En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo de 2022 («Boletín Oficial del Estado» de 25 de mayo), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre al Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.dos de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022, las plazas no cubiertas tras la ejecución de una convocatoria podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan transcurrido más de tres años desde la publicación de la oferta. En este sentido, finalizado el proceso correspondiente a la oferta de empleo de 2020, se constata que han quedado sin cubrir nueve plazas del citado Cuerpo, siete del cupo de acceso general y dos del cupo de reserva para personas con discapacidad, que se convocarán junto con las plazas de la oferta de empleo de 2022.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases Comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 22 de julio), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
Bases Específicas
La presente convocatoria se publicará, entre otras, en el punto de acceso general http://administracion.gob.es, y en el portal del Ministerio de Defensa http://defensa.gob.es/portalservicios.
1. Descripción de las plazas
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 73 plazas del Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada, Código 0424, por el sistema general de acceso libre. Las plazas se desglosan de la siguiente manera, 64 plazas autorizadas en la oferta de empleo de 2022 y 9 plazas correspondientes a la oferta de empleo de 2020 que no han sido cubiertas una vez finalizado el proceso selectivo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 20.dos de la Ley 22/2020, de 28 de diciembre.
1.2 En aplicación del artículo 20.3 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, según redacción dada por la Disposición final vigésima de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, del total de plazas convocadas, se reservarán 50 para los militares profesionales de tropa y marinería que hayan cumplido, como mínimo, 5 años de tiempo de servicios, así como para los militares profesionales de tropa y marinería que se encuentren en los últimos 10 años de compromiso, y para los reservistas de especial disponibilidad que se encuentren percibiendo, hasta el momento de publicación de la convocatoria, la asignación por disponibilidad en la cuantía y condiciones previstos en el artículo 19.1 de la citada Ley, y reúnan los requisitos establecidos.
De conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional decimotercera de la Ley 39/2007, de la Carrera Militar, según redacción dada por la Disposición final vigésima cuarta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018, esta reserva de plazas se extenderá a los militares de complemento con más de cinco años de servicios en las Fuerzas Armadas y que reúnan los requisitos establecidos.
De este cupo de 50 plazas, se reservarán 7 plazas para los militares profesionales de tropa y marinería que se encuentren en los últimos 10 años de compromiso.
La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de participación en la convocatoria.
Las plazas reservadas para estos colectivos que no se cubran se acumularán del siguiente modo, en primer lugar, se acumularán entre sí las plazas reservadas al personal militar, y cuando éstas no se cubran, se acumularán a las de acceso general.
1.3 Asimismo, del total de plazas convocadas se reservarán 5 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento (3 plazas correspondientes a la oferta de empleo de 2022 y 2 plazas correspondientes a la oferta de empleo de 2020).
La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de participación en la convocatoria.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes pero no obtuviera plaza por dicho cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el cupo de acceso general.
Será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad («Boletín Oficial del Estado» de 17 de diciembre).
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se acumularán a las de acceso general.
Si en alguno de los programas que tengan cupo de reserva para personas con discapacidad no se cubriera el número total de plazas ofertadas para dicho cupo, éstas podrán acumularse, según determine este Ministerio, a propuesta del Tribunal y de la Jefatura de Personal del Cuartel General de la Armada, a cualquier otro programa en el que se hayan ofertado plazas por este cupo de reserva.
1.4 El conjunto de plazas ofertado se distribuye por programas y localización geográfica en la forma en que se relaciona a continuación:
Programa | Total plazas | Plazas acceso general | Plazas reserva militar. | Plazas reserva discapacidad | Localización plazas. | |
---|---|---|---|---|---|---|
Cupo últim. 10 años com | Cupo RM general | |||||
Calefactor- Fontanero | 6 | 1 | 1 | 4 | – |
Agrupación de Infantería de Marina (Madrid) (1 plaza). Arsenal de Cádiz- Base Naval de la Carraca (San Fernando- Cádiz) (1 plaza). Arsenal de Las Palmas (Las Palmas de Gran Canaria) (1 plaza). Escuela de Suboficiales (San Fernando- Cádiz) (1 plaza). Escuela Naval Militar (Marin- Pontevedra) (1 plaza). Centro Técnico de Madrid (Santorcaz-Madrid) (1 plaza). |
Ebanista- carpintero | 7 | 2 | 1 | 3 | 1 |
Arsenal de Ferrol (Ferrol- A Coruña) (1 plaza). Arsenal de Cartagena (Cartagena-Murcia) (1 plaza). Escuela de Especialidades Fundamentales de la Estación Naval de La Graña» (Ferrol- A Coruña) (1 plaza). Real Instituto y Observatorio de la Armada (S. Fernando- Cádiz) (1 plaza). Residencia Militar Acc. Social Estudiantes TG Barroso (Santiago de Compostela- A Coruña) (1 plaza). Estación Naval de Mahón (Mahón-Islas Baleares) (1 plaza). Arsenal de Las Palmas (Las Palmas de Gran Canaria) (1 plaza). |
Electrónica | 5 | 1 | 1 | 3 | – |
Arsenal de Cádiz-Base Naval de Rota (Rota-Cádiz) (1 plaza). Arsenal de Cartagena (Cartagena-Murcia) (1 plaza). Arsenal de Las Palmas (Las Palmas de Gran Canaria) (1 plaza). Fuerza de Medidas Contraminas (Cartagena- Murcia) (1 plaza). Real Instituto y Observatorio de la Armada (S. Fernando- Cádiz) (1 plaza). |
Encuadernación | 3 | 2 | – | – | 1 |
Arsenal de Cartagena (Cartagena-Murcia) (1 plaza). Arsenal de Ferrol (Ferrol- A Coruña) (1 plaza). Instituto Hidrográfico de la Marina (Cádiz) (1 plaza). |
Impresión | 2 | 2 | – | – | – |
Cuartel General de la Armada (Madrid) (1 plaza). Instituto Hidrográfico de la Marina (Cádiz) (1 plaza). |
Instalador- montador | 17 | 2 | 1 | 12 | 2 |
Agrupación de Infantería de Marina (Madrid) (1 plaza). Arsenal de Cádiz- Base Naval de la Carraca (S. Fernando- Cádiz) (2 plazas). Arsenal de Cádiz-Base Naval de Rota (Rota-Cádiz) (1 plaza). Residencia Logística Oficiales y Suboficiales La Muralla (Cartagena- Murcia) (1 plaza). Arsenal de Cartagena (Cartagena-Murcia) (2 plazas). Arsenal de Ferrol (Ferrol- A Coruña) (1 plaza). Arsenal de Las Palmas (Las Palmas de Gran Canaria) (1 plaza). Brigada de Infantería de Marina Tercio de Armada (San Fernando- Cádiz) (1 plaza). Centro de Explotación CIS de Rota (Rota- Cádiz) (1 plaza). Comandancia Naval de Gijón (Gijón- Asturias) (1 plaza). Centro Técnico de Madrid (Santorcaz-Madrid) (1 plaza). Cuartel General de la Flota (Cádiz-Rota) (1 plaza). Estación Naval de Puntales- Ayudantía Mayor (Cádiz) (1 plaza). Fuerza de Medidas Contraminas (Cartagena- Murcia) (1 plaza). Instituto Hidrográfico de la Marina (Cádiz) (1 plaza). |
Mecánica del automóvil | 9 | 2 | – | 7 | – |
Agrupación de Infantería de Marina (Madrid) (1 plaza). Arsenal de Cádiz- Base Naval de la Carraca (San Fernando- Cádiz) (1 plaza). Arsenal de Cádiz-Base Naval de Rota (Rota-Cádiz) (1 plaza). Arsenal de Cartagena (Cartagena-Murcia) (1 plaza). Arsenal de Ferrol (Ferrol- A Coruña) (1 plaza). Escuela de Infantería de Marina General Albacete y Fuster (Cartagena- Murcia) (1 plaza). Estación Naval de Mahón (Mahón-Islas Baleares) (1 plaza). Tercio Sur de Infantería de Marina (San Fernando- Cádiz) (1 plaza). Tercio Norte de Infantería de Marina (Ferrol – A Coruña) (1 plaza). |
Oficial de la construcción- programa 1 | 7 | 2 | 1 | 4 | – |
Arsenal de Cádiz- Base Naval de la Carraca (San Fernando- Cádiz) (1 plaza). Centro Técnico de Madrid (Santorcaz-Madrid) (1 plaza). Residencias de la Armada en Ferrol (Ferrol- A Coruña) (1 plaza). Estación Naval de Puntales- Ayudantía Mayor (Cádiz) (1 plaza). Escuela Naval Militar (Marín- Pontevedra) (1 plaza). Jefatura del Apoyo Logístico (Madrid) (1 plaza). Residencia Logística Oficiales y Suboficiales La Muralla (Cartagena- Murcia) (1 plaza). |
Oficial de la construcción- programa 2 | 7 | 1 | 1 | 5 | – |
Arsenal de Cádiz- Base Naval de la Carraca (San Fernando- Cádiz) (1 plaza). Escuela de Especialidades de la Armada «Antonio de Escaño» (Ferrol-A Coruña) (1 plaza). Escuela Naval Militar (Marín- Pontevedra) (1 plaza). Residencia Logística Oficiales y Suboficiales La Muralla (Cartagena- Murcia) (1 plaza). Agrupación de Infantería de Marina (Madrid) (1 plaza). Jefatura del Apoyo Logístico (Madrid) (1 plaza). Arsenal de Cádiz-Base Naval de Rota (Rota-Cádiz) (1 plaza). |
Soldador- chapista | 6 | 1 | 1 | 4 | – |
Arsenal de Cartagena (Cartagena-Murcia) (1 plaza). Arsenal de Ferrol (Ferrol- A Coruña) (2 plazas). Arsenal de Las Palmas (Las Palmas de Gran Canaria) (1 plaza). Parque de Automóviles n.º1 Madrid (Madrid) (1 plaza). Tercio de Levante de Infantería de Marina (Cartagena- Murcia) (1 plaza). |
Tornero- fresador | 4 | 2 | – | 1 | 1 |
Arsenal de Cádiz-Base Naval de Rota (Rota-Cádiz) (2 plazas). Arsenal de Cartagena (Cartagena-Murcia) (1 plaza). Brigada de Infantería de Marina Tercio de Armada (San Fernando- Cádiz) (1 plaza). |
Total plazas | 73 | 18 | 7 | 43 | 5 |
1.5 Las personas aspirantes sólo podrán participar por uno de los programas y cupos previstos en esta base.
Si en alguno de los programas no se cubriera el número total de plazas ofertadas, tanto en el cupo de acceso general, como en los de reserva de la base 1.2, éstas podrán acumularse, según determine este Ministerio, a propuesta del Tribunal y de la Jefatura de Personal del Cuartel General de la Armada, a cualquier otro programa y/o cupo de acceso, de acuerdo con sus necesidades.
2. Proceso selectivo
El proceso selectivo constará de una fase de oposición y otra de concurso, con las pruebas, puntuaciones y méritos que se especifican en el anexo I.
3. Desarrollo del proceso selectivo
3.1 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra U, según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 9 de mayo de 2022 («Boletín Oficial del Estado» de 13 de mayo).
3.2 El plazo máximo para la realización del primer ejercicio será de tres meses contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de que pueda acordarse su ampliación. En atención al elevado número de plazas ofertadas y del número previsto de solicitudes de participación en los distintos programas convocados por esta resolución, se amplía el citado plazo en cuatro meses.
La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición del proceso selectivo previsto en la presente resolución es de siete meses.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas relativas a este proceso selectivo.
En todo caso, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado
No obstante, el desarrollo del proceso selectivo exige el cumplimiento de determinados plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos durante el mes de agosto, se declara inhábil dicho mes, a efectos del cómputo de plazos de la presente convocatoria.
3.3 La fecha de celebración de algún ejercicio de la fase de oposición podrá coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
4. Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.
5. Requisitos de las personas aspirantes
Además de los requisitos enumerados en la base décima de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, mencionada anteriormente, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
5.1 Titulación: Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 17 de junio), modificada por la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
5.2 Nacionalidad: Sólo podrán participar las personas candidatas de nacionalidad española, según lo establecido en el Anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
5.3 Estar en posesión del permiso de conducción clase B o en condiciones de obtenerlo en el plazo de presentación de solicitudes.
A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtenerlo cuando en el plazo de presentación de solicitudes se hayan superado todas y cada una de las pruebas que permitan la adquisición del citado permiso.
6. Requisitos específicos para los cupos de reserva para Personal Militar
Las personas aspirantes que participen optando a plazas reservadas en virtud del artículo 20.3 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, según redacción dada por la Disposición final vigésima de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, deberán poseer a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes la condición de militar profesional de tropa y marinería y haber cumplido, como mínimo, cinco años de tiempo de servicios como militar profesional de tropa y marinería, o bien tener la condición de reservista de especial disponibilidad y encontrarse percibiendo, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, la asignación por disponibilidad en la cuantía y condiciones previstos en el artículo 19.1 de dicha Ley.
Las personas aspirantes que participen por este cupo de reserva, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional decimotercera de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, según redacción dada por la Disposición final vigésima cuarta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, deberán poseer a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes la condición de militar de complemento y haber cumplido, como mínimo, cinco años de tiempo de servicios en las Fuerzas Armadas.
Asimismo, el personal militar de tropa y marinería que participe por el cupo de reserva para personal militar (cupo: últimos 10 años de compromiso), además de los requisitos anteriormente mencionados deberá encontrarse en los últimos 10 años de compromiso.
Además, las personas aspirantes que participen por cualquiera de estos cupos deberán mantener la condición exigida en los párrafos anteriores hasta la publicación de la lista de las personas aspirantes aprobadas o haber adquirido y mantener, en su caso, la condición de reservista de especial disponibilidad en el período comprendido entre la finalización del plazo de la presentación de solicitudes y la publicación de la lista de aspirantes aprobados.
7. Acceso de personas con discapacidad
7.1 Quienes opten a las plazas reservadas para personas con discapacidad deberán tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.
7.2 Las personas que como consecuencia de su discapacidad presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán requerir en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo.
Para ello, al cumplimentar la solicitud de participación en la convocatoria, las personas interesadas deberán indicar las adaptaciones requeridas en cada uno de los ejercicios del proceso selectivo y deberán aportar copia del Dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación competente. El dictamen acreditará de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, sin que sea válido, a estos efectos ningún otro documento.
El Tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos que correspondan previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. Para ello será necesaria la aportación del Dictamen técnico facultativo en el plazo de presentación de solicitudes.
7.3 La adjudicación de los puestos de trabajo a las personas aspirantes que superen el proceso selectivo tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad («Boletín Oficial del Estado» de 17 de diciembre).
7.4 Las personas aspirantes que participen por el cupo de reserva de personas con discapacidad y alcancen el 60 por ciento de la puntuación máxima posible a obtener en el ejercicio de la fase de oposición y no superaran el proceso selectivo, conservarán dicha puntuación y estarán exentos de realizar tal ejercicio durante la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación del ejercicio en el que se ha conservado la nota sean análogos.
8. Solicitudes
8.1 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas aspirantes deberán realizar la presentación de la instancia por medios electrónicos a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, de acuerdo con las instrucciones que se indiquen.
8.2 Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción serán los que determine el servicio de IPS.
8.3 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, que estará disponible en el Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias).
8.4 Las personas interesadas dispondrán de un plazo de presentación de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma determinará la exclusión de la persona aspirante.
8.5 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión de la persona aspirante.
Las personas aspirantes que estén exentos del pago de la tasa o tengan derecho a la reducción de esta, deberán acompañar a la solicitud la documentación acreditativa indicada en la base específica 8.10.2. No será necesario presentar esta documentación si la persona interesada consiente en la solicitud el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos.
8.6 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de su exención total o parcial supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
8.7 Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación sustitutoria.
8.8 Las personas aspirantes sólo podrán presentar una solicitud para uno de los programas y cupos previstos en el presente proceso selectivo.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirán cambios de programa ni de cupo de participación.
8.9 De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, a continuación se recoge la información básica al respecto:
Responsable: Ministerio de Defensa. Subsecretaría. Dirección General de Personal. Subdirección General de Personal Civil. Paseo de la Castellana, 109, 28071 Madrid.
Correo: funcionariosoferta@mde.es
Delegado de Protección de datos: dpd@mde.es
Finalidad: Gestión de procesos selectivos de personal funcionario.
Legitimación: Artículo 8 de la citada Ley.
Destinatarios: Los datos de identidad de las personas aspirantes (nombre, apellidos y cuatro caracteres del NIF) serán publicados en la página web del Ministerio de Defensa y en el punto de acceso general www.administracion.gob.es, en la forma que determina la disposición adicional séptima de la mencionada Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
Derechos: Las personas interesadas tienen derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y de oposición mediante los procedimientos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
8.10 Cumplimentación de solicitudes: La inscripción se cumplimentará y se presentará por vía electrónica en el modelo 790, «Registro de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública», según las siguientes instrucciones:
Las personas interesadas realizarán su inscripción «on line» a través de la aplicación de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias).
Para ello seleccionarán el cuerpo y la forma de acceso que corresponda y pulsarán el botón «Inscribirse». A continuación, en la opción «Realice su inscripción online» deberá pulsar el botón «Acceder a Cl@ve» y seguir las instrucciones que se le indiquen en la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación electrónica permitirá lo siguiente:
– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
– Anexar, en su caso, documentos escaneados a su solicitud.
– El pago electrónico de tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de inscripción.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos efectos, permitiendo completar o modificar los datos que fueran erróneos, y/o adjuntar a través de IPS la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán dirigirse al teléfono 060, o enviar un correo a la dirección: cau.060@correo.gob.es.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. La constancia del pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) que figurará en el justificante de registro.
En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de ésta, deberá adjuntarse escaneada la documentación justificativa relacionada en la base específica 8.10.2, si no se da la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en la plataforma de intermediación.
Durante el plazo de subsanación de solicitudes, cuando la causa de exclusión estuviera relacionada con la exención del pago de la tasa conforme con lo indicado en la base específica 8.10.2, se deberá adjuntar necesariamente a través de IPS la documentación requerida que legitime la subsanación de la misma.
Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran el justificante de registro de la inscripción y, en su caso del pago, en la pestaña «Mis inscripciones».
En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por las personas aspirantes que la cursen en el extranjero, éstos podrán presentarla en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente código IBAN ES49 0182 2370 4102 0169 5537 (código BIC BBVAESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Defensa. Derechos de examen», siendo preciso que quede claro ante la entidad destinataria de la transferencia que el destino de la tasa es el pago de los derechos de examen.
Este sistema de pago sólo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
8.10.1 Instrucciones comunes de cumplimentación. Las solicitudes se cumplimentarán de acuerdo con las instrucciones contenidas en el anexo IV de esta convocatoria.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la única finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para ello.
8.10.2 Exención del pago de la tasa. Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
La condición de discapacidad se verificará por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos en las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID.
Si la persona interesada se ha opuesto en la solicitud al tratamiento de los datos, para su verificación por la Administración de los datos expresados en la misma, alegando una causa para ello, deberá presentar anexa a la solicitud el certificado acreditativo de su condición de discapacidad.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante al menos un mes antes de la fecha de la convocatoria.
Serán requisitos para el disfrute de la exención:
1. Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado una oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.
Estos extremos se verificarán por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos, salvo que la persona interesada se haya opuesto en su solicitud a su verificación por la Administración alegando una causa para ello.
En caso de ejercicio del derecho de oposición al tratamiento de datos, la persona interesada deberá solicitar en la oficina de servicios públicos de empleo la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, en la que conste que cumple con los requisitos señalados, y deberá presentar anexa a la solicitud el citado certificado.
2. Que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional en vigor.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se verificará por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos, siempre que la persona interesada haya autorizado expresamente la consulta de sus datos en la Agencia Estatal de Administración Tributaria en la correspondiente casilla de la solicitud.
En caso de no constar el consentimiento expreso al órgano gestor para el acceso, la persona interesada deberá presentar anexo a la solicitud certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al año 2021 y, en su caso, el certificado del nivel de renta del mismo ejercicio, que deberá solicitar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria en el enlace:
https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/Procedimientos_y_Servicios/Certificados/Declaraciones_Tributarias/Declaraciones_Tributarias.shtml.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de la Familia Numerosa. De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa los miembros de familias de categoría especial, y a una bonificación del 50% los miembros de las familias de la categoría general.
La condición de familia numerosa se verificará por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos.
Si la persona interesada se ha opuesto en la solicitud al tratamiento de los datos para su verificación por la Administración alegando una causa para ello, deberá presentar anexa a la solicitud el correspondiente título de familia numerosa actualizado.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante una sentencia judicial firme o en virtud de una resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional que añade un nuevo párrafo al apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
8.10.3 Documentación adicional.
Las personas aspirantes que se encuentren en los siguientes supuestos deberán presentar la documentación adicional que se indica:
a) Las personas aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones o ajustes razonables de tiempos y medios para la realización de los ejercicios y pruebas del proceso selectivo deberán adjuntar la documentación en la forma establecida en la base 7.
b) Aquellas personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios/funcionarias españoles en organismos internacionales presentarán, en su caso, los certificados y documentos previstos en la base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
8.11 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, por la que se declaran aprobadas las listas de admitidos y excluidos. En esta resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los lugares previstos en la base específica 10.3, se indicarán las relaciones de personas aspirantes excluidos, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de personas aspirantes admitidos y excluidos, así como el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.
En atención al elevado número de plazas ofertadas y del número previsto de solicitudes de participación en los distintos programas del proceso selectivo convocado por esta resolución, y de acuerdo con el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se amplía el citado plazo en un mes.
9. Tribunal
9.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III de esta convocatoria.
9.2 El Tribunal, de acuerdo con el art. 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
9.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes.
9.4 El Tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, adoptará las medidas oportunas que permitan a las personas aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en su solicitud, con los requisitos señalados en la base 7.2, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.
9.5 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
9.6 Si en cualquier momento del procedimiento, el tribunal tuviera conocimiento de que alguna persona aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión al órgano convocante o, en su caso poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta circunstancia para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.
9.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de especialistas que les asesoren, designados previamente por el Presidente, para todas o algunas de las pruebas del proceso selectivo. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
9.8 El Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio y actuará de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo para el año 2022, y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. En el caso de que el Tribunal acuerde parámetros para la calificación de un ejercicio, en desarrollo de los criterios de valoración previstos en esta convocatoria, aquellos se difundirán con anterioridad a la realización del ejercicio. Igualmente en las actas del Tribunal deberá quedar constancia del cálculo y del desglose de las puntuaciones otorgadas a las personas aspirantes por cada uno de los criterios establecidos para los ejercicios de la convocatoria.
9.9 De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, citado en el párrafo anterior, se publicará en el portal del Ministerio de Defensa, http://www.defensa.gob.es/portalservicios, un breve currículum profesional de las personas que formen parte de los órganos de selección, comprensivo de sus titulaciones académicas y formación profesional más relevante, su destino actual y su experiencia profesional previa.
9.10 El tribunal calificador podrá adoptar cuantas medidas, instrucciones o resoluciones sean precisas para procurar la máxima descentralización en la realización de los ejercicios que componen la fase de oposición del presente proceso selectivo.
Asimismo se habilita al tribunal calificador para establecer la forma y procedimientos a seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para el desarrollo descentralizado de las pruebas selectivas o de alguna de sus fases.
10. Relaciones con la ciudadanía
10.1 A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal tendrá su sede en la Sección de Personal Civil de la Subdirección de Gestión de Personal del Cuartel General de la Armada, C/ Juan de Mena, número 1, 28014 - Madrid, dirección de correo electrónico pcsubdigperar@mde.es, teléfono 91 3795074 y número de fax 91 3795381.
10.2 En todo caso, solo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación previstos en estas bases.
La presentación de la documentación y, en su caso, subsanación o impugnación de las actuaciones, deberá hacerse a través de medios electrónicos.
10.3 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página web del Ministerio de Defensa http://defensa.gob.es/portalservicios, así como en la página web http://administracion.gob.es.
10.4 La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad de la persona aspirante con la publicación de las calificaciones obtenidas en las diferentes pruebas.
11. Certificado de servicios para la fase de concurso y publicación de valoración de méritos
11.1 Finalizada la fase de oposición, las personas aspirantes que la hubieran superado, dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar la documentación a valorar en la fase de concurso.
Para la valoración de los méritos profesionales deberán aportar certificación expedida por los servicios de personal de los Centros de trabajo u Organismos donde presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura como Anexo V. Cuando se trate de servicios ajenos a las Administraciones del Estado, en todo caso la certificación a aportar, expedida por el cargo competente en el modelo de que se trate, deberá acreditar, de forma fehaciente, tanto el tiempo de servicios prestado como las tareas desarrolladas durante el mismo.
Los demás méritos a valorar se acreditarán mediante copia autenticada.
11.2 Para la valoración como «méritos profesionales» de los años de servicios como militar profesional, se deberá acreditar que los servicios prestados, aptitudes, o titulaciones, adquiridas como militar, guardan relación con las funciones correspondientes a la plaza a la que se opta, de acuerdo con la normativa vigente en materia de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas.
A tales efectos, por las Direcciones de Personal del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire se expedirá certificación a las personas interesadas, relativa al cumplimiento de estos requisitos, conforme al Anexo V de esta convocatoria. En este certificado se reflejará, en el apartado A) del anexo, la especialidad o, en su caso, especialidades militares profesionales en las que se han prestado dichos servicios y los tiempos.
11.3 La no presentación de la certificación y la documentación citada en los apartados anteriores, en el plazo señalado, supondrá la no valoración a la persona aspirante de la fase de concurso.
11.4 El Tribunal calificador publicará en el lugar o lugares de celebración de la fase de oposición y en la sede del Tribunal, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la total. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
12. Lista de personas candidatas
De acuerdo con lo previsto en el artículo 3, apartado 21 del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la OEP para el año 2022, el Tribunal elaborará, a la finalización del proceso selectivo una lista de personas candidatas con todos los que hayan superado, al menos, el primer ejercicio de la oposición, ordenados por la suma total de la puntuación obtenida, con la finalidad de que la selección de funcionarios/funcionarias interinos del Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada se pueda realizar con esta lista de personas candidatas mediante procedimientos ágiles. Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de personas candidatas será necesario informe favorable de la Dirección General de la Función Pública
13. Embarazo de riesgo o parto
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
14. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes desde su publicación o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 12 de diciembre de 2022. La Subsecretaria de Defensa, Adoración Mateos Tejada.
El proceso de selección constará de una fase de oposición y otra de concurso.
1. La fase de oposición estará formada por los siguientes ejercicios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, relacionadas con el programa de la parte común y el programa de la parte específica por el que opta. Podrán preverse tres preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 50 anteriores. La prueba tendrá una duración de setenta y cinco minutos.
Segundo ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 30 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de carácter teórico-práctico, siendo sólo una de ellas la correcta, relacionadas con el programa de la parte específica por la que opta. Podrán preverse tres preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 30 anteriores. La prueba tendrá una duración de sesenta minutos.
Ambas pruebas serán eliminatorias.
De conformidad con lo establecido en el artículo 3, apartado 13, del Real Decreto 407/2022, se harán públicas, en el plazo máximo de dos días, a contar desde la finalización de cada prueba, las plantillas correctoras de los ejercicios.
Los ejercicios de la oposición se calificarán de la siguiente manera:
Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos, y será necesario obtener una calificación mínima de 25 puntos para superarlo. En cada programa convocado todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con un 25 por ciento del valor de una contestación. Las respuestas en blanco no penalizarán.
Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 30 puntos para superarlo. En cada programa convocado todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con un 25 por ciento del valor de una contestación. Las respuestas en blanco no penalizarán.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá publicar con anterioridad a la realización de ambas pruebas, los criterios de corrección, valoración y superación de aquellas, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Las personas aspirantes que alcancen el 60 por ciento de la puntuación máxima de algún ejercicio obligatorio y no superaran el proceso selectivo, conservarán dicha puntuación y estarán exentos de realizar tales ejercicios durante la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean análogos, salvo actualización normativa. Si las personas aspirantes optan por realizar el ejercicio de que se trate, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria inmediata anterior.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
2. En la fase de concurso, que sólo se aplicará a las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 12 puntos, los siguientes méritos:
2.1 Méritos profesionales. Se otorgará una puntuación máxima de 2 puntos en este apartado, que se valorará:
A. Por servicios efectivos prestados en las Fuerzas Armadas como militar de complemento, militar profesional de tropa y marinería o reservista voluntario, siempre que los servicios prestados, aptitudes o titulaciones adquiridas como militar durante los años de servicios, guarden relación con las funciones de la plaza a la que se aspira, se valorarán hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, a razón de 0,22 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 2 puntos.
B. Por haber desarrollado o estar desarrollando tareas o actividades directamente relacionadas con el contenido del programa por el que se presenta, en cualquier otro ámbito, se valorará, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, hasta un máximo de 2 puntos, a razón de 0,22 puntos por año completo.
2.2 Cursos de formación y perfeccionamiento:
Se valorarán los cursos de formación acreditados, recibidos o impartidos, siempre y cuando se hayan obtenido en los diez años anteriores al plazo de finalización de presentación de solicitudes, cuyo contenido ha de estar relacionado con las funciones propias del Cuerpo objeto de la presente convocatoria y programa por el que participa, a juicio del Tribunal, y haber sido impartidos por la Administración o por centros legalmente autorizados o reconocidos, con una duración mínima acreditada de 20 horas, se puntuarán hasta un máximo de 3 puntos, a razón de 0,50 puntos por curso. No se podrá acumular la puntuación de un curso como recibido e impartido.
2.3 Méritos Académicos. Se otorgará una puntuación máxima de 7 puntos en este apartado, que se valorará:
Por estar en posesión de titulación de Formación Profesional de Primer Grado, de Técnico Auxiliar, o la correspondiente al ciclo formativo de Grado Medio, directamente relacionada con la plaza a la que se opta, se otorgará una puntuación de 7 puntos.
Por estar en posesión de titulación de Formación Profesional de Segundo Grado, de Técnico Especialista, o la correspondiente al ciclo formativo de Grado Superior, directamente relacionada con la plaza a la que se opta, se otorgará una puntuación de 2 puntos.
3. Calificación final. La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y de oposición.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios y por este orden: La mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición, la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición, la mayor puntuación alcanzada en méritos profesionales, la mayor puntuación alcanzada en méritos académicos, la mayor puntuación alcanzada en cursos de formación y perfeccionamiento.
De persistir el empate se resolverá mediante la realización de una prueba relacionada con el contenido y materias propias del proceso selectivo juzgado.
4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y con el fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual número de personas aspirantes que el de plazas convocadas, y siempre que se produzcan renuncias expresas de las personas aspirantes seleccionadas, con antelación a su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del Tribunal calificador una relación complementaria de las personas aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionarios/funcionarias de carrera.
5. Las personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios/funcionarias de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
Temas comunes
Tema 1. La Constitución española de 1978: derechos y deberes fundamentales.
Tema 2. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El personal funcionario y el personal laboral.
Tema 3. El Gobierno abierto. Concepto y principios informadores: colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Tema 4. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Temas específicos
Programa: Calefactor-Fontanero
Tema 1. Trabajos preliminares en obra. Conocimiento básico de las diferentes tipologías de obras.
Tema 2. Dibujo geométrico: Útiles de dibujo. Proyección diedrica. Normativa. Cotas y lectura de planos. Escalas.
Tema 3. Sistemas de representación gráfica.
Tema 4. Interpretación de planos arquitectónicos de distribución e instalaciones. Simbología.
Tema 5. Informática básica, Hardware y software. Diseño asistido por ordenador (Autocad).
Tema 6. Interpretación de vistas, secciones y perspectivas de piezas y conjuntos simples.
Tema 7. Instalaciones de tuberías de cobre. Tubos, accesorios, uniones y elementos especiales. Formas de unión, de fijación y de colocación.
Tema 8. Instalaciones de tuberías plásticas. Tubos, accesorios, uniones y elementos especiales. Formas de unión, de fijación y de colocación.
Tema 9. Instalaciones de tuberías de hierro y acero. Tubos, accesorios, uniones y elementos especiales. Formas de unión, de fijación y de colocación.
Tema 10. Grifería: Tipos y características. Colocación y reparación. Llaves de paso, válvulas y accesorios.
Tema 11. Uniones entre diferentes materiales, par galvánico, colocación, uso y recomendaciones.
Tema 12. Elevación de agua: depósitos, bombas y motores eléctricos. Esquemas de elevación.
Tema 13. Fontanería y aparatos sanitarios.
Tema 14. Producción de agua caliente: Instalaciones. Acumuladores. Consumo. Distribuciones.
Tema 15. Calentadores y termos de agua caliente: Instalación, características y funcionamiento.
Tema 16. Calefacción: Tipos de calefacción. Normas oficiales de instalación. Combustibles.
Tema 17. Instalación eléctrica y automatismos para fontanería, calefacción y climatización.
Tema 18. Aguas residuales: Su evacuación. Alcantarillados. Pozos. Depuración. Filtración.
Tema 19. Equipos de riego.
Tema 20. Equipos de contraincendios.
Tema 21. Fundamentos del aire acondicionado. Montaje de instalaciones de refrigeración comercial e industriales.
Tema 22. Puesta en marcha y regulación de instalaciones frigoríficas.
Tema 23. Mantenimiento de instalaciones de refrigeración comercial e industrial.
Tema 24. Medios y equipos auxiliares para la ejecución de trabajos de fontanería y climatización en obra, personales y colectivos. Sistemas de seguridad.
Tema 25. Valoración y criterios de medición de diferentes partidas de obra.
Programa: Ebanista-Carpintero
Tema 1. Sistemas de representación gráfica.
Tema 2. Instrumentos de dibujo a mano alzada.
Tema 3. Normas de acotación.
Tema 4. Propiedades y características de la madera y corcho.
Tema 5. Determinación de materiales y componentes.
Tema 6. Normas de representación de dibujo técnico. Sistema diedrico
Tema 7. Interpretación de planos arquitectónicos de distribución e instalaciones. Simbología. Discriminación de la información.
Tema 8. Informática básica, Hardware y software. Diseño asistido por ordenador (Autocad)
Tema 9. Interpretación de vistas, secciones y perspectivas de piezas y conjuntos simples.
Tema 10. Sistemas de unión. Ensambles. Empalmes. Acoplamientos. Descripción.
Tema 11. Identificación de la madera. Tipos. Selección de la madera para la fabricación de elementos de carpintería.
Tema 12. Herramientas empleadas en la fabricación industrial de carpintería y mueble. Tipos. Materiales. Calidades. Afilado y mantenimiento. Colocación y ajuste.
Tema 13. Operaciones con herramientas y útiles manuales. Seguridad en su manejo.
Tema 14. El aserrado en primera transformación de la madera. Equipos. Útiles y herramientas. Puesta a punto. Operaciones
Tema 15. Procesos de mecanizado por arranque de viruta: Cepillado, fresado. Puesta a punto. Máquinas y útiles. Operaciones.
Tema 16. Procesos de taladrado y escopleado. Máquinas y útiles. Puesta a punto. Operaciones.
Tema 17. Lijado de la madera y derivados. Fases. Máquinas y útiles. Abrasivos, tipos y características. Métodos de lijado.
Tema 18. Encolado de la madera, corcho y sus derivados. Adhesivos. Tipos y características. Técnicas de aplicación. Máquinas y útiles
Tema 19. Revestimientos de superficies en madera y sus derivados. Chapas. Plásticos. Estratificados. Papeles. Características y aplicaciones.
Tema 20. Trabajos complementarios a la carpintería y mueble en instalación (electricidad, fontanería, ventilación). Materiales y herramientas básicas. Utilización y aplicación.
Tema 21. Herrajes en carpintería. Tipos. Aplicaciones. Funcionamiento y colocación (marcado, mecanizado, ajuste y fijación).
Tema 22. Instalación de pavimentos de madera. Herramientas y útiles, tipos y características.
Tema 23. Instalación de revestimientos verticales, techos, artesonados. Herramientas y útiles, tipos y características.
Tema 24. Medios y equipos auxiliares para la ejecución de trabajos de carpinterías en obra, personales y colectivos. Sistemas de seguridad.
Tema 25. Estructuras de madera. Diseño, calculo, tipología.
Programa: Electrónica
Tema 1. La electricidad. Fundamentos. Conceptos generales. Unidades, magnitudes y símbolos.
Tema 2. Análisis de circuitos. Teoremas.
Tema 3. Corriente continua. Corriente alterna. Circuitos.
Tema 4. Resistencia. Capacidad. Potencia y energía eléctrica. Factor de Potencia.
Tema 5. Circuitos resistivos, inductivos y capacitivos. Circuitos RLC. Montajes en serie. Montajes en paralelo. Montajes mixtos.
Tema 6. Régimen transitorio en circuitos.
Tema 7. Transductores y sensores.
Tema 8. Magnetismo y electromagnetismo.
Tema 9. Transformadores.
Tema 10. Baterías y acumuladores.
Tema 11. La válvula de vacío.
Tema 12. Fuentes de alimentación. Estabilizadores de tensión.
Tema 13. La unión PN.
Tema 14. Componentes electrónicos.
Tema 15. Amplificadores.
Tema 16. Sistemas de numeración.
Tema 17. Álgebra de Boole. Minimización de funciones lógicas. Puertas lógicas.
Tema 18. Elementos aritméticos digitales.
Tema 19. Sistemas combinacionales.
Tema 20. Sistemas secuenciales.
Tema 21. Instrumentos de medida. Unidades de medida.
Tema 22. Osciladores.
Tema 23. Circuitos impresos. Generalidades. Fases de fabricación de la tarjeta. Reglas de diseño. Trazado.
Tema 24. Circuitos integrados. Generalidades. Fabricación. Características. Encapsulados.
Tema 25. Fundamentos de sistemas informáticos y redes locales.
Programa: Encuadernación
Tema 1. Historia de las Artes Gráficas.
Tema 2. El proceso gráfico. Tipos de productos gráficos.
Tema 3. Generalidades de los principales sistemas de impresión: tipografía, offset, serigrafía, huecograbado, flexografía e impresión digital.
Tema 4. Teoría del color.
Tema 5. Soportes papeleros.
Tema 6. Soportes papeleros: tipos.
Tema 7. Formatos de papel. Normalización.
Tema 8. Soportes papeleros: propiedades y normas.
Tema 9. Soportes no papeleros.
Tema 10. Soportes no papeleros: propiedades y normas.
Tema 11. Manipulados.
Tema 12. El corte.
Tema 13. El alzado.
Tema 14. El plegado.
Tema 15. El cosido.
Tema 16. Troquelado.
Tema 17. Stamping.
Tema 18. Tratamientos de superficie: plastificado y barnizado.
Tema 19. Plegado pegado.
Tema 20. Packaging.
Tema 21. Nomenclatura del libro.
Tema 22. La encuadernación. Historia de la encuadernación. Tipos de la encuadernación. El proceso de la encuadernación.
Tema 23. Encuadernación artesanal.
Tema 24. Encuadernación industrial.
Tema 25. Materiales complementarios en postimpresión y manipulados. Barnices. Películas. Adhesivos. Forros. Hilos, cuerdas, cintas y alambres.
Programa: Impresión
Tema 1. Historia de las Artes Gráficas.
Tema 2. El proceso gráfico. Tipos de productos gráficos.
Tema 3. Generalidades de los principales sistemas de impresión: tipografía, offset, serigrafía, huecograbado, flexografía e impresión digital.
Tema 4. Teoría del color.
Tema 5. Clasificación de las máquinas offset. Normalización en la impresión offset.
Tema 6. Elementos de las máquinas offset.
Tema 7. Formas impresoras planográficas.
Tema 8. Sistemas de mojado en la impresión offset.
Tema 9. Batería de entintado en la impresión offset.
Tema 10. Cuerpo impresor de la impresión offset.
Tema 11. Problemas en la impresión offset.
Tema 12. Problemas en la tirada offset.
Tema 13. Materiales complementarios en impresión offset. Limpiadores y regeneradores de mantillas, baterías y mojadores de offset. Aditivos solución de mojado. Mantilla. Aditivos anti-repinte. Polvos antimaculantes.
Tema 14. El proceso serigráfico.
Tema 15. Formas impresoras permeográficas.
Tema 16. Estampación serigráfica.
Tema 17. Soportes papeleros.
Tema 18. Soportes papeleros: tipos.
Tema 19. Formatos de papel. Normalización.
Tema 20. Soportes papeleros: propiedades y normas.
Tema 21. Soportes no papeleros.
Tema 22. Soportes no papeleros: propiedades y normas.
Tema 23. Las tintas de impresión: Composición y tipos. Clasificación de las tintas.
Tema 24. Las tintas de impresión: propiedades. Normas.
Tema 25. Densitometría y Colorimetría. Aparatos de medición.
Programa: Instalador-Montador
Tema 1. La electricidad. Fundamentos. Conceptos generales. Unidades, magnitudes y símbolos.
Tema 2. Análisis de circuitos. Teoremas.
Tema 3. El Reglamento electrotécnico para baja tensión. Instrucciones Técnicas Complementarias.
Tema 4. Efecto térmico de la electricidad. Aplicaciones e inconvenientes del efecto térmico.
Tema 5. Corriente continua. Corriente alterna. Circuitos.
Tema 6. Resistencia. Capacidad. Potencia y energía eléctrica. Factor de Potencia.
Tema 7. Circuitos resistivos, inductivos y capacitivos. Circuitos RLC. Montajes en serie. Montajes en paralelo. Montajes mixtos.
Tema 8. Régimen transitorio de circuitos. Resonancia.
Tema 9. Sistemas polifásicos.
Tema 10. Principios generales de las máquinas eléctricas.
Tema 11. Máquinas de corriente continua. Dinamos. Motores de C.C.
Tema 12. Motores de inducción o asíncronos. Motores trifásicos.
Tema 13. Representación gráfica en instalaciones eléctricas. Símbolos.
Tema 14. Inspección y puesta en marcha de instalaciones eléctricas.
Tema 15. Condensadores. Tipos de Condensadores. Identificación. Conexiones.
Tema 16. Alternador. Acoplamiento de alternadores.
Tema 17. Red eléctrica de distribución de baja tensión. Configuración.
Tema 18. Red eléctrica de distribución de media tensión. Configuración.
Tema 19. Centros de transformación de energía eléctrica.
Tema 20. Baterías. Acumuladores.
Tema 21. Magnetismo y electromagnetismo. Transformadores.
Tema 22. Instalaciones domóticas.
Tema 23. Instrumentos de medida. Unidades de medida.
Tema 24. Lámparas eléctricas. Tipos. Iluminación. LED.
Tema 25. Montaje e instalación de motores. Dispositivos de mando y señalización manuales y automáticos.
Programa: Mecánica del Automóvil
Tema 1. Motor general de dos y cuatro tiempos.
Tema 2. Componentes principales de los motores térmicos.
Tema 3. Funcionamiento de los motores térmicos de dos tiempos.
Tema 4. Funcionamiento de los motores térmicos de cuatro tiempos.
Tema 5. Piezas estáticas principales de los motores térmicos.
Tema 6. Piezas móviles principales de los motores térmicos.
Tema 7. Características, constitución y funcionamiento de los motores térmicos.
Tema 8. Caracterización de sistemas de refrigeración y lubricación.
Tema 9. Características y propiedades de los lubricantes y refrigerantes utilizados en el motor térmico.
Tema 10. Componentes del sistema de lubricación y función que realizan cada uno de ellos.
Tema 11. Componentes del sistema de refrigeración y función que realizan cada uno de ellos.
Tema 12. Sistemas de trasmisión.
Tema 13. Sistemas de frenado.
Tema 14. Sistemas de sobrealimentación.
Tema 15. Normas de seguridad en la utilización de fluidos de los circuitos de refrigeración y lubricación.
Tema 16. Localización de averías de los motores térmicos y de sus sistemas de refrigeración y lubricación.
Tema 17. Interpretación de la documentación técnica y de los equipos de medida.
Tema 18. Disfunciones típicas de los motores térmicos y las causas a las que obedecen.
Tema 19. Disfunciones de los sistemas de refrigeración y lubricación y las causas a las que obedecen.
Tema 20. Riesgos inherentes a los procesos y manejo de equipos y máquinas.
Tema 21. Prevención y protección colectiva.
Tema 22. Equipos de protección individual.
Tema 23. Señalización de seguridad en el taller.
Tema 24. Gestión medioambiental.
Tema 25. Almacenamiento y retirada de residuos.
Programa: Oficial de la Construcción –programa 1
Tema 1. Unidades de medida, partes de una obra e interpretación de planos.
Tema 2. Demoliciones y trabajos previos.
Tema 3. Movimiento de tierras, cimentaciones y estructuras.
Tema 4. Albañilería, tabiquería y cerramientos.
Tema 5. Impermeabilizaciones y cubierta. Juntas.
Tema 6. Revestimientos de paramentos y pintura.
Tema 7. Instalaciones de fontanería.
Tema 8. Instalaciones de saneamiento.
Tema 9. Instalaciones de electricidad.
Tema 10. Instalaciones de climatización y agua caliente.
Tema 11. Carpintería
Tema 12. Morteros y hormigones.
Tema 13. Escaleras.
Tema 14. Cerrajería
Tema 15. Organización de trabajos de construcción.
Tema 16. Señalización de obras.
Tema 17. Maquinaria pesada y manual.
Tema 18. Herramientas de albañilería.
Tema 19. Replanteos de diferentes elementos.
Tema 20. Patología de la edificación.
Tema 21. Aislamiento térmico y acústico.
Tema 22. Medios y equipos auxiliares para la ejecución de trabajos de obra, personales y colectivos. Sistemas de seguridad.
Tema 23. Valoración y criterios de medición de diferentes partidas de obra.
Tema 24. Encofrados.
Tema 25. Urbanizaciones.
Programa: Oficial de la Construcción –programa 2
Tema 1. Elección del tipo de pintura.
Tema 2. Pinturas de exterior.
Tema 3. Pinturas de interior.
Tema 4. Barnices.
Tema 5. Tintes y aceites para madera.
Tema 6. Herramientas.
Tema 7. Trabajos previos: preparación del soporte, preparación de la pintura.
Tema 8. Técnicas de pintura.
Tema 9. Acabados de pintura.
Tema 10. Tratamientos de la humedad en paramentos.
Tema 11. Pintura específica para estructuras metálicas.
Tema 12. Pintura específica para madera.
Tema 13. Protección ambiental.
Tema 14. Eliminación de residuos.
Tema 15. Impermeabilizaciones.
Tema 16. Pinturas y tratamientos de pavimentos y viales.
Tema 17. Limpieza de paramentos, decapados y grafitis.
Tema 18. Maquinaria auxiliar de elevación.
Tema 19. Trabajos en altura.
Tema 20. Medios y equipos auxiliares para la ejecución de trabajos de obra, personales y colectivos. Sistemas de seguridad.
Tema 21. Organización de trabajos.
Tema 22. Señalización de obras.
Tema 23. El color, sus gamas. Tonalidades. Colores base.
Tema 24. Tratamiento de los agentes destructores de la madera.
Tema 25. Valoración y criterios de medición de diferentes partidas.
Programa: Soldador-Chapista
Tema 1. Preparación de máquinas, equipos, utillajes y herramientas.
Tema 2. Gases, materiales base, de aporte y equipos de soldeo y proyección.
Tema 3. Elementos y mandos de los equipos de soldeo y proyección.
Tema 4. Preparación de los equipos de soldeo y proyección.
Tema 5. Funcionamiento de las máquinas de soldadura y proyección.
Tema 6. Técnicas de soldeo y proyección.
Tema 7. Parámetros de soldeo y proyección.
Tema 8. Útiles de verificación y medición en función de la medida o aspecto a comprobar.
Tema 9. Técnicas operativas de soldadura y proyección.
Tema 10. Interpretación de planos de fabricación.
Tema 11. Normas de dibujo industrial.
Tema 12. Planos de conjunto y despiece.
Tema 13. Interpretación de los símbolos utilizados en planos de fabricación.
Tema 14. Dibujo Técnico. Acotación, escalas, vistas, cortes y secciones.
Tema 15. Representación de tolerancias dimensionales, geométricas y superficiales.
Tema 16. Representación de elementos de unión.
Tema 17. Representación de formas normalizadas (chavetas, roscas, guías, soldaduras y otros).
Tema 18. Técnicas de croquización a mano alzada, y croquización a mano alzada de soluciones constructivas.
Tema 19. Equipos, herramientas, y útiles de trazado, corte térmico y conformado.
Tema 20. Operaciones de mecanizado manual: Limado. Cincelado. Taladrado. Escariado. Roscado. Remachado. Punzonado. Chaflanado.
Tema 21. Aplicación de técnicas de corte térmico.
Tema 22. Preparación de borde, limpieza y punteado de piezas.
Tema 23. Sistemas de seguridad aplicados a las máquinas de soldadura y proyección.
Tema 24. Metales y aleaciones ferrosas. Características principales, soldabilidad y métodos de soldadura.
Tema 25. Metales y aleaciones no ferrosas. Características principales, soldabilidad y métodos de soldadura.
Programa: Tornero-Fresador
Tema 1. Normas de dibujo Industrial.
Tema 2. Cortes, secciones y roturas en dibujo industrial.
Tema 3. Acotación en dibujo industrial.
Tema 4. Representación de tolerancias dimensionales, geométricas y superficiales.
Tema 5. Ajustes y tolerancias.
Tema 6. Materiales metálicos, nomenclatura y designación.
Tema 7. Materiales no metálicos, nomenclatura y designación.
Tema 8. Tratamientos térmicos, termoquímicos y electroquímicos.
Tema 9. Elementos de unión normalizados (roscas, chavetas, roblones, remaches, y otros).
Tema 10. Elementos normalizados en conjuntos mecánicos (rodamientos, arandelas, pasadores, engrasadores, acoplamientos, ruedas dentadas, poleas, correas y otros).
Tema 11. Cálculos de taller para la fabricación de roscas, ruedas dentadas y otros elementos complejos.
Tema 12. Operaciones de torneado y sus condiciones de corte.
Tema 13. Operaciones de fresado y sus condiciones de corte.
Tema 14. Otras operaciones de mecanizado por arranque de viruta y sus correspondientes herramientas (taladrado, rectificado, mandrinado, limado, serrado, roscado manual y otros).
Tema 15. Sistemas de sujeción de las piezas y herramientas en las máquinas de arranque de viruta.
Tema 16. Instrumentos de medición y verificación.
Tema 17. Elementos y mandos de las máquinas herramientas de arranque de viruta convencionales.
Tema 18. Elementos y mandos de las máquinas herramientas de arranque de viruta por Control Numérico.
Tema 19. Mantenimiento de las máquinas de mecanizado convencionales y por Control Numérico.
Tema 20. Operaciones de torneado con máquinas de Control Numérico.
Tema 21. Operaciones de fresado con máquinas de Control Numérico.
Tema 22. Programación de máquinas de Control Numérico (Código G).
Tema 23. Procesos de mecanizado por arranque de viruta, secuenciación de las operaciones en función del producto a conseguir.
Tema 24. Tiempos de mecanizado.
Tema 25. Costes de mecanizado y presupuestos para la fabricación.
Tribunal titular:
Presidente: Don José María Martín Dapena, Capitán de Navío del Cuerpo General de la Armada.
Secretaria:Doña María Angeles Lerma Aranda, Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado
Vocales: Don José Manuel Jerez Martínez, Escala Administrativa de OO.AA., don Enrique Calvo Taravillo, Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada, doña Paloma Lobo Espliguero, Escala Administrativa de OO.AA., doña Lorena Segura Villalba, Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada, don Luis López Díaz, Escala Administrativa de OO.AA.
Tribunal suplente:
Presidenta: Doña María del Carmen Teres Navarro, Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Secretario: Don Daniel Moreno Ribagorda, Comandante del Cuerpo de Intendencia de la Armada.
Vocales: Doña Susana de Blas López, Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, don José Ignacio Hernández Sanz, Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada, doña M.ª del Pilar del Campo Hernán, Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, don Angel Luis García Canalda, Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada, doña Virginia Rodriguez Ramos, Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
Este apartado se rellenará según lo establecido en la «solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública» (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro Ministerio: Ministerio de Defensa.
En el recuadro Centro Gestor: Subsecretaría.
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada; código 0424.
En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará el programa por el que desea presentarse (calefactor-fontanero, electrónica, etc.).
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra mayúscula «L» (acceso libre/nuevo ingreso).
En el recuadro 18, «Ministerio/ Organo/ Entidad convocante», se consignará Subsecretaría de Defensa. No es necesario señalar código.
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 21, «Grado», las personas aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar (opcional), expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios que necesiten.
Las personas aspirantes con discapacidad, de solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo actualizado emitido por el órgano técnico de calificación competente, que acreditará de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
En el recuadro 22, «Reserva discapacidad» las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad deberán indicarlo (casilla «sí, general»).
En el recuadro 24, en caso de familia numerosa o discapacidad, deberá indicar la Comunidad Autónoma en la que se reconoce esta condición. Además, en caso de familia numerosa, deberá indicar el número del título en el recuadro 25.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se hará constar la titulación que se posee para participar en estas pruebas, de acuerdo con lo señalado en la base específica 5 de esta convocatoria.
En el recuadro 27, «Datos A», las personas aspirantes que deseen participar en el proceso selectivo por cualquiera de los cupos de reserva para personal militar deberán así indicarlo, consignando en dicha casilla las letras mayúsculas «RM- cupo general» para las personas que participen por el cupo de reserva general establecido para el personal militar o «RM- Cupo Últimos 10 años compromiso», para las personas que participen por el cupo de reserva para los militares profesionales de tropa y marinería que se encuentren en los últimos 10 años de compromiso. Asimismo, quienes no participen por estos cupos de reserva establecidos para personal militar, seleccionarán en esta casilla «cupo acceso general».
En el recuadro 27 «Datos B», se hará constar la posesión del permiso de conducción clase B, consignando en dicha casilla «Permiso conducción B».
El importe de la tasa de derechos de examen será, con carácter general, de 11,66 euros y para miembros de familias numerosas de categoría general de 5,83 euros.
La solicitud se dirigirá a la Sra. Subsecretaria del Ministerio de Defensa (Subdirección General de Personal Civil).
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid