Está Vd. en

Documento BOE-A-2023-20810

Resolución de 27 de septiembre de 2023, del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria, por la que se convoca concurso de traslado entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 9 de octubre de 2023, páginas 134394 a 134423 (30 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2023-20810

TEXTO ORIGINAL

Dado que existen puestos de trabajo vacantes de los cuerpos y escalas de gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y auxilio judicial de la Administración de justicia en Cataluña, dotados presupuestariamente, es procedente convocar concurso de traslados de conformidad con lo que establece el título VIII de la Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, por la que se modifica la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, y el artículo 43 y siguientes y la disposición derogatoria única del Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal al servicio de la Administración de justicia, aprobado por el Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

Por todo ello, resuelvo:

Convocar concurso para la provisión de los puestos de trabajo que se detallan en el anexo 1 de acuerdo con las siguientes

Bases

1. Puestos que se pueden solicitar

1.1 Los funcionarios participantes podrán solicitar cualquiera de las plazas incluidas en el anexo 1 siempre que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos generales determinados en esta convocatoria en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y los mantengan todos hasta la resolución definitiva del concurso, sin ninguna limitación por razón de la localidad de destino.

1.2 Dichas vacantes se identificarán por el número de orden del órgano judicial. Con la sola solicitud del número de orden de un órgano judicial se entienden pedidas todas las vacantes anunciadas para ese número de orden del cuerpo existentes en dicho órgano, así como todas sus posibles resultas, en aquellos casos en los que se anuncien.

1.3 También podrán solicitar las plazas que queden vacantes como consecuencia de la resolución del presente concurso, que se incorporarán en concepto de resultas a las vacantes ofertadas, salvo que estén ocupadas por funcionarios titulares adscritos provisionalmente, o que se pretendan amortizar ante proyecto de modificación de la plantilla orgánica, redistribución o reordenación de efectivos, o cuando la dotación asignada a un órgano judicial se encuentre sobredotada por uno o más funcionarios titulares, en cuyo caso no se generará ninguna resulta correspondiente al cuerpo de que se trate. Tampoco producirá resultas el funcionario que esté ocupando una plaza como adscrito provisional, participe en este concurso y obtenga una plaza con carácter definitivo. Se pueden solicitar intercaladas vacantes y resultas.

Las plazas que se anuncien únicamente como posibles resultas tienen que identificarse igualmente por el número de orden del órgano judicial. Con la sola solicitud de un número de orden de un órgano judicial se entienden pedidas todas las posibles resultas que pudieran producirse para ese número de orden del cuerpo correspondiente.

No tienen la consideración de resultas aquellas plazas que dejen desiertas los participantes en otros concursos simultáneos a este.

A fin de que los posibles solicitantes puedan ejercer el derecho que se les reconoce de solicitar las resultas producidas por la resolución del concurso, desde la fecha de publicación de esta resolución y durante el periodo de presentación de solicitudes, se expondrá en el sitio web del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria http://justicia.gencat.cat/ca/serveis/treballar/concursos/ la relación de órganos judiciales, fiscalías y servicios de la Administración de justicia de la misma naturaleza que los convocados que se pueden solicitar con indicación del número de orden de los órganos en cuestión.

Los funcionarios participantes deberán asegurarse de que los números de orden de convocatoria que especifiquen en su instancia corresponden a los publicados para este concurso, tanto en el anexo 1 como en las resultas, a fin de evitar que se indiquen otros códigos correspondientes a otros concursos.

1.4 Las siglas VSM que aparecen en determinadas plazas significan que dichos órganos judiciales compatibilizarán sus funciones correspondientes al orden civil y penal con la materia relativa a la violencia sobre la mujer, según el Acuerdo de 22 de junio de 2005 del Pleno del Consejo General del Poder Judicial (BOE de 28 de junio de 2005).

1.5 En este concurso general anual y a resultas, el número máximo de órganos judiciales que se podrá solicitar entre plazas vacantes y resultas no podrá superar los 200 números de orden, entendiendo que cada número de orden comprende todas las vacantes anunciadas y posibles resultas, en su caso, del órgano judicial de que se trate. Se establece este límite de acuerdo con la facultad que permite el artículo 42 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, con objeto de agilizar el concurso dada la participación masiva de funcionarios y de tratarse de un concurso general que afecta a los tres cuerpos o escalas, y en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo marco suscrito entre el Ministerio de Justicia y las comunidades autónomas que han recibido el traspaso de competencias de medios personales y materiales.

1.6 No se admitirá ninguna modificación a la solicitud de destino formulada una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias. Tampoco se admitirá, una vez resuelto el concurso definitivamente, la renuncia al destino obtenido por ningún motivo alegado, ni tampoco por el hecho de haberse equivocado el concursante a la hora de rellenar los números de orden de la instancia. Por lo tanto, los funcionarios que participen en el concurso deberán asegurarse que todos los números de orden de convocatoria que solicitan se corresponden exactamente con las denominaciones de los órganos judiciales ofertados.

1.7 Podrá admitirse la renuncia a la participación en el concurso, teniendo como plazo hasta el último día de presentación de alegaciones a la resolución provisional, en aquellos casos debidamente justificados.

1.8 Excepcionalmente, podrá eliminarse alguna de las plazas anunciadas como vacantes o resultas, en el caso de que se produjera de forma sobrevenida alguna circunstancia que obligara a ello.

2. Requisitos y condiciones de participación

2.1 Podrán tomar parte en el presente concurso y solicitar las vacantes de órganos judiciales de los cuerpos o escalas de gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y auxilio judicial de la Administración de justicia los funcionarios pertenecientes a dichos cuerpos o escalas, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los que, habiendo obtenido destino en anteriores concursos, no hayan tomado posesión del destino que les fue adjudicado; los declarados suspensos en firme, mientras dure la suspensión, y los sancionados con traslado forzoso, hasta que transcurra uno o tres años, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente. En este caso, los plazos se computarán de conformidad con lo previsto en el artículo 43.2.c) del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

Los funcionarios en situación de servicio activo deberán mantener esta situación hasta la resolución definitiva del concurso, y aquellos que se encuentren en las situaciones de servicios especiales o excedencia voluntaria por cuidado de familiares, en el supuesto de reingresar al puesto de trabajo reservado, no serán excluidos de la participación en el concurso. Tampoco serán excluidos los funcionarios en activo que pasen a la situación de servicios especiales o excedencia voluntaria por cuidado de familiares.

En caso de que los funcionarios que se encuentren en las situaciones de servicio activo, servicios especiales o excedencia voluntaria por cuidado de familiares pasaran, durante el proceso de resolución del concurso, a las situaciones de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar o suspensión definitiva, serán excluidos de la participación en el concurso.

Si un funcionario en situación de excedencia voluntaria por estar prestando servicios como letrado sustituto participa en el concurso solicitando el reingreso, y a lo largo del proceso del concurso se le adscribe provisionalmente al cuerpo de gestión procesal y administrativa, no se considerará que modifica su situación administrativa a los efectos previstos en el punto 1 de la base primera. Tampoco será excluido por motivo de cambio de su situación administrativa el funcionario adscrito provisionalmente en el cuerpo de gestión procesal y administrativa, procedente de la situación de excedencia voluntaria por prestar servicios como letrado sustituto si, una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, vuelve a ser nombrado letrado sustituto.

2.2 Los funcionarios de los cuerpos o escalas de gestión, tramitación y auxilio solo podrán participar, para el mismo cuerpo o escala en el que están en activo, si en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias ha transcurrido un período de dos años desde que se dictó la resolución por la que se convocó el concurso de traslados en el que el funcionario obtuvo su último destino definitivo en el cuerpo o escala desde el que participa, o la resolución en la que se le adjudicó destino definitivo, si se trata de funcionarios de nuevo ingreso. Para el cómputo de los años se considerará como primer año el año natural en que se dictaron las resoluciones de que se trate, con independencia de su fecha, y como segundo año, el año natural siguiente (artículo 46.1 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre).

2.3 Los funcionarios reingresados al servicio activo mediante adscripción provisional [artículo 68.c) del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre], obligados a participar en los concursos de acuerdo con la normativa vigente, estarán excluidos de la limitación temporal prevista en el apartado 2 de esta base. Estarán obligados a solicitar todas las plazas vacantes y posibles resultas anunciadas correspondientes a su cuerpo o escala de la provincia donde se encuentre adscrito. De no participar en el primer concurso convocado con posterioridad a la adscripción provisional, pasarán a la situación de excedencia voluntaria por interés particular. En el supuesto de que, existiendo plazas en la provincia de adscripción, no se soliciten todos los puestos de trabajo o se solicitaren puestos de trabajo de otra provincia, y no obtenga destino, se le adjudicará por parte de la Comunidad Autónoma de Cataluña, con carácter definitivo, una plaza en el ámbito de la provincia en la que esté adscrito de manera provisional y, en su defecto, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cataluña.

En el caso de no obtener destino definitivo y que se hubiera cubierto el puesto de trabajo que ocupaba provisionalmente, se le adscribirá de nuevo de forma provisional a un puesto de trabajo vacante de cualquier oficina judicial o centro de destino ubicado en la provincia o en el área territorial en la que se hubieran agrupado las vacantes a efecto de concurso. Si no obtuviera destino definitivo en el siguiente concurso, se le adjudicará de forma definitiva cualquiera de los puestos de trabajo que resulten vacantes en dicho concurso en cualquier ámbito territorial (artículo 69 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre). Deberá aportar, junto con su instancia, el documento F1R por el que se le adscribió provisionalmente a la plaza en la que se encuentre desempeñando actualmente sus funciones.

2.4 Los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia voluntaria establecida en el artículo 506.d) de la Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que modifica la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial (excedencia por prestación de servicios en el sector público), no tendrán ninguna restricción temporal para reingresar en el cuerpo en el que figuren en dicha situación.

Los funcionarios que se encuentren en las situaciones de excedencia voluntaria establecidas en el artículo 506, letras e) y f) de la Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que modifica la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial (excedencia por interés particular y por agrupación familiar), solo podrán participar en el concurso si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido dos años como mínimo desde que fueron declarados en tal situación.

2.5 Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado de familiares al amparo de lo dispuesto en el artículo 509 de la Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que modifica la Ley orgánica 6/1985, d’1 de julio, del poder judicial, solo podrán concursar si han transcurrido los dos años establecidos en el artículo 46.1 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

2.6 Los suspensos definitivos que se encuentren adscritos con carácter provisional (artículo 68.e) del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre), deberán participar en este concurso con objeto de obtener un puesto de trabajo definitivo. De no participar en este concurso o no obtener el puesto de trabajo solicitado, se les destinará, en su caso, con carácter definitivo a cualquiera de los no adjudicados a los otros concursantes dentro del ámbito territorial correspondiente donde se encuentren adscritos.

2.7 Los funcionarios del cuerpo de gestión que se encuentren adscritos provisionalmente por haber cesado como letrados sustitutos gozarán de derecho preferente para ocupar, la primera vez que se anuncien a concurso, puestos de trabajo genéricos en la localidad donde se encuentren adscritos, según lo establecido en el artículo 70.3 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, no perdiendo la preferencia aunque, una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, vuelvan a ser nombrados letrados sustitutos. Si no pudieran llegar a ocupar tales puestos de trabajo por concurrir a ellos con otros funcionarios también con derecho preferente a quienes les fueren adjudicados, continuarán en situación de adscripción provisional hasta que se les pueda adjudicar un puesto de trabajo definitivo en virtud de su participación en los sucesivos concursos y solicitar en ellos todas las plazas vacantes en la localidad de adscripción.

En caso de no solicitar la preferencia señalada, no participar en dicho concurso o no solicitar todas las plazas vacantes del anexo 1 de la localidad en la que se encuentren adscritos, aun cuando no haya sido anunciada la plaza en la que se encuentren adscritos provisionalmente, derivándose de ello la no obtención de puesto de trabajo, la Comunidad Autónoma de Cataluña los destinará con carácter definitivo a cualquiera de los puestos no adjudicados.

Si dicha adscripción provisional se ha efectuado dentro del plazo de presentación de instancias, no tienen la obligación de concursar.

2.8 El funcionario que hubiere renunciado a un puesto de trabajo obtenido por concurso específico (artículo 68.a) del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre), habiéndosele atribuido el desempeño provisional de un puesto de trabajo, gozará de derecho preferente para ocupar, la primera vez que se anuncie a concurso, un puesto de trabajo genérico en la misma localidad donde servía cuando se produjo su cese. Deberá solicitar todos los puestos de trabajo que se convoquen en dicha localidad, según lo establecido en el artículo 54 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre. De no participar en dicho concurso, se le adjudicará con carácter definitivo cualquiera de los puestos no adjudicados.

El funcionario que hubiere renunciado o que hubiera sido cesado de un puesto de trabajo obtenido por libre designación (artículos 62 y 68.a del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre), habiéndosele atribuido el desempeño provisional de un puesto de trabajo, gozará de derecho preferente para ocupar, la primera vez que se anuncie a concurso, un puesto de trabajo genérico en la misma localidad donde servía cuando se produjo el cese. Deberá solicitar todos los puestos de trabajo que se convoquen en dicha localidad. De no participar en el presente concurso o no obtener ninguno de los destinos solicitados, se le adjudicará con carácter definitivo cualquiera de los puestos no adjudicados.

2.9 Regulación del derecho de preferencia a la localidad indicados en los puntos 2.7 y 2.8: la preferencia extiende sus efectos a todos los números de orden vacantes de una localidad determinada, pero ello no implica que se deba adjudicar el primer número de orden de preferencia que solicite en su instancia el interesado, sino que la norma establece que el concursante con este derecho obtenga destino en cualquier número de orden anunciado como vacante en una localidad determinada, con las especificaciones que se indicarán en los puntos siguientes, por lo que para ejercer este derecho habrán de solicitar obligatoriamente todos los números de orden de convocatoria vacantes del anexo 1 que se oferten en la localidad para la que se ejerce la preferencia y agrupar estas peticiones en los primeros números de orden de preferencia de la solicitud, ordenando el resto de los números de orden de convocatoria pedidos sin preferencia a continuación, entre los que también se podrán solicitar voluntariamente el resto de números de orden de convocatoria a resultas de la localidad para la que se ejerce la preferencia. Igualmente, deberán solicitarlo en su instancia, especificando la localidad del destino en donde se encuentren adscritos en el apartado P-1, aportando el documento acreditativo de dicha preferencia (adscripción provisional) según establece la base 4.8.

2.10 Si no obtuviere destino con su puntuación en alguno de los números de orden de convocatoria solicitados en la localidad para la que se ha ejercido la preferencia y no existieran otros funcionarios también con preferencia para la misma localidad y con mayor puntuación, se le adjudicará aquel número de orden de dicha localidad del anexo 1 que hubiere obtenido el/la concursante con menor puntuación, dirimiéndose en caso de empate entre varios concursantes por el número de escalafón, perdiendo este el derecho a obtener destino en ese número de orden, pero pudiendo optar a los siguientes de su solicitud de participación.

2.11 No se tendrá en cuenta la preferencia si no cumple los siguientes requisitos: solicitar todos los números de orden de convocatoria vacantes del anexo 1 de la localidad de que se trate en los primeros puestos de preferencia de la solicitud; hacer constar expresamente en el apartado P-1 del modelo de instancia la localidad para la que desea acogerse a la preferencia, y aportar el documento aludido en el punto 2.9.

2.12 El funcionario rehabilitado adscrito provisionalmente al que se refieren el artículo 68.f) y el apartado 2 del artículo 72 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, deberá participar en el primer concurso de traslados que se convoque, con objeto de obtener un puesto de trabajo. De no participar en este concurso o no obtener el puesto de trabajo solicitado, se le destinará, en su caso, con carácter definitivo, a cualquiera de los no adjudicados a los otros concursantes en cualquier ámbito territorial.

2.13 El funcionario cuyo puesto de trabajo le haya sido adjudicado de forma forzosa, por motivo de reordenación de efectivos prevista en el artículo 52 del Reglamento orgánico de los cuerpos de oficiales, auxiliares y agentes de la Administración de justicia, aprobado por el Real decreto 249/1996, de 16 de febrero, podrá participar en los concursos de traslados, aun cuando no hubiere transcurrido el plazo legalmente establecido. A su vez, tendrá derecho preferente, por una sola vez, para obtener otro puesto del propio centro de trabajo (artículo 51 del Real decreto 249/1996, de 16 de febrero) con ocasión de concurso ordinario en que se ofrezca y tomando parte en el mismo.

Para poder ejercer dicho derecho deberá ajustarse a las siguientes especificaciones:

Solicitar en los primeros lugares de orden de preferencia de la solicitud aquellos puestos de trabajo pertenecientes al centro de trabajo para el que desea acogerse a la citada preferencia.

Indicar en el modelo de instancia V-3, en el apartado P-2, el centro de trabajo y localidad para la que desea acogerse a la preferencia.

Aportar el documento acreditativo de su nombramiento con carácter forzoso para el centro de trabajo y localidad indicados en el apartado P-2.

En caso de que no se siguieran las instrucciones especificadas en los tres párrafos anteriores perderá, para el presente concurso, el derecho preferente que le reconoce el citado artículo 52.c).

2.14 El funcionario que esté desempeñando un puesto singularizado por concurso específico o por libre designación podrán participar en el presente concurso siempre que hayan desempeñado el citado puesto al menos durante un año, contado desde la fecha de su toma de posesión (artículo 54 o 62 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre).

2.15 Al resultar irrenunciables los destinos obtenidos a instancia del funcionario, en caso de obtener destino el reingresado al servicio mediante concurso de traslado, quedará automáticamente en excedencia en el cuerpo en el que se encontraba en activo. No obstante, aquellos funcionarios que hubiesen obtenido un puesto de trabajo por concurso específico podrán renunciar a este, si antes de la finalización del plazo de toma de posesión hubieren obtenido un destino definitivo en el presente concurso; en este caso, el interesado quedará obligado a comunicarlo al órgano competente. De incumplir este deber de comunicación, el funcionario deberá tomar posesión en el primero de los destinos adjudicados, según lo que establece el artículo 53 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

Si el concurso específico se resuelve con anterioridad a la resolución definitiva del concurso ordinario, previéndose también el transcurso del plazo posesorio de aquel, el funcionario afectado deberá tomar posesión del destino obtenido en el concurso específico, no teniendo ya opción para el concurso ordinario. Si el concurso específico se resuelve con posterioridad al concurso ordinario, habiendo transcurrido el plazo posesorio de este, perderá la opción para el concurso específico.

3. Baremos

La valoración de méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo se hará de acuerdo con el baremo establecido para valorar la antigüedad (artículo 48.1.a del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre) y el conocimiento de la lengua oficial propia de las comunidades autónomas, según lo establecido en el apartado b) del mismo artículo.

3.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos en el cuerpo o escala se otorgarán 2 puntos por cada año completo de servicios, computándose proporcionalmente los períodos inferiores (0,00555556 por día). A estos efectos, los meses se considerarán de treinta días y hasta un máximo de 60 puntos.

3.2 Conocimiento oral y escrito del catalán: De conformidad con el Decreto 3/2014, de 7 de enero, por el que se modifica el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán (DOGC núm. 6536, de 9 de enero de 2014) y el Decreto 180/2014, de 30 de diciembre, sobre el certificado de conocimientos de lenguaje jurídico (nivel J) (DOGC núm. 6780, de 31 de diciembre de 2014), el conocimiento oral y escrito del catalán y el conocimiento del lenguaje jurídico (nivel J) debidamente acreditados por medio de certificación de la Dirección General de Política Lingüística, y por el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada o equivalente, supone el reconocimiento solo a estos efectos de hasta 12 puntos según el nivel de conocimientos acreditados en los términos siguientes:

1. Certificado de nivel B2 (hasta enero de 2014, nivel B) o títulos homologados: 4 puntos.

2. Certificado de nivel C1 (hasta enero de 2014, nivel C) o títulos homologados: 8 puntos.

3. Certificado de nivel C2 (hasta a enero de 2014, nivel D) o títulos homologados; o certificado de lenguaje jurídico nivel J: 12 puntos.

La aportación de documentos acreditativos del conocimiento de idioma se realizará en los casos previstos en el punto 3.6 del manual del asistente de inscripción.

Los méritos se valorarán en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Estos certificados no serán acumulativos; por lo tanto, en caso de que el concursante posea títulos de varios niveles, solo se valorará el superior.

4. Modelos y plazos de presentación de solicitudes

4.1 El modelo de solicitud de inscripción es el anexo 2 que aparece publicado en esta resolución, el cual no tiene validez para su presentación salvo como dato informativo de los apartados que contiene, ya que se confeccionará y presentará exclusivamente por los medios indicados en el punto 4.8.

4.2 Anexo 2. Recuadro V-1: los funcionarios destinados definitivamente en puestos de trabajo de los cuerpos y escalas de gestión, tramitación y auxilio, así como los que se encuentren en situación de servicios especiales y excedentes por cuidado de familiares, que tengan reservado su puesto de trabajo en Cataluña, rellenarán su solicitud señalando el recuadro V-1 del anexo 2, cumplimentando todos los apartados que se le exijan, y la presentarán en el plazo comprendido entre el 10 y el 24 de octubre de 2023, ambos inclusive, según el mecanismo indicado en el punto 4.8.

4.3 Anexo 2. Recuadro V-2: los funcionarios destinados en puestos de trabajo de otros cuerpos y escalas de la Administración de justicia o de otras administraciones que se encuentren en excedencia según el artículo 506.d de la Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que modifica la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, en los cuerpos y escalas de gestión, tramitación o auxilio, que deseen solicitar plazas ofertadas en el presente concurso, rellenarán su solicitud señalando el recuadro V-2 del anexo 2, cumplimentando todos los apartados que se le exijan, y la presentarán en el plazo comprendido entre el 10 y el 24 de octubre de 2023, ambos inclusive, según el mecanismo indicado en el punto 4.8.

4.4 Anexo 2. Recuadro V-3: los funcionarios que se encuentren en cualquiera de la siguientes situaciones: los excedentes voluntarios por agrupación familiar o por interés particular; los adscritos provisionales por haber reingresado desde la situación de suspensión definitiva; los adscritos provisionales por haber reingresado al haber sido rehabilitados; los participantes con adscripción provisional por haber reingresado al servicio activo que no tengan reserva de puesto de trabajo; los adscritos provisionales por cese o renuncia de un puesto obtenido por libre designación o por haber renunciado a un puesto obtenido por concurso específico, los adscritos provisionales por haber reingresado al haber cesado como letrados sustitutos, o los incursos en reordenación de efectivos del artículo 52.c) del Real decreto 249/1996, de 16 de febrero, rellenarán su solicitud señalando el recuadro V-3 del anexo 2, cumplimentando todos los apartados que se les exijan, y la presentarán en el plazo comprendido entre el 10 y el 24 de octubre de 2023, ambos inclusive, según el mecanismo indicado en el punto 4.8.

4.5 Los excedentes voluntarios por interés particular acompañarán su solicitud con la documentación acreditativa de esta situación y una declaración jurada de no haber sido separados de cualquiera de las administraciones públicas, ambos en un mismo documento en formato PDF.

Los excedentes voluntarios por prestación de servicios en el sector público según el artículo 506.d) de la Ley orgánica del poder judicial deberán acompañar su solicitud de participación en el concurso con una declaración jurada de no encontrarse en situación de suspensión firme de funciones.

4.6 La solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada funcionario participante, aunque se soliciten plazas radicadas fuera de Cataluña, que, por lo tanto, constan en las convocatorias que simultáneamente a esta hagan los gobiernos autónomos y se publiquen, asimismo, en los boletines oficiales correspondientes.

Igualmente, y mediante una única instancia, tendrán que optar por participar desde el cuerpo en el cual el funcionario se encuentre en activo, o reingresar al servicio activo en otro cuerpo en el cual formen parte como excedentes. En caso de presentar dos instancias solicitando destinos a dos cuerpos y escalas diferentes, serán anuladas las dos solicitudes y, por lo tanto, el funcionario quedará excluida de la participación en el concurso.

4.7 Si alguien desea rectificar una instancia presentada, podrá rellenar y presentar una nueva solicitud, para el mismo cuerpo o escala en el que participaba, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias, la cual anulará automáticamente la presentada anteriormente.

Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, podrá renunciar a la participación del concurso antes de la finalización del plazo de alegaciones a la resolución provisional, según se establece en la base 1.7 de esta resolución.

4.8 Mecanismo de confección y presentación de las solicitudes:

a) Confección de las solicitudes: todas las solicitudes de los modelos V1, V2 y V3 se confeccionarán telemáticamente a través del asistente de inscripción.

Todos los funcionarios que participen en el presente concurso de traslados entre funcionarios de los cuerpos de gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y auxilio judicial deberán rellenar la solicitud telemáticamente a través de la página web del Ministerio de Justicia en la dirección www.mjusticia.gob.es/es/ciudadanía/empleo-publico/concursos-traslados/Concurso de traslados ordinario gestión, tramitación y auxilio 2023.

Una vez en dicha página, pulsarán en el enlace que aparece en la misma con el nombre «GTA Concurso de traslados», entrarán en el asistente de inscripción y el sistema les guiará en la confección de la solicitud siguiendo las instrucciones que se les irá indicando. Deberán consultar el manual del asistente web publicado en dicha página, y si tienen alguna duda pueden llamar al teléfono de atención al usuario 91.390.46.05.

Con ello se conseguirá el objetivo de evitar errores en la tramitación de los códigos, ya que los datos grabados por la persona concursante quedarán automáticamente almacenados en el sistema informático.

Los concursantes, antes de entrar en el asistente de inscripción, deberán identificarse electrónicamente por alguno de los sistemas que ofrece la plataforma Cl@ve: DNI electrónico, Certificado digital, Cl@ve Pin 24 h, Cl@ve permanente.

b) Presentación de las solicitudes: el presente sistema de presentación se basa en los artículos 10.1, 10.2.c) y 36.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Todos los concursantes con modelo de instancia V1, V2 o V3 grabarán y presentarán las solicitudes de acuerdo con las instrucciones descritas en el manual del asistente de inscripción.

Básicamente, deberán tener en cuenta lo siguiente:

a) No se presentará ninguna instancia de participación en el concurso en formato papel.

b) El uso del asistente de inscripción ya no es solo para confeccionar la instancia, sino que es un proceso de inscripción completo, es decir, que una vez grabada y confirmada la instancia en dicho asistente, dentro del plazo establecido, ya estará presentada en el departamento correspondiente del Ministerio de Justicia.

c) Si alguna persona solicitante quisiera modificar una instancia ya confirmada, dentro del plazo de presentación de solicitudes podrá volver a generar y confirmar una nueva instancia a través del asistente de inscripción.

d) Dentro del período de inscripción, se pueden generar y confirmar tantas instancias como se desee, teniendo en cuenta que solo tendrá validez en el concurso la última instancia presentada, es decir, que una vez grabada y confirmada la primera instancia, cada nueva acción realizada (nueva instancia grabada y confirmada, o renuncia a la participación en el concurso), anulará la acción realizada anteriormente, por lo que quedará activa únicamente la última.

e) Se pueden presentar, junto con la instancia, los documentos necesarios en los casos en los que se requiera.

f) Serán rechazadas aquellas solicitudes que no se hayan confeccionado telemáticamente con el asistente de inscripción.

c) Renuncias: Durante el plazo de presentación de instancias, los participantes podrán presentar cuantas instancias crean oportunas, así como renunciar a la participación en el concurso, manteniéndose activa únicamente, como ya se ha indicado en el punto anterior, la última acción realizada.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, podrán renunciar a la participación en el concurso, según lo establecido en la base 1.7 de la presente convocatoria, pero no se podrá realizar a través del asistente de inscripción, pues ya estará cerrado a modificaciones, por lo que deberán enviar firmado y escaneado el anexo 4 (modelo de alegaciones), junto con la documentación justificativa de dicha renuncia a través del correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es, indicando en el apartado Asunto «Renuncia», en un único fichero, el cual tendrá la denominación del nombre, apellidos, NIF y modelo de instancia de la persona interesada.

5. Peticiones condicionadas

En caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian para un mismo municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios del mismo o distinto cuerpo o escala, podrán condicionar su petición al hecho de que ambos obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial o provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones condicionadas efectuadas por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada deberán concretarlo en su instancia en el apartado C, especificando el nombre y apellidos y NIF de la persona con quien condiciona. Si alguno de los concursantes no lo indicase en el apartado C, quedarán anuladas ambas instancias.

Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia, se entiende que se acogen a la petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de ingreso y provisión de puestos de trabajo en todos los números de orden solicitados.

6. Tramitación

El Ministerio de Justicia efectuará el baremo en función a las bases de datos de antigüedad e idioma que constan en sus dependencias y a los datos que figuran en las solicitudes. Se podrá solicitar información complementaria a la Secretaría para la Administración de Justicia del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria de la Generalitat de Catalunya si fuese necesario.

7. Adjudicaciones

7.1 El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la base tercera de esta convocatoria.

7.2 En caso de empate en la puntuación total, incluido el idioma, se acudirá para dirimirlo a la mayor antigüedad en el cuerpo de que se trate y, de persistir el empate, al número de orden obtenido en el proceso selectivo de acceso a dicho cuerpo.

8. Resolución provisional

8.1 La presente convocatoria se resolverá por resolución provisional de la consejera de Justicia, Derechos y Memoria de forma coordinada con el Ministerio de Justicia y los órganos competentes de las comunidades autónomas con competencias transferidas, de manera que se publiquen simultáneamente en el BOE y en las páginas web del Ministerio de Justicia y en la página web del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria.

8.2 La resolución provisional pondrá a disposición de las persones interesadas en la página web del Ministerio de Justicia www.mjusticia.gob.es y en el sitio web del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria http://justicia.gencat.cat/ca/serveis/treballar/concursos/ los anexos 3 de todos los participantes, la relación de excluidos con las causas de exclusión y la relación en orden alfabético de las adjudicaciones.

8.3 El anexo 3 es la solicitud del concursante, con expresión de sus datos personales, de su situación administrativa, y el número de orden y denominación de los destinos grabados en el asistente de inscripción con la preferencia deseada por el interesado. Igualmente constará la información relativa al baremo de los méritos, el destino provisional adjudicado, en su caso, y los números de orden rechazados y su causa.

Este anexo 3 será visible únicamente para cada persona interesada, pero no para el resto de concursantes, en virtud del derecho fundamental de las personas físicas a la protección de datos personales, amparado por el artículo 18.4 de la Constitución española, y desarrollado por la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, en la que se señala obligación de guardar el deber de confidencialidad en el tratamiento de los datos personales de las personas físicas.

8.4 Contra la resolución provisional, el anexo 3 y la relación de excluidos, se podrán formular alegaciones desde la fecha que se indique y durante el plazo que igualmente se establezca, y por este motivo tendrán que aportar en este plazo el anexo 4 exponiendo los motivos, firmado y escaneado, y la prueba documental oportuna, todo ello de acuerdo con lo que dispone el artículo 73 de la Ley de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, mediante el correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es, indicando en el apartado Asunto los apellidos, el nombre y el NIF. Tanto el anexo 4 como la documentación se enviarán en un único fichero con el título de sus apellidos, nombre, NIF y modelo de instancia.

En el caso de que no se reclame en el plazo establecido, se entenderá que muestra su conformidad y aceptación de los datos contenidos, de su baremación y el destino provisionalmente adjudicado.

Las alegaciones serán comprobadas, se resolverá lo que proceda en derecho y el resultado será reflejado en la resolución definitiva del concurso; por lo tanto, no será notificado personalmente a los interesados.

Por tratarse de un concurso a resultas, los destinos provisionalmente adjudicados pueden sufrir modificaciones en la resolución definitiva como consecuencia de las correcciones que hubieran podido producirse en la gestión de las instancias. En cualquier caso, los destinos asignados provisionalmente no suponen expectativa de derecho respecto a la resolución definitiva del concurso.

9. Resolución definitiva y plazo posesorio

9.1 Una vez resueltas las alegaciones, el presente concurso se resolverá en el ámbito territorial de Cataluña mediante una resolución de la consejera de Justicia, Derechos y Memoria y de manera coordinada con el Ministerio de Justicia y los órganos competentes de las comunidades autónomas con competencias transferidas.

9.2 Las resoluciones del concurso podrán separarse por cuerpos, a fin de que los ceses de los funcionarios concursantes puedan ser escalonados en el tiempo, si la Administración considera que su acumulación en una misma fecha pudiera ser perjudicial para el servicio público.

9.3 Si no se consiguiera la simultaneidad de la publicación de la resolución en este diario oficial, los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación en el BOE.

9.4 El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de localidad del funcionario; ocho días hábiles si implica cambio de localidad dentro de Cataluña y veinte días hábiles si implica cambio de comunidad autónoma, con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, ciudad de Ceuta y ciudad de Melilla, en que será de un mes tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino.

Dicho plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día hábil siguiente al cese, que deberá efectuarse en las fechas que se indiquen en la resolución definitiva del concurso.

9.5 El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones, los permisos o las licencias que se encuentren disfrutando los funcionarios, salvo que, por circunstancias excepcionales debidamente motivadas, se suspenda o revoque el disfrute de los mismos.

10. Carácter de los destinos adjudicados

10.1 Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

10.2 Los destinos adjudicados en la resolución definitiva serán irrenunciables.

11. Limitación para concursar

Los que obtengan destino definitivo en el presente concurso no podrán participar en otro concurso de traslados para el mismo cuerpo o escala hasta que no transcurran los plazos establecidos en el artículo 529.3 de la Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que modifica la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, y en el artículo 46.1 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

12. Información sobre los recursos a interponer

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano administrativo que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo que establecen los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien pueden interponer un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su publicación, ante un juzgado de lo contencioso-administrativo de Barcelona, o ante el juzgado en cuya circunscripción tenga el domicilio la persona recurrente, a su elección, de conformidad con lo que disponen los artículos 14.1.2.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 27 de septiembre de 2023.–La Consejera de de Justicia, Derechos y Memoria, P. D. (Resolución JUS/1041/2021, de 30 de marzo de 2021), la Secretaria para la Administración de Justicia, Iolanda Maria Aguilar i Juncosa.

ANEXO 1

ATP: Cuerpo; V: Vacantes; R: Resultas; VSM: Violencia sobre la mujer; GU: guardias; I: idioma.

Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa

Núm. de orden Denominación ATP Localidad Provincia V R I
9756 Juzgado de Paz. Gestión PA Secretaria. Alella. Barcelona. 1   S
5835 Juzgado de lo Penal núm. 1. Gestión PA. Arenys de Mar. Barcelona. 1 X S
2495 Juzgado de Instrucción núm. 3. Gestión PA. Badalona. Barcelona. 1 X S
12557 Fiscalía (Sección Territorial). Gestión PA. Badalona. Barcelona. 1 X S
129 Tribunal Superior de Justicia (Sala Civil y Penal). Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
132 Tribunal Superior de Justicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo). Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
135 Tribunal Superior de Justicia (Sala de lo Social). Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
417 Audiencia Provincial Sección núm. 4 Civil. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
399 Audiencia Provincial Sección núm. 8 Penal. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 2 X S
12759 Audiencia Provincial Sección núm. 22 Penal (VSM). Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
1242 Juzgado de Primera Instancia núm. 2. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
1284 Juzgado de Primera Instancia núm. 16 (familia). Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
1308 Juzgado de Primera Instancia núm. 24. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
1314 Juzgado de Primera Instancia núm. 26. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
1335 Juzgado de Primera Instancia núm. 33. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
1389 Juzgado de Primera Instancia núm. 51 (familia). Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
15547 Juzgado de Primera Instancia núm. 61. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 4   S
2393 Juzgado de Instrucción núm. 2. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
2396 Juzgado de Instrucción núm. 3. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
2411 Juzgado de Instrucción núm. 8. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
2417 Juzgado de Instrucción núm. 10. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
2426 Juzgado de Instrucción núm. 13. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
2450 Juzgado de Instrucción núm. 21. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 2 X S
2468 Juzgado de Instrucción núm. 27. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
2471 Juzgado de Instrucción núm. 28. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
2474 Juzgado de Instrucción núm. 29. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
6470 Juzgado de lo Social núm. 1. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
6473 Juzgado de lo Social núm. 2. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
6512 Juzgado de lo Social núm. 15. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
6533 Juzgado de lo Social núm. 22. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
5311 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 9. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
11800 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 16. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
11803 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 17. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
9639 Juzgado de lo Mercantil núm. 4. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
13353 Juzgado de lo Mercantil núm. 10. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
11217 Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. 3. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
5758 Juzgado de lo Penal núm. 1. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1   S
5767 Juzgado de lo Penal núm. 4. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1   S
15550 Juzgado de lo Penal núm. 29. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1   S
7158 Juzgado de Vigilancia Penitenciaria núm. 1. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
7164 Juzgado de Vigilancia Penitenciaria núm. 4. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
7253 Juzgado de Menores núm. 1. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1   S
7259 Juzgado de Menores núm. 3. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1   S
948 Registro Civil núm. 1. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 2 X S
11938 Fiscalía Provincial. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 3 X S
5833 Oficina de Registro y Reparto (juzgados de lo penal). Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1   S
990 Servicio Común de Notificaciones y Embargos. Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 4 X S
6569 Servicio Común de Notificaciones y Embargos (juzgados de lo social). Gestión PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
7487 Juzgado de Paz. Gestión PA. Calella. Barcelona. 1   S
7497 Juzgado de Paz. Gestión PA Secretaria. Cardedeu. Barcelona. 1   S
7503 Juzgado de Paz. Gestión PA Secretaria. Castelldefels. Barcelona. 1   S
14011 Unidades Procesales de Apoyo Directo. Gestión PA (GU). Cornellà de Llobregat. Barcelona. 2 X S
3375 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 (Registro Civil). Gestión PA. Gavà. Barcelona. 1 X S
3390 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 6. Gestión PA. Gavà. Barcelona. 1 X S
15514 Juzgado de Primera Instancia núm. 10. Gestión PA. Granollers. Barcelona. 3   S
9944 Juzgado de Instrucción núm. 3. Gestión PA. Granollers. Barcelona. 1 X S
15388 Servicio Común Procesal General. Gestión PA (GU). Igualada. Barcelona. 1   S
7518 Juzgado de Paz. Gestión PA Secretaria. Malgrat de Mar. Barcelona. 1   S
7526 Juzgado de Paz. Gestión PA Secretaria. El Masnou. Barcelona. 1   S
9959 Juzgado de Primera Instancia núm. 4 (familia/Registro Civil). Gestión PA. Mataró. Barcelona. 1 X S
11821 Juzgado de Primera Instancia núm. 7 (familia). Gestión PA. Mataró. Barcelona. 1 X S
9811 Juzgado de Paz (agrupación de secretarías). Gestión PA Secretaria. Navarcles. Barcelona. 1   S
7544 Juzgado de Paz. Gestión PA. Olesa de Montserrat. Barcelona. 1   S
9813 Juzgado de Paz. Gestión PA Secretaria. Palafolls. Barcelona. 1   S
7549 Juzgado de Paz. Gestión PA. Parets del Vallès. Barcelona. 1   S
7552 Juzgado de Paz. Gestión PA. Pineda de Mar. Barcelona. 1   S
14048 Servicio Común Procesal General. Gestión PA (GU). El Prat de Llobregat. Barcelona. 1   S
3425 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 (Registro Civil). Gestión PA. Rubí. Barcelona. 1 X S
10979 Juzgado de lo Social núm. 3. Gestión PA. Sabadell. Barcelona. 1 X S
7568 Juzgado de Paz. Gestión PA Secretaria. Sallent. Barcelona. 1   S
14094 Unidades Procesales de Apoyo Directo. Gestión PA (GU). Sant Boi de Llobregat. Barcelona. 2 X S
7581 Juzgado de Paz. Gestión PA. Sant Cugat del Vallès. Barcelona. 1   S
3463 Oficina Decanato. Gestión PA. Sant Feliu de Llobregat. Barcelona. 1   S
3448 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 3. Gestión PA. Sant Feliu de Llobregat. Barcelona. 1 X S
7592 Juzgado de Paz. Gestión PA Secretaria. Sant Joan Despí. Barcelona. 1   S
8411 Juzgado de Paz (agrupación de secretarías). Gestión PA Secretaria. Sant Martí Sarroca. Barcelona. 1   S
9987 Juzgado de Paz (agrupación de secretarías). Gestión PA Secretaria. Santa Coloma de Cervelló. Barcelona. 1   S
7611 Juzgado de Paz. Gestión PA Secretaria. Santa Margarida de Montbui. Barcelona. 1   S
7617 Juzgado de Paz. Gestión PA. Sitges. Barcelona. 1   S
9261 Juzgado de Primera Instancia núm. 3. Gestión PA. Terrassa. Barcelona. 1 X S
9267 Juzgado de Primera Instancia núm. 5 (Registro Civil). Gestión PA. Terrassa. Barcelona. 1 X S
6593 Juzgado de lo Social núm. 1. Gestión PA. Terrassa. Barcelona. 1 X S
7621 Juzgado de Paz. Gestión PA Secretaria. Tordera. Barcelona. 1   S
3474 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 4 (VSM). Gestión PA. Vic. Barcelona. 1 X S
3494 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 6 (VSM). Gestión PA. Vilanova i la Geltrú. Barcelona. 2 X S
10876 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 7. Gestión PA. Vilanova i la Geltrú. Barcelona. 1 X S
15511 Juzgado de lo Penal núm. 5. Gestión PA. Vilanova i la Geltrú. Barcelona. 2 X S
9983 Juzgado de Paz. Gestión PA Secretaria. Vilassar de Dalt. Barcelona. 1   S
15517 Juzgado de lo Mercantil núm. 2. Gestión PA. Girona. Girona. 3   S
13906 Unidades Procesales de Apoyo Directo. Gestión PA Social. Girona. Girona. 1 X S
7751 Juzgado de Paz (agrupación de secretarías). Gestión PA Secretaria. Lloret de Mar. Girona. 1   S
7759 Juzgado de Paz. Gestión PA Secretaria. Palamós. Girona. 1   S
10081 Juzgado de Paz (agrupación de secretarías). Gestión PA Secretaria. Sant Gregori. Girona. 1   S
10125 Juzgado de Paz (agrupación de secretarías). Gestión PA Secretaria. Bellver de Cerdanya. Lleida. 1   S
9344 Oficina Decanato. Gestión PA. Lleida. Lleida. 1 X S
13405 Juzgado de Primera Instancia núm. 8. Gestión PA. Lleida. Lleida. 1 X S
9297 Juzgado de Instrucción núm. 2. Gestión PA. Lleida. Lleida. 1 X S
6020 Juzgado de lo Penal núm. 1. Gestión PA. Lleida. Lleida. 1 X S
7901 Juzgado de Paz. Gestión PA. Tàrrega. Lleida. 1   S
10373 Juzgado de Paz (agrupación de secretarías). Gestión PA Secretaria. Alcover. Tarragona. 1   S
8250 Juzgado de Paz. Gestión PA Secretaria. Deltebre. Tarragona. 1   S
12573 Fiscalía Sección Territorial. Gestión PA. Reus. Tarragona. 1   S
11056 Audiencia Provincial Sección núm. 4 Penal (VSM). Gestión PA. Tarragona. Tarragona. 1 X S
2103 Juzgado de Primera Instancia núm. 4. Gestión PA. Tarragona. Tarragona. 1 X S
7034 Juzgado de lo Social núm. 1. Gestión PA. Tarragona. Tarragona. 1 X S
15519 Juzgado de lo Social núm. 4. Gestión PA. Tarragona. Tarragona. 2   S
13519 Registro Civil núm. 1. Gestión PA. Tarragona. Tarragona. 1 X S
11956 Fiscalía Provincial. Gestión PA. Tarragona. Tarragona. 2 X S
10394 Juzgado de Paz. Gestión PA. Torredembarra. Tarragona. 1   S
15369 Servicio Común Procesal General. Gestión PA (GU). Tortosa. Tarragona. 1 X S
15374 Servicio Común Procesal de Ejecución. Gestión PA. Tortosa. Tarragona. 1 X S
14055 Unidades Procesales de Apoyo Directo. Gestión PA (GU). El Vendrell. Tarragona. 1 X S

Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa

Núm. de orden Denominación ATP Localidad Provincia V R I
3362 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 5. Tramitación PA. Arenys de Mar. Barcelona. 1 X S
1420 Juzgado de Primera Instancia núm. 4 (Registro Civil). Tramitación PA. Badalona. Barcelona. 1 X S
121 Secretaría de Gobierno. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
436 Secretaría Audiencia Provincial. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
133 Tribunal Superior de Justicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo). Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 5 X S
136 Tribunal Superior de Justicia (Sala de lo Social). Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 3 X S
379 Audiencia Provincial Sección núm.1 Civil. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
409 Audiencia Provincial Sección núm. 11 Civil. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
412 Audiencia Provincial Sección núm. 12 Civil (VSM/familia). Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
394 Audiencia Provincial Sección núm. 6 Penal. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
397 Audiencia Provincial Sección núm. 7 Penal. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
403 Audiencia Provincial Sección núm. 9 Penal. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
11054 Audiencia Provincial Sección núm. 20 Penal (VSM). Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
1276 Juzgado de Primera Instancia núm. 13. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
1336 Juzgado de Primera Instancia núm. 33. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
1348 Juzgado de Primera Instancia núm. 37. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
1354 Juzgado de Primera Instancia núm. 39. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
1366 Juzgado de Primera Instancia núm. 43. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
1381 Juzgado de Primera Instancia núm. 48. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
1399 Juzgado de Primera Instancia núm. 54. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
1405 Juzgado de Primera Instancia núm. 56. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
15548 Juzgado de Primera Instancia núm. 61. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 5   S
2406 Juzgado de Instrucción núm. 6. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
2454 Juzgado de Instrucción núm. 22. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
6534 Juzgado de lo Social núm. 22. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
6546 Juzgado de lo Social núm. 26. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
6561 Juzgado de lo Social núm. 31. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
5321 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 12. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
11798 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 15. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
13354 Juzgado de lo Mercantil núm. 10. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
5768 Juzgado de lo Penal núm. 4. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
5792 Juzgado de lo Penal núm. 12 (ejecutorias). Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
5801 Juzgado de lo Penal núm. 15 (ejecutorias). Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
5819 Juzgado de lo Penal núm. 21 (ejecutorias). Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
5828 Juzgado de lo Penal núm. 24 (ejecutorias). Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
15551 Juzgado de lo Penal núm. 29. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 2   S
7162 Juzgado de Vigilancia Penitenciaria núm. 2. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 2 X S
7260 Juzgado de Menores núm. 3. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
7269 Juzgado de Menores núm. 6. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
949 Registro Civil núm. 1. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 5 X S
11939 Fiscalía Provincial. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 9 X S
13333 Oficina de Tramitación Concursal. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
991 Servicio Común de Notificaciones y Embargos. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
5831 Servicio Común de Notificaciones y Embargos (juzgados de lo penal). Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
6570 Servicio Común de Notificaciones y Embargos (juzgados de lo social). Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 3 X S
127 Tribunal Superior de Justicia Servicio (Común Sala de lo Contencioso-Administrativo). Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
11086 Instituto Medicina Legal y Ciencias Forenses de Catalunya. Tramitación PA. Barcelona. Barcelona. 1 X S
7504 Juzgado de Paz. Tramitación PA. Castelldefels. Barcelona. 1 X S
14698 Unidades Procesales de Apoyo Directo. Tramitación PA (GU). Cerdanyola del Vallès. Barcelona. 1 X S
3370 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 (Registro Civil). Tramitación PA. Esplugues de Llobregat. Barcelona. 1 X S
3394 Oficina Decanato. Tramitación PA. Gavà. Barcelona. 1   S
3376 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 (Registro Civil). Tramitación PA. Gavà. Barcelona. 1 X S
3379 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2. Tramitación PA. Gavà. Barcelona. 1 X S
9501 Oficina Decanato. Tramitación PA. Granollers. Barcelona. 1   S
12873 Juzgado de Primera Instancia núm. 7. Tramitación PA. Granollers. Barcelona. 1 X S
15515 Juzgado de Primera Instancia núm. 10. Tramitación PA. Granollers. Barcelona. 4   S
10977 Juzgado de lo Social núm. 3. Tramitación PA. Granollers. Barcelona. 1 X S
11285 Juzgado de lo Penal núm. 3. Tramitación PA. Granollers. Barcelona. 1 X S
11942 Fiscalía de Área. Tramitación PA. Granollers. Barcelona. 2 X S
1432 Juzgado de Primera Instancia núm. 2 (Registro Civil). Tramitación PA. L’Hospitalet de Llobregat. Barcelona. 1 X S
2505 Juzgado de Instrucción núm. 2. Tramitación PA. L’Hospitalet de Llobregat. Barcelona. 1 X S
15387 Unidades Procesales de Apoyo Directo. Tramitación PA (GU). Igualada. Barcelona. 1 X S
7523 Juzgado de Paz. Tramitación PA. Manlleu. Barcelona. 1   S
3411 Oficina Decanato. Tramitación PA. Manresa. Barcelona. 1 X S
13360 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 8. Tramitación PA. Manresa. Barcelona. 1 X S
12543 Fiscalía de Área (Manresa-Igualada-Vic). Tramitación PA. Manresa. Barcelona. 1 X S
9954 Juzgado de Primera Instancia núm. 2. Tramitación PA. Mataró. Barcelona. 1 X S
9960 Juzgado de Primera Instancia núm. 4 (familia/Registro Civil). Tramitación PA. Mataró. Barcelona. 1 X S
9969 Juzgado de Instrucción núm. 2. Tramitación PA. Mataró. Barcelona. 2 X S
12554 Fiscalía de Área (Mataró-Arenys). Tramitación PA. Mataró. Barcelona. 1 X S
7531 Juzgado de Paz. Tramitación PA. Molins de Rei. Barcelona. 1   S
14047 Unidades Procesales de Apoyo Directo. Tramitación PA (GU). El Prat de Llobregat. Barcelona. 1 X S
2517 Juzgado de Instrucción núm. 1. Tramitación PA. Sabadell. Barcelona. 1 X S
7572 Juzgado de Paz. Tramitación PA. Sant Adrià de Besòs. Barcelona. 1 X S
3458 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 6. Tramitación PA. Sant Feliu de Llobregat. Barcelona. 1 X S
7600 Juzgado de Paz. Tramitación PA. Sant Pere de Ribes. Barcelona. 1   S
14105 Unidades Procesales de Apoyo Directo. Tramitación PA (GU). Santa Coloma de Gramenet. Barcelona. 3 X S
12551 Fiscalía Sección Territorial. Tramitación PA. Santa Coloma de Gramenet. Barcelona. 1 X S
7619 Juzgado de Paz. Tramitación PA. Sitges. Barcelona. 1   S
12335 Juzgado de Primera Instancia núm. 7. Tramitación PA. Terrassa. Barcelona. 1 X S
5866 Juzgado de lo Penal núm. 1. Tramitación PA. Terrassa. Barcelona. 1 X S
5869 Juzgado de lo Penal núm. 2. Tramitación PA. Terrassa. Barcelona. 1 X S
12891 Juzgado de lo Penal núm. 3. Tramitación PA. Terrassa. Barcelona. 1 X S
14269 Servicio Común Procesal General. Tramitación PA (GU). Vilafranca del Penedès. Barcelona. 1 X S
3480 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1. Tramitación PA. Vilanova i la Geltrú. Barcelona. 1 X S
3495 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 6 (VSM). Tramitación PA. Vilanova i la Geltrú. Barcelona. 1 X S
5872 Juzgado de lo Penal núm. 1. Tramitación PA. Vilanova i la Geltrú. Barcelona. 1 X S
5875 Juzgado de lo Penal núm. 2. Tramitación PA. Vilanova i la Geltrú. Barcelona. 1 X S
15512 Juzgado de lo Penal núm. 5. Tramitación PA. Vilanova i la Geltrú. Barcelona. 4 X S
12549 Fiscalía de Área (Vilanova-Gavà-Villafranca del Penedés). Tramitación PA. Vilanova i la Geltrú. Barcelona. 1 X S
14370 Unidades Procesales de Apoyo Directo. Tramitación PA (GU). Blanes. Girona. 1 X S
14377 Servicio Común Procesal de Ejecución. Tramitación PA. Blanes. Girona. 1 X S
6662 Juzgado de lo Social núm. 1. Tramitación PA. Figueres. Girona. 2 X S
15518 Juzgado de lo Mercantil núm. 2. Tramitación PA. Girona. Girona. 4   S
11951 Fiscalía Provincial. Tramitación PA. Girona. Girona. 1 X S
13927 Servicio Común Procesal Ordenación Procedimiento (Órganos Colegiados). Tramitación PA (Adscripción Transitoria UPSD AP Penal). Girona. Girona. 1 X S
14084 Servicio Común Procesal General y de Ejecución. Tramitación PA Ejecución. Balaguer. Lleida. 1 X S
4102 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 (VSM). Tramitación PA. Cervera. Lleida. 1 X S
4105 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 (Registro Civil). Tramitación PA. Cervera. Lleida. 1 X S
9283 Juzgado de Primera Instancia núm. 2. Tramitación PA. Lleida. Lleida. 2 X S
13406 Juzgado de Primera Instancia núm. 8. Tramitación PA. Lleida. Lleida. 1 X S
9295 Juzgado de Instrucción núm. 1. Tramitación PA. Lleida. Lleida. 1 X S
6021 Juzgado de lo Penal núm. 1. Tramitación PA. Lleida. Lleida. 1 X S
14880 Unidades Procesales de Apoyo Directo. Tramitación PA (GU). Tremp. Lleida. 2 X S
10648 Juzgado de Primera Instancia núm. 1. Tramitación PA. Reus. Tarragona. 1 X S
7041 Juzgado de lo Social núm. 1. Tramitación PA. Reus. Tarragona. 1 X S
6303 Juzgado de lo Penal núm. 1. Tramitación PA. Reus. Tarragona. 1 X S
12574 Fiscalía. Sección Territorial. Tramitación PA. Reus. Tarragona. 1 X S
777 Audiencia Provincial Sección núm. 1 Civil (Mercantil/familia/capacidad/VSM). Tramitación PA. Tarragona. Tarragona. 2 X S
780 Audiencia Provincial Sección núm. 2 Penal. Tramitación PA. Tarragona. Tarragona. 1 X S
7035 Juzgado de lo Social núm. 1. Tramitación PA. Tarragona. Tarragona. 1 X S
7038 Juzgado de lo Social núm. 2. Tramitación PA. Tarragona. Tarragona. 1 X S
15520 Juzgado de lo Social núm. 4. Tramitación PA. Tarragona. Tarragona. 6   S
13514 Juzgado de lo Mercantil núm. 1. Tramitación PA. Tarragona. Tarragona. 1 X S
11579 Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. 1. Tramitación PA. Tarragona. Tarragona. 1 X S
6294 Juzgado de lo Penal núm. 1. Tramitación PA. Tarragona. Tarragona. 1 X S
11345 Juzgado de lo Penal núm. 4. Tramitación PA. Tarragona. Tarragona. 1 X S
13517 Juzgado de lo Penal núm. 5 (VSM). Tramitación PA. Tarragona. Tarragona. 1 X S
13520 Registro Civil núm. 1. Tramitación PA. Tarragona. Tarragona. 2 X S
11957 Fiscalía Provincial. Tramitación PA. Tarragona. Tarragona. 2 X S
15365 Unidades Procesales de Apoyo Directo. Tramitación (GU). Tortosa. Tarragona. 1 X S
15366 Unidades Procesales de Apoyo Directo. Tramitación PA Social. Tortosa. Tarragona. 1 X S
15375 Servicio Común Procesal de Ejecución. Tramitación PA. Tortosa. Tarragona. 3 X S
14064 Servicio Común Procesal de Ejecución. Tramitación PA. El Vendrell. Tarragona. 1 X S

Cuerpo de Auxilio Judicial

Núm. de orden Denominación ATP Localidad Provincia V R I
9755 Juzgado de Paz. Auxilio Judicial. Abrera. Barcelona. 1   S
3351 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1. Auxilio Judicial. Arenys de Mar. Barcelona. 1 X S
14603 Juzgado de Primera Instancia núm. 8 (familia/capacidad). Auxilio Judicial. Badalona. Barcelona. 1 X S
2497 Juzgado de Instrucción núm. 3. Auxilio Judicial. Badalona. Barcelona. 1 X S
10007 Juzgado de Paz. Auxilio Judicial. Badia del Vallès. Barcelona. 1   S
122 Secretaría de Gobierno. Auxilio Judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
134 Tribunal Superior de Justicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo). Auxilio Judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
137 Tribunal Superior de Justicia (Sala de lo Social). Auxilio Judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
383 Audiencia Provincial Sección núm. 2 Penal. Auxilio Judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
386 Audiencia Provincial Sección núm. 3 Penal (Menores). Auxilio Judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
392 Audiencia Provincial Sección núm. 5 Penal. Auxilio Judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
395 Audiencia Provincial Sección núm. 6 Penal. Auxilio Judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
401 Audiencia Provincial Sección núm. 8 Penal. Auxilio Judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
11796 Audiencia Provincial Sección núm. 21 Penal. Auxilio Judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
989 Juzgado Decano. Auxilio Judicial. Barcelona. Barcelona. 5 X S
1256 Juzgado de Primera Instancia núm. 6. Auxilio Judicial. Barcelona. Barcelona. 1   S
1325 Juzgado de Primera Instancia núm. 29. Auxilio Judicial. Barcelona. Barcelona. 1   S
1361 Juzgado de Primera Instancia núm. 41. Auxilio Judicial. Barcelona. Barcelona. 1   S
1379 Juzgado de Primera Instancia núm. 47. Auxilio Judicial. Barcelona. Barcelona. 1   S
1391 Juzgado de Primera Instancia núm. 51 (familia). Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1   S
11433 Juzgado de Primera Instancia núm. 58 (tutelas). Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1   S
15549 Juzgado de Primera Instancia núm. 61. Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1   S
2401 Juzgado de Instrucción núm. 4. Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
2407 Juzgado de Instrucción núm. 6. Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
2410 Juzgado de Instrucción núm. 7. Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
2452 Juzgado de Instrucción núm. 21. Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
6475 Juzgado de lo Social núm. 2. Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
6478 Juzgado de lo Social núm. 3. Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
6499 Juzgado de lo Social núm. 10. Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
6529 Juzgado de lo Social núm. 20. Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 2   S
6544 Juzgado de lo Social núm. 25. Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
6562 Juzgado de lo Social núm. 31. Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
6565 Juzgado de lo Social núm. 32. Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 2   S
6568 Juzgado de lo Social núm. 33. Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
11799 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 15. Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1   S
13355 Juzgado de lo Mercantil núm. 10. Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1   S
14651 Juzgado de lo Mercantil núm. 11. Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1   S
5802 Juzgado de lo Penal núm. 15 (ejecutorias). Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
5820 Juzgado de lo Penal núm. 21 (ejecutorias). Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
5829 Juzgado de lo Penal núm. 24 (ejecutorias). Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1 X S
15552 Juzgado de lo Penal núm. 29. Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 1   S
950 Registro Civil núm. 1. Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 2 X S
992 Servicio Común de Notificaciones y Embargos. Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 2 X S
5832 Servicio Común de Notificaciones y Embargos (juzgados de lo penal). Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 2 X S
128 Tribunal Superior Justicia Servicio Común (Sala de lo Contencioso- Administrativo). Auxilio judicial. Barcelona. Barcelona. 2 X S
14701 Servicio Común Procesal General. Auxilio judicial (GU). Cerdanyola del Vallès. Barcelona. 4 X S
14016 Servicio Común Procesal General. Auxilio judicial (GU). Cornellà de Llobregat. Barcelona. 2 X S
3377 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 (Registro Civil). Auxilio judicial. Gavà. Barcelona. 1 X S
12652 Fiscalía de Área (Vilanova-Gavà). Auxilio judicial. Gavà. Barcelona. 1   S
15516 Juzgado de Primera Instancia núm. 10. Auxilio judicial. Granollers. Barcelona. 2   S
9940 Juzgado de Instrucción núm. 1. Auxilio judicial. Granollers. Barcelona. 1 X S
9946 Juzgado de Instrucción núm. 3. Auxilio judicial. Granollers. Barcelona. 1 X S
10978 Juzgado de lo Social núm. 3. Auxilio judicial. Granollers. Barcelona. 1 X S
1430 Juzgado de Primera Instancia núm. 1. Auxilio judicial. L’Hospitalet de Llobregat. Barcelona. 1 X S
1433 Juzgado de Primera Instancia núm. 2 (Registro Civil). Auxilio judicial. L’Hospitalet de Llobregat. Barcelona. 1 X S
15391 Servicio Común Procesal General. Auxilio judicial (Archivos y Efectos Judiciales) (GU). Igualada. Barcelona. 1   S
8409 Juzgado de Paz (agrupación secretarías). Auxilio judicial. Lliçà d'Amunt. Barcelona. 1   S
9855 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 5 (VSM). Auxilio judicial. Martorell. Barcelona. 1 X S
9505 Oficina Decanato. Auxilio judicial. Mataró. Barcelona. 1   S
9976 Juzgado de Instrucción núm. 4. Auxilio judicial. Mataró. Barcelona. 1 X S
12555 Fiscalía de Área (Mataró-Arenys). Auxilio judicial. Mataró. Barcelona. 1   S
14050 Servicio Común Procesal General. Auxilio judicial (GU). El Prat de Llobregat. Barcelona. 2 X S
9986 Juzgado de Paz. Auxilio judicial. Premià de Dalt. Barcelona. 1   S
1457 Juzgado de Primera Instancia núm. 4 (Registro Civil). Auxilio judicial. Sabadell. Barcelona. 1 X S
10981 Juzgado de lo Social núm. 3. Auxilio judicial. Sabadell. Barcelona. 1 X S
9512 Servicio Común de Notificaciones y Embargos. Auxilio judicial. Sabadell. Barcelona. 1 X S
14099 Servicio Común Procesal General. Auxilio judicial (GU). Sant Boi de Llobregat. Barcelona. 3 X S
14100 Servicio Común Procesal General. Auxilio judicial (Archivos y Efectos Judiciales) (GU). Sant Boi de Llobregat. Barcelona. 1   S
7588 Juzgado de Paz. Auxilio judicial. Sant Esteve Sesrovires. Barcelona. 1 X S
3456 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 5. Auxilio judicial. Sant Feliu de Llobregat. Barcelona. 1 X S
11835 Juzgado de Violencia Sobre la Mujer núm. 1. Auxilio judicial. Sant Feliu de Llobregat. Barcelona. 1 X S
7590 Juzgado de Paz. Auxilio judicial. Sant Joan de Vilatorrada. Barcelona. 1 X S
7601 Juzgado de Paz. Auxilio judicial. Sant Pere de Ribes. Barcelona. 1   S
7604 Juzgado de Paz. Auxilio judicial. Sant Sadurní d'Anoia. Barcelona. 1   S
14108 Servicio Común Procesal General. Auxilio judicial (GU). Santa Coloma de Gramenet. Barcelona. 2 X S
8414 Juzgado de Paz (agrupación secretarías). Auxilio judicial. Santa Margarida i els Monjos. Barcelona. 1   S
9266 Juzgado de Primera Instancia núm. 4. Auxilio judicial. Terrassa. Barcelona. 1 X S
9269 Juzgado de Primera Instancia núm. 5 (Registro Civil). Auxilio judicial. Terrassa. Barcelona. 1 X S
9308 Juzgado de Instrucción núm. 4. Auxilio judicial. Terrassa. Barcelona. 1 X S
6598 Juzgado de lo Social núm. 2. Auxilio judicial. Terrassa. Barcelona. 1 X S
14895 Juzgado de lo Social núm. 3. Auxilio judicial. Terrassa. Barcelona. 1 X S
14270 Servicio Común Procesal General. Auxilio judicial (GU). Vilafranca del Penedès. Barcelona. 1 X S
3484 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2. Auxilio judicial. Vilanova i la Geltrú. Barcelona. 1 X S
3496 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 6 (VSM). Auxilio judicial. Vilanova i la Geltrú. Barcelona. 1 X S
13370 Juzgado de lo Penal núm. 4 (VSM). Auxilio judicial. Vilanova i la Geltrú. Barcelona. 1 X S
15513 Juzgado de lo Penal núm. 5. Auxilio judicial. Vilanova i la Geltrú. Barcelona. 1   S
9984 Juzgado de Paz. Auxilio judicial. Vilassar de Dalt. Barcelona. 1   S
12565 Fiscalía Sección Territorial. Auxilio judicial. Figueres. Girona. 1 X S
13918 Servicio Común Procesal General. Auxilio judicial SAC (Turnos). Girona. Girona. 3 X S
13920 Servicio Común Procesal General. Auxilio judicial (GU). Girona. Girona. 3 X S
14085 Servicio Común Procesal General y Ejecución. Auxilio judicial (GU). Balaguer. Lleida. 1 X S
529 Audiencia Provincial Sección núm. 1 Penal (VSM). Auxilio judicial. Lleida. Lleida. 1 X S
9284 Juzgado de Primera Instancia núm. 2. Auxilio judicial. Lleida. Lleida. 1   S
9287 Juzgado de Primera Instancia núm. 3. Auxilio judicial. Lleida. Lleida. 1   S
9290 Juzgado de Primera Instancia núm. 4 (Registro Civil). Auxilio judicial. Lleida. Lleida. 1 X S
11843 Juzgado de Primera Instancia núm. 7 (familia). Auxilio judicial. Lleida. Lleida. 1   S
13407 Juzgado de Primera Instancia núm. 8. Auxilio judicial. Lleida. Lleida. 1   S
6022 Juzgado de lo Penal núm. 1. Auxilio judicial. Lleida. Lleida. 1 X S
9844 Juzgado de lo Penal núm. 3. Auxilio judicial. Lleida. Lleida. 1 X S
13996 Servicio Común Procesal General. Auxilio judicial. Archivos y Efectos Judiciales (GU). La Seu d'Urgell. Lleida. 1   S
14881 Unidades Procesales de Apoyo Directo. Auxilio judicial (GU). Tremp. Lleida. 1 X S
14885 Unidades Procesales de Apoyo Directo. Auxilio judicial (GU). Vielha e Mijaran. Lleida. 1 X S
14073 Servicio Común Procesal General. Auxilio judicial (GU). Amposta. Tarragona. 1 X S
14074 Servicio Común Procesal General. Auxilio judicial (Archivos y Efectos Judiciales)(GU). Amposta. Tarragona. 1   S
14592 Unidades Procesales de Apoyo Directo. Auxilio judicial (GU). Gandesa. Tarragona. 1 X S
10383 Juzgado de Paz. Auxilio judicial. Mont-roig del Camp. Tarragona. 1   S
10649 Juzgado de Primera Instancia núm. 1. Auxilio judicial. Reus. Tarragona. 1 X S
4966 Oficina Decanato. Auxilio judicial. Tarragona. Tarragona. 1   S
2096 Juzgado de Primera Instancia núm. 1. Auxilio judicial. Tarragona. Tarragona. 1 X S
15521 Juzgado de lo Social núm. 4. Auxilio judicial. Tarragona. Tarragona. 2   S
13515 Juzgado de lo Mercantil núm. 1. Auxilio judicial. Tarragona. Tarragona. 1 X S
11580 Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. 1. Auxilio judicial. Tarragona. Tarragona. 1 X S
6301 Juzgado de lo Penal núm. 3. Auxilio judicial. Tarragona. Tarragona. 1 X S
4975 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 (Registro Civil). Auxilio judicial. Valls. Tarragona. 1 X S
14061 Servicio Común Procesal General. Auxilio judicial (GU). El Vendrell. Tarragona. 4 X S
14062 Servicio Común Procesal General. Auxilio judicial (Archivos y Efectos Judiciales) (GU). El Vendrell. Tarragona. 1   S
ANEXO 2
Solicitud de participación en el concurso de traslados de los cuerpos de Gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y auxilio judicial para proveer plazas vacantes de la Administración de justicia

Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/241/20810_13663028_1.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/241/20810_13663028_2.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/241/20810_13663028_3.png

ANEXO 4
Alegaciones al concurso de traslados de los cuerpos de Gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y auxilio judicial para proveer plazas vacantes de la Administración de justicia

Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/241/20810_13663028_4.png

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/09/2023
  • Fecha de publicación: 09/10/2023
  • Convocatoria: varias plazas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid