Visto el texto del acuerdo de prórroga y revisión salarial para el año 2022 del Convenio colectivo estatal para las Delegaciones Comerciales de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (código de convenio n.º 90003231011986) que fue suscrito con fecha 29 de diciembre de 2021, de una parte por la Asociación de Delegados de las Delegaciones Comerciales del Ente Público Empresarial de Loterías y Apuestas del Estado en representación de las empresas del sector, y de otra por la Asociación de Empleados de las Delegaciones Comerciales del Ente Público Empresarial de Loterías y Apuestas del Estado en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 22 de abril de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
Mediante Resolución de 25 de febrero de 2011, de la Dirección General de Trabajo, que registra y publica el Convenio Colectivo Estatal para las Delegaciones Comerciales del Ente Público Empresarial Loterías y Apuestas del Estado, código de convenio número 900003231011986, y que fue prorrogado expresamente hasta la actualidad, en los términos que constan en resoluciones pertinentes de la Dirección General de Empleo, que ordenó la inscripción de los Acuerdos respectivos de Prorroga en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, y publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y que de conformidad con el texto del mismo mantuvo su vigencia hasta la actualidad.
Mantener el texto del convenio colectivo en los términos existentes, y prorrogar durante el año 2022 la vigencia del convenio en todo su contenido, estableciendo una subida del 3% desde el 1 de enero de 2022 sobre todos los conceptos retributivos, y un plus extraordinario en la cuantía de 225 euros que será abonado en el mes de mayo 2022 a aquellos trabajadores que se encuentren de alta prestando servicios en el mes de devengo, que se incorporan como Anexo I y II, con la presente prorroga.
Asimismo, acuerdan que, una vez denunciado el convenio, todo el contenido del mismo, mantendrá su vigencia y aplicación hasta que se llegue a la firma de un nuevo convenio que lo sustituya.
Categoría Profesional | Año 2022 |
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Jefe administrativo. | 1.459,98 |
Oficial 1.ª. | 1.302,90 |
Oficial 2.ª. | 1.196,82 |
Auxiliar Administrativo. | 1.124,21 |
Ordenanza. | 1.130,38 |
Categoría Profesional | Importe único |
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Jefe administrativo. | 225,00 |
Oficial 1.ª. | 225,00 |
Oficial 2.ª. | 225,00 |
Auxiliar Administrativo. | 225,00 |
Ordenanza. | 225,00 |
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