El artículo 44.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, establece que la enseñanza de formación de oficiales para el acceso a las escalas de los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas proporcionará la formación militar general y específica y completará la formación técnica acreditada con los títulos exigidos para el ingreso. Asimismo, su artículo 65.1 establece que los planes de estudios de la formación militar general y específica y, en su caso, técnica se ajustarán a la definición de capacidades y diseño de perfiles para el ejercicio profesional, establecido por la persona titular de la Subsecretaría de Defensa en lo referente al personal de los cuerpos comunes, de acuerdo con lo previsto en su artículo 11; y su disposición adicional sexta establece una nueva forma de ingreso en el Cuerpo Militar de Sanidad, en la especialidad fundamental Medicina, sin titulación universitaria previa, en el cupo que se determine en la provisión anual de plazas correspondiente.
Asimismo, la disposición adicional segunda del Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas, establece que se podrá acceder también por ingreso directo o por promoción a los centros docentes militares de formación para el acceso a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, cuando se tengan superados, al menos, 120 créditos del Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos (ECTS) del título de Grado en Medicina o, en su caso, 160 créditos del título de Licenciado en Medicina.
Por otra parte, el artículo 14 de las directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las diferentes escalas de oficiales de los cuerpos de las Fuerzas Armadas, aprobadas por la Orden DEF/810/2015, de 4 de mayo, establece el diseño y contenido de los currículos. Y por su parte, su artículo 15 dispone que los currículos de la formación militar serán elaborados por los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y, en el caso de los cuerpos comunes, por la persona titular de la Subsecretaría de Defensa y aprobados por la persona titular del Ministerio de Defensa.
Tras la publicación de la Orden DEF/653/2020, de 10 de julio, por la que se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o adscripción en las escalas de oficiales y oficiales enfermeros, del Cuerpo Militar de Sanidad mediante la forma de ingreso con titulación previa, se ha puesto de manifiesto la necesidad de revisar el currículo de la enseñanza de formación de los oficiales que acceden sin titulación, con el objeto de que el módulo de Formación Militar Técnica sea idéntico para todos los oficiales de la especialidad fundamental Medicina, con independencia de la modalidad de acceso a su escala.
Fruto de dicha revisión, se ha incrementado la carga de las materias que componen el módulo de Formación Militar Técnica, que se imparte en la Escuela Militar de Sanidad de la Academia Central de la Defensa, y se ha reducido proporcionalmente el módulo de Formación Militar Específica que se imparte en la Academia General Militar, Escuela Naval Militar y Academia General del Aire, permitiendo que la carga docente de los módulos que conforman el currículo permanezcan acordes con lo establecido en la Orden DEF/810/2015, de 4 de mayo.
Esta disposición contiene los perfiles profesionales a alcanzar en función de los campos de actividad en los que el militar desempeñará, en el primer empleo, los cometidos propios del Cuerpo de Sanidad Militar.
Asimismo, se establece la planificación temporal del plan de estudios, de seis cursos de duración, y los centros donde se imparten, indicando los créditos ECTS de cada asignatura, la materia a la que pertenece y el módulo al que corresponde.
También incluye los créditos, ECTS o anteriores, que se reconocen a los alumnos de procedencia militar, y quedan determinadas las materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas, parcial o totalmente, mediante enseñanza a distancia a las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto, y para todos aquellos alumnos que no puedan desarrollar, por motivos justificados, la enseñanza de manera presencial.
Esta orden ministerial se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En concreto, cumple con los principios de necesidad y eficacia, pues se trata de un instrumento necesario y adecuado para servir al interés general y a la efectiva ejecución de las políticas públicas del Gobierno en las materias de las que el Ministerio de Defensa es responsable. Asimismo, se adecua al principio de proporcionalidad, puesto que la disposición contiene la regulación imprescindible para atender a la necesidad perseguida y que, además, no implica ninguna restricción de derechos para sus destinatarios. En cuanto a los principios de seguridad jurídica y eficiencia, la norma se adecua a los mismos, pues es coherente con el resto del ordenamiento jurídico y del mismo no se derivan nuevas cargas administrativas, permitiendo una gestión eficiente de los recursos públicos.
En lo referente al principio de transparencia, durante su tramitación esta orden ministerial fue informada por las asociaciones profesionales con representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.2.b) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, y se dio a conocer al resto de asociaciones profesionales inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio. Finalmente, con arreglo a lo establecido en el artículo 49.1.c) de la citada ley orgánica, fue informada por el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas. Asimismo, de conformidad con el artículo 26.2 y 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, fueron sustanciados los trámites de consulta pública previa y de audiencia e información pública.
En su virtud y de conformidad con el artículo 65.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, dispongo:
Se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para el acceso a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, mediante las formas de ingreso sin exigencia de titulación universitaria previa, y con determinado número de créditos superados de las titulaciones de grado o licenciado en Medicina, cuyos textos se insertan a continuación.
Con arreglo al artículo 68.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, a los alumnos de la enseñanza de formación de oficiales para el acceso a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, mediante las formas de ingreso sin titulación universitaria previa, que hayan superado completamente los dos primeros cursos del plan de estudios correspondiente a dicha enseñanza de formación, se les concederá, con carácter eventual y a efectos académicos, de prácticas y retributivos, el empleo de Alférez Alumno.
Asimismo, en el caso de los alumnos de la enseñanza de formación de oficiales para el acceso a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, que accedan mediante la forma de ingreso sin titulación universitaria previa y con al menos 120 créditos ECTS del título de Grado en Medicina o, en su caso, 160 créditos del título de Licenciado en Medicina, se les concederá con carácter eventual y a efectos académicos, de prácticas y retributivos, el empleo de Alférez Alumno, cuando hayan superado completamente el primer curso del currículo correspondiente a dicha enseñanza de formación.
1. Los currículos que se aprueban en esta orden ministerial se implementarán a partir del curso 2022-2023.
2. Una vez que entren en vigor los nuevos currículos, los planes de estudios anteriores se extinguirán curso por curso académico y coexistirán en el caso de que algún alumno, habiéndolo cursado, tuviese que repetir curso.
1. Quedan derogadas las siguientes órdenes ministeriales:
a) Orden Ministerial 49/2014, de 2 de octubre, por la que se aprueba el Plan de Estudios de la Enseñanza de Formación de Oficiales para el acceso a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, mediante la forma de ingreso sin exigencia de titulación universitaria previa, con entre 120 y 140 ECTS superados de la titulación de grado en Medicina o entre 160 y 200 ECTS de la titulación de licenciado en Medicina.
b) Orden DEF/1684/2015, de 29 de julio, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación de oficiales para el acceso a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, mediante la forma de ingreso sin exigencia de titulación universitaria previa.
c) Orden DEF/2587/2015, de 18 de noviembre, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación de oficiales para el acceso a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, mediante la forma de ingreso sin exigencia de titulación universitaria previa y con determinado número de créditos superados de las titulaciones de grado o licenciado en Medicina.
d) Orden DEF/87/2017, de 1 de febrero, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación de oficiales para el acceso a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, mediante la forma de ingreso sin exigencia de titulación universitaria previa y con determinado número de créditos superados de las titulaciones de grado o licenciado en Medicina.
2. Asimismo, queda derogada cualquier otra disposición de igual o inferior rango en todo aquello en lo que se opongan a lo dispuesto en esta orden ministerial.
La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 2 de marzo de 2022.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.
Los perfiles a alcanzar por el oficial médico del Cuerpo Militar de Sanidad, entendidos como un conjunto de competencias relacionadas, es decir, conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores, en su primer empleo, que añade a la amplia formación científica, tecnológica y humanística proporcionada por la titulación de grado requerida para el acceso, la necesaria para atender a los cometidos de la especialidad fundamental Medicina del Cuerpo Militar de Sanidad, le capacitarán para:
a) Realizar la prestación personal directa que sea necesaria en las diferentes fases del proceso de atención integral a la salud, conforme a la competencia, responsabilidad y autonomía inherentes a la correspondiente profesión sanitaria, basando su actuación en los principios científicos, técnicos y éticos y en los niveles de calidad que establecen las normas legales y obligaciones deontológicas que resulten aplicables.
b) Mantener la generosidad y la capacidad de servicio como máximo elemento incentivador y promotor de la propia satisfacción personal y profesional, así como observar la progresiva consideración multidisciplinar e interprofesional de los equipos humanos en la atención a la salud y el intercambio de información con otros profesionales.
c) Atender a la actualización permanentemente de los conocimientos profesionales, ante la evolución científica y tecnológica y en atención a las demandas y necesidades de las Fuerzas Armadas. Y mantener una actitud abierta hacia la innovación, basada en el análisis científico de la propia experiencia y en la inquietud investigadora.
d) Ejercer, a su nivel, los cometidos propios de la especialidad fundamental Medicina, desarrollando funciones operativas, técnicas, logísticas, administrativas y docentes, mediante acciones directivas, incluidas las de mando, de gestión y ejecutivas, tanto en la estructura orgánica como en la operativa de las Fuerzas Armadas, ya sea en operaciones nacionales o multinacionales.
e) Poseer una adecuada capacidad de liderazgo, disciplina, mando, decisión y compromiso ético. Y fundamentar el ejercicio del liderazgo en el prestigio profesional adquirido mediante el ejemplo, la preparación y la decisión para la resolución de problemas.
A continuación se relaciona la planificación temporal del plan de estudios, por cursos, con sus módulos correspondientes:
Curso 1.º
Periodo de Formación Militar General y Específica
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar General. | Formación Básica. | Formación Militar Básica I. | 1,5 |
Formación Militar Específica. | Formación Militar Específica. | Ejército de Tierra. | 2 |
Instrucción y Adiestramiento. | Formación Física. | Formación Física I. | 25 horas |
Orden Cerrado. | Orden Cerrado I. | 25 horas | |
Instrucción y Adiestramiento. | Fase de Acogida, Orientación y Adaptación a la Vida Militar. | 2 semanas | |
Instrucción y Adiestramiento I. | 1 semana |
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar General. | Formación Básica. | Formación Militar Básica II. | 1,5 |
Formación Militar. | Formación Militar I. | 2 |
Periodo de Formación Militar Técnica
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar Técnica. | Gestión médica de unidades sanitarias. | Herramientas de gestión sanitaria. | 1 |
Organización y Gestión Sanitaria. | Organización y Logística Sanitaria. | 1,5 | |
Formación en Idioma Extranjero. | Lengua Inglesa. | Lengua Inglesa I. | 5 |
Instrucción y Adiestramiento. | Formación Física. | Formación Física II. | 45 horas |
Orden Cerrado. | Orden Cerrado II. | 15 horas | |
Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento II. | 3 semanas |
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar Técnica. | Medicina. | Bioquímica. | 9 |
Anatomía Humana I. | 6 | ||
Biología: Citología y Citogenética Médicas. | 6 | ||
Humanidades Médicas: Historia de la Medicina y Antropología Médica. | 6 | ||
Psicología Médica. | 3 | ||
Biología Médica y Biología Molecular. | 9 | ||
Embriología Médica. | 6 | ||
Histología Humana. | 6 | ||
Bioestadística. | 6 | ||
Ética Médica. | 3 |
Curso 2.º
Período de Formación Militar General y Específica
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar Específica. | Formación Militar Específica. | Armada. | 2 |
Instrucción y Adiestramiento. | Formación Física. | Formación Física III. | 25 horas |
Orden Cerrado. | Orden Cerrado III. | 25 horas | |
Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento III. | 1 semana |
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar General. | Formación Militar. | Formación Militar II. | 2,5 |
Periodo de Formación Militar Técnica
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar Técnica. | Organización y Gestión Sanitaria. | Prevención de Riesgos Laborales. | 1 |
Asistencia Sanitaria. | Manejo del Estrés. | 1 | |
Fundamentos de Soporte Vital. | 0,5 | ||
Formación en Idioma Extranjero. | Lengua Inglesa. | Inglés Aplicado a la Sanidad Militar (1). | 6 |
Instrucción y Adiestramiento. | Formación Física. | Formación Física IV. | 45 horas |
Orden Cerrado. | Orden Cerrado IV. | 15 horas | |
Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento IV. | 1 semana |
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar Técnica. | Medicina. | Fisiología Humana I. | 9 |
Fisiología Humana II. | 9 | ||
Anatomía Humana. | 12 | ||
Organografía e Ingeniería Tisular Humanas. | 6 | ||
Iniciación a la Investigación, Documentación Científica y TICs. | 6 | ||
Epidemiología. | 3 | ||
Inmunología. | 6 | ||
Radiología General. | 3 | ||
Transversal (Inglés aplicado a la Sanidad Militar) (1). | 6 | ||
(1) La asignatura de inglés, aplicada a la sanidad militar, se corresponde con la asignatura transversal del 2.º del Grado de Medicina. |
Curso 3.º
Periodo de Formación Militar General y Específica
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar Específica. | Formación Militar Específica. | Ejército del Aire. | 2 |
Instrucción y Adiestramiento. | Formación Física. | Formación Física V. | 25 horas |
Orden Cerrado. | Orden Cerrado V. | 25 horas | |
Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento V. | 1 semana |
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar General. | Formación Militar. | Formación Militar III. | 2,5 |
Periodo de Formación Militar Técnica
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar Técnica. | Asistencia Sanitaria. | Protección Sanitaria a la Fuerza. | 1,5 |
Organización y Gestión Sanitaria. | Salud Pública. | 0,5 | |
Competencias clínicas. | Electrocardiografía Clínica. | 1,5 | |
Gestión médica de unidades sanitarias. | Derecho Internacional. | 1 | |
Formación en Idioma Extranjero. | Lengua Inglesa. | Lengua Inglesa II. | 5 |
Instrucción y Adiestramiento. | Formación Física. | Formación Física VI. | 45 horas |
Orden Cerrado. | Orden Cerrado VI. | 15 horas | |
Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento VI. | 1 semana |
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar Técnica. | Medicina. | Patología General. | 18 |
Anatomía Patológica General. | 6 | ||
Farmacología. | 12 | ||
Microbiología Médica. | 12 | ||
Radiología Clínica y Diagnóstico por la Imagen. | 3 | ||
Fundamentos y Procedimientos Quirúrgicos. | 9 |
Curso 4.º
Periodo de Formación Militar Técnica
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar Técnica. | Gestión Médica de Unidades Sanitarias. | Medicina del Trabajo. | 1 |
Medicina Pericial. | 1,5 | ||
Medicina en Ambiente Táctico. | Asistencia Sanitaria en Incidentes con Múltiples Víctimas y Catástrofes. | 2 | |
Competencias Clínicas. | Técnicas de Diagnóstico por Imagen. | 1 | |
Fundamentos de Prevención Sanitaria. | 1 | ||
Asistencia Médica en Ambientes Especiales. | Asistencia Sanitaria en Ambientes Extremos. | 1 | |
Formación en Idioma Extranjero. | Lengua Inglesa. | Lengua Inglesa III. | 6 |
Instrucción y Adiestramiento. | Formación Física. | Formación Física VII. | 80 horas |
Orden Cerrado. | Orden Cerrado VII. | 30 horas | |
Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento VII. | 2 semanas |
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar Técnica. | Medicina. | Patología Médica I. | 18 |
Patología por Aparatos y Sistemas: Aspectos Quirúrgicos y Anestesia. | 6 | ||
Obstetricia. | 6 | ||
Dermatología. | 4,5 | ||
Urología. | 4,5 | ||
Pediatría. | 9 | ||
Anatomía Patológica Especial. | 6 | ||
Medicina Legal y Forense. Criminología Médica. | 6 |
Curso 5.º
Periodo de Formación Militar Técnica
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar Técnica. | Asistencia Médica en ambientes especiales. | Asistencia Sanitaria en Entorno Naval. | 2,5 |
Asistencia Sanitaria en Entorno Aeronáutico. | 2,5 | ||
Protección Sanitaria en Ambiente NRBQ. | Protección Sanitaria en Situaciones de Riesgo Nuclear y Radiológico. | 2 | |
Protección Sanitaria en Situaciones de Riesgo Químico. | 2 | ||
Protección Sanitaria en Situaciones de Riesgo Biológico. | 2 | ||
Formación en Idioma Extranjero. | Lengua Inglesa. | Lengua Inglesa IV. | 5 |
Instrucción y Adiestramiento. | Formación Física. | Formación Física VIII. | 80 horas |
Orden Cerrado. | Orden Cerrado VIII. | 30 horas | |
Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento VIII. | 2 semanas |
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar Técnica. | Medicina. | Patología Médica II. | 18 |
Traumatología y Ortopedia. Medicina Física y Rehabilitación. | 9 | ||
Ginecología. | 4,5 | ||
Otorrinolaringología. | 4,5 | ||
Técnicas de Comunicación en Medicina Clínica. | 3 | ||
Psiquiatría. | 6 | ||
Medicina Preventiva y Salud Pública. | 6 | ||
Atención Médica en Entornos Específicos: Atención Primaria y Urgencias. | 4,5 | ||
Oftalmología. | 4,5 |
Curso 6.º
Periodo de Formación Militar Técnica
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar Técnica. | Medicina en ambiente táctico. | Soporte Vital Avanzado en Combate. | 9 |
Gestión Médica de Unidades Sanitarias. | Gestión de Urgencias Médicas. | 1,5 | |
Competencias clínicas. | Dirección de instalaciones de radiodiagnóstico. | 2,5 | |
Formación en Idioma Extranjero. | Lengua Inglesa. | Lengua Inglesa V. | 3 |
Instrucción y Adiestramiento. | Formación Física. | Formación Física IX. | 80 horas |
Orden Cerrado. | Orden Cerrado IX. | 30 horas | |
Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento IX. | 2 semanas | |
Trabajo Fin de Formación. | Trabajo Fin de Formación. | Trabajo Fin de Formación. | 6 |
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar Técnica. | Medicina. | Prácticas Tuteladas: Medicina Clínica I. | 9 |
Prácticas Tuteladas: Psiquiatría. | 9 | ||
Prácticas Tuteladas: Quirúrgicas, | 6 | ||
Prácticas Tuteladas: Obstetricia y Ginecología. | 6 | ||
Prácticas Tuteladas: Medicina Clínica II. | 9 | ||
Prácticas Tuteladas: Pediatría. | 9 | ||
Prácticas Tuteladas: Atención Primaria. | 6 |
Para aquellos alumnos que accedan mediante convocatoria, con al menos 120 ECTS del título de Grado en Medicina o, en su caso, 160 créditos del título de Licenciado en Medicina, la Junta Docente adecuará la planificación temporal del plan de estudios al curso académico que les corresponda, siendo necesario, en cualquier caso, cursar durante el primer año de su formación los siguientes módulos, materias y asignaturas del currículo:
Periodo de Formación Militar General y Específica
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar General. | Formación Básica. | Formación Militar Básica I. | 1,5 |
Formación Militar Básica II. | 1,5 | ||
Formación Militar Específica. | Formación Militar Específica. | Ejército de Tierra. | 2 |
Armada | 2 | ||
Ejército de Aire | 2 | ||
Instrucción y Adiestramiento. | Formación Física. | Formación Física I. | 25 horas |
Orden Cerrado. | Orden Cerrado I. | 25 horas | |
Instrucción y Adiestramiento. | Fase de Acogida, Orientación y Adaptación a la Vida Militar. | 2 semanas | |
Instrucción y Adiestramiento I. | 3 semanas |
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar General. | Formación Militar. | Formación Militar I. | 2 |
Formación Militar II. | 2,5 | ||
Formación Militar III. | 2,5 |
1. Al alumno que acceda a la enseñanza de formación desde la condición de militar profesional, se le podrá reconocer, a petición del interesado, la fase de acogida, orientación y adaptación a la vida militar del módulo Instrucción y Adiestramiento y, los créditos de los siguientes módulos, materias y asignaturas, según su procedencia:
a) Escala de tropa o marinería. La asignatura Formación Militar Básica I, de la materia Formación Básica, del módulo de Formación Militar General.
b) Escala de suboficiales. La materia Formación Básica, del módulo de Formación Militar General; y las asignaturas Formación Militar I y Formación Militar II de la materia Formación Militar.
c) Escala de oficiales o escala técnica. El módulo de Formación Militar General, así como el resto de asignaturas del período de formación militar general y específica que coincidan en contenidos y créditos con las que anteriormente cursaron.
d) Militar de complemento. El módulo de Formación Militar General, así como el resto de asignaturas del período de formación militar general y específica que coincidan en contenidos y créditos con las que anteriormente cursaron para vincularse profesionalmente con carácter permanente a las Fuerzas Armadas.
2. Además de lo anterior, también podrán ser reconocidos al alumno, a petición del interesado, los créditos de los módulos, materias y asignaturas, en función de los cursos, títulos y currículo superado de su escala de procedencia y de la especialidad fundamental en su caso, que acrediten, y que a juicio de la Junta Docente o universidad de adscripción tengan similar duración, número de créditos y contenido.
A continuación se relacionan aquellas materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas en la modalidad a distancia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P), para las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto, y para todos aquellos alumnos que no puedan desarrollar, por motivos justificados, la enseñanza de manera presencial.
Período de Formación Militar General y Específica
Módulo | Materia | Asignatura | T/P |
---|---|---|---|
Formación Militar General y Específica. | Formación Militar Básica. | Formación Militar Básica I. | T |
Formación Militar Básica II. | T | ||
Formación Militar. | Formación Militar I. | T | |
Formación Militar Específica. | Ejército de Tierra. | P |
Periodo de Formación Militar Técnica
Módulo | Materia | Asignatura | T/P |
---|---|---|---|
Formación Militar Técnica. | Organización y Gestión Sanitaria. | Prevención de Riesgos Laborales. | T |
Organización y Logística Sanitaria. | T | ||
Salud Pública. | T | ||
Asistencia Sanitaria. | Manejo del Estrés. | P | |
Protección Sanitaria en ambiente NRBQ. | Protección Sanitaria en Situaciones de Riesgo Nuclear y Radiológico. | P | |
Protección Sanitaria en Situaciones de Riesgo Químico. | P | ||
Protección Sanitaria en Situaciones de Riesgo Biológico. | P | ||
Asistencia médica en ambientes especiales. | Asistencia Sanitaria en Entorno Naval. | P | |
Asistencia Sanitaria en Entorno Aeronáutico. | P |
La asignatura susceptible de ser impartida en lengua inglesa, por módulo y materia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P), es la siguiente:
Módulo | Materia | Asignatura | T/P |
---|---|---|---|
Trabajo Fin de Formación. | Trabajo Fin de Formación. | Trabajo Fin de Formación. | P |
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