntuaciones transformadas que se derivan de los baremos establecidos por el tribunal.

Tercer ejercicio. Consistirá en la traducción de dos textos de carácter profesional (mínimo cuatrocientas palabras cada texto), que proporcionará el Tribunal, en dos idiomas a elegir por el opositor de entre: Inglés, francés o alemán. Cada parte se puntuará de 0 a 7,5 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 3,75 puntos en cada una. La puntuación máxima será de 15 puntos.

El tiempo de realización del ejercicio será de tres horas.

Fase de concurso. En la fase de concurso se valorarán los méritos, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias para participar en esta convocatoria, de los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición.

Se valorarán los siguientes méritos:

a) Se valorarán con 2 puntos por año completo, hasta un máximo de 20 puntos, los servicios efectivos prestados en la UNED en puestos adscritos a la Escala de Ayudantes, Archivos, Bibliotecas y Museos.

b) Se valorarán con 1 punto por año completo, hasta un máximo de 10 puntos, los servicios efectivos prestados en la UNED en puestos adscritos a la Escala Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos.

c) Se valorarán con 0,5 puntos por año completo, hasta un máximo de 5 puntos, los servicios efectivos prestados en otras Universidades Públicas en cualquier Cuerpo/Escala de Bibliotecas.

ANEXO III

Don/doña……………………………………………………………………, con domicilio en …………………………………………………. y con documento nacional de identidad número …………………………… declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED, por el sistema de promoción interna, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En....................., a............de............................ de 202...

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 31/10/2022
  • Fecha de publicación: 08/11/2022
  • Convocatoria. Promoción interna. Escala de Facultativo de Archivos, Bibliotecas y Museos. Grupo A1 1 plaza.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PUBLICA:
    • los nombramientos, por Resolución de 6 de mayo de 2024 (Ref. BOE-A-2024-9639).
    • la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, por Resolución de 6 de marzo de 2024 (Ref. BOE-A-2024-5350).
  • SE APRUEBA Va relación provisional de admitidos y excluidos y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición, por Resolución de 23 de enero de 2023 (Ref. BOE-A-2023-2878).

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