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Documento BOE-A-2023-15829

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 2577-2023, en relación con el artículo 3. Primero, apartados uno y dos, del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social, por posible vulneración de los arts. 86.1 y 31.1 CE.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 2023, páginas 96686 a 96686 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2023-15829

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 4 de julio de 2023, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2577-2023 planteada por la Sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el procedimiento ordinario núm. 575-2017, en relación con el artículo 3. Primero, apartados uno y dos, del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social, por posible vulneración de los artículos 86.1 y 31.1 CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento ordinario núm. 575-2017 podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de julio de 2023.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 04/07/2023
  • Fecha de publicación: 08/07/2023
  • La cuestión promovida contra la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, se establece por estar modificada por el Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y SE DECLARA la inconstitucionalidad y nulidad del art. 3.1.1 y lo indicado del 2 del Real Decreto-ley 3/2016, por Sentencia 11/2024, de 18 de enero (Ref. BOE-A-2024-3277).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad:
    • de las disposiciones adicional 15 y transitoria 16 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, en la redacción por el Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre (Ref. BOE-A-2014-12328) y (Ref. BOE-A-2016-11475).
Materias
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Doble imposición
  • Empresas
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Recaudación

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