De conformidad con lo establecido en la base 13 de la Orden HFP/1330/2022, de 29 de diciembre, por la que se convoca el proceso selectivo en el marco de la estabilización del empleo temporal, a la subescala de Secretaría-Intervención, para el acceso a la Escala de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 313, de fecha 30 de diciembre, la composición del Tribunal Calificador será designada mediante Orden de la Ministra de Hacienda y Función Pública, previamente o simultáneamente con la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos.
Por la Orden HFP/584/2023, de 8 de junio, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 138, de 10 de junio de 2023, fue designado el Tribunal Calificador del referido proceso selectivo.
Comunicadas renuncias de miembros del Tribunal y advertido error material en la citada publicación, se ha de modificar su composición y rectificar el error material detectado.
Por ello, he resuelto:
Por renuncias de miembros del Tribunal calificador:
Nombrar como vocal suplente a D.ª Marta Crespo Calzada, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, en sustitución de D. Manuel Vázquez Seara. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.
Nombrar como vocal suplente a D. Luis María Sanz Moriñigo, Cuerpo Pfres. Enseñanza Secundaria, en sustitución de D.ª Maria Macarena Clavel Calcerrada. Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109, apartado segundo, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la corrección del error material detectado en los siguientes términos:
Donde dice: «Doña María Lacurz Cruz. Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.», debe decir: «Doña María Lacruz Cruz. Escala de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.».
Contra la presente orden podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Ministra de Hacienda y Función Pública en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.
Madrid, 25 de septiembre de 2023.–La Ministra de Hacienda y Función Pública, P.D. (Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre), la Secretaria de Estado de Función Pública, Lidia Sánchez Milán.
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