Está Vd. en

Documento BOE-A-2022-21773

Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 22 de diciembre de 2022, páginas 179344 a 179358 (15 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2022-21773

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2020, el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021 y el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22).

Bases específicas

La presente convocatoria, se publicará, entre otras, en las páginas web www.miteco.gob.es y www.administracion.gob.es.

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 31 plazas por el sistema general de acceso libre del Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales, código 0113, de las cuales 7 corresponden a la Oferta de Empleo Público de 2020, 9 corresponden a la Oferta de Empleo Público de 2021 y 15 corresponden a la Oferta de Empleo Público de 2022.

Del total de las plazas convocadas, se reservará 1 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con dicha condición que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por el citado cupo y siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, serán incluidos por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

Las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden desiertas en el proceso de acceso libre no se podrán acumular al turno general. En los procesos de promoción interna, las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán a las del turno general de estos procesos.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

La fase de oposición tendrá una duración máxima de nueve meses y el primer ejercicio se celebrará en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». En atención al número previsto de solicitudes de participación en el proceso selectivo convocado por esta resolución y al número y a la duración de los ejercicios a superar, se amplía el plazo para la celebración del primer ejercicio en tres meses adicionales y la duración máxima de la fase de oposición en nueve meses adicionales.

Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos de la presente convocatoria.

Anunciada la fecha del primer ejercicio, el Tribunal publicará en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: www.miteco.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/oep.aspx un cronograma aproximado del desarrollo del proceso selectivo, estableciendo fechas para la celebración de las distintas pruebas.

Con el fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo del proceso selectivo, se habilita al Tribunal para la realización de pruebas coincidentes en el tiempo, incluida la realización o lectura de ejercicios.

El Tribunal podrá adoptar las medidas, instrucciones o resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las pruebas selectivas y la lectura de los ejercicios.

Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios o del curso selectivo podrán coincidir con los correspondientes a otros procesos selectivos de cuerpos o escalas adscritos a este u otros Ministerios, sin que dicha coincidencia pueda suponer causa de aplazamiento.

La celebración del primer ejercicio de los procesos selectivos de ingreso en el Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado y en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales tendrá lugar el mismo día.

3. Programas

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de esta convocatoria.

4. Titulación

Se requerirá estar en posesión del título de Ingeniero Técnico Forestal o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias, o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes (haber pagado las tasas para la expedición del título).

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

5. Acceso de personas con discapacidad

5.1 Quienes opten a la plaza reservada para las personas con discapacidad deberán tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.

5.2 Los aspirantes con discapacidad podrán pedir, en el modelo oficial de solicitud, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. En caso de solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

5.3 A los aspirantes que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad y que superen el primer ejercicio, con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima prevista para ese ejercicio, se les conservará esta puntuación para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación sean análogos.

5.4 Toda la información del proceso selectivo se realizará en formatos adecuados siguiendo los principios de accesibilidad universal y diseño para todas las personas, definidos en el artículo 2 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.

6. Solicitudes

6.1 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», por vía electrónica.

6.2 De acuerdo con la disposición adicional primera, del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al que se accederá, a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.

La presentación por esta vía permitirá:

La inscripción en línea del modelo oficial.

La incorporación de documentos a la solicitud.

El pago electrónico de las tasas.

El registro electrónico de la solicitud.

La modificación o subsanación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo referido.

La subsanación, en su caso de la solicitud durante el plazo de subsanación.

En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán dirigirse al teléfono 060, o enviar un correo a la dirección: cau.060@correo.gob.es.

El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.

La constancia del correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.

En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá adjuntarse escaneada la documentación justificativa relacionada en el anexo IV de esta convocatoria, si no se da la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en la plataforma de intermediación.

Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran el justificante de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «Mis inscripciones».

El tratamiento de la información por medios electrónicos se ajustará a lo establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos Personales), y en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

6.3 En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por los aspirantes que la cursen en el extranjero, estos podrán presentar la solicitud en soporte papel en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A la misma se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen:

Directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.

Mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria extranjera (aquellos cuyo código IBAN no empiece por ES), a la cuenta corriente número 0182-2370-49-0200203962 (código Iban: ES06, código Bic: BBVAESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda y Función Pública. Derechos de examen».

6.4 La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

6.5 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

6.6 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

7. Tribunal

7.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria. El Tribunal publicará en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: www.miteco.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/oep.aspx el currículo abreviado de sus miembros.

7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

7.3 El Tribunal calificador actuará con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás disposiciones vigentes.

7.4 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

7.5 Los miembros titulares y suplentes del Tribunal podrán actuar indistinta o conjuntamente debido a la complejidad técnica de los ejercicios a calificar.

7.6 Una vez iniciado el proceso selectivo, las comunicaciones e incidencias relacionadas con el mismo se deberán dirigir al Tribunal, que tendrá su sede en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Plaza San Juan de la Cruz, 10, 28071 Madrid, teléfono 915976347, dirección de correo electrónico bzn-itforestales@miteco.es.

8. Desarrollo del proceso selectivo

8.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primer apellido que comience por la letra «U», según lo establecido en la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE del 13).

8.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: www.miteco.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/oep.aspx, así como en la página web: www.administracion.gob.es.

8.3 Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá dirigir a la dirección de correo electrónico oposiciones@miteco.es.

9. Embarazo de riesgo o parto

Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

10. Destinos

La elección de destino por los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo se realizará exclusivamente por medios electrónicos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes que superen este proceso selectivo tendrá lugar en puestos de trabajo adscritos a los Centro Directivos y Organismos Autónomos de este Departamento.

11. Relación de candidatos

Con objeto de reducir los plazos de incorporación del personal funcionario interino y hacer efectiva la aplicación de los principios de mérito y capacidad en la selección de este personal, el Tribunal de este proceso selectivo elaborará, a la finalización del mismo, una relación de posibles personas candidatas para el nombramiento como personal funcionario interino de la Escala objeto de esta convocatoria.

En dicha relación se integrarán aquellos candidatos del sistema general de acceso libre que, habiendo participado en este proceso selectivo, y no habiéndolo superado en su totalidad, sí hayan superado el primer ejercicio de la fase de oposición. La relación se ordenará en función de la suma de las puntuaciones obtenidas por los candidatos en los ejercicios de la fase de oposición que hayan superado.

Esta relación tendrá carácter provincial, por lo que el Tribunal distribuirá a los candidatos en función de la provincia que estos indiquen en su solicitud de participación en estas pruebas selectivas. Cuando el aspirante no cumplimente o no opte por una provincia, se tomará la que corresponda al domicilio de residencia que figure en la solicitud.

Esta relación de candidatos tendrá validez hasta la publicación de una nueva relación de candidatos resultante del desarrollo de un nuevo proceso selectivo ordinario para esta Escala.

Para poder formar parte de esta relación de candidatos, éstos deberán poseer todos los requisitos que se exijan en la presente convocatoria.

Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos, será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública. El procedimiento de gestión de la relación de candidatos de funcionarios interinos se hará público en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

12. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el texto refundido de la Ley Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Subsecretario para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 14 de diciembre de 2022.–El Subsecretario para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Miguel González Suela.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

1. Fase de oposición.

La fase de oposición constará de tres ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio y un ejercicio de carácter voluntario y no eliminatorio.

Las puntuaciones mínimas de cada ejercicio resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije el Tribunal.

El órgano de selección publicará con anterioridad a la realización de cada prueba, los criterios generales de valoración, superación y acceso a los siguientes ejercicios.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del aspirante en relación con la parte de temas comunes del temario que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por 100 preguntas del grupo de temas comunes. Las preguntas tendrán cuatro posibles respuestas, siendo solo una de ellas la correcta.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas.

En el plazo máximo de dos días, a contar desde la finalización de la prueba, se hará pública la plantilla de soluciones correctas utilizada por el Tribunal.

La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos. Todas las preguntas tendrán el mismo valor, las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor de una respuesta acertada y las preguntas que se dejen sin responder no puntuarán y no tendrán ninguna penalización.

Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de un supuesto práctico, a elegir por los aspirantes de entre dos propuestos por el Tribunal, que versará sobre el Grupo de Temas Específicos que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas, pudiendo disponer los aspirantes de la documentación y material de trabajo, en soporte papel, que estimen conveniente aportar para su realización.

El ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal por los aspirantes, previo señalamiento de día y hora, pudiendo el Tribunal, a la finalización de la lectura, realizar cuantas preguntas considere convenientes sobre su contenido, durante un tiempo máximo de diez minutos.

El Tribunal valorará, junto al rigor analítico y la claridad expositiva, los conocimientos generales y específicos pertinentemente incorporados y la capacidad de relacionar los mismos.

La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos.

Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, dos temas del temario: uno de ellos correspondiente al Grupo de Temas Generales y el otro al Grupo de Temas Específicos. Cada uno de estos temas será elegido por el aspirante de entre dos extraídos al azar. Este ejercicio será leído públicamente por los aspirantes, previo señalamiento de fecha.

Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en relación a las materias expuestas y solicitar aclaraciones sobre las mismas, durante un plazo máximo de 10 minutos.

El Tribunal valorará la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión escrita

La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos.

Cuarto ejercicio: Prueba voluntaria y no eliminatoria destinada a medir el grado de conocimiento y comprensión del idioma inglés que consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, compuesto de dos partes:

Parte A: constará de 20 preguntas destinadas a comprobar el conocimiento y comprensión lectora del inglés. Los aspirantes tendrán un tiempo máximo de 30 minutos para realizar esta primera parte de la prueba.

Parte B: constará de 20 preguntas sobre una grabación en inglés que se reproducirá a los aspirantes con el fin de comprobar su compresión oral del inglés. Los aspirantes tendrán un tiempo máximo de 30 minutos para realizar esta segunda parte de la prueba.

Las preguntas de ambos cuestionarios tendrán cuatro posibles respuestas, siendo solo una de ellas la correcta. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las preguntas que se dejen sin responder o se respondan de forma errónea no puntuarán y no tendrán ninguna penalización.

En el plazo máximo de dos días, a contar desde la finalización de la prueba, se hará pública la plantilla de soluciones correctas utilizada por el Tribunal.

Esta prueba se calificará sobre 10 puntos. Los puntos por encima de 5 de la calificación que obtuviera el aspirante se sumarán a los obtenidos en los tres primeros ejercicios.

Los aspirantes que superen el tercer ejercicio habrán superado la fase de oposición y su calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

A los aspirantes por el sistema general de acceso libre que no hayan superado la fase de oposición pero sí superasen el primer ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima prevista para ese ejercicio, se les conservará esta puntuación para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se hubiera conservado la nota sean análogos.

Terminada la oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de aspirantes que han superado la oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por cada aspirante, sin que en ningún caso, pueda figurar en dicha relación un número de candidatos superior al total de plazas que hubieran sido convocadas.

En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios, por este orden:

1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición.

2. Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.

3. Mayor puntuación obtenida en segundo ejercicio.

4. Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

Terminada la oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de aspirantes que han superado la oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por cada aspirante, sin que en ningún caso, pueda figurar en dicha relación un número de candidatos superior al total de plazas que hubieran sido convocadas.

El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente con cualquier otro proceso selectivo en el tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera.

Las calificaciones de los distintos ejercicios se publicarán una vez que haya actuado el último opositor en cada uno de los ejercicios.

2. El curso selectivo.

Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico y práctico, organizado por la Subsecretaría del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, cuya duración máxima será de tres meses.

Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño profesional, e incluirá un módulo en materia de igualdad entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de género.

La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del Departamento.

El personal funcionario de carrera y laboral fijo que hubiera superado estas pruebas selectivas será autorizado para asistir al curso selectivo por la Subsecretaría del Departamento en el que preste sus servicios.

Una vez finalizado, el curso se calificará de «Apto» o «No Apto», siendo necesario obtener la calificación de «Apto» para superarlo.

Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o periodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias.

Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino como funcionario de carrera del Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales. Los aspirantes que ya fueran funcionarios de carrera o personal laboral fijo antes de participar en estas pruebas selectivas, continuarán, asimismo, en la situación de funcionarios en prácticas, reincorporándose a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquél en que finalice la realización de las prácticas reales, con independencia del momento en que se publique la calificación del curso selectivo.

Para los aspirantes que obtengan la calificación de «Apto» en el curso selectivo, la calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición.

Los funcionarios españoles de Organismos Internacionales podrán acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los correspondientes procesos selectivos.

La exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen deberá solicitarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el Organismo internacional correspondiente de haber superado aquéllas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero.

ANEXO II

Grupo de temas generales

1. La Constitución española de 1978: características, estructura, principios y valores fundamentales. Los derechos fundamentales y su especial protección. El Tribunal Constitucional. La reforma constitucional.

2. La Corona: atribuciones y competencias. Sucesión y regencia. El refrendo.

3. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.

4. El Gobierno y la Administración. El Gobierno: composición, designación, funciones y relaciones con el resto de los poderes del Estado. La Administración General del Estado y su organización periférica.

5. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas administraciones públicas. Cooperación entre las administraciones para la conservación del medio ambiente.

6. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. La Ley. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley: Decreto-Ley y Decreto Legislativo. El Reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del Derecho Administrativo.

7. El acto administrativo: concepto, clases, y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación.

8. El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y caracterización. Fases del procedimiento administrativo. La revisión de actos en vía administrativa.

9. Acceso electrónico de los ciudadanos a las Administraciones Públicas. Normativa sobre firma electrónica.

10. Presupuestos Generales del Estado: estructura y contenido. Elaboración y aprobación. Modificaciones presupuestarias. El control de la actividad financiera en España. El Tribunal de Cuentas.

11. Los contratos del Sector Público. Concepto y tipos. Sus elementos y procedimientos de adjudicación. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras modificaciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos.

12. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública. Incompatibilidades.

13. El Poder Judicial. El control jurisdiccional de la actividad administrativa.

14. La Unión Europea: Antecedentes. Objetivos y naturaleza jurídica. Valores, principios generales y derechos fundamentales. Las instituciones europeas: composición, funcionamiento y atribuciones.

15. El ordenamiento jurídico de la Unión Europea. Sus fuentes. Derecho originario: los Tratados. Derecho derivado: Reglamentos, Directivas y Decisiones. Relaciones con el ordenamiento jurídico de los Estados miembros.

16. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Régimen jurídico de la Dependencia. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

17. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto: colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España. Legislación sobre transparencia.

18. Estructura y competencias del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Los Organismos Públicos: organismos autónomos, entidades públicas empresariales, agencias y sociedades del Ministerio. Fundaciones participadas por el Ministerio o por sus organismos y sociedades. Las sociedades estatales de aguas.

19. Protección y gestión de la costa de España. La ley de costas y su reglamento. Régimen jurídico del dominio público marítimo-terrestre. Líneas maestras de la política de costas en España. La ley de protección del medio marino y las estrategias marinas.

20. La administración pública del agua en España. La Ley de Aguas y sus Reglamentos de desarrollo. Planes Hidrológicos de Cuenca: objetivos y principales elementos. Las Reservas Naturales Fluviales.

21. La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y sus modificaciones. Principios y elementos. Desarrollos normativos. La Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales. El Real Decreto 389/2016, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Plan Director de la Red de Parques Nacionales

22. Normativa sobre calidad y evaluación ambiental: Tipos, orígenes y características de la contaminación. La contaminación atmosférica: Normativa reguladora. La contaminación acústica: fuentes, tipos y medidas de prevención. La Evaluación Ambiental: Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. La normativa en materia de residuos. Normativa sobre responsabilidad medioambiental.

23. El cambio climático. Evidencia científica del fenómeno. Respuesta internacional ante el cambio climático: la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París. El Marco Europeo de lucha contra el cambio climático: el régimen jurídico del comercio de derechos de emisión, sectores difusos y LULUCF. Estrategia europea de adaptación. Normativa LULUCF a nivel europeo. Aplicación en España. La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.

Grupo de temas específicos

1. Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y sus modificaciones. Objeto y conceptos generales. Competencias de las Administraciones públicas. Clasificación y régimen jurídico de los montes.

2. Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y sus modificaciones. Información, Planificación. Ordenación y Aprovechamientos Forestales. Conservación y protección de montes.

3. Órganos de coordinación y participación de la política forestal española y del patrimonio natural y la biodiversidad. Conferencias sectoriales. La Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad y sus comités especializados. El Consejo Forestal Nacional. El Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad. Especial referencia a las organizaciones no gubernamentales, sector productor y sus entidades representativas.

4. Principales foros de discusión sobre gestión forestal sostenible a escala global y regional. El Foro Forestal de Naciones Unidas, los órganos estatutarios forestales de la FAO. Conferencias ministeriales para la protección de bosques en Europa (Forest Europe). Resoluciones sobre la gestión forestal sostenible en Europa. Criterios e indicadores de gestión forestal sostenible.

5. El sector forestal en los Convenios de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, Diversidad Biológica y de Lucha contra la Desertificación. Los bosques en el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París. Normativa LULUCF a nivel europeo. Protocolo de Nagoya. Aplicación en España.

6. Estrategia Forestal Europea. Principales disposiciones de aplicación. Seguimiento y evaluación de resultados. Estrategia Europea de Biodiversidad 2030 y Estrategia «de la Granja a la Mesa».

7. Instrumentos Financieros de la Unión Europea aplicables al sector forestal. Los Fondos Estructurales y de Inversión europeos (EIE). Consideraciones generales. La política agrícola común europea. Medidas forestales y agroambientales en la política europea de desarrollo rural. Aplicación en España. El sector forestal y el medio ambiente en la PAC. Plan Estratégico de la PAC post-2020, aspectos medioambientales y su aplicación en España.

8. Estrategia Forestal Española. Diagnóstico. Propuestas. Aplicación y Seguimiento. El Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.

9. La planificación forestal en España: Plan Forestal Español. Objetivos y ejes prioritarios. Los planes forestales de las comunidades autónomas. Los Planes de Ordenación de Recursos Forestales. Directrices básicas comunes de gestión forestal sostenible. Instrucciones de Ordenación y aprovechamiento de montes. Modelos tipo de gestión forestal.

10. Organismos internacionales para la conservación de la naturaleza. El PNUMA, UICN y el Programa MaB y las Reservas de la Biosfera. Desarrollo y aplicación en España. Instituciones europeas relacionadas con el medio ambiente y la política forestal. La Agencia Europea de Medio Ambiente.

11. Convenios internacionales de conservación de la naturaleza: Bonn, Berna, Ramsar, Washington (CITES), Barcelona y OSPAR. Características, evolución y aplicación en España.

12. Fundamentos de la conservación de la biodiversidad en la Unión Europea. Las Directivas Hábitats 92/43/CEE y de Aves 2009/147/CE. Desarrollo y aplicación en España. La Red Europea Natura 2000. Relaciones entre los Espacios Protegidos Red Natura 2000 y los Espacios Naturales Protegidos.

13. El Reglamento CE 2173/2005 (FLEGT). Legislación derivada. Sistema de licencias. Desarrollo de los acuerdos voluntarios de asociación con países en desarrollo exportadores de madera. Aplicación en España. El Reglamento UE 995/2010 de la madera (EUTR). Legislación derivada. Sistemas de diligencia debida y Entidades de supervisión. Aplicación en España. Real Decreto 1088/2015. Plan nacional de control de la legalidad de la madera comercializada.

14. La planificación de espacios naturales protegidos. Los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, los Planes Rectores de Uso y Gestión y otros instrumentos de planificación. Planes de Gestión en espacios de la Red Natura 2000. Características principales y ejemplos concretos.

15. La Red de Parques Nacionales. Características principales. Los Parques Nacionales españoles. Representación y situación actual. Plan Director y el Consejo de la Red. Las Reservas de la Biosfera. El Programa MaB de la UNESCO y Las Reservas de la Biosfera.

16. Características del medio físico en España. Geología general, geomorfología, clima y suelos.

17. Los ecosistemas forestales españoles: Bosques y otras formaciones atlánticas. Características ecológicas, funciones, distribución geográfica y fauna asociada.

18. Los ecosistemas forestales españoles: Bosques y otras formaciones mediterráneas. Características ecológicas, funcionales, distribución geográfica y fauna asociada.

19. Ecosistemas españoles: Bosques y otras formaciones de las Islas Canarias. Características ecológicas, funcionales, distribución geográfica y fauna asociada.

20. Ecosistemas españoles: Bosques de ribera, humedales, matorrales de montaña, vegetaciones esteparias: Características ecológicas, funcionales, distribución geográfica y fauna asociada.

21. Características generales de la flora española. Diversidad, especies singulares y endémicas. Desarrollo de la normativa de protección. Estrategia de Conservación Vegetal.

22. Características generales de la fauna autóctona española: principales grupos taxonómicos, ecología, características y distribución. Evaluación general de la situación de la biodiversidad faunística española. Principales especies de fauna amenazada.

23. Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y Catálogo Español de Especies Amenazadas. Principales taxones, distribución y causas de amenaza. Estrategias para la conservación de especies en España: planes de recuperación y de conservación. Normativa sobre especies exóticas invasoras. Principales taxones. Gestión, control y erradicación.

24. Características botánicas, ecológicas y selvícolas de las principales gimnospermas arbóreas españolas.

25. Características botánicas, ecológicas y selvícolas de las principales angiospermas arbóreas españolas.

26. Pastos naturales españoles. Clasificación. Principales especies herbáceas. Principales sistemas de aprovechamiento.

27. La ganadería extensiva, su valor económico, ecológico y cultural. El catálogo Oficial de Razas de Ganado de España. Las vías pecuarias: la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias. El libro blanco de la Trashumancia.

28. Recursos cinegéticos, piscícolas y astacícolas. Técnicas de caza y especies cinegéticas. Principales actividades piscícolas. Normativa, ordenación y planes. Normativa en materia de sanidad de la fauna silvestre y cinegética. Junta Nacional de Homologación de Trofeos de Caza.

29. Producción de materiales forestales de reproducción: Sistemas de recogida, extracción, secado, almacenaje y conservación de frutos y semillas. Viveros: infraestructuras e instalaciones. Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre comercialización de materiales forestales de reproducción. Regiones de procedencia. Registro y Catálogo Nacional de Materiales de Base. Sistema de control.

30. Ecosistemas fluviales y zonas húmedas: Componentes, funcionamiento y valoración de su integridad ambiental.

31. El medio marino y costero. Características y tipos. Gestión y principales problemas de conservación. Impactos del cambio climático. Riesgos de inundación en zonas costeras.

32. Restauración de ecosistemas fluviales: principios básicos, recuperación del régimen hidrológico, morfología y componentes bióticos. Índices de calidad físico-químicos y biológicos. Conservación de humedales: Plan estratégico para la conservación y uso racional de humedales.

33. Cartografía, fotografía aérea, ortofotos y fotointerpretación. Información geográfica, SIG, teledetección, GPS y LIDAR. Programa COPERNICUS. Su aplicación al mundo forestal.

34. El Inventario Forestal Nacional y el Mapa Forestal de España. La Información Forestal Española: características, contenido y principales magnitudes.

35. El Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: finalidad y características. Componentes e indicadores. El Banco de Datos de la Naturaleza.

36. Conservación y uso de recursos genéticos forestales. Principales iniciativas en el seno de Forest Europe y la FAO. Estrategia Española para la Conservación y el Uso Sostenible de los Recursos Genéticos Forestales: herramientas, medidas y planes de actuación. Programas de mejora y conservación.

37. Incendios Forestales: Incidencia en España. Causalidad y distribución geográfica. Técnicas y métodos de prevención, detección y extinción. Medios y recursos. El dispositivo de apoyo del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Estadísticas y valoración de pérdidas.

38. Sanidad forestal: principales enfermedades, plagas forestales y daños en España. Intervenciones, medidas culturales, preventivas y terapéuticas. Tratamientos biológicos. Organismos de cuarentena. Redes de seguimiento de daños en los bosques. Registro de Productos Fitosanitarios.

39. Normativa de comercialización de productos fitosanitarios. Reglamento Europeo 1107/2009. Marco para conseguir un uso sostenible de plaguicidas. Directiva Europea 128/2009 y Plan de Acción Nacional de Uso Sostenible de Productos Fitosanitarios.

40. La desertificación. Factores físicos y socioeconómicos. La erosión hídrica y superficial. Tipos, factores y modelos de evaluación. Problemática en España. Programa de Acción Nacional contra la Desertificación. El Inventario Nacional de Erosión de Suelos.

41. Restauración hidrológico-forestal y corrección de cuencas. Ordenación agrohidrológica. Técnicas de restauración: Estructuras transversales y longitudinales, diseño y cálculo. Restauración del medio tras grandes incendios. Plan Nacional de Actuaciones Prioritarias de Restauración Hidrológico-Forestal.

42. Repoblación forestal. Objetivos. Elección de especies. Métodos y técnicas de repoblación. Maquinaria. Impacto ambiental de las repoblaciones forestales. Forestación de tierras agrarias.

43. Principales tratamientos selvícolas de monte alto, monte bajo y monte medio. Cortas continuas, semicontinuas y discontinuas. Tratamientos parciales, complementarios y derivados. Transformaciones y conversiones.

44. Ordenación de montes arbolados. Objetivos. División dasocrática. Inventario. Estimación de existencias y crecimientos. Estructura de un proyecto de ordenación. Plan general, plan especial, planes anuales, revisiones. Métodos de ordenación en las masas forestales españolas según la forma principal de masa.

45. Aprovechamientos maderables. Apeo y extracciones de los productos maderables. Maquinaria a emplear. Vías de saca. Caminos forestales.

46. Aprovechamientos forestales de corcho, resina, frutos, hongos, plantas aromáticas y medicinales, biomasa forestal para uso energético.

47. La producción forestal española. Balance del consumo nacional de madera. Distribución geográfica. Especies productoras. El mercado internacional de la madera y otros productos forestales.

48. La certificación forestal: certificación de la gestión y de la cadena de custodia. Diferentes sistemas utilizados en el mundo. Aplicación en España.

49. Valoración forestal y ambiental. Fórmulas y criterios. Valoración económica integral de los sistemas forestales. La valoración contingente de los sistemas naturales. La valoración de la biodiversidad. Fiscalidad e instrumentos económicos aplicables a los montes en España. Externalidades de los montes. Pagos por servicios ambientales.

ANEXO III
Tribunal calificador

Tribunal Titular

Presidente: Santiago Gracia Campillo. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Secretario: Daniel de Lucas García. Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.

Vocales:

María Cruz Anegón Esteban. Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.

José Ramón González Pan. Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.

Antonia Aguayo Sánchez. Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Tribunal Suplente

Presidente: Gregorio Chamorro García. Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.

Secretaria: María Dolores Pasalodos Tato. Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.

Vocales:

Alfredo Ordoñez Villaizán. Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Mercedes Lourdes Mateo Díez. Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Gerardo Sánchez Peña. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para las pruebas de idiomas.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En la plataforma de inscripción de pruebas selectivas, IPS, se deberá seleccionar la convocatoria, «Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales», «sistema general de acceso libre».

En el recuadro «Centro Gestor» se consignará «Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico».

En el recuadro 15, figurará «Cuerpo o Escala» se consignará «Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L».

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Para ello deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

En el recuadro 24, En caso de familia numerosa o discapacidad deberá indicar la Comunidad Autónoma en la que se reconoce esta condición.

En el recuadro 25, En caso de familia numerosa deberá indicar el número del título.

En el recuadro 26 «Títulos académicos oficiales», se consignará «Ingeniero Técnico Forestal» o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias. Se ha de indicar, además añadiendo otro título, la titulación exacta que posee.

En el recuadro 27, «Datos A», los aspirantes de la modalidad de acceso libre consignarán la provincia en que desean figurar en la relación de candidatos de funcionarios interinos de la base 12.

El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 23,33 euros y para las familias numerosas de categoría general de 11,67 euros.

Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas. En caso de no dar el consentimiento la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos

La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de los Servicios, Plaza San Juan de la Cruz, 10, 28071 Madrid.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/12/2022
  • Fecha de publicación: 22/12/2022
  • Convocatoria. 31 plazas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PUBLICA:
    • la relación de personas aprobadas en la fase de oposición, por Resolución de 29 de noviembre de 2023 (Ref. BOE-A-2023-24796).
    • la relación de personas admitidas y excluidas, por Resolución de 15 de marzo de 2023 (Ref. BOE-A-2023-7441).
  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 1 de marzo de 2023 (Ref. BOE-A-2023-6102).
  • SE MODIFICA la composición del Tribunal calificador, por Resolución de 31 de enero de 2023 (Ref. BOE-A-2023-2995).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid