Visto el texto del acuerdo relativo a las tablas salariales para el año 2023 del Convenio colectivo estatal de estaciones de servicio, que fue publicado en el BOE de 10 de marzo de 2023 (código de convenio n.º 99001995011981), acuerdo que ha sido suscrito, con fecha 28 de febrero de 2023, por la Comisión Paritaria de dicho convenio, en la que están integradas, como firmantes del mismo, de una parte, las organizaciones empresariales Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio (CEEES) y Agrupación Española de Vendedores al por Menor de Carburantes y Combustibles (AEVECAR), y, de otra, por las organizaciones sindicales CCOO-Industria y UGT-FICA, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción del citado acuerdo relativo a las tablas salariales para el año 2023 en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de abril de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
Por la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio:
Don Xavier Prats Duch.
Don Lorenzo Colomo Puertas.
Don Miguel Ángel Calle García (Asesor).
Por AEVECAR:
Don Víctor García Nebreda.
Por UGT-FICA:
Don Roberto Mora Delgado.
Don Juan Carlos Rivera Benítez.
Don Juan José Carmona Ortega.
Por CCOO-Industria:
Don José Vicente Canet Juan.
Doña Raquel de la Hija Montero.
Don Ángel Marinero Simil.
En Madrid, a 28 de febrero de 2023, siendo las 10:00 horas, en la sede de la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio, calle Núñez de Balboa, n.º 116, 3.ª planta, oficina 22, de Madrid, se reúnen, previamente convocados al efecto, los integrantes de las Organizaciones reseñadas al margen de la presente Acta, los cuales se reconocen representatividad y legitimidad suficiente como miembros de la Comisión Mixta de Interpretación y Seguimiento del Convenio Estatal de Estaciones de Servicio.
En este acto procedemos a aprobar los incrementos salariales pactados que para el año 2023 establece el artículo 43 del Convenio Colectivo, que supone un incremento en tablas del 2 % sobre las tablas del 2022, con efectos y carácter retroactivo del 1 de enero de 2023. Se acompaña a este Acta las tablas correspondientes al citado incremento pactado.
El artículo 37 del convenio que regula el plus festivo establece también la revisión en los mismos términos del salario base del importe fijado para el turno de noche del festivo del 24 al 25 de diciembre y del turno de noche del festivo del 31 de diciembre al 1 de enero, pasando a abonarse por dicho concepto la cantidad de 77,95 euros por día trabajado o la parte proporcional a las horas trabajadas en dichos días.
Y, en prueba de conformidad, firman un representante por cada organización asistente, en el lugar y fecha arriba indicados, autorizando a cualquiera de los firmantes a los efectos de su presentación en la Dirección General de Trabajo para su inscripción, depósito y publicación en el BOE.
Tabla salarial Convenio Estatal de Estaciones de Servicio año 2023
Salario base mes Grupo 2023
Grupo | Funciones |
Salario base mes – Euros |
---|---|---|
Área Técnico-Administrativa | ||
Grupo Técnico. | Titulado/a. | 1.739,96 |
Técnico/a. | 1.619,98 | |
Grupo Administrativo. | Jefe/a Administrativo/a. | 1.314,53 |
Oficial Administrativo/a 1.ª | 1.245,46 | |
Oficial Administrativo/a 2.ª | 1.174,92 | |
Auxiliar Administrativo/a | 1.138,04 | |
Aspirante a Administrativo/a | 1.011,35 | |
Área de Operaciones | ||
Encargado General. | Encargado/a General. | 1.437,33 |
Vendedor. | Encargado/a de Turno | 1.174,92 |
Expendedor/a-Vendedor/a, Engrasador/a, Mecánico/a especialista, personal de lavado, Conductor/a, montaje de neumáticos. | 1.111,88 | |
Subalternos. | Ordenanza. | 1.086,33 |
Guarda. | 1.105,87 | |
Personal de limpieza. | 1.086,33 | |
Euro/hora. | 9,26 |
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