Visto el texto del acuerdo, de 18 de noviembre de 2021, de prórroga de ultraactividad, hasta el 30 de abril de 2022, del XIX Convenio colectivo del sector de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos (código de convenio n.º 99002755011981), publicado en el BOE de 18 de octubre de 2019, acuerdo que fue suscrito, de una parte, por la organización empresarial Asociación Española de Empresas de Ingeniería, Consultoría y Servicios Tecnológicos (TECNIBERIA), en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las organizaciones sindicales CC. OO.–Servicios y FeSMC-UGT, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de prórroga de ultraactividad en el correspondiente Registro convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de febrero de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
REUNIDOS
De una parte, las organizaciones sindicales Federación de Servicios de CC. OO. y Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT, representadas, respectivamente, por Brigi Soánez García y José Luis Mazón Lloret.
De otra parte, TECNIBERIA, representada por don Eduardo Castán Sánchez.
Que conforme al acuerdo adoptado en fecha 18 de noviembre de 2021 en el seno de la comisión negociadora del Convenio Colectivo del sector de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos, las personas reunidas, miembros de dicha comisión, reconociéndose la capacidad y legitimación necesarias, suscriben el presente
ACUERDO
Por la asociación empresarial TECNIBERIA, en representación empresarial, y por las organizaciones sindicales Federación de Servicios de CC. OO. y Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT, en representación de la mayoría de los trabajadores, se alcanza un acuerdo de prórroga del período de ultraactividad del XIX Convenio Colectivo del sector de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos (código de convenio n.º 99002755011981), hasta el 30 de abril de 2022.
El presente acuerdo será registrado ante la autoridad laboral a efectos de su publicación, para lo que se designa como persona encargada de la presentación y firma de la solicitud de registro y publicidad del presente acuerdo, ante el REGCON Registro de Convenios y acuerdos colectivos de ámbito estatal y supraautonómico, a doña Araceli García Nombela, en representación de TECNIBERIA.
En prueba de conformidad, las personas reunidas firman el presente documento, en Madrid, a 18 de noviembre de 2021.
Por Federación Servicios de CC. OO. | Por Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT | Por TECNIBERIA (Asociación Española de Empresas de Ingeniería, Consultoría y Servicios Tecnológicos) |
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