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Documento BOE-A-2023-11660

Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 17 de mayo de 2023, páginas 68377 a 68402 (26 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2023-11660

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto Real Decreto 636/2021, de 27 de julio (BOE del 28), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021, con el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE del 25), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, así como lo establecido en el artículo 20, apartado tres, de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública.

Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas por el turno de acceso libre.

Esta convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirán las presentes convocatorias son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE núm. 174, del 22).

Bases específicas

La presente convocatoria se publicará en el punto de acceso general http://www.administracion.gob.es/ y en el portal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana http://www.mitma.gob.es/.

1. Descripción de las plazas

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 124 plazas del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, Código 1011, por el sistema general de acceso libre y 12 de acceso por promoción interna.

1.2 De las 124 plazas mencionadas por el sistema general de acceso libre, 55 corresponden a las comprendidas en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio (BOE del 28), y 64 plazas a las del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE del 25) y 5 plazas que han quedado desiertas de las comprendidas en el Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre (BOE del 29), al amparo de lo establecido en el artículo 20, apartado Tres de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

De las 12 plazas por el sistema de acceso por promoción interna, corresponden 7 plazas a las comprendidas en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio (BOE del 28) y 5 plazas a las del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE del 25).

1.3 Del total de plazas a cubrir se reservan para quienes tengan la condición legal de persona con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, un total de 7 plazas: 3 plazas de las comprendidas en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, y 3 plazas de las comprendidas en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, y 1 plaza que quedó desierta de las comprendidas en el Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre.

1.4 En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

1.5 Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se acumularán a las de acceso general.

1.6 Entre los puestos ofertados se podrán incluir puestos adscritos a otros Departamentos Ministeriales.

1.7 De acuerdo con lo establecido en lo establecido en el artículo 20, apartado Tres de la de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, las plazas no cubiertas tras la ejecución de esta convocatoria podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan transcurrido más de tres años desde la publicación de la oferta. La nueva convocatoria identificará las plazas que proceden de convocatorias anteriores y la oferta a la que corresponden.

1.8 De acuerdo con el artículo 26 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General de Estado, la adjudicación de puestos de trabajo a los funcionarios de nuevo ingreso se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados entre los puestos ofertados a los mismos, según el orden obtenido en el proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en las Relaciones de Puestos de Trabajo. Se exceptúa de lo anterior el supuesto recogido en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad.

1.9 En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de Promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

1.10 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.

1.11 La elección de destinos se hará por medios electrónicos.

2. Proceso selectivo

2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre, y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

2.2 En cumplimiento del artículo 3.9 del Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre (BOE del 29), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2020, del artículo 3.9 del Real Decreto 636/2021, de 27 de julio (BOE del 28), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021 y del artículo 3.11 del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE del 25), se establece la conservación de la nota de los ejercicios, siempre que dicha nota supere el 60% de la calificación máxima prevista para el correspondiente ejercicio, a los aspirantes que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad.

La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean análogos.

2.3 Las personas aspirantes que obtengan en el primer ejercicio descrito en el Anexo I de esta convocatoria una puntuación igual o superior al 60% quedarán exentas de la práctica de este ejercicio en la convocatoria inmediata siguiente. De la misma manera que en el punto anterior, la validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean análogos.

2.4 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y de concurso-oposición según los casos serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

2.5 El plazo máximo para la realización del primer ejercicio será de tres meses contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, teniendo la fase de oposición, descrita en el Anexo I, una duración máxima de siete meses.

2.6 El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente con otros procesos selectivos, en cualquiera de las fases, incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera, sin que dicha coincidencia pueda suponer causa de aplazamiento. Durante el desarrollo del proceso selectivo se podrán realizar pruebas coincidentes en el tiempo, incluida la realización o lectura de ejercicios, la realización del curso selectivo o periodo de prácticas.

2.7 El órgano de selección hará público un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas de que consta la fase de oposición.

2.8 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de los plazos recogidos en la presente convocatoria.

3. Programas

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II de esta convocatoria.

Con carácter general, el contenido de los ejercicios hará referencia a la normativa vigente en el momento de la convocatoria de cada uno de ellos, aún si la actualización de dicha normativa no se mencione expresamente en los epígrafes del Anexo II.

4. Titulación

4.1 Se requiere estar en posesión o cumplir los requisitos necesarios para obtener el título de Ingeniero Técnico de Obras Públicas en cualquiera de sus especialidades o aquel que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las Directivas Comunitarias, a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

4.2 Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán, además, cumplir los siguientes requisitos:

a) Pertenencia a Cuerpo o Categoría profesional:

Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C1 o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo C1, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado, o

Pertenecer como personal laboral fijo al grupo y especialidad 2G (Ingeniería Técnica) del IV Convenio Único para la Administración General del Estado.

También podrá participar el personal laboral fijo (excluido el personal laboral indefinido no fijo) que pertenezca a una categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollando funciones coincidentes con las del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas y estar en posesión de la titulación exigida en la base.4

b) Antigüedad:

Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en un Cuerpo o Escala del Subgrupo C1 de la Administración General del Estado o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, o

Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años, como personal laboral fijo (excluido el personal laboral indefinido no fijo) en puestos que hayan sido encuadrados en el grupo y especialidad 2G-Ingeniería Técnica del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado vigente.

También podrá participar el personal laboral fijo que haya prestado servicios efectivos durante al menos dos años en una categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollando funciones propias del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas y estar en posesión de la titulación exigida en la base 4.

6. Solicitudes

6.1 La solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá a la Subsecretaría de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

6.2 De acuerdo con la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la presentación de la instancia de solicitud deberá realizarse por vía electrónica haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.

La presentación por esta vía permite:

La inscripción en línea del modelo oficial.

Anexar documentos a la solicitud.

La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de inscripción.

La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo para ello.

El pago electrónico de las tasas.

El registro electrónico de la solicitud.

El ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips) en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.

En los casos en los que las solicitudes tengan que ir acompañadas de documentación adicional, de conformidad con lo previsto en la presente convocatoria, ésta podrá adjuntarse en la solicitud telemática o podrá ser presentada a través de la Sede electrónica de la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo indicadas en el Anexo V deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

6.3 En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán dirigirse a la siguiente dirección https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS

6.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo V.

6.5 De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos digitales, a continuación, se recoge la información básica al respecto:

Responsable: Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Subsecretaría. Dirección General de Organización e Inspección. Subdirección General de Recursos Humanos.

Paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid.

Correo: s.g.recursos.humanos@mitma.es

Delegado de Protección de datos: dpd.dgoi@mitma.es

Finalidad: Gestión de procesos selectivos de personal funcionario.

Legitimación: Artículo 8 de la citada Ley.

Destinatarios: Los datos de identidad de los/as aspirantes (nombre, apellidos y los últimos caracteres del NIF) serán publicados en la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y en el punto de acceso general www.administracion.gob.es.

Derechos: los/as interesados/as tienen derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y de oposición, mediante los procedimientos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

6.6 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado

6.7 A efectos de comunicación y demás incidencias, se podrán poner en contacto a través de los números de teléfono 91-5975175 y 91-5977151 o la dirección de correo electrónico area-seleccion@mitma.es

7. Tribunal

7.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

7.2 El tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

7.3 El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en las Leyes 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en las demás disposiciones vigentes.

7.4 El tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre (BOE del 17), por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

7.5 Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

7.6 El tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de los ejercicios correspondientes, los criterios de superación de los mismos que en su caso se hubieran acordado y que no estuvieran expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

Concluida la fase de oposición se procederá a la publicación de los textos del segundo ejercicio y los supuestos prácticos de que conste el tercer ejercicio. El cuestionario del que consta el primer ejercicio junto con la plantilla de respuestas se publicará tras la celebración de dicho ejercicio con los plazos y efectos que se indican en la descripción del proceso selectivo del Anexo I.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o algunos de los ejercicios. Previamente a la celebración del ejercicio se anunciará su participación y se publicará su nombre y apellidos.

7.7 El tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid. Aquellas comunicaciones relacionadas con el desarrollo de las fases de oposición se remitirán al correo electrónico: itop.seleccion@mitma.es.

7.8 El tribunal publicará un breve currículum profesional de sus integrantes en la página web de este departamento.

8. Desarrollo del proceso selectivo

8.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo apellido comience por la letra U de conformidad con lo previsto en la Resolución de 9 de mayo de 2022 (BOE del 13), de la Secretaría de Estado de Función Pública.

8.2 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, en cualquier momento del procedimiento, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante, o en su caso, pondrán en conocimiento de la misma el que pudiera concurrir esta circunstancia para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.

8.3 En cualquier momento del proceso selectivo el órgano convocante podrá requerir a los aspirantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos y acordar, en su caso, su exclusión de no acreditarlos.

9. Relaciones con el ciudadano

9.1 A lo largo del proceso selectivo, se irá publicando en las páginas web del punto de acceso general (https://administracion.gob.es/), y en la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (www.mitma.gob.es/) toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo del mismo.

En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.

9.2 De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, los participantes en el proceso selectivo deberán realizar los procedimientos de impugnación de las actuaciones del tribunal a través de medios electrónicos.

10. Relación de personas candidatas para el nombramiento de funcionario interino

10.1 De acuerdo con el artículo vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en relación con el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y con la Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública de 17 de noviembre de 2010, el Tribunal elaborará una lista de candidatos con todos los que hayan superado al menos un ejercicio de la oposición, ordenados por la suma total de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios aprobados, con la finalidad de que la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas se pueda realizar con esta lista de candidatos mediante procedimientos ágiles.

10.2 Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos, será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública.

10.3 Este procedimiento de selección de funcionarios interinos se hará público en la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

11. Embarazo de riesgo o parto

Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a su finalización y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

12. Norma final

12.1 Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

12.2 Contra la presente convocatoria se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Subsecretario de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante las Salas de lo Contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

12.3 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 8 de mayo de 2023.–El Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Jesús Manuel Gómez García.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

El proceso de selección constará de las fases de oposición y de curso selectivo, para los aspirantes del sistema de acceso libre; y de fase de oposición, de concurso y curso selectivo para los aspirantes de acceso por promoción interna.

1. Fase de oposición

La fase de oposición constará de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios, según se especifica en los epígrafes siguientes.

Con carácter general el tribunal, en virtud del principio de agilidad, podrá utilizar medios de carácter telemático en la celebración de los ejercicios o pruebas de que consta la fase de oposición, sin perjuicio del principio de objetividad.

Primer ejercicio:

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas que mida el grado de comprensión de los aspirantes en relación con las materias que figuran en el Anexo II de esta convocatoria. El cuestionario estará compuesto por 100 preguntas, con la siguiente distribución: 25 preguntas del epígrafe I y 75 restantes del epígrafe II.

Para los aspirantes que participan por el turno de promoción interna, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 75 preguntas que midan el grado de comprensión de los aspirantes en relación con las materias del epígrafe II del Anexo II de esta convocatoria.

Todas las preguntas contaran con cuatro respuestas alternativas cada una, siendo sólo una de ellas correcta. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación correcta.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

El tribunal publicará el cuestionario y la plantilla de soluciones correctas utilizadas para la corrección del ejercicio en el plazo de dos días hábiles contados a partir del día siguiente al de la celebración de este primer ejercicio. Los aspirantes dispondrán de dos días hábiles adicionales contados a partir del día siguiente al de publicación de la plantilla de soluciones para presentar alegaciones a dicho cuestionario. Dichas alegaciones se darán por contestadas con la publicación de una plantilla de soluciones definitiva.

La calificación máxima del ejercicio será de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.

Segundo ejercicio:

Este ejercicio está destinado a acreditar el conocimiento escrito y oral del idioma inglés de los opositores, tanto para los aspirantes del turno de promoción interna como para los del turno de acceso libre. A tal efecto, se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación: una presencial y, otra, sustitutiva de la anterior, mediante la cual los candidatos podrán acreditar su conocimiento de inglés presentando alguno de los títulos recogidos en el anexo IV y siguiendo el procedimiento establecido a continuación.

Los opositores deberán indicar en la casilla «27 A» del modelo 790 la opción de evaluación del conocimiento de idioma a la que se acogen, escribiendo «PRESENCIAL», si se va a realizar la prueba escrita y la oral o, escribiendo «TITULACIÓN», si se va a presentar alguno de los títulos recogidos en el Anexo IV que acredite el nivel de idioma.

Independientemente de la modalidad a la que se acojan los candidatos, la calificación máxima de este ejercicio será de 10 puntos. Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para tener acceso al siguiente ejercicio. Esta calificación vendrá determinada por la capacidad del aspirante para entender el idioma inglés y para expresarse en él con suficiente fluidez, ya sea demostrada mediante la realización de las correspondientes pruebas o acreditada mediante alguno de los títulos recogidos en el anexo IV.

Modalidad presencial:

Parte A. Prueba escrita: En una sesión los aspirantes efectuarán por escrito una traducción, sin diccionario, al castellano de un texto en el idioma inglés, disponiendo para su realización de un tiempo máximo de una hora.

El ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez finalizado el tiempo de realización del mismo, los aspirantes depositarán el original y la copia separados en un sobre que cerrarán y que quedará suficientemente identificado. En posterior sesión pública cada aspirante abrirá el sobre entregando la copia al tribunal y procediendo a la lectura del original.

Parte B. Prueba oral: En sucesivas sesiones cada aspirante leerá el ejercicio escrito a que se refiere la parte A. A continuación, y durante un tiempo máximo de 10 minutos, cada aspirante contestará oralmente aquellas preguntas que le haga el tribunal en el idioma inglés.

No podrán superar el ejercicio aquellos aspirantes que obtuvieran una valoración de 0 puntos en alguna de las partes.

La calificación de este ejercicio, coincidiendo con las calificaciones de la modalidad de acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación y conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, se establecerá siguiendo el siguiente baremo:

Una puntuación de 5 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un B1.

Una puntuación de 6,5 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un B2.

Una puntuación de 8 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un C1.

Una puntuación de 10 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un C2.

Cuando el nivel demostrado en las pruebas sea inferior a B1 no se tendrá acceso al siguiente ejercicio.

El tribunal podrá estar asistido por especialistas en idioma inglés.

Modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación:

Alternativamente a la modalidad anterior, los opositores podrán acreditar su conocimiento de inglés presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo IV, siempre y cuando se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias, salvo que el plazo de vigencia del título presentado sea inferior, en cuyo caso se estará a lo dispuesto por las normas que rijan el título en cuestión.

Aquellos opositores que se acojan a esta modalidad, además de indicarlo en el modelo 790 deberán adjuntar a su solicitud la titulación que acredita el conocimiento de inglés.

La calificación, coincidiendo con las calificaciones de la modalidad presencial, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y de acuerdo con el anexo IV, se establecerá siguiendo el siguiente baremo:

Una puntuación de 5 puntos cuando la titulación presentada se corresponda con un B1.

Una puntuación de 6,5 puntos cuando la titulación presentada se corresponda con un B2.

Una puntuación de 8 puntos cuando la titulación presentada se corresponda con un C1.

Una puntuación de 10 puntos cuando la titulación presentada se corresponda con un C2.

Los niveles inferiores a B1, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo IV no tendrán acceso al siguiente ejercicio.

El tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la titulación en cualquier momento del proceso selectivo. El aspirante deberá presentar dicha documentación en el momento indicado por el tribunal. A tal efecto, preferiblemente, se aprovechará para este requerimiento la convocatoria de ejercicios de la fase de oposición. Si no se presentará dicha documentación o de la documentación presentada se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido, se perderá el acceso al siguiente ejercicio o al curso selectivo.

Previamente a la celebración del ejercicio el tribunal habrá de estudiar la documentación presentada por los aspirantes con el fin de corroborar la idoneidad de los certificados presentados a efectos de la superación del ejercicio. De esta manera, el tribunal podrá convocar, para que se presenten por la modalidad presencial, a aquellos aspirantes que no reúnan los requisitos para la modalidad de acreditación del conocimiento de inglés mediante titulación.

Tercer ejercicio:

Este ejercicio de carácter teórico-práctico constará de dos partes:

Parte A. Para los aspirantes del turno de acceso libre consistirá en el desarrollo por escrito de cinco preguntas teóricas cortas. En el caso de los aspirantes del turno de promoción interna, el tribunal planteará diez preguntas teóricas cortas, de las cuales el aspirante desarrollará cinco a su elección. Para los aspirantes del turno de acceso libre, el tribunal determinará las cinco de las diez cuestiones planteadas que han de ser desarrolladas por los aspirantes.

Dichas preguntas podrán contener elementos referidos a las materias contenidas en la totalidad del programa que se recoge en el Anexo II de esta convocatoria.

La Parte A del ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez finalizado el tiempo de realización de la primera sesión, los aspirantes depositarán el original y la copia separados en un sobre que cerrarán y que quedará suficientemente identificado.

Parte B. Consistirá en la resolución por escrito de cuatro supuestos teórico-prácticos que el tribunal elaborará de entre las materias recogidas en el Anexo II de la convocatoria atendiendo a la siguiente distribución:

Dos supuestos correspondientes a las materias del 1er grupo del epígrafe II: uno del subgrupo 1 y otro del subgrupo 2.

Dos supuestos correspondientes a las materias de 2.º grupo del epígrafe II: uno del subgrupo 1 y otro del subgrupo 2.

Sin perjuicio de la distribución anterior, cualquiera de los supuestos podrá contener elementos referidos a las materias contenidas en la totalidad del programa que se recoge en el Anexo II de la convocatoria.

La resolución de esta Parte B se realizará en papel no copiativo que se depositará en un sobre. El tribunal procederá a la apertura de sobres, a la corrección anónima de los supuestos y a su calificación.

Este tercer ejercicio se desarrollará en tres sesiones:

En la primera sesión, de tres horas de duración, se procederá a la resolución por escrito por parte del aspirante de las preguntas cortas que forman la Parte A y a la resolución de dos de los supuestos que constituyen la Parte B del ejercicio.

En la segunda sesión, de dos horas de duración, se procederá a la resolución por escrito por parte del aspirante de los otros dos supuestos restantes que constituyen la Parte B del ejercicio.

En una tercera sesión, que será pública, se procederá a la lectura pública de la Parte A del ejercicio por parte de los aspirantes del turno de acceso libre, quedando exentos de dicha lectura los aspirantes del turno de promoción interna. Al terminar el aspirante la lectura, el tribunal durante un tiempo máximo de 15 minutos podrá formular preguntas sobre las materias planteadas en esta parte del ejercicio. A los aspirantes del turno de promoción interna tampoco se les formulará preguntas respecto a la Parte A del ejercicio por parte del tribunal.

La primera y segunda sesión se celebrarán preferentemente en el mismo día, en turno de mañana y de tarde respectivamente.

La calificación máxima del tercer ejercicio será de 40 puntos, correspondiendo 10 puntos a la parte A (preguntas cortas) del mismo y 30 puntos a la parte B (supuestos teórico-prácticos).

Para este tercer ejercicio, el tribunal valorará los conocimientos, la claridad y orden de ideas, la capacidad analítica y la calidad de la expresión escrita, demostrados por el aspirante.

En este tercer ejercicio será necesario obtener un mínimo de 20 puntos para su superación. Tampoco superarán el tercer ejercicio aquellos aspirantes que obtuvieran una valoración de 0 puntos en alguna de las partes, A y B.

Puntuación final de la fase de oposición:

La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

2. Fase de concurso

La fase de concurso tendrá por objeto la comprobación y calificación razonada de los méritos alegados. A tal efecto, los aspirantes que se presentan por el turno de promoción interna, y hayan superado la fase de oposición, deberán aportar el correspondiente anexo VI para su valoración, disponiendo de un plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de publicación de las notas del último ejercicio.

Se valorarán, a los aspirantes que participen por el turno de promoción interna, los siguientes méritos:

Personal funcionario:

La antigüedad del funcionario en el Cuerpo o Escala a que pertenezca, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios efectivos prestados hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria; el grado personal y los cursos de formación y perfeccionamiento superados en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en otros centros oficiales de formación de empleados públicos, de acuerdo con la siguiente puntuación:

a) Antigüedad. Se otorgará a cada aspirante, por cada año completo de servicios efectivos, 0,50 puntos, hasta un máximo de 12 puntos.

b) Grado personal. Se otorgará a cada aspirante por la posesión de un determinado grado personal consolidado, hasta un máximo de 4 puntos, distribuidos en la forma siguiente:

Grado personal igual al 22: 4 puntos.

Grado personal igual al 21: 3,5 puntos.

Grado personal igual al 20: 3 puntos.

Grado personal igual al 19: 2,5 punto.

Grado personal igual al 18: 2 puntos.

Grado personal igual al 17: 1,5 puntos.

Grado personal igual al 16: 1,25 puntos.

Grado personal igual al 15: 1 punto.

c) Experiencia como personal interino o temporal en la Administración General del Estado, en funciones idénticas o análogas a las del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas. Se otorgará un punto por cada año trabajado, hasta un máximo de 5 puntos. La forma de acreditación será mediante el Anexo VI y certificado de funciones realizadas expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que hubiera prestados sus servicios.

d) Cursos de formación y perfeccionamiento realizados. Se otorgará a cada aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos, por cada curso de formación y perfeccionamiento realizado, siempre que se refiera, a juicio del tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta convocatoria.

Se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación, y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado. No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.

La documentación que acredite los cursos de formación a valorar, así como una relación en la que aparezcan todos los cursos acreditados, se acompañará al certificado de requisitos y méritos.

Personal laboral:

La antigüedad del aspirante en la categoría profesional a la que pertenezca, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios efectivos prestados hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria; la superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral fijo y los cursos de formación y perfeccionamiento superados en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en otros Centros Oficiales de formación de empleados públicos, de acuerdo con la siguiente puntuación:

a) Antigüedad. Se otorgará a cada aspirante, por cada año completo de servicios efectivos, 0,50 puntos, hasta un máximo de 12 puntos.

b) Superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral fijo: por cada proceso selectivo 2 puntos con un máximo de 4 puntos.

c) Experiencia como personal interino o temporal en la Administración General del Estado, en funciones idénticas o análogas a las del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas. Se otorgará un punto por cada año trabajado, hasta un máximo de 5 puntos. La forma de acreditación será mediante el Anexo VI y certificado de funciones realizadas expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que hubiera prestados sus servicios.

d) Cursos de formación y perfeccionamiento realizados. Se otorgará a cada aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos, por cada curso de formación y perfeccionamiento realizado, siempre que se refiera, a juicio del tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta convocatoria.

Se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación, y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado. No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.

La documentación que acredite los cursos de formación a valorar, así como una relación en la que aparezcan todos los cursos acreditados, se acompañará al certificado de requisitos y méritos.

La puntuación final del concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados anteriores.

3. Curso selectivo

Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 645/2020 de 6 de julio (BOE del 7), por la que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Real Decreto 308/2022, de 3 de mayo (BOE del 4), por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamento ministeriales, y el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre (BOE del 25), sobre delegación de competencias.

Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño profesional y se iniciará en el plazo máximo de dos meses desde la desde publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación de aprobados de la fase de oposición y tendrá una duración máxima de dos meses.

La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos, en virtud de las atribuciones que, en materia de selección y formación, le atribuye a éste órgano el Real Decreto 645/2020 de 6 de julio (BOE del 7), por la que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Real Decreto 308/2022, de 3 de mayo (BOE del 4), por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamento ministeriales, y el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre (BOE del 25), sobre delegación de competencias.

La Subdirección General de Recursos Humanos establecerá el calendario, programa y normas internas que regulen el curso selectivo. Constará de distintos módulos sobre materias relacionadas con el funcionamiento de la administración, igualdad y violencia de género, transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, desarrollo sostenible y las materias específicas del temario. Además, se impartirán clases destinadas a la obtención de habilidades profesionales. Se podrán utilizar medios telemáticos para su impartición. Para los aspirantes que accedan a través del sistema de promoción interna el curso selectivo se reducirá a aquellos módulos destinados a adquirir habilidades profesionales. El curso tendrá una valoración máxima de 50 puntos siendo necesario obtener al menos 25 puntos para superarlo.

Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada, para el sistema de promoción interna, por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso, de oposición y en el curso selectivo, y para el sistema general de acceso libre, por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.

En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1.º Fase de oposición.

2.º Tercer ejercicio.

3.º Primer ejercicio.

4.º Segundo ejercicio.

4. Periodo de prácticas

Una vez superado el curso selectivo los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la fecha de publicación en el BOE de los nombramientos como funcionarios de carrera del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.

Los funcionarios en prácticas dependerán de la Subdirección General de Recursos Humanos y realizarán un periodo de prácticas que no tendrá incidencia para la determinación de la calificación del proceso selectivo.

Durante este periodo de prácticas, que tendrá una duración máxima de tres meses, se propondrá el ejercicio de tareas genéricas y variadas que tengan como finalidad primordial la adquisición de conocimientos prácticos para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas bajo la supervisión de un tutor designado a tal efecto. En ningún caso, se podrá encomendar la realización de funciones propias de un puesto de trabajo.

La asistencia a las prácticas programadas será obligatoria. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.

Los aspirantes que accedan por el turno de promoción interna estarán exentos de la realización del periodo de prácticas.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo, el periodo de prácticas o ninguno de los dos por embarazo de riesgo, parto o alguna causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Los funcionarios españoles de Organismos Internacionales podrán acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los correspondientes procesos selectivos. Estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

Deberá solicitarse la mencionada exención con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el Organismo internacional correspondiente de haber superado aquéllas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero.

ANEXO II
Programa

Epígrafe I. Organización y funcionamiento administrativo

1. La Constitución Española de 1978. Estructura, principios constitucionales y valores superiores. Los derechos y libertades fundamentales. La reforma constitucional. La estructura de poderes del Estado: Poder legislativo, poder ejecutivo y poder judicial. La Corona.

2. Fuentes del ordenamiento jurídico administrativo. La Constitución. Los tratados internacionales. La ley. El reglamento. Otras fuentes del derecho administrativo.

3. La Administración General del Estado. Órganos superiores y órganos directivos. La organización central. La organización periférica: Delegados y Subdelegados del Gobierno. Especial referencia al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

4. Las Comunidades Autónomas. El proceso autonómico y el sistema de distribución de competencias entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía y la organización institucional de las Comunidades Autónomas. La Administración Local: Entidades que la integran.

5. La Unión Europea y sus tratados constitutivos. Sistema institucional. Fuentes del Derecho de la Unión y su trasposición al ordenamiento jurídico español. Políticas comunes.

6. El régimen jurídico de las Administraciones Públicas y su regulación. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. Nulidad y anulabilidad de los actos. El procedimiento administrativo común y sus fases. La responsabilidad patrimonial de la Administración.

7. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto: Colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España.

8. Revisión de los actos en vía administrativa. Recursos administrativos: Concepto, naturaleza y clases. Revisión de oficio. La jurisdicción contencioso-administrativa. El recurso contencioso-administrativo.

9. La expropiación forzosa. Actos administrativos previos de expropiación. Justiprecio. Jurado Provincial de Expropiación. Pago y ocupación de bienes. Inscripción registral.

10. Los contratos del Sector Público. Concepto y tipos. Sus elementos y procedimientos de adjudicación. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos.

11. El modelo de Función Pública del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Características generales. El personal al servicio de las Administraciones Públicas: clasificación, derechos y deberes.

12. Principios, políticas y medidas de igualdad de género y contra la violencia de género. Normativa vigente en el ordenamiento español y en el de la Unión Europea, con especial referencia al III Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, vinculados o dependientes de ella. Políticas dirigidas a la atención a personas con discapacidad y a las personas en situación de dependencia.

Epígrafe II

1.er Grupo: Agua, obras hidráulicas, puertos y costas

Subgrupo 1: Aguas.

1. Principios del texto refundido de la Ley de Aguas y de la trasposición de la Directiva Marco de Aguas.

2. El Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Autorizaciones y concesiones. Régimen económico financiero.

3. La administración pública del agua. Demarcaciones hidrográficas y organismos de cuenca.

4. Los recursos hídricos en España. Situación actual e impactos del cambio climático.

5. Los usos del agua. Demandas y balances.

6. Las nuevas fuentes de recursos: reutilización y desalación.

7. La planificación hidrológica. Conceptos básicos de los planes hidrológicos de demarcación hidrográfica y del Plan Hidrológico Nacional.

8. Principios básicos de las aguas subterráneas y de su estado. Estudios hidrogeológicos.

9. Seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales. Indicadores y requisitos de calidad para los distintos usos.

10. El control de la calidad de las aguas. Vertidos.

11. Avenidas e inundaciones. Normativa de la Unión Europea y española de evaluación y gestión de riesgos de inundación. Sequías. Sistema automático de información hidrológica.

12. Obras estructurales de defensa contra avenidas transversales y longitudinales.

13. Tratamiento de aguas residuales. Estaciones depuradoras. Normativa de la Unión Europea.

14. Los ecosistemas fluviales y acuáticos. Los humedales. Caudales ecológicos. Bases teóricas y principales actuaciones de la restauración fluvial y de la restauración de humedales. Restauración hidrológico-forestal.

15. Obras hidráulicas de regulación. Presas y embalses de usos múltiples: Garantías. Normativa de seguridad de presas.

16. Canales. Trazados. Secciones. Problemas constructivos. Instalaciones.

17. Evaluación económica de proyectos. Análisis coste- beneficio. Indicadores VAN, TIR, etc.

18. Abastecimiento de poblaciones. Captaciones. Tratamientos.

19. Aprovechamientos hidroeléctricos. Centrales.

20. Regadíos. El regadío en España. Gestión sostenible de regadíos. Distribución de competencias.

Subgrupo 2: Puertos y costas.

1. Evolución histórica de la normativa de costas. Normativa vigente de costas.

2. El Dominio Público Marítimo Terrestre. Clasificación y definiciones. El deslinde.

3. Utilización del Dominio Público Marítimo-Terrestre. Autorizaciones, concesiones, adscripciones y reservas.

4. Limitaciones a la propiedad sobre los terrenos contiguos a la ribera del mar por razones de protección del dominio público marítimo-terrestre. Servidumbres de protección, tránsito y acceso al mar. Otras limitaciones a la propiedad. Zona de influencia.

5. Régimen económico-financiero de la utilización del Dominio Público Marítimo-Terrestre. Régimen sancionador.

6. Régimen transitorio de la Ley de Costas.

7. Las estrategias marinas en España. Los ecosistemas marinos y costeros. La gestión integrada de las zonas costeras. Protección del medio marino.

8. Conceptos básicos de la dinámica litoral: oleaje, viento, corrientes y mareas. Propagación del oleaje. Transporte longitudinal y transversal.

9. Morfología de costas. Línea de costa. Formas de playa en planta. Perfil de playa.

10. La gestión del litoral. Erosión y antropización. Inundación en zonas costeras. Los efectos y la adaptación al cambio climático en el litoral.

11. Protección y restauración de la franja costera. Soluciones basadas en la naturaleza. Obras para la sostenibilidad de la costa. Principios básicos de la regeneración de playas.

12. Fuentes de sedimentos: estudios para la localización y caracterización. Granulometría de la arena. Dragados y vertidos de arenas y sedimentos marinos. Gestión sostenible del litoral.

13. Puertos. Conceptos generales del sistema portuario español, de la planificación portuaria y de los modelos de gestión. Normativa.

14. Conceptos básicos de las obras portuarias. Obras exteriores, interiores y superficies portuarias

2.º Grupo: Infraestructuras de Transporte

Subgrupo 1: Carreteras.

1. Marco Legal. Principios básicos de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras y Reglamento General de carreteras. Normativa técnica básica nacional y europea.

2. Planificación de carreteras, conceptos básicos. Planes y programas. Estudios informativos. Estudios de tráfico, de rentabilidad y análisis multicriterio.

3. Anteproyectos y proyectos de carreteras. Principios básicos para el diseño de carreteras. Trazado, nudos y enlaces, drenaje, obras de paso y otros elementos. Carreteras 2+1.

4. Construcción de carreteras. Conceptos generales. Sistemas de aseguramiento de la calidad.

5. Conceptos básicos en relación a la gestión de contratos asociados al proyecto y construcción de obra pública, y sus particularidades e incidencias.

6. Principales elementos en relación a los firmes. Firmes reciclados. Mezclas bituminosas. Pavimentos de hormigón.

7. Túneles de carreteras. Diseño y Construcción. Explotación de túneles. Equipamiento e instalaciones. Seguridad en los túneles de carreteras.

8. Conceptos principales del Pliego Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes.

9. Principios básicos de señalización, balizamiento y sistemas de contención de vehículos.

10. La seguridad vial. Principios básicos. Indicadores. Gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias en las carreteras del Estado y su normativa.

11. Conservación de carreteras del Estado. Conceptos básicos: Contratos de conservación y explotación. Vialidad invernal. Inspecciones y sistemas de gestión por elementos. Obras de emergencia. Proyectos de conservación extraordinaria.

12. Explotación en las carreteras del Estado. Conceptos básicos. Protección del dominio público viario y limitaciones a la propiedad. Autorizaciones. Publicidad. Sistemas inteligentes. de transporte (ITS) orientados a la gestión de la movilidad. Aparcamientos seguros.

13. Seguridad y salud en los proyectos y obras de carreteras.

14. Conceptos básicos de la colaboración público-privada en el ámbito de construcción y explotación de las carreteras: modelos concesionales en la red de carreteras del Estado. La Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre (SEITT).

Subgrupo 2: Ferrocarriles.

1. Marco Legal. Conceptos básicos de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario y su reglamento de desarrollo. Normativa técnica española y europea.

2. El sistema ferroviario español. Principios generales: Organización. Actores del sistema: administradores de infraestructuras, empresas ferroviarias y otras entidades.

3. Conceptos básicos de la planificación y el proyecto de infraestructuras ferroviarias. Estrategia indicativa, estudios informativos y proyectos.

4. Parámetros básicos de diseño de infraestructuras ferroviarias. Trazado y geometría. Secciones transversales. Gálibos y entre-eje. Plataforma, vía y electrificación. Pasos a nivel y cruces entre andenes.

5. Conceptos básicos de la construcción de obras ferroviarias. Túneles y estructuras ferroviarias. Infraestructuras ferroviarias en el entorno urbano. Mantenimiento y explotación ferroviaria.

6. Sistemas de seguridad, señalización y comunicaciones ferroviarias. Conceptos generales. Sistemas nacionales. El ERTMS.

7. La interoperabilidad ferroviaria. Normativa y conceptos generales. Las Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad. La puesta en servicio de subsistemas y líneas.

8. La seguridad en el transporte ferroviario. Conceptos básicos de la normativa europea en materia de seguridad y su transposición al ordenamiento jurídico español. La Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria. Sistemas de gestión de la seguridad.

9. El personal ferroviario, conceptos generales y normativa aplicable.

10. El material rodante, conceptos generales y normativa aplicable.

Subgrupo 3: Transportes y movilidad.

1. Conceptos básicos de la de la planificación del transporte. Objetivos, estudios básicos, planificación y estrategia. El coste del transporte. Factores cualitativos y cuantitativos.

2. El transporte por ferrocarril de pasajeros y mercancías. Conceptos básicos de la normativa europea y su aplicación en España.

3. Principios generales del transporte por carretera de pasajeros y de mercancías. Gestión del transporte por carretera. Las obligaciones de servicio público en los servicios de transporte por carretera.

4. Las obligaciones de servicio público en los servicios de transporte ferroviario de competencia estatal. Principios básicos. La liberalización del transporte ferroviario.

5. La intermodalidad en el transporte de viajeros y mercancías. Conceptos básicos de logística en el transporte.

6. Conceptos básicos de la legislación en el transporte terrestre. Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y su Reglamento. Normativa de la UE sobre transporte.

7. Conceptos generales de la financiación de infraestructuras de transporte. Financiación presupuestaria y extrapresupuestaria. Participación del sector privado en la financiación de infraestructuras. Tarificación por uso de las infraestructuras.

8. Las Redes Transeuropeas de Transporte. Reglamentos europeos de desarrollo y financiación de la RTE-T. Principales conceptos en relación a sus objetivos, desarrollo y evolución. Financiación.

9. Movilidad sostenible. Principales políticas nacionales. Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada 2030. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Planes de Movilidad Urbana Sostenible.

3.er Grupo: Medio Ambiente

1. Conceptos generales del desarrollo sostenible. Estrategias internacionales, de la Unión Europea y nacionales.

2. I+D+i ambiental: conceptos básicos, estrategias, planes y legislación europea y nacional. La Agencia Estatal de Innovación. Medidas de ahorro y eficiencia energética.

3. Política de la Unión Europea y legislación española en materia de residuos y suelos contaminados. La planificación en materia de residuos.

4. La Estrategia Española de Economía Circular. Gestión, tratamiento y eliminación de residuos en el sector de la construcción. Utilización de residuos en obras.

5. Regulación en materia de registro, evaluación, autorización y restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH). La Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas.

6. Estrategias y políticas internacionales, de la Unión Europea y españolas en la lucha contra el cambio climático. Medidas de mitigación y adaptación en España.

7. Conceptos básicos de la contaminación atmosférica: Convenios internacionales, normativa de la Unión Europea y española en materia de medio ambiente atmosférico.

8. Principios generales de la normativa de responsabilidad medioambiental en España

9. Conceptos básicos de la contaminación acústica. Normativa de la Unión Europea y española sobre ruido.

10. Conceptos básicos de la legislación sobre evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos en el ámbito de la Unión Europea y España.

11. Principios básicos de la normativa de la Unión Europea y española de emisiones industriales y de la prevención y control integrado de la contaminación. Aspectos tecnológicos. Las autorizaciones ambientales integradas.

12. Principios básicos dl Reglamento europeo relativo a un sistema europeo de gestión y auditoría medioambiental (SGAM o EMAS). Concepto generales: objeto y ámbito de aplicación. La relación entre el sistema europeo de gestión y auditorias medioambientales e ISO (Organización Internacional de Normalización).

13. Conceptos básicos y legislación española sobre conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad.

14. Principios básicos sobre los efectos nocivos de las infraestructuras en el medioambiente: fragmentación de hábitats y protección de la avifauna. Estrategia nacional de Infraestructura Verde y de la Conectividad y Restauración Ecológicas.

ANEXO III
Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidenta: D.ª Beatriz Sánchez Cobo, Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.

Vocales:

D.ª M.ª del Carmen Conesa Lareo, Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.

D. Daniel Mateos Pañero. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.

D.ª Aurora Moyano Andrés. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Secretario: D. Juan Chamorro Pérez: Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.

Tribunal suplente:

Presidente: D. Ignacio José Rivas Hurtado de Mendoza. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.

Vocales:

D. Francisco Javier Ubero Bravo. Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.

D.ª M.ª Luisa Asperilla Cordero. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

D.ª Aránzazu Gurrea-Nozaleda Merayo. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.

Secretaria: D.ª Ana Patricia García Fletcher. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.

El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO IV

Para la modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se listan a continuación, con las puntuaciones correspondientes, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:

Escuela Oficial de Idiomas:

– Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B1: B1.

– Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.

– Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.

– Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.

Asociación de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior:

– CertAcles B2: B2.

– CertAcles C1: C1.

– CertAcles C2: C2.

Certificados de Cambridge University:

– Preliminary: B1.

– First Certificate of English: B2.

– Advanced: C1.

– Proficiency: C2.

– Linguaskill B1: B1

– Linguaskill B2: B2

– Linguaskill C1: C1

– IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 4-5: B1

– IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 5,5-6,5: B2.

– IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 7-8: C1.

– IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 8,5-9: C2.

Education Testing Service (ETS):

– TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 42-71: B1

– TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 72-94: B2.

– TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 95-120: C1.

– TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» entre 790 y 1094: B1

– TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» entre 1095 y 1344: B2

– TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» más o igual de 1345: C1.

APTIS (four skills), certificación del British Council.

– Overall CEFR Grade B1: B1.

– Overall CEFR Grade B2: B2.

– Overall CEFR Grade C, B2.

– Aptis advanced: overall CEFR B2: B2

– Aptis advanced: overall CEFR C1: C1.

Capman Testing Solutions 360 LPT (Language Proficiency Test) Four Skills:

– Certificado C1: C1

– Certificado B2: B2

– Certificado B1: B1

Oxford Test of English B:

– Certificado B2: B2

– Certificado B1: B1

Certificat de Compétences en Langues de l’Enseignement Sup’erieur (CLES), Inglés:

– CLES 1: B1

– CLES 2: B2

– CLES 3: C1

The European Language Certificates (TELC):

– TELC B1: B1

– TELC B2: B2

– TELC C1: C1

University of Michigan (Cambridge Michigan Language Assessments):

– Certificate of Competency in English (ECCE): B2

– Certificate of Proficiency in English (ECPE): C2

Trinity College de Londres:

– Integrated Skills in English I: B1.

– Integrated Skills in English II: B2.

– Integrated Skills in English III: C1.

– Integrated Skills in English IV: C2.

London Test of English (LTE):

– Nivel 2: B1

– Nivel 3: B2

– Nivel 4: C1

– Nivel 5: C2

Pearson Test of English:

– General, Level 2: B1.

– General, Level 3: B2.

– General, Level 4: C1.

– General, Level 5: C2.

– Edexcel certificate in ESOL International, Entry 3: B1

– Edexcel certificate in ESOL International, Level 1: B2

– Edexcel certificate in ESOL International, Level 2: C1

– Edexcel certificate in ESOL International, Level 3: C2

Learning Resource Network:

– Certificate in ESOL International Four skills, LRN Entry Level (Entry 3): B1

– Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 1: B2

– Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 2: C1

– Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 3: C2

– IELCA General CEF B1: B1

– IELCA General CEF B2: B2

– IELCA General CEF C1: C1

– IELCA General CEF C2: C2

Anglia ESOL Examinations General:

– Intermediate: B1

– Advanced: B2

– AcCEPT/Proficiency: C1

– Masters: C2

LanguageCert International ESOL:

– Achiever B1: B1

– Communicator B2: B2

– Expert C1: C1

– Mastery C2: C2

ANEXO V
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro Ministerio: Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

En el recuadro Centro Gestor: Subsecretaria de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas». Código «1011».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L», para los aspirantes del sistema general de acceso libre o «P» para los de promoción interna.

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Transportes, Movilidad y Agenda Urbana»

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid»

En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33% que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22

En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará «Ingeniero Técnico de Obras Públicas o título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada» y que deberá coincidir con la que posee el aspirante.

En el recuadro 27, apartado A, los aspirantes deberán consignar la opción de la prueba de idioma, indicando si el examen es PRESENCIAL o TITULACIÓN, según anexo IV.

Aquellos opositores que se acojan a esta última modalidad, además de indicarlo en el modelo 790, deberán adjuntar a su solicitud la titulación que acredita el conocimiento de inglés.

El importe de la tasa por derechos de examen para acceso libre será de 23,33 euros y para las familias numerosas de categoría general de 11,67 euros.

El importe de la tasa por derechos de examen para Promoción Interna será de 11,67 euros, y para las familias numerosas de categoría general de 5,85 euros.

Estarán exentos del pago de tasas, según la Orden HFP/688/2017, de 7 de julio:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la instancia dictamen médico que certifique tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administración.gob.es/PAG/PID y el interesado de su conformidad para que el órgano gestor verifique esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la publicación de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuada ni acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimos Interprofesional.

Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2013, de 18 de noviembre de protección de la Familia Numerosa. Tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50% los fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante la aportación junto con la instancia del correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales a las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, en cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Paseo de la Castellana, número 67, 28071 Madrid.

ANEXO VI

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 08/05/2023
  • Fecha de publicación: 17/05/2023
  • Convocatoria. Turno libre 124 plazas. Promoción interna 12 plazas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PUBLICA la relación de aspirantes que han aprobado en las fases de oposición y concurso, por Resolución de 10 de julio de 2024 (Ref. BOE-A-2024-15123).
  • SE APRUEBA la relación provisional de personas admitidas y excluidas, y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio del proceso selectivo, por Resolución de 5 de octubre de 2023 (Ref. BOE-A-2023-20907).
  • SE MODIFICA y SE AMPLÍA el plazo de presentación de instancias para aquellos interesados que cuenten con la titulación de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos conforme al plan anterior a Bolonia. , por Resolución de 11 de julio de 2023 (Ref. BOE-A-2023-16313).

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