Visto el texto del Acta para la modificación parcial del Convenio colectivo general de entidades de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social (Código de convenio: 99004625011981), publicado en el BOE el 15 de diciembre de 2021, Acta suscrita el 24 de julio de 2023, de una parte por las asociaciones empresariales UNESPA, AMAT, CEM y ASECORE, en representación de las empresas del sector y, de otra, por las organizaciones sindicales CCOO-Servicios y UGT, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción del Acta de modificación parcial del mencionado Convenio Colectivo, en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 2 de octubre de 2023.–El Director General de Trabajo, Ricardo Morón Prieto.
Asistentes:
Representación Empresarial:
UNESPA:
Doña María José Esteban Luis.
Don Ernesto Rodríguez Gaztelumendi.
Don Alfonso Sagastizabal Cardelús.
Don Francisco Calderón Delgado.
Don Luis Miguel Ávalos Muñoz.
Don Daniel Tomé Aróstegui.
Don Francisco Ortiz Parras.
AMAT:
Don Pedro Pablo Sanz Casado.
Doña Cristina Ávila Cueto.
CEM:
Don Carlos Delgado Espinosa.
ASECORE: Representada por UNESPA.
Representación Sindical:
CCOO-Servicios:
Doña Luisa López Alba.
Doña Nieves del Moral de los Ríos.
Doña Jessica Sanjuan Jiménez.
Doña Aránzazu García del Valle.
Doña María Soledad Catalán Gómez.
Doña Maica Guerrero Ramírez.
Don Fernando Escudero Mons.
UGT:
Doña María Pedraza López Rey.
Don Jesús Sanz González.
Doña Ana Francés Roger.
Don Francisco Luna Terciado.
ELA: Ausente.
LAB: Ausente.
CIG:
Don Tomás Martínez Rodríguez.
En Madrid, en la fecha arriba indicada, en los locales de la sede de UNESPA en la calle Núñez de Balboa, 101, siendo las 11:30 horas, se reúnen las representaciones arriba expresadas, una vez constituida la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo General de Ámbito Estatal para el Sector de Entidades de Seguros, Reaseguros y Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social 2020-2024, publicado en el BOE de 27 de diciembre de 2021.
A continuación, toma la palabra el representante de CCOO-Servicios, que interviene también en nombre de UGT, señalando que se ha producido un fuerte incremento del IPC desde la aprobación del Convenio Colectivo por lo que solicita para hacer frente a esa situación un incremento salarial del 7 % para los ejercicios 2023 (4 %) y 2024 (3 %), en línea con lo recogido en el V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva. Adicionalmente, pide el establecimiento de una cláusula de revisión de forma que, si el IPC acumulado en estos dos años supera el 7 %, se aplicará un incremento salarial adicional con un límite del 2 %.
Toma la palabra el representante de CIG que considera que teniendo en cuenta que los incrementos salariales del convenio quedaron muy por debajo de los incrementos del IPC (años 2021, 2022) se traduce en una pérdida de poder adquisitivo del 9,76 %, porcentaje que podría compensar la pérdida de poder adquisitivo del personal del sector. Abogamos en esta mesa por acometer esa recuperación en su totalidad.
El Representante de UNESPA manifiesta que el Convenio Colectivo vigente ya contempla una fórmula de revisión salarial para el año 2023 y para el año 2024, vinculada a la evolución del PIB corregida por el IPC. Considera que el incremento salarial propuesto por los Sindicatos es excesivo y no acepta la aplicación de la cláusula de revisión salarial adicional propuesta.
El representante de UNESPA solicita un receso y tras el mismo, propone un incremento salarial del 3 % para el año 2023 y del 3 % para el año 2024, que se consolidaría en las tablas de partida del próximo Convenio Colectivo.
Además, propone que se incluya, como elemento esencial para alcanzar un acuerdo, el compromiso de preservar para el próximo Convenio Colectivo la fórmula actual de revisión salarial contenida en el Convenio Colectivo.
Los representantes de AMAT y CEM se adhieren a la propuesta expuesta por UNESPA.
Los representantes de CCOO y UGT valoran positivamente el esfuerzo que esta haciendo la Parte Empresarial y aceptan la inclusión en el acuerdo del compromiso de mantener para el próximo Convenio Colectivo la fórmula actual de revisión salarial, según los parámetros que se acuerden en el próximo Convenio Colectivo.
Tras hacer un breve receso para valorar la propuesta empresarial, proponen como alternativa que el incremento salarial sea del 4 % para el año 2023 y del 3 % para el año 2024, consolidable en tablas, aunque retiran la inclusión de la cláusula adicional de revisión salarial que habían propuesto.
El representante de UNESPA agradece también el esfuerzo que los Sindicatos están realizando para alcanzar un acuerdo.
Tras un nuevo receso, propone, como oferta final, un incremento en tablas del 3,5 % para el año 2023 y del 3 % para el año 2024, con efectos retroactivos a 1 de enero solo respecto al importe resultante de aplicar la formula actual recogida en el Convenio Colectivo.
A continuación, tras una pausa para valorar la última propuesta empresarial, los representantes de CCOO-Servicios y UGT formulan como propuesta final para alcanzar un acuerdo aplicar un incremento salarial del 3,5 % para el año 2023 y del 3,25 % para el año 2024, con carácter retroactivo desde 1 de enero.
Ante esta última propuesta sindical, tras solicitar un nuevo receso para reflexionar, UNESPA, AMAT y CEM proponen, como oferta final y definitiva para alcanzar un acuerdo, un incremento salarial de un 3,5 % para el año 2023 y del 3,25 % para el año 2024, pero solo aplicando retroactivamente desde 1 de enero el porcentaje que resulte de la aplicación de la fórmula actual recogida en el Convenio Colectivo.
Tras un breve receso, CCOO y UGT manifiestan su aceptación de la propuesta final y definitiva formulada por UNESPA, AMAT y CEM en todos sus términos.
Por su parte CIG manifiesta que les parece insuficiente este acuerdo pues no se recupera el poder adquisitivo real del 9,76 % lo que se traduce en una pérdida de 9,04 puntos. Además, entienden que la parte empresarial está en disposición de hacer frente a sus demandas.
Constatada la existencia de acuerdo entre UNESPA, AMAT, CEM, CCOO-Servicios y UGT en los términos expuestos, se lleva a cabo un receso para la redacción del acuerdo.
Una vez redactado el acuerdo por el que se incorpora una nueva Disposición Adicional Décima al Convenio Colectivo, que se adjunta como anexo, tanto la Representación Empresarial (UNESPA, AMAT, CEM y ASECORE, representada por UNESPA), como la Representación Sindical (CCOO–Servicios y UGT) que suscriben el acuerdo alcanzado, se reconocen mutuamente como interlocutores válidos y que ostentan la representación exigida por el Estatuto de los Trabajadores para la negociación y conclusión válida y eficaz de la revisión parcial del Convenio Colectivo en vigor, quedando patente que, tanto la representación Empresarial, como CCOO-Servicios y UGT en la Sindical, superan con creces la mayoría requerida por dicha norma para la eficacia general y la validez «erga omnes» del la revisión del Convenio que se suscribe.
En consecuencia, las representaciones indicadas, acuerdan proceder a la firma de la revisión parcial del Convenio Colectivo General de Ámbito Estatal para el Sector de las Entidades de Seguros Reaseguros y Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social 2020-2024 (BOE de 27 de diciembre de 2021), que se adjunta como anexo a este Acta, y seguidamente al cumplimiento de los trámites normativos correspondiente para su preceptivo registro, depósito y publicación en el BOE.
No habiendo más asuntos que tratar, se firma el presente Acta y el texto íntegro de la revisión parcial del citado Convenio por las representaciones correspondientes.–Por UNESPA y ASECORE, Luis Miguel Ávalos Muñoz.–Por CCOO-Servicios, Fernando Escudero Mons.–Por AMAT, Pedro Pablo Sanz Casado.–Por UGT, María Pedraza López Rey.–Por CEM, Carlos Delgado Espinosa.
Modificación excepcional de las tablas salariales para los años 2023 y 2024
De forma excepcional, las partes firmantes del Convenio, tomando en consideración el escenario económico acontecido durante los años 2021, 2022 y 2023, han alcanzado el siguiente acuerdo:
1. Tabla salarial de 2023.
La tabla salarial definitiva del año 2023 se incrementará un 3,5 % sobre la tabla salarial definitiva de 2022, a los solos efectos de ser el punto de partida para el pago de los salarios desde el 1 de enero de 2024. De esta manera, solo se abonará retroactivamente, con efectos 1 de enero de 2023, el importe resultante de aplicar la fórmula de incremento salarial para el año 2023 prevista en el artículo 44 del Convenio, descontado el incremento salarial inicial del 0,8 % recogido en la tabla salarial inicial aprobada de 2023.
2. Tabla salarial de 2024
La tabla salarial definitiva del año 2024 se incrementará un 3,25 % sobre la tabla salarial definitiva de 2023, indicada en el apartado anterior, a los solos efectos de ser el punto de partida para el pago de los salarios desde el 1 de enero de 2025. De esta manera, solo se abonará retroactivamente, con efectos 1 de enero de 2024, el importe resultante de aplicar la fórmula de incremento salarial para el año 2024 prevista en el artículo 45 del Convenio, descontado el incremento salarial inicial del 0,8 % recogido en la tabla salarial inicial aprobada de 2024.
3. Compromiso de mantenimiento del sistema actual de revisión salarial
Sin perjuicio de lo establecido en esta Disposición Adicional, las partes firmantes del Convenio se comprometen a que en el próximo Convenio Colectivo Sectorial se mantenga, en los términos y con los parámetros que pacten las partes, el sistema actual de acompasar la evolución salarial al ritmo de la actividad económica española, medida en términos de Producto Interior Bruto (PIB) y corregida con la evolución del Índice de Precios al Consumo (IPC).
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