En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio (BOE del 28), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021, y en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE del 25), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, así como lo establecido en el artículo 20, apartado dos, de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública;
Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado por el turno de acceso libre y el sistema de promoción interna.
Ambas convocatorias (turno libre y promoción interna) tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo del Consejo de Ministros del 9 de diciembre de 2020 por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado y en sus Organismos Autónomos vinculados o dependientes de ella, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá las presentes convocatorias son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE núm. 174, del 22).
Bases específicas
Las presentes convocatorias se publicarán en el punto de acceso general http://www.administracion.gob.es/, y en el portal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana http://www.mitma.gob.es/.
1. Descripción de las plazas
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 150 plazas del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado, Código 1000, por el sistema general de acceso libre y 18 de acceso por promoción interna.
1.2 De las 150 plazas por el sistema general de acceso libre, 67 corresponden a las comprendidas en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio (BOE del 28) y 76 plazas a las del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE del 25) y 7 plazas que han quedado desiertas de las comprendidas en el Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre (BOE del 29), al amparo de lo establecido en el artículo 20, apartado Dos de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
De las 18 plazas por el sistema de acceso por promoción interna, corresponden 4 plazas a las comprendidas en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio (BOE del 28), 7 plazas a las del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE del 25) y 7 plazas que han quedado desiertas de las comprendidas en el Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre (BOE del 29), al amparo de lo establecido en el artículo 20, apartado Dos de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
1.3 Del total de las 150 plazas citadas, se reservarán 9 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, correspondiendo 3 plazas a las comprendidas en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio (BOE del 28), 4 plazas a las del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE del 25) y 2 plazas que han quedado desiertas de las comprendidas en el Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre (BOE del 29), al amparo de lo establecido en el artículo 20, apartado Dos de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Del total de las 18 plazas citadas, se reservará una para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, correspondiendo una plaza a las comprendidas en el Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre (BOE del 29).
1.4 En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
1.5 Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad en el turno de acceso libre no se acumularán a las de acceso general.
1.6 Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad en el turno de promoción interna se acumularán al resto de las plazas de acceso por este turno.
1.7 En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes, no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de abril).
1.8 Entre los puestos ofertados se podrán incluir puestos adscritos a otros Departamentos Ministeriales
1.9 De acuerdo con lo establecido en lo establecido en el artículo 20, apartado Dos de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, las plazas no cubiertas tras la ejecución de esta convocatoria podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan transcurrido más de tres años desde la publicación de la oferta. La nueva convocatoria identificará las plazas que proceden de convocatorias anteriores y la oferta a la que corresponden.
1.10 De acuerdo con el artículo 26 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General de Estado, la adjudicación de puestos de trabajo a los funcionarios de nuevo ingreso se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados entre los puestos ofertados a los mismos, según el orden obtenido en el proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en las Relaciones de Puestos de Trabajo. Se exceptúa de lo anterior el supuesto recogido en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad.
1.11 Los aspirantes solo podrán participar en una de las dos convocatorias.
1.12 La elección de destinos se hará por medios electrónicos.
2. Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
2.2 En cumplimiento del artículo 3.9 del Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre, (BOE del 29) por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2020, el artículo 3.9 del Real Decreto 636/2021, de 27 de julio (BOE del 28), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021 y del artículo 3.11 del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE del 25), se establece la conservación de la nota de los ejercicios, siempre que dicha nota supere el 60% de la calificación máxima prevista para el correspondiente ejercicio, a los aspirantes que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad.
La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean análogos.
2.3 Las personas aspirantes que obtengan en el primer ejercicio descrito en el Anexo I de esta convocatoria una puntuación igual o superior al 60% quedarán exentas de la práctica de este ejercicio en la convocatoria inmediata siguiente. La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean análogos.
2.4 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y de concurso-oposición, según los casos, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
2.5 El plazo máximo para la realización del primer ejercicio será de tres meses contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria teniendo la fase de oposición, descrita en el Anexo I, una duración máxima de nueve meses.
2.6 El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente con otros procesos selectivos, en cualquiera de las fases, incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera, sin que dicha coincidencia pueda suponer causa de aplazamiento. Durante el desarrollo del proceso selectivo se podrán realizar pruebas coincidentes en el tiempo, incluida la realización o lectura de ejercicios, la realización del curso selectivo o periodo de prácticas.
2.7 El órgano de selección hará público un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas de que consta la fase de oposición.
2.8 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de los plazos recogidos en la presente convocatoria.
3. Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II de esta convocatoria.
Con carácter general, el contenido de los ejercicios hará referencia a la normativa vigente en el momento de la convocatoria de cada uno de ellos, aún si la actualización de dicha normativa no se mencione expresamente en los epígrafes del Anexo II.
4. Titulación
4.1 Se requiere estar en posesión o tener cumplidas las condiciones para obtener el título de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o aquel que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las Directivas Comunitarias, a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
4.2 Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán, además, cumplir los siguientes requisitos:
a) Pertenencia a cuerpo o categoría profesional:
Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo A2, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado, o
Pertenecer como personal laboral fijo al grupo y especialidad 1G (Ingeniería) del IV Convenio Único para la Administración General del Estado.
También podrá participar el personal laboral fijo (excluido el personal laboral indefinido no fijo) que pertenezca a una categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollando funciones coincidentes con las del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado y estar en posesión de la titulación exigida en la base.4
b) Antigüedad:
Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en un Cuerpo o Escala del Subgrupo A2 de la Administración General del Estado o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, o
Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años, como personal laboral fijo (excluido el personal laboral indefinido no fijo) en puestos que hayan sido encuadrados en el grupo y especialidad 1G-Ingeniería del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado vigente.
También podrá participar el personal laboral fijo que haya prestado servicios efectivos durante al menos dos años en una categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollando funciones propias del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado y estar en posesión de la titulación exigida en la base 4.
6. Solicitudes
6.1 La solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá a la Subsecretaría de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
6.2 De acuerdo con la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la presentación de la instancia de solicitud deberá realizarse por vía electrónica haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permite:
La inscripción en línea del modelo oficial.
Anexar documentos a la solicitud.
La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de inscripción.
La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo para ello.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.
El ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips) en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
En los casos en los que las solicitudes tengan que ir acompañadas de documentación adicional, de conformidad con lo previsto en la presente convocatoria, ésta podrá adjuntarse en la solicitud telemática o podrá ser presentada a través de la Sede electrónica de la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo indicadas en el Anexo V deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.
6.3 En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán dirigirse a la siguiente dirección https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS
6.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo V.
6.5 De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos digitales, a continuación, se recoge la información básica al respecto:
Responsable: Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Subsecretaría. Dirección General de Organización e Inspección. Subdirección General de Recursos Humanos.
Paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid.
Correo: s.g.recursos.humanos@mitma.es
Delegado de Protección de datos: dpd.dgoi@mitma.es
Finalidad: Gestión de procesos selectivos de personal funcionario.
Legitimación: Artículo 8 de la citada Ley.
Destinatarios: Los datos de identidad de los/as aspirantes (nombre, apellidos y los últimos caracteres del NIF) serán publicados en la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y en el punto de acceso general www.administracion.gob.es.
Derechos: Los interesados tienen derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y de oposición, mediante los procedimientos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
6.6 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado
6.7 A efectos de comunicación y demás incidencias, se podrán poner en contacto a través de los números de teléfono 91-5975175 y 91-5977151 o la dirección de correo electrónico area-seleccion@mitma.es.
7. Tribunal
7.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria. Para aquellos ejercicios que requieran la inmediata corrección, la composición diaria del Tribunal, podrá ser de tres miembros, designados por el Presidente.
7.2 El tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
7.3 El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en las Leyes 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y en las demás disposiciones vigentes.
7.4 El tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre (BOE del 17), por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.
7.5 Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
7.6 El tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de los ejercicios correspondientes, los criterios de superación de los mismos que en su caso se hubieran acordado y que no estuvieran expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Concluida la fase de oposición se procederá a la publicación de los textos del segundo ejercicio y los supuestos prácticos de que conste el cuarto ejercicio. El cuestionario del que consta el primer ejercicio junto con la plantilla de respuestas se publicará tras la celebración de dicho ejercicio con los plazos y efectos que se indican en la descripción del proceso selectivo del anexo I.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o algunos de los ejercicios. Previamente a la celebración del ejercicio se anunciará su participación y se publicará su nombre y apellidos.
7.7 El tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid. Aquellas comunicaciones relacionadas con el desarrollo de las fases de oposición y concurso se remitirán al correo electrónico: iccp.seleccion@mitma.es.
7.8 El tribunal publicará un breve curriculum profesional de sus integrantes en la página web de este departamento.
8. Desarrollo del proceso selectivo
8.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo apellido comience por la letra U de conformidad con lo previsto en la Resolución de 9 de mayo de 2022 (BOE del 13), de la Secretaría de Estado de Función Pública.
8.2 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, en cualquier momento del procedimiento, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante, o en su caso, pondrán en conocimiento de la misma el que pudiera concurrir esta circunstancia para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.
8.3 En cualquier momento del proceso selectivo el órgano convocante podrá requerir a los aspirantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos y acordar, en su caso, su exclusión de no acreditarlos.
9. Relaciones con el ciudadano
9.1 A lo largo del proceso selectivo, se irá publicando en las páginas web del punto de acceso general (www.administracion.gob.es) y en la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (www.mitma.gob.es) toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo del mismo.
En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
9.2 De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, los participantes en el proceso selectivo deberán realizar los procedimientos de impugnación de las actuaciones del tribunal a través de medios electrónicos.
10. Relación de personas candidatas para el nombramiento de funcionarios interinos
10.1 De acuerdo con el artículo vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en relación con el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y con la Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública de 17 de noviembre de 2010, el Tribunal elaborará una lista de candidatos con todos los que hayan superado al menos un ejercicio de la oposición, ordenados por la suma total de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios aprobados, con la finalidad de que la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado se pueda realizar con esta lista de candidatos mediante procedimientos ágiles.
10.2 Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos, será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública.
10.3 Este procedimiento de selección de funcionarios interinos se hará público en la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
11. Embarazo de riesgo o parto
Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a su finalización y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
12. Norma final
12.1 Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
12.2 Contra la presente convocatoria se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Subsecretario de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante las Salas de lo Contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
12.3 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 8 de mayo de 2023.–El Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Jesús Manuel Gómez García.
El proceso de selección constará de las fases de oposición y de curso selectivo, para los aspirantes del sistema de acceso libre; y de fase de oposición, de concurso y curso selectivo para los aspirantes de acceso por promoción interna.
1. Fase de oposición
La oposición constará de cuatro ejercicios obligatorios y eliminatorios para los aspirantes del sistema de acceso libre, y de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios para los aspirantes del sistema de promoción interna; según se especifica en los epígrafes siguientes.
Con carácter general el tribunal, en virtud del principio de agilidad, podrá utilizar medios de carácter telemático en la celebración de los ejercicios o pruebas de que consta la fase de oposición, sin perjuicio del principio de objetividad.
Primer ejercicio:
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas que mida el grado de comprensión de los aspirantes en relación con las materias que figuran en el Anexo II de esta convocatoria. El cuestionario estará compuesto de 100 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas y sólo una de ellas correcta, sobre los temas que se incluyen en el Anexo II de esta convocatoria, de las cuales 25 preguntas corresponderán a cada uno de los cuatro grupos en que se divide el programa. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación correcta.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de tres horas.
El tribunal publicará el cuestionario y la plantilla de soluciones correctas utilizadas para la corrección del ejercicio en el plazo de dos días hábiles contados a partir del día siguiente al de la celebración de este primer ejercicio. Los aspirantes dispondrán de dos días hábiles adicionales contados a partir del día siguiente al de publicación de la plantilla de soluciones para presentar alegaciones a dicho cuestionario. Dichas alegaciones se darán por contestadas con la publicación de una plantilla de soluciones definitiva.
La calificación máxima del ejercicio será de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.
Los aspirantes del turno de promoción interna quedan exentos de realizar este primer ejercicio.
Segundo ejercicio:
El ejercicio está destinado a acreditar el conocimiento escrito y oral del idioma inglés de los opositores, tanto para los aspirantes que participen por el turno de promoción interna como a los que participen por el turno de acceso libre. A tal efecto, se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación: una presencial y, otra, sustitutiva de la anterior, mediante la cual los candidatos podrán acreditar su conocimiento de inglés presentando alguno de los títulos recogidos en el Anexo IV y siguiendo el procedimiento establecido.
Los opositores deberán indicar en la casilla «27 A» del modelo 790 la opción de evaluación del conocimiento de idioma a la que se acogen, escribiendo «PRESENCIAL», si se va a realizar la prueba escrita y la oral o, escribiendo «TITULACIÓN», si se va a presentar alguno de los títulos recogidos en el Anexo IV que acredite el nivel de idioma.
Independientemente de la modalidad a la que se acojan los candidatos, la calificación máxima de este ejercicio será de 10 puntos. Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para tener acceso al siguiente ejercicio. Esta calificación vendrá determinada por la capacidad del aspirante para entender el idioma inglés y para expresarse en él con suficiente fluidez, ya sea demostrada mediante la realización de las correspondientes pruebas o acreditada mediante alguno de los títulos recogidos en el Anexo IV.
Modalidad presencial:
Parte A. Prueba escrita: En una sesión, los aspirantes efectuarán dos traducciones, sin diccionario, una de ellas directa y la otra inversa, sobre dos textos redactados en lengua inglesa y española respectivamente, propuestos por el tribunal, que versarán sobre las materias contenidas en el Anexo II de estas bases. La duración máxima de esta parte del ejercicio será de dos horas.
El ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez finalizado el tiempo de realización del mismo, los aspirantes depositarán el original y la copia separados en un sobre que cerrarán y que quedará suficientemente identificado.
Parte B. Prueba oral: En sucesivas sesiones, que serán públicas, cada aspirante procederá a la lectura de las traducciones realizadas en la prueba anterior. A continuación, el tribunal dispondrá de un tiempo máximo de 10 minutos para dialogar en la lengua inglesa con el aspirante sobre materias que podrán no versar sobre el mismo tema que las traducciones escritas.
No podrán superar el ejercicio aquellos aspirantes que obtuvieran una valoración de 0 puntos en alguna de las partes.
La calificación de este ejercicio, coincidiendo con las calificaciones de la modalidad de acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación y conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, se establecerá siguiendo el siguiente baremo:
Una puntuación de 5 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un B2.
Una puntuación de 7,5 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un C1.
Una puntuación de 10 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un C2.
Cuando el nivel demostrado en las pruebas sea inferior a B2 no se tendrá acceso al siguiente ejercicio.
El tribunal podrá estar asistido por especialistas en idioma inglés.
Modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación:
Alternativamente a la modalidad anterior, los opositores que así lo deseen podrán acreditar su conocimiento de inglés presentando alguno de los títulos que se incluyen en el Anexo IV, siempre y cuando se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias salvo que el plazo de vigencia del título presentado sea inferior, en cuyo caso se estará a lo dispuesto por las normas que rijan el título en cuestión.
Aquellos opositores que se acojan a esta modalidad, además de indicarlo en el modelo 790 deberán adjuntar a su solicitud la titulación que acredita el conocimiento de inglés.
La calificación, coincidiendo con las calificaciones de la modalidad presencial, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y de acuerdo con el Anexo IV, se establecerá siguiendo el siguiente baremo:
Una puntuación de 5 puntos a un nivel B2. demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo IV.
Una puntuación de 7,5 puntos a un nivel C1, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo IV.
Una puntuación de 10 puntos a un nivel C2, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo IV.
Los niveles inferiores a B2, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo IV no tendrán acceso al siguiente ejercicio.
El tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la titulación en cualquier momento del proceso selectivo. El aspirante deberá presentar dicha documentación en el momento indicado. A tal efecto, preferiblemente, se aprovechará para este requerimiento la convocatoria de ejercicios de la fase de oposición. Si no se presentará dicha documentación o de la documentación presentada se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido, se perderá el acceso al siguiente ejercicio o al curso selectivo.
Previamente a la celebración del ejercicio el tribunal habrá de estudiar la documentación presentada por los aspirantes con el fin de corroborar la idoneidad de los certificados presentados a efectos de la superación del ejercicio. De esta manera, el tribunal podrá convocar, para que se presenten por la modalidad presencial, a aquellos aspirantes que no reúnan los requisitos para la modalidad de acreditación del conocimiento de inglés mediante titulación.
Tercer ejercicio:
Para los aspirantes del turno de acceso libre, el ejercicio consistirá en el desarrollo oral de cuatro temas, durante un tiempo máximo de 40 minutos, de entre ocho que se elegirán por sorteo, de las materias que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.
Cada aspirante extraerá:
Dos temas del grupo 1.
Dos temas del grupo 2.
Dos temas del grupo 3.
Dos temas del grupo 4.
Seguidamente, de los 8 temas extraídos el aspirante escogerá 4, uno por cada grupo antes citado.
Los aspirantes dispondrán de 10 minutos para la preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de texto o apuntes, pudiendo durante la exposición consultar el guion elaborado.
Al terminar el aspirante su exposición, el tribunal, durante un tiempo máximo de 15 minutos, podrá formular preguntas sobre los temas desarrollados o sobre otros que tengan relación con los mismos.
La calificación máxima de este ejercicio para los aspirantes de turno libre será de 40 puntos (10 puntos por tema), siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para tener acceso al ejercicio siguiente. No podrán superar el ejercicio aquellos aspirantes que obtuvieran una valoración de 0 puntos en algunos de los temas.
En la valoración de este ejercicio se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
Contenido: ajuste al tema a exponer, amplitud y comprensión de los conocimientos.
Organización de la información durante la exposición.
Forma de expresión: claridad de la exposición, capacidad de expresión oral y precisión en el uso del lenguaje empleado.
Distribución proporcional del tiempo para los cuatro temas a exponer.
Para los aspirantes del turno de promoción interna, el ejercicio consistirá en el desarrollo oral de tres temas, durante un tiempo máximo de 30 minutos, de entre seis que se elegirán por sorteo, de las materias que figuran en el anexo II de esta convocatoria.
Cada aspirante extraerá:
Dos temas del grupo 2.
Dos temas del grupo 3.
Dos temas del grupo 4.
Seguidamente, de los seis temas extraídos el aspirante escogerá tres, uno por cada grupo antes citado.
Los aspirantes dispondrán de 10 minutos para la preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de texto o apuntes, pudiendo durante la exposición consultar el guion elaborado.
Al terminar el aspirante su exposición, el tribunal, durante un tiempo máximo de 15 minutos, podrá formular preguntas sobre los temas desarrollados o sobre otros que tengan relación con los mismos.
La calificación máxima de este ejercicio para los aspirantes de promoción interna será de 30 puntos (10 puntos por tema), siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para tener acceso al ejercicio siguiente. No podrán superar el ejercicio aquellos aspirantes que obtuvieran una valoración de 0 puntos en algunos de los temas.
En la valoración de este ejercicio se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
Contenido: ajuste al tema a exponer, amplitud y comprensión de los conocimientos.
Organización de la información durante la exposición.
Forma de expresión: claridad de la exposición, capacidad de expresión oral y precisión en el uso del lenguaje empleado.
Distribución proporcional del tiempo para los tres temas a exponer.
Cuarto ejercicio:
Consistirá en la resolución, de cuatro supuestos teórico-prácticos que el tribunal elaborará de entre las materias recogidas en el Anexo II de la convocatoria atendiendo a la siguiente distribución:
Dos supuestos correspondientes a las materias del grupo 2: uno del subgrupo 1 y uno del subgrupo 2.
Dos supuestos correspondientes a las materias del grupo 3: uno del subgrupo 1 y uno del subgrupo 2.
Sin perjuicio de la distribución anterior, cualquiera de los supuestos podrá contener elementos referidos a las materias contenidas en la totalidad del programa que se recoge en el Anexo II de la convocatoria.
Para los aspirantes del turno libre consistirá en la resolución, por escrito, de los cuatro supuestos teórico-prácticos elaborados por el tribunal.
La realización del ejercicio se llevará a cabo en dos sesiones de cuatro horas de duración como máximo cada una, que se celebrarán preferentemente en un mismo día. En cada una de estas sesiones los aspirantes resolverán por escrito dos de los cuatro supuestos teórico-prácticos que componen el ejercicio.
Para los aspirantes del turno de promoción interna el ejercicio consistirá en la resolución, por escrito y a su elección, de dos de los supuestos teórico-prácticos elaborados por el tribunal para el turno libre.
Con anterioridad a la celebración del ejercicio, el tribunal publicará a qué grupo y subgrupo corresponderán los supuestos que se realicen en cada sesión, así como la manera en que los aspirantes del turno de promoción interna comunicarán su opción.
Una vez que los aspirantes del turno de promoción interna hayan comunicado al tribunal los supuestos teórico-prácticos por los que opta, no podrá solicitar ningún cambio de preferencia ni se le podrá entregar ningún supuesto adicional al comunicado inicialmente.
Los aspirantes de promoción interna dispondrán de dos horas para la realización de cada supuesto teórico-práctico, independientemente de los ejercicios que realicen por sesión.
La resolución de los supuestos será depositada en sobres. El tribunal procederá a la apertura de sobres, a la corrección anónima de los ejercicios y a su calificación.
La calificación máxima de este ejercicio para los aspirantes de turno libre será de 40 puntos (10 puntos por supuesto), siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superar el mismo.
Para los aspirantes de promoción interna, la calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos (10 puntos por supuesto), siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superar el mismo.
El tribunal valorará los conocimientos, la claridad y orden de ideas, la capacidad analítica y la calidad de la expresión escrita, demostrados por el aspirante.
No podrán superar el ejercicio aquellos aspirantes que obtuvieran una valoración de 0 puntos en alguno de los supuestos teórico-prácticos.
Puntuación final de la fase de oposición:
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
2. Fase de concurso
La fase de concurso tendrá por objeto la comprobación y calificación razonada de los méritos alegados. A tal efecto, los aspirantes que se presentan por el turno de promoción interna, y hayan superado la fase de oposición, deberán aportar el correspondiente Anexo VI para su valoración, disponiendo de un plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de publicación de las notas del último ejercicio.
Se valorarán, a los aspirantes que participen por el turno de promoción interna, los siguientes méritos:
Personal funcionario:
La antigüedad del funcionario en el Cuerpo o Escala a que pertenezca, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios efectivos prestados hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria; el grado personal y los cursos de formación y perfeccionamiento superados en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en otros centros oficiales de formación de funcionarios, de acuerdo con la siguiente puntuación:
a) Antigüedad. Se otorgará a cada aspirante, por cada año completo de servicios efectivos, 0,50 puntos, hasta un máximo de 12 puntos.
b) Grado personal. Se otorgará a cada aspirante por la posesión de un determinado grado personal consolidado, hasta un máximo de cuatro puntos, distribuidos en la forma siguiente:
Grado personal igual al 26: 4 puntos.
Grado personal igual al 25: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 24: 3 puntos.
Grado personal igual al 23: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 22: 2 puntos.
Grado personal igual al 21: 1,5 puntos.
Grado personal igual al 20: 1,25 puntos.
Grado personal igual al 19: 1 punto.
Grado personal igual al 18: 0,75 puntos.
c) Experiencia como personal interino o temporal en la Administración General del Estado, en funciones idénticas o análogas a las del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado. Se otorgará un punto por cada año trabajado, hasta un máximo de cinco puntos. La forma de acreditación será mediante el anexo VI y certificado de funciones realizadas expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que hubiera prestados sus servicios.
d) Cursos de formación y perfeccionamiento realizados. Se otorgará a cada aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo de cuatro puntos, por cada curso de formación y perfeccionamiento realizado, siempre que se refiera, a juicio del tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta convocatoria.
Se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación, y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado. No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
La documentación que acredite los cursos de formación a valorar, así como una relación en la que aparezcan todos los cursos acreditados, se acompañará al certificado de requisitos y méritos.
Personal laboral:
La antigüedad del aspirante en la categoría profesional a la que pertenezca, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios efectivos prestados hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria; la superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral fijo y los cursos de formación y perfeccionamiento superados en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en otros Centros Oficiales de formación de empleados públicos, de acuerdo con la siguiente puntuación:
a) Antigüedad. Se otorgará a cada aspirante, por cada año completo de servicios efectivos, 0,50 puntos, hasta un máximo de 12 puntos.
b) Superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral fijo: por cada proceso selectivo dos puntos con un máximo de cuatro puntos.
c) Experiencia como personal interino o temporal en la Administración General del Estado, en funciones idénticas o análogas a las del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado. Se otorgará un punto por cada año trabajado, hasta un máximo de cinco puntos. La forma de acreditación será mediante el anexo VI y certificado de funciones realizadas expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que hubiera prestados sus servicios.
d) Cursos de formación y perfeccionamiento realizados. Se otorgará a cada aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo de cuatro puntos, por cada curso de formación y perfeccionamiento realizado, siempre que se refiera, a juicio del tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta convocatoria.
Se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación, y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado. No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
La documentación que acredite los cursos de formación a valorar, así como una relación en la que aparezcan todos los cursos acreditados, se acompañará al certificado de requisitos y méritos.
La puntuación final del concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados anteriores.
3. Curso selectivo
Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 645/2020 de 6 de julio (BOE del 7), por la que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Real Decreto 308/2022, de 3 de mayo (BOE del 4), por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamento ministeriales, y el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre (BOE del 25), sobre delegación de competencias.
Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño profesional y se iniciará en el plazo máximo de dos meses desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación de aprobados de la fase de oposición y tendrá una duración máxima de tres meses.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos, en virtud de las atribuciones que, en materia de selección y formación, le atribuye a éste órgano el Real Decreto 645/2020 de 6 de julio (BOE del 7), por la que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Real Decreto 308/2022, de 3 de mayo (BOE del 4), por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamento ministeriales, y el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre (BOE del 25), sobre delegación de competencias.
La Subdirección General de Recursos Humanos establecerá el calendario, programa y normas internas que regulen el curso selectivo. Constará de distintos módulos sobre materias relacionadas con el funcionamiento de la administración, igualdad y violencia de género, transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, desarrollo sostenible y las materias específicas del temario. Además, se impartirán clases destinadas a la obtención de habilidades profesionales. Se podrán utilizar medios telemáticos para su impartición. Para los aspirantes que accedan a través del sistema de promoción interna el curso selectivo se reducirá a aquellos módulos destinados a adquirir habilidades profesionales.
El curso tendrá una valoración máxima de 50 puntos siendo necesario obtener al menos 25 puntos para superarlo.
Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada, para el sistema de promoción interna, por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso, de oposición y en el curso selectivo, y para el sistema general de acceso libre, por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1.º Fase de oposición.
2.º Cuarto ejercicio.
3.º Primer ejercicio.
4.º Tercer ejercicio.
5.º Segundo ejercicio.
4. Periodo de prácticas
Una vez superado el curso selectivo los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la fecha de publicación en el BOE de los nombramientos como funcionarios de carrera del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Los funcionarios en prácticas dependerán de la Subdirección General de Recursos Humanos y realizarán un periodo de prácticas que no tendrá incidencia para la determinación de la calificación del proceso selectivo.
Durante este periodo de prácticas, que tendrá una duración máxima de tres meses, se propondrá el ejercicio de tareas genéricas y variadas que tengan como finalidad primordial la adquisición de conocimientos prácticos para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado bajo la supervisión de un tutor designado a tal efecto. En ningún caso, se podrá encomendar la realización de funciones propias de un puesto de trabajo.
La asistencia a las prácticas programadas será obligatoria. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
Los aspirantes que accedan por el turno de promoción interna estarán exentos de la realización del periodo de prácticas.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo, el periodo de prácticas o ninguno de los dos por embarazo de riesgo, parto o alguna causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Los funcionarios españoles de Organismos Internacionales podrán acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los correspondientes procesos selectivos. Estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
Deberá solicitarse la mencionada exención con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el Organismo internacional correspondiente de haber superado aquéllas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero.
El programa de estas pruebas selectivas es el que figura a continuación:
1.er Grupo: Administración Pública: Organización y Funcionamiento
1. La Constitución española de 1978. Estructura, principios constitucionales y valores superiores. Los derechos y libertades fundamentales. La reforma constitucional.
2. La estructura de poderes del Estado. Poder legislativo, poder ejecutivo y poder judicial. La Corona.
3. Fuentes del ordenamiento jurídico administrativo. La Constitución. Los tratados internacionales. La ley. El reglamento. Otras fuentes del derecho administrativo.
4. La Administración General del Estado. Órganos superiores y órganos directivos. La organización central. La organización periférica. Delegados y Subdelegados del Gobierno. Especial referencia al Ministerio de Transportes, movilidad y Agenda Urbana.
5. Las Comunidades Autónomas. El proceso autonómico y el sistema de distribución de competencias entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía y la organización institucional de las Comunidades Autónomas. La Administración Local: entidades que la integran.
6. La Unión Europea y sus tratados constitutivos. Sistema institucional. Fuentes del Derecho de la Unión y su trasposición al ordenamiento jurídico español. Políticas comunes.
7. El régimen jurídico de las Administraciones Públicas y su regulación. Principios que rigen las relaciones de las Administraciones Públicas. Actividad de las administraciones públicas: derechos y deberes de los ciudadanos.
8. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto: Colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España.
9. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. Requisitos. Motivación, notificación y publicación. Nulidad y anulabilidad de los actos. Disposiciones administrativas generales: jerarquía y competencia. Publicidad e inderogabilidad.
10. El procedimiento administrativo común y sus fases. Concepto de interesado. Iniciación y ordenación del procedimiento, instrucción, finalización. El silencio administrativo. Ejecución.
11. Revisión de los actos en vía administrativa. Recursos administrativos: concepto, naturaleza y clases. Revisión de oficio. La jurisdicción contencioso-administrativa. El recurso contencioso-administrativo.
12. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Regulación, Principios y procedimientos. La indemnización: concepto y naturaleza. La responsabilidad civil y penal de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. La potestad sancionadora. Regulación, naturaleza y principios rectores de la potestad sancionadora y del procedimiento sancionador.
13. La expropiación forzosa. Actos administrativos previos de expropiación. Justiprecio. Jurado Provincial de Expropiación. Pago y ocupación de bienes. Inscripción registral.
14. Los contratos del sector público (I): ámbito subjetivo y objetivo de aplicación de la legislación de contratación del sector público. Disposiciones comunes sobre la contratación del sector público. Los sujetos parte en el contrato. Tipología de contratos.
15. Los contratos del sector público (II). Actuaciones administrativas. Preparación: consultas, expediente de contratación, pliegos. Adjudicación: normas generales y formas de adjudicación. Perfección, formalización y extinción de los contratos. Ejecución.
16. El modelo de Función Pública del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Características generales. El personal al servicio de las Administraciones Públicas: clasificación, derechos y deberes.
17. Principios, políticas y medidas de igualdad de género y contra la violencia de género. Normativa vigente en el ordenamiento español y en el de la Unión Europea, con especial referencia al III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado y en sus Organismos Autónomos vinculados o dependientes de ella. Políticas dirigidas a la atención a personas con discapacidad y a las personas en situación de dependencia.
2.º Grupo: Agua y Obras Hidráulicas, Puertos y Costas
Subgrupo 1: Agua y Obras Hidráulicas.
1. Marco normativo en materia de aguas en España. Elementos que regula el texto refundido de la Ley de Aguas. Organización de la Administración Hidráulica en España. Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Dominio Público Hidráulico: aguas públicas y privadas. Utilización del Dominio Público Hidráulico: servidumbres, usos comunes y privativos, concesiones y autorizaciones, registro de aguas y régimen jurídico de las comunidades de usuarios. Reconocimiento de derechos anteriores a 1986. Protección del Dominio Público Hidráulico y de la calidad de las aguas continentales: zonas de servidumbre y de policía, apeo y deslinde; vertidos; reutilización. Régimen económico-financiero de la utilización del dominio público hidráulico. Infracciones y sanciones. Contrato de cesión de derechos al uso privativo de las aguas públicas. Seguridad de presas, embalses y balsas.
2. Directiva 2000/60/CE Marco del Agua y directivas relacionadas. Objetivos medioambientales. Tipos de masas de agua, caracterización de masas de agua, presiones e impactos. Estado ecológico, potencial ecológico y designación de masas artificiales y muy modificadas. Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental. Reglamento de planificación hidrológica. Marco normativo de los Planes hidrológicos. Características de la demarcación hidrográfica. Recuperación de costes. Programa de medidas.
3. Avenidas e inundaciones. La Directiva 2007/60/CE de Evaluación y Gestión de los Riesgos de Inundación y Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación. Planes de Gestión del Riesgo de Inundación. Sequías. Planes especiales de alerta y eventual sequía. Estudios relativos a inundaciones y sequías. Prevención y control. Sistema automático de información hidrológica.
4. Cooperación internacional y participación pública. Principales convenios internacionales relacionados con la gestión de los recursos transfronterizos: Convenio de Albufeira, Convenio OSPAR, Convenio de Barcelona y Plan de Acción del Mediterráneo, Convenio RAMSAR, Acuerdo de Toulouse, Conferencia de Directores Iberoamericanos del Agua (CODIA), Convenio de Helsinki. Principales organismos internacionales relacionados con la gestión de los recursos hídricos.
5. Legislación de aguas en relación a la calidad del agua. La Directiva 91/271/CEE. El Real-Decreto Ley 11/1995, de 28 de diciembre y el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo. Las zonas sensibles: La Resolución de 25 de mayo de 1998. Vertidos. Declaración de vertidos. Autorizaciones de vertido. Procedimientos de infracción abiertos por la Comisión Europea al Reino de España por incumplimiento de la Directiva 91/271/CEE.
6. Las zonas húmedas. Inventario español de zonas húmedas. La delimitación de zonas húmedas. Mecanismos de protección y conservación de las zonas húmedas. Rehabilitación o restauración. Directivas de Hábitats y de Aves.
7. El régimen económico financiero de la Ley de Aguas. Canon de ocupación o utilización. El canon de control de vertidos. Canon de regulación y tarifa de utilización del agua. Distribución entre los beneficiarios. Canon por utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica.
8. Principios generales de la administración pública del agua. El Consejo Nacional del Agua. Los Organismos de cuenca: configuración y funciones. Atribuciones y cometidos. Órganos de gobierno, administración y cooperación. Comité de autoridades competentes de las Demarcaciones Hidrográficas intercomunitarias. Hacienda y patrimonio. Régimen jurídico de las comunidades de usuarios. Derechos y obligaciones. Reparto y distribución del agua.
9. Objetivos generales de la planificación hidrológica. La Ley de Aguas y sus Reglamentos en relación con la planificación hidrológica. Instrucción de planificación hidrológica. El proceso de planificación hidrológico, elaboración y contenido de los planes hidrológicos de demarcación. Programas de medidas de los planes hidrológicos. Criterios para la selección de las medidas. Financiación. Coordinación con otros Planes y Programas.
10. Evaluación de recursos existentes: recursos en régimen natural, recursos disponibles y recursos libres. Las demandas. La demanda medioambiental. Balances hidráulicos. Los sistemas de explotación de recursos: Modelos de optimización y simulación de recursos. Rasgos del balance hidráulico nacional.
11. Hidrología. Ciclo hidrológico. La red de aforos, el SAIH, el SAICA, la red ICA y la red de control de las aguas subterráneas. Los SIG y su aplicación a la gestión de los recursos hidráulicos. Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan los sistemas para realizar el control efectivo de los volúmenes de agua.
12. Regulación. Garantía de la regulación. Criterios de garantía. Modelos matemáticos de regulación. Leyes de distribución de aportaciones.
13. Hidrología de las aguas subterráneas. Utilización y aprovechamiento de las aguas subterráneas: régimen de explotación. Masas de agua subterráneas en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo o químico. Técnicas de investigación hidrogeológica y evaluación de recursos.
14. Usos de agua en abastecimiento a poblaciones. Prognosis de la demanda de abastecimiento. Dotaciones. Pérdidas en la red de distribución. Captaciones de aguas superficiales y subterráneas: tipos. Perímetros de protección de captaciones.
15. Técnicas especiales e indirectas para incrementar la eficacia de los recursos del agua. Actuaciones sobre la oferta de recursos. Desalación de agua del mar y salobre; conceptos y requisitos. Reutilización de aguas residuales. Real Decreto 1620/2007 de 7 de diciembre por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas. Prevención de evaporación de embalses. Actuaciones sobre la demanda: soluciones legales, técnicas y de gestión.
16. Condiciones de potabilidad del agua. Técnicas de potabilización, desalación y técnicas de tratamiento de aguas industriales. Pretratamientos y postratamientos necesarios. Obras de abastecimiento y saneamiento en general.
17. Depuración de aguas residuales. Control e índices de contaminación. Autodepuración en cursos naturales. Tecnología de la depuración físico-química: Pretratamiento y tratamientos primarios. Tecnología de eliminación biológica de nutrientes: Tratamientos secundarios. Tecnología del tratamiento terciario: filtración y esterilización. Tratamientos avanzados de eliminación de nutrientes: fósforo y nitrógeno.
18. Problemas de contaminación en relación con los efluentes industriales. Reutilización de efluentes industriales. Evaluación de la carga contaminante por sector industrial. Categorización del sector industrial. Características de los efluentes. Selección de parámetros contaminantes a efectos de establecimiento de niveles de emisión. Tecnologías disponibles para reducir la contaminación de efluentes: medidas internas y tratamiento de efluentes.
19. Uso del agua para regadío. El agua en la fisiología vegetal. Técnicas de aplicación del agua al terreno y obras de riego en general. Dotaciones, garantía y calidad del agua. Reutilización de caudales de riego. Los fertilizantes y los productos fitosanitarios como agentes contaminantes potenciales. La contaminación difusa. Problemas de salinidad. Gestión sostenible de regadíos. Plan Nacional de Regadíos.
20. Energía. Aprovechamientos hidráulicos convencionales. Centrales de acumulación o de bombeo y de usos múltiples. Obras civiles de carácter hidroeléctrico. Tecnologías energéticas, convencionales y renovables. Usos: generación eléctrica, aprovechamiento térmico y transporte.
21. Otros usos del agua. El agua en la industria. Evaluación de necesidades. Refrigeración de las centrales térmicas de combustión fósil y nuclear. Calor a disipar. Caudal de refrigeración y de dilución. Navegación fluvial. Usos recreativos.
22. Las obras hidráulicas. Concepto y naturaleza jurídica de las obras hidráulicas: competencias para la ejecución, gestión y explotación de las obras hidráulicas públicas. Obras hidráulicas de interés general, declaración de obras hidráulicas de interés general, prerrogativas de las obras hidráulicas de interés general. Coordinación de competencias concurrentes, declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación. Régimen jurídico de las Sociedades Estatales de Aguas. Contrato de concesión de obras hidráulicas.
23. Presas I: Generalidades. Avenidas y otros criterios de proyecto. Criterios generales de pre dimensionamiento. Clasificación tipológica de las presas.
24. Presas II: Presas de hormigón y de materiales sueltos: tipologías, elementos funcionales y materiales. Construcción de presas. Órganos de desagüe de la presa.
25. Normativa de seguridad de presas, embalses y balsas. Gestión de seguridad de las presas. Inventario de presas y embalses. Planes de emergencia y revisiones de seguridad de las presas.
26. Biodiversidad, conservación y restauración de ecosistemas fluviales y acuáticos. Indicadores. Caudales ecológicos. Eutrofización de las masas de agua. Infraestructuras verdes y soluciones basadas en la naturaleza en el medio hídrico.
27. Canales y conducciones en carga. Revestimientos, juntas y obras singulares. Redes de distribución de agua potable. Redes de saneamiento. Emisarios submarinos. Depósitos. Construcción, explotación y conservación.
28. Estaciones de bombeo. Conceptos básicos. Tipos de bombas: características, selección, transitorios. Protección y tipos de estaciones. Estaciones de sobrepresión. Elementos constructivos. Ingeniería de impulsiones: Trazado, tipos y cálculo.
Subgrupo 2: Puertos y Costas.
29. Evolución de la Normativa de Costas. Leyes de Puertos de 1880 y 1928. Ley sobre costas de 1969. La Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de Costas. Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas. Real Decreto 668/2022, de 1 de agosto, por el que se modifica el Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre.
30. Los bienes de dominio público marítimo-terrestre. Clasificación y definiciones. Prevalencia del dominio público marítimo-terrestre. Potestades de la Administración. El deslinde del dominio público marítimo-terrestre. Procedimiento. Estudios para la justificación del deslinde. Proyecto de deslinde. Efectos de la aprobación del deslinde. Inmatriculación de fincas colindantes con el dominio público marítimo-terrestre. Afectación y desafectación.
31. Limitaciones a la propiedad sobre los terrenos contiguos a la ribera del mar por razones de protección del dominio público marítimo-terrestre. Servidumbres de protección, tránsito y acceso al mar. Anchura y usos permitidos. La disposición transitoria tercera de la Ley 22/1988. Otras limitaciones a la propiedad. Zona de influencia.
32. Utilización del dominio público marítimo-terrestre. Disposiciones Generales. Proyectos y obras en el dominio público marítimo-terrestre. Estudios complementarios. Reservas, adscripciones, autorizaciones y concesiones.
33. El Régimen económico-financiero de la utilización del dominio público marítimo-terrestre. Cánones. Fianzas. Rescates. El Régimen sancionador en el dominio público marítimo-terrestre. Infracciones, sanciones y responsabilidad. Procedimientos y medios de ejecución.
34. Competencias de la Administración General del Estado según la Normativa de costas. Decretos de transferencias a las Comunidades Autónomas. Obras de interés general. Informes preceptivos y vinculantes. Competencias de las Comunidades Autónomas. Competencias Municipales.
35. Régimen Transitorio de la Ley 22/1988 y de la Ley 2/2013. La Disposición Transitoria Primera de la Ley 22/1988 y su desarrollo reglamentario. Los Fundamentos Jurídicos de la Sentencia del Tribunal Constitucional en relación con ella.
36. Las Autorizaciones en servidumbre de protección. Competencia. La declaración responsable. La disposición transitoria cuarta de la Ley 22/1988 y su desarrollo reglamentario. Autorización de nuevos usos y construcciones conforme a los instrumentos de ordenación: fachadas marítimas.
37. Biodiversidad y conservación de ecosistemas marinos y costeros. Las zonas húmedas y las zonas dunares costeras: definición y evolución en la normativa de costas. Las zonas de fanerógamas marinas. Importancia y tratamiento.
38. La gestión integral del litoral (GIZC). La GIZC como herramienta de la compatibilidad de usos y mecanismo de interacción entre Administraciones. La ordenación del espacio marítimo (OEM).
39. Las distintas teorías de ondas. La propagación del oleaje. Los fenómenos de refracción, difracción, transmisión y reflexión del oleaje.
40. El transporte sólido litoral. Distintas formulaciones. Evolución de la línea de costa. Modelos. El perfil de playa. Distintas formulaciones teóricas. Variaciones del perfil. La profundidad del cierre.
41. Los efectos del cambio climático sobre las dinámicas oceánicas, el litoral, los ecosistemas y los recursos marinos. Factores de degradación del litoral. Adaptación de la costa a los efectos del cambio climático. Evaluación del riesgo de inundación en zonas costeras. Efectos del cambio climático sobre la inundación costera. Las infraestructuras costeras ante los impactos del cambio climático: análisis y diseño de medidas de adaptación. Huella de carbono de los proyectos en análisis de ciclo de vida. Principales medidas en infraestructuras para contribuir a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
42. Las estrategias marinas en España. El buen estado ambiental del medio marino. Programas de seguimiento y programas de medidas
43. La erosión en los distintos tipos de playas. Causas de la erosión. Efectos de las infraestructuras litorales sobre las playas. Medidas correctoras y actuaciones. Efectos del cambio climático sobre la erosión costera.
44. Proyecto de playas artificiales. Formas de playa en planta. La espiral logarítmica y las soluciones parabólicas. La granulometría de la arena como condicionante del diseño. Aspectos ambientales de la regeneración de playas. Efectos sobre las comunidades pelágicas y bentónicas.
45. Las fuentes naturales de sedimentos. Las zonas de préstamo para alimentación artificial. Aspectos ambientales de la extracción de materiales del fondo marino. Directrices para la caracterización del material dragado y su reubicación en aguas del dominio público marítimo-terrestre. Métodos de prospección submarina.
46. El puerto: Aspectos generales y físicos. Objetivos y funciones. El sistema portuario español. Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Financiación de puertos. Modelos de gestión. Planificación portuaria. Fundamentos y planes. Previsiones de tráfico. Estudio de capacidad. Ordenación de terminales
47. Obras de abrigo y portuarias (I). Definición y caracterización de la situación y factores de proyecto. Carácter de las obras. Estados límite últimos. Períodos de retorno. Bases de datos. Clima marítimo: Caracterización estadística del oleaje. Análisis estadístico del oleaje en aguas profundas y poco profundas: Régimen extremal y régimen medio.
48. Obras de abrigo y portuarias (II). Diseños y dimensionamiento. Diseño en planta. Obras exteriores: diques verticales, diques en talud, diques rebasables. Obras interiores: muelles, dársenas, amarres, fondeo. Superficies portuarias. Profundidades accesorias, maniobrabilidad de buques.
3.er Grupo: Infraestructuras de Transporte
Subgrupo 1: Carreteras.
1. La legislación de carreteras. Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras. Reglamento General de Carreteras. Funciones y estructura de la Dirección General de Carreteras. Catálogo de la Red de Carreteras del Estado.
2. La planificación estratégica de carreteras del Estado y los programas de carreteras. Evaluación coste-beneficio, análisis multicriterio y viabilidad financiera. Estudios informativos y anteproyectos. Nota de Servicio 3/2014 sobre prescripciones y recomendaciones técnicas relativas a los contenidos mínimos a incluir en los estudios de rentabilidad de los estudios informativos o anteproyectos. Criterios aplicables a carreteras de la Orden FOM/3317/2010 por la que se aprueba la instrucción sobre las medidas específicas para la mejora de la eficiencia en la ejecución de las obras públicas de infraestructuras ferroviarias, carreteras y aeropuertos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
3. Estudios de carreteras (I): cartografía y topografía. Estudios geológicos, geotécnicos y de procedencia de materiales. Estudios climatológicos e hidrológicos. Normativa sísmica.
4. Estudios de carreteras (II): estudios de tráfico. Toma de datos: sistemas convencionales y nuevas tecnologías. Modelización del tráfico. Prognosis de tráfico. Plan de aforos. Mapas de tráfico del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
5. Trazado de carreteras: norma 3.1-IC de trazado. Trazado en planta. Trazado en alzado. Sección transversal. Nudos, enlaces e intersecciones. Orden Circular 1/2021 sobre recomendaciones para el diseño de carreteras 2+1 y carriles adicionales de adelantamiento.
6. Drenaje superficial y subterráneo. Norma 5.2 – IC de drenaje superficial. Orden Circular 17/2003 de recomendaciones para el proyecto y construcción del drenaje subterráneo en obras de carretera.
7. Movimiento de tierras: clasificación y características de los suelos según el PG-3. Construcción de terraplenes, pedraplenes y rellenos todo uno. Compactación. Ejecución de excavaciones: estabilidad de taludes. Protección de la infraestructura frente a la caída de materiales. Técnicas de mejora del terreno. Cimentaciones de estructuras: tipologías y métodos constructivos.
8. Firmes (I): conceptos generales. La explanada: capacidad de soporte y materiales. Materiales de los firmes: zahorras, suelocemento, gravacemento y mezclas bituminosas. Clasificaciones de las mezclas bituminosas. Pavimentos de hormigón. Norma 6.1-IC de secciones de firme.
9. Firmes (II): características superficiales y estructurales de los firmes. Auscultación de firmes. Estrategias de conservación de los firmes. Rehabilitación de firmes: norma 6.3-IC. Orden Circular 40/2017: reciclado in situ con emulsión de capas bituminosas, reciclado in situ con cemento de capas de firme, reciclado en caliente y semicaliente en central de capas bituminosas (RAP). Transformación de firmes rígidos degradados en firmes mixtos. Consideraciones ambientales: carencia de materiales y huella energética.
10. Obras de paso: tipologías y materiales. Métodos constructivos y medios auxiliares. Conservación e inspección de obras de paso. Patologías de degradación. Rehabilitación de las obras de paso. Normativa aplicable. Aspectos principales del Real Decreto 470/2021 por el que se aprueba el Código Estructural. Monitorización en tiempo real de estructuras y taludes.
11. Túneles en carreteras (I): métodos constructivos. Maquinaria y medios auxiliares. Sostenimiento. Revestimiento. Equipamiento e instalaciones en los túneles. Real Decreto 635/2006 sobre requisitos mínimos de seguridad en los túneles de carreteras del Estado.
12. Túneles de carreteras (II): mantenimiento de túneles de carreteras. Plan de adecuación de túneles al Real Decreto 635/2006. Metodología de análisis de riesgo en túneles de la RCE. Orden Circular 27/2008 sobre metodología de inspección de túneles. Orden Circular 33/2013 sobre el manual de explotación de los túneles de la RCE.
13. Señalización: norma 8.1-IC de señalización vertical. Norma 8.2- IC de marcas viales. Sistema de señalización turística homologada en carreteras estatales (SISTHO). Balizamiento. Sistemas de contención: Orden Circular 35/2014 sobre criterios de aplicación de sistemas de contención de vehículos.
14. Pliego de prescripciones técnicas generales para obras de carreteras y puentes (PG-3). El Reglamento UE 305/2011 de productos de la construcción. El marcado CE. Los Eurocódigos.
15. Proyecto de trazado. Trámite de información pública. Proyecto de construcción. Documentos del proyecto de construcción: memoria y anejos, pliego de prescripciones técnicas particulares, mediciones y presupuestos. Dirección del proyecto. Supervisión y aprobación del proyecto. Principios de la metodología BIM aplicados a los proyectos de carreteras.
16. Construcción de carreteras (I): dirección de obras de carreteras. Plan de obra. Organización de las obras. Aseguramiento de la calidad. Plan de seguridad y salud. Plan de vigilancia medioambiental. Servicios afectados.
17. Construcción de carreteras (II): incidencias en las obras. Certificaciones de obras y relaciones valoradas. La certificación final y liquidación. Garantía de las obras y vicios ocultos.
18. La gestión de la Red de Carreteras del Estado: sistemas de gestión directos e indirectos. Concesiones de carreteras del Estado: autopistas de peaje y autovías en régimen de concesión. Actuaciones preparatorias de los contratos de concesión: el estudio de viabilidad. Inspección de concesiones. La Delegación del Gobierno en las sociedades concesionarias de autopistas nacionales de peaje. La gestión a través de la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., SA.
19. Conservación de carreteras (I): contratos de conservación y explotación empleados en la Red de Carreteras del Estado. Vialidad invernal. Inspecciones de elementos y sistemas de gestión. Nota de Servicio 2/2021: seguridad en las actividades de conservación. Nota de Servicio 1/2022: recomendaciones para mejorar la sostenibilidad en los centros de conservación y explotación.
20. Conservación de carreteras (II): proyectos y obras de conservación extraordinaria. Normativa específica de conservación y particularidades de la normativa genérica aplicables. Nota de Servicio 1/2019. Obras de emergencia. Orden Circular 36/2015, sobre criterios a aplicar en la iluminación de carreteras a cielo abierto y túneles.
21. Explotación de carreteras (I): protección del dominio público viario y limitaciones a la propiedad: zonas de dominio público, servidumbre y afección. Zona de limitación a la edificabilidad. Publicidad. Procedimiento de autorizaciones. Informes vinculantes a instrumentos de planeamiento urbanístico y ordenación territorial. Aplicación del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, en materia de explotación de carreteras. Régimen sancionador.
22. Explotación de carreteras (II): transportes especiales. Nota de Servicio 1/2018. Áreas de servicio y estaciones de servicio. Aparcamientos seguros. Accesos a la Red de Carreteras del Estado: normativa aplicable. Travesías y tramos urbanos. Estudios de delimitación de tramos urbanos. Cesión de tramos. Orden TMA/1160/2021, de cesión de tramos a Ayuntamientos. Gestión y seguimiento en materia de ruido: aplicación de la Ley 37/2003 de ruido a la Red de Carreteras del Estado. Mapas de ruido y planes de acción.
23. Innovación aplicada a la movilidad por carretera: sistemas inteligentes de transporte cooperativos (C-ITS): experiencias piloto. Vehículo autónomo y conectado. Carreteras inteligentes. Tecnologías aplicables para la tarificación de las carreteras. Digitalización de la Red de Carreteras del Estado.
24. Seguridad vial: indicadores de seguridad vial. Últimas cifras y evolución de los principales indicadores. Aspectos de la infraestructura que más incidencia tienen sobre la seguridad vial. Real Decreto 345/2011 sobre gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias en la Red de Carreteras del Estado y su desarrollo en la Orden Circular 30/2012 y Orden Circular 39/2017.
Subgrupo 2: Ferrocarriles.
25. La infraestructura ferroviaria dentro de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, y el Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario (I). La Red Ferroviaria de Interés General. La planificación, proyecto y construcción de sus infraestructuras. La Estrategia Indicativa. Estudios y proyectos: tipos, contenido y tramitación. La construcción y puesta en servicio. Incidencia sobre el planeamiento urbanístico.
26. La infraestructura ferroviaria dentro de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, y el Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario (II). Los administradores de infraestructuras ferroviarias. Funciones, naturaleza, recursos, y patrimonio. Declaración de Red. Adjudicación de capacidad. Prestación de servicios.
27. La infraestructura ferroviaria dentro de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, y el Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario (III). Zonas de servicio. Limitaciones a la propiedad. Infraestructuras ferroviarias en puertos y aeropuertos. Infraestructuras ferroviarias privadas.
28. El transporte ferroviario dentro de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, y el Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario. Actores del sistema ferroviario nacional y europeo. Administradores de infraestructura y empresas ferroviarias. Concepto de empresa ferroviaria, obtención de licencias de empresas ferroviarias. Los cánones y tarifas.
29. Infraestructura ferroviaria: trazado y geometría. Definición de los parámetros básicos en planta y alzado. Valores recomendados y límite. Secciones transversales. Gálibos. Entre-eje. Criterios en infraestructuras ferroviarias de la Orden FOM/3317/2010, de 17 de diciembre, por la que se aprueba la Instrucción sobre las medidas específicas para la mejora de la eficiencia en la ejecución de las obras públicas de infraestructuras ferroviarias, carreteras y aeropuertos del Ministerio de Fomento.
30. Las capas de asiento ferroviario. Plataforma: capas constitutivas, características de los materiales. El balasto: funciones y características de los materiales. Dimensionamiento.
31. La vía y sus elementos constitutivos. Tipología y materiales. Aparatos de vía. La vía en placa. El ancho de vía en España. Problemática de la coexistencia de varios anchos y alternativas técnicas para su solución. Cambiadores de ancho. La vía de tres hilos, principales elementos y su problemática.
32. Túneles de ferrocarril. Normativa técnica, secciones, métodos constructivos, efectos aerodinámicos y seguridad. Estructuras ferroviarias: Instrucción sobre las acciones a considerar en el proyecto de puentes de ferrocarril (IAPF). Singularidad de los efectos dinámicos.
33. Conceptos básicos de la ejecución de obras ferroviarias. Procedimientos constructivos, condicionantes y maquinaria. El mantenimiento de la red. Operaciones de auscultación de la vía en servicio. Mantenimiento preventivo y correctivo. Plan de contingencias. Renovaciones y otras operaciones, procedimientos constructivos. Inspecciones técnicas en los puentes de ferrocarril.
34. Pasos a nivel. Marco legal. Definición y clasificación. Tipología de protecciones. Alternativas de supresión. Procedimientos constructivos singulares. Otros cruces a nivel y pasos entre andenes.
35. Instalaciones de servicio ferroviarias. Tipologías: viajeros, mercancías y técnicas. Necesidades funcionales ferroviarias. Condicionantes de diseño y dimensionamiento. Andenes. Accesibilidad. Autopistas ferroviarias.
36. Electrificación ferroviaria. Sistemas de sustentación. Tipologías de catenarias. Tensiones de funcionamiento. Otros sistemas de alimentación. Normativa de aplicación.
37. Señalización e instalaciones de seguridad ferroviaria. Conceptos generales. Sistemas tradicionales clase B y nuevas tendencias: el ERTMS. Normativa de aplicación Explotación ferroviaria: estudios de capacidad y de demanda y sistemas de gestión de capacidad.
38. Las infraestructuras ferroviarias en el entorno urbano. Problemática. Alternativas para su integración. Sistemas de financiación en colaboración con otras administraciones.
39. La seguridad ferroviaria en la Directiva 2016/798/UE de seguridad y en el Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre de seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias (I). Desarrollo y gestión de la seguridad ferroviaria. Funciones de los agentes del sistema ferroviario. Objetivos comunes de seguridad. Métodos comunes de seguridad. Sistemas de gestión de la seguridad.
40. La seguridad ferroviaria en la Directiva 2016/798/UE de seguridad y en el Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre de seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias (II). Certificados y autorizaciones de seguridad. Evaluación y supervisión. La Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria. La Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios. La Agencia Ferroviaria de la Unión Europea.
41. La interoperabilidad ferroviaria en la Directiva 2016/797/UE de interoperabilidad y en el Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre de seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias (I). Especificaciones técnicas de interoperabilidad (ETIS) y normas nacionales (Instrucciones ferroviarias). Componentes de interoperabilidad. Subsistemas estructurales y funcionales. Organismos notificados.
42. La interoperabilidad ferroviaria en la Directiva 2016/797/UE de interoperabilidad y en el Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre de seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias (II). Entrada en servicio de subsistemas de carácter estructural y de líneas.
43. Personal ferroviario. Conceptos generales de la Orden FOM/2872/2010, de 5 de noviembre: categorías de personal con actividades relacionadas con la seguridad, licencias y certificados de maquinistas, centros de formación y centros de reconocimiento médico.
44. Material rodante ferroviario. Entrada en servicio de vehículos. Mantenimiento de vehículos y organismos responsables: entidades encargadas de mantenimiento y centros de mantenimiento. Normativa básica.
45. Conceptos básicos de normativa de circulación ferroviaria: el Reglamento de Circulación Ferroviaria (Real Decreto 664/2015, de 17 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Ferroviaria).
46. Evaluación y gestión de riesgos. Ámbito de aplicación. Cambios significativos. Proceso de gestión del riesgo. Evaluación independiente. Integración Segura.
4.º Grupo: Transportes, Movilidad y Medio Ambiente
Subgrupo 1: Transportes y movilidad.
1. Transporte y movilidad en España (I). Movilidad interior y movilidad exterior de viajeros y mercancías. Repartos modales, principales magnitudes y evolución. Comparación con otros países de la Unión Europea. Relación entre movilidad y actividad económica. El transporte y la industria del turismo.
2. Transporte y movilidad en España (II). El transporte y la logística como sector empresarial. Participación en la economía nacional, empresas y participación en el empleo. Comparativa con otros países de la Unión Europea. Gasto de los ciudadanos en transporte. Gasto de los diferentes sectores empresariales en transporte de mercancías y logística. El Observatorio del Transporte y la Logística en España.
3. Organización del sistema de transporte en España. Función normativa. Inspección, supervisión y otorgamiento de permisos. Gestores de infraestructuras. Operadores. Prestadores de servicios auxiliares. Comisiones de estudio de accidentes. Regulador del mercado.
4. Conceptos básicos de la legislación en el transporte terrestre. Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres (modificada por la Ley 9/2013) y su Reglamento.
5. Evolución y principios básicos de la legislación del transporte ferroviario en Europa. Los paquetes ferroviarios y la Agencia Ferroviaria Europea. El cuarto paquete ferroviario.
6. Mercados de transporte liberalizados y mercados en monopolio. Las obligaciones de servicio público en los servicios de transporte de competencia estatal. Normativa europea y su aplicación en España. El Reglamento (CE) N.º 1370/2007 del Parlamento europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2007 sobre los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril y carretera. La liberalización del transporte ferroviario: modelos de acceso al mercado y situación actual en España. El modelo concesional en los servicios de transporte de viajeros en autobús.
7. Subvenciones al transporte. Conceptos básicos. Base de datos nacional de subvenciones. Ayudas de Estado.
8. La intermodalidad en el transporte de viajeros y mercancías. Principales objetivos. Principales magnitudes. Evolución. Corredores y nodos intermodales. Cadenas logísticas intermodales.
9. El transporte internacional. Principales acuerdos internacionales. Acuerdos internacionales para el transporte de mercancías peligrosas. Organismos y asociaciones internacionales: OACI, OMI. Principios y normativa de la Unión Europea en materia de política de transportes. Europa en Movimiento (Europe on the Move). La Estrategia Europea de Movilidad Sostenible e Inteligente de 2020.
10. Principales políticas nacionales en transporte y movilidad. Principios básicos de la Estrategia Española de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada 2030. Estrategia Estatal por la Bicicleta. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (PRTR). Componentes 1 y 6.
11. La movilidad urbana y metropolitana, de viajeros y de mercancías. Principales actores. Movilidad sostenible en ámbito urbano y metropolitano. El transporte público en la movilidad de viajeros. Organización y gestión. Las autoridades de transporte metropolitano. Competencias de la Administración General del Estado. La Agenda Urbana Española. Tendencias. Retos. Movilidad rural.
12. El coste del transporte. Costes desde el punto de vista económico-privado (costes internos). Estructura de costes en los distintos modos de transporte, en viajeros y mercancías. Costes desde el punto de vista económico-social (costes externos). Internalización de costes externos. Fiscalidad verde.
13. La investigación, desarrollo e innovación en transportes y movilidad. Los Programas Marco de la Unión Europea. Horizonte Europa 2021-2027: pilares y programas horizontales, elementos principales, asociaciones. El sistema español de investigación, desarrollo e innovación en transportes y movilidad.
14. Nuevas tecnologías y desarrollos en el transporte y la movilidad (I). Digitalización y nuevos servicios y formas de movilidad. Datos abiertos. Puntos de Acceso Nacionales. La Movilidad como Servicio (MaaS). Big Data. Vehículos autónomos. Movilidad conectada. Automatización de la cadena logística.
15. Nuevas tecnologías y desarrollos en el transporte y la movilidad (II). Los Sistemas Inteligentes de Transporte (ITS): aplicación de la tecnología a la gestión del sistema de infraestructuras y transporte. Los sistemas de navegación por satélite (GNSS) Galileo y EGNOS y su aplicación en transporte y movilidad.
16. Planificación del sistema de infraestructuras y transporte de ámbito estatal. Historia reciente de la planificación estratégica de infraestructuras y transporte en España. Planificación estratégica en vigor. La planificación sectorial por modo de transporte. La participación pública en el proceso de planificación. Nuevo enfoque en las políticas de inversión.
17. Demanda de transporte y análisis coste-beneficio en la planificación del sistema de infraestructuras y transporte. Modelos de demanda de transporte. Empleo de la tecnología Big Data en la planificación. Encuestas y billetaje en la cuantificación y cualificación de la movilidad. Evaluación coste-beneficio (ACB) en el ámbito del transporte.
18. Infraestructuras de transporte, inversión y financiación. Dotación de infraestructuras de transporte y comparativa con otros países de la Unión Europea. Volumen de inversión en infraestructuras de transporte. La financiación de las infraestructuras: financiación presupuestaria y extrapresupuestaria. Participación del sector privado en la financiación de infraestructuras. Tarificación por uso de las infraestructuras.
19. La Red Transeuropea de Transporte (RTE-T). Reglamentos CE de desarrollo y financiación de la RTE-T. Red Global y Red Básica. Los corredores de la Red Básica. La RTE-T en España. Financiación europea de infraestructuras. El Banco Europeo de Inversiones. Fondo Europeo de Inversiones Estratégicas (EFSI). Mecanismo Conectar Europa. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Next Generation EU.
20. La planificación del sistema de infraestructuras y transporte y su integración con las políticas del territorio y ambientales. Efectos ambientales de las infraestructuras de transporte. Gestión y mantenimiento sostenible de las infraestructuras de transporte. Resiliencia de las infraestructuras de transporte frente a los fenómenos meteorológicos extremos y su adaptación al cambio climático durante su ciclo de vida: análisis y diseño de medidas de adaptación. Huella de carbono de los proyectos en análisis de ciclo de vida. Principales medidas en infraestructuras para contribuir a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
21. Sostenibilidad ambiental del transporte. Consumo energético y eficiencia energética. Emisiones a la atmósfera de gases de efecto invernadero y otros contaminantes: papel del transporte en las causas del cambio climático y del deterioro de la calidad del aire. Fuentes de energía alternativas y tecnologías innovadoras de tracción para una movilidad de bajas emisiones. Transporte y políticas en materia de energía y clima: categorización y ejemplos. Marco normativo europeo y nacional sobre infraestructuras para combustibles alternativos.
Subgrupo 2: Medioambiente.
22. Desarrollo sostenible. Antecedentes, conceptos y estrategias internacionales, europeas y nacionales. La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y los Objetivos de desarrollo sostenible (ODS). Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA).
23. La I+D+i ambiental. Estrategias y Planes Europeos y Nacionales. Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. La Agencia Estatal de Innovación. Competitividad, innovación y sostenibilidad. Medidas de ahorro y eficiencia energética, situación actual y nuevas tendencias.
24. Política de la Unión Europea y nacional en materia de residuos. Directiva marco de residuos (Directiva 98/2008/CE) y Directiva (UE) 2018/851. Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Principios. La planificación en materia de residuos: el Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos 2016-2022, el Plan Estatal de Inspección en materia de Traslados Transfronterizos de Residuos 2021-2026 (PEITTR) y el Plan Nacional Integral de Residuos de España (PNIR). Consejo de Economía Circular.
25. Normativa nacional en materia de contaminación del suelo. Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados. Tipos de contaminantes. Usos del suelo. Evaluación del riesgo. Niveles genéricos de referencia. Técnicas de recuperación de suelos.
26. La Estrategia Española de Economía Circular y sus Planes de Acción: vínculo y aplicación en el sector de la construcción y demolición. Producción y gestión de residuos de construcción y demolición: el Real Decreto 105/2008 de 1 de febrero. Utilización de residuos en obra pública (neumáticos fuera de uso, escorias de incineradores urbanos y materiales de dragado, etc.). La eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que se generaron.
27. Conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad. Normativa nacional y de la Unión Europea. La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad. La Red Natura 2000. La infraestructura verde.
28. La Directiva 2010/75/UE de 24 de noviembre de Emisiones Industriales. Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación. Contaminación: principios, valores y límites de emisión. Las autorizaciones ambientales integradas. Los intercambios de información.
29. La contaminación atmosférica. Tipos, orígenes y características. Sus fuentes. Sectores y actividades contaminantes. Contaminación atmosférica transfronteriza a larga distancia. Normativa española. Ley 34/2007 de, 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. Programa Nacional de Control de la Contaminación atmosférica.
30. La contaminación acústica. Normativa de la Unión Europea y española sobre ruido. La ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido. Efectos sobre la salud y el medio ambiente. La evaluación, prevención y reducción del ruido ambiental. Medidas correctoras.
31. La Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París. Acción Europea en la lucha contra el cambio climático: comercio europeo de derechos de emisión, normativa en sectores difusos y LULUCF, Estrategia Europea de Adaptación. Pacto Verde Europeo. Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética.
32. La evaluación ambiental de proyectos y la evaluación ambiental estratégica de planes y programas. Principios. El marco jurídico de la evaluación de impacto ambiental: Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Su aplicación a las infraestructuras del transporte, hidráulicas y costeras.
33. Acceso a la información en materia de medio ambiente. Convenio de Aarhus. La participación en la gestión ambiental. Normativa de la Unión Europea. La Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Instrumentos y publicaciones para facilitar el acceso a la información ambiental en el ámbito del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
34. La normativa de responsabilidad medioambiental. Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
35. La protección del medio marino. Ley 41/2010, de 29 de diciembre, sobre protección del Medio Marino. Los Convenios regionales de protección del medio marino de los que España es Parte: el Convenio de Barcelona y el Convenio OSPAR.
36. Prevención y mitigación de la fragmentación de hábitats causada por las infraestructuras de transporte. Restauración ecológica y prevención de especies exóticas invasoras. Permeabilización de infraestructuras para la conservación de especies protegidas. Protección de la avifauna. Corrección de tendidos eléctricos para evitar la colisión y electrocución de la avifauna.
Tribunal titular:
Presidenta: Doña Camino Arce Blanco. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Vocales:
Don José Ramón Martínez Cordero. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Doña María José Jiménez Fernández. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Doña Pilar Suárez Morales. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Don Luis Mediero Orduña. Catedrático de Universidad.
Don Adrián Muelas Gil. Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos.
Secretario: Don José Francisco Dimas Benedicto. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Juan Antonio López Aragón. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Vocales:
Don Antonio Muruais Rodríguez. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Don Antonio Baonza González. Escala de Técnicos Facultativos de Organismos Autónomos de Medioambiente.
Doña Ana Isabel Poveda Monsalve. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Don Sergio de la Rocha Muñoz. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Fomento.
Doña Tania Gullón Muñoz-Repiso. Cuerpo de Ingenieros Geógrafos del Estado.
Secretaria: Doña Rosa Xuclá Lerma. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
Para la modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se listan a continuación, con las puntuaciones correspondientes, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:
Escuela Oficial de Idiomas:
– Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.
– Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.
– Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.
Asociación de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior:
– CertAcles B2: B2.
– CertAcles C1: C1.
– CertAcles C2: C2.
Certificados de Cambridge University:
– First Certificate of English: B2.
– Advanced: C1.
– Proficiency: C2.
– Linguaskill B2: B2
– Linguaskill C1: C1
– IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 5,5-6,5: B2.
– IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 7-8: C1.
– IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 8,5-9: C2.
Education Testing Service (ETS):
– TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 72-94: B2.
– TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 95-120: C1.
– TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» entre 1095 y 1344: B2
– TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» más o igual de 1345: C1.
APTIS (four skills), certificación del British Council.
– Overall CEFR Grade B2: B2.
– Overall CEFR Grade C: B2.
– Aptis advanced: overall CEFR B2: B2
– Aptis advanced: overall CEFR C1: C1.
Capman Testing Solutions 360 LPT (Language Proficiency Test) Four Skills:
– Certificado C1: C1.
– Certificado B2: B2.
Oxford Test of English B: Certificado B2: B2.
Certificat de Compétences en Langues de l’Enseignement Sup’erieur (CLES), Inglés:
– CLES 2: B2.
– CLES 3: C1.
The European Language Certificates (TELC):
– TELC B2: B2.
– TELC C1: C1.
University of Michigan (Cambridge Michigan Language Assessments)
– Certificate of Competency in English (ECCE): B2.
– Certificate of Proficiency in English (ECPE): C2.
Trinity College de Londres:
– Integrated Skills in English II: B2.
– Integrated Skills in English III: C1.
– Integrated Skills in English IV: C2.
London Test of English (LTE):
– Nivel 3: B2.
– Nivel 4: C1.
– Nivel 5: C2.
Pearson Test of English:
– General, Level 3: B2.
– General, Level 4: C1.
– General, Level 5: C2.
– Edexcel certificate in ESOL International, Level 1: B2.
– Edexcel certificate in ESOL International, Level 2: C1.
– Edexcel certificate in ESOL International, Level 3: C2.
Learning Resource Network:
– Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 1: B2.
– Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 2: C1.
– Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 3: C2.
– IELCA General CEF B2: B2.
– IELCA General CEF C1: C1.
– IELCA General CEF C2: C2.
Anglia ESOL Examinations General:
– Advanced: B2.
– AcCEPT/Proficiency: C1.
– Masters: C2.
LanguageCert International ESOL:
– Communicator B2: B2.
– Expert C1: C1.
– Mastery C2: C2.
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro Ministerio: Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
En el recuadro Centro Gestor: Subsecretaría de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado», «Código 1000».
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L», o PI, según el caso.
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Transporte, Movilidad y Agenda Urbana»
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33% que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.
En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará «Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos del Estado o título que habilite para el ejercicio de la profesión regulada» y que deberá coincidir con la que posee el aspirante.
En el recuadro 27, apartado A, los aspirantes deberán consignar la opción de la prueba de idioma, indicando si el examen es PRESENCIAL o TITULACIÓN, según Anexo IV.
En este último caso, los opositores que se acojan a esta última modalidad, además de indicarlo en el modelo 790, deberán adjuntar a su solicitud la titulación que acredita el conocimiento de inglés.
El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 31,10 € y para las familias numerosas de categoría general de 15,55 €.
Estarán exentos del pago de tasas, según la Orden HFP/688/2017, de 7 de julio:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la instancia dictamen médico que certifique tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administración.gob.es/PAG/PID y el interesado de su conformidad para que el órgano gestor verifique esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la publicación de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuada ni acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimos Interprofesional.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2013, de 18 de noviembre de protección de la Familia Numerosa. Tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50% los fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante la aportación junto con la instancia del correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales a las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, en cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Paseo de la Castellana, número 67, 28071 Madrid.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid