De conformidad con lo establecido en la base decimonovena de la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 15 de marzo), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, en la base 8.1.a) de la Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 19 de diciembre), por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, y en el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 27 de diciembre), por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, se resuelve:
Hacer pública la relación de plazas desiertas en el ámbito territorial de Península y Baleares (Anexo I) que se ofrecen a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso por libre en el Cuerpo de Auxilio Judicial convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
A) Confección de las solicitudes.
Todas las solicitudes se confeccionarán de forma telemática a través del asistente de inscripción.
Todas las personas aspirantes para el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, deberán de rellenar la solicitud por medios telemáticos entrando en la página web del Ministerio de Justicia, en la siguiente dirección: Auxilio Judicial oferta de plazas Orden JUS/1254/2022 (mjusticia.gob.es)
https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/empleo-publico/concursos-traslados/auxilio-judicial-oferta-plazas-orden-jus12542022
Una vez que hayan entrado en dicha página pulsarán en el enlace que aparece en la misma con el nombre «G.T.A. Concurso de traslados» entrarán en el Asistente de Inscripción y el sistema les guiará en la confección de la solicitud siguiendo las instrucciones que se les irá indicando, debiendo consultar el Manual del Asistente de Inscripción Web publicado en dicha página, y si tienen alguna duda podrán escribir al correo asistenciaconcursos@mju.es.
Con ello se conseguirá el objetivo de evitar errores en la transcripción de los códigos, puesto que los datos grabados por la persona aspirante quedarán automáticamente almacenados en el sistema informático.
Las personas aspirantes, previamente a la entrada en el Asistente de Inscripción, deberán identificarse electrónicamente por alguno de los sistemas que ofrece la plataforma Cl@ve:
– DNI electrónico.
– Certificado digital.
– Cl@ve Pin 24 h.
– Cl@ve permanente.
B) Presentación de las solicitudes.
El presente sistema de presentación se basa en los artículos 10.1, 10.2.c) y 36.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Todas las personas aspirantes del ámbito territorial de Península y Baleares, grabarán y presentarán las solicitudes de acuerdo con las instrucciones descritas en el Manual del Asistente de Inscripción y en estas bases.
Las solicitudes de destino de las personas aspirantes del ámbito territorial de Península y Baleares se presentarán en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la relación definitiva de personas aprobadas en el «Boletín Oficial del Estado», según lo establecido en la Base 8.1.a) de la convocatoria del proceso selectivo, mencionada anteriormente.
B.1) Solicitud de plazas.
– No se admitirá ninguna solicitud de plazas en formato papel.
– Se confeccionará un Manual del Asistente de Inscripción que se colgará en la página web del Ministerio de Justicia, el cual les guiará en la confección de la solicitud de plazas.
– El uso del Asistente de Inscripción, además de servir de herramienta para confeccionar la solicitud, es un proceso de inscripción completo, es decir, que una vez grabada y confirmada la solicitud en dicho Asistente, dentro del plazo establecido, ya estará presentada en el Departamento correspondiente del Ministerio de Justicia.
– Si alguno de los solicitantes quisiera modificar una solicitud ya confirmada, dentro del plazo de presentación de solicitudes, podrá volver a generar y confirmar una nueva a través del Asistente de Inscripción.
– Dentro del período de inscripción, se pueden generar y confirmar tantas solicitudes como se desee, teniendo en cuenta que sólo tendrá validez la última solicitud presentada, es decir, que una vez grabada y confirmada la primera solicitud, cada nueva acción realizada (Nueva solicitud grabada y confirmada), anulará la acción realizada anteriormente, por lo que quedará activa únicamente la última.
– Serán rechazadas aquellas solicitudes que no se hayan confeccionado telemáticamente con dicho Asistente de Inscripción, y, en ese caso, se seguirá el proceso que se establece en el apartado B.2
B.2) Forma de pedir los destinos.
– Cada aspirante tiene asignado un número de opositor en el proceso selectivo, dentro del ámbito territorial para el que se presentó, en función de la puntuación total obtenida en dicho proceso. Ese número de opositor saldrá reflejado en la pantalla del Asistente de Inscripción.
– Se deberán solicitar, como mínimo, tantas plazas como número de opositor tenga, es decir, si, por ejemplo, el número de opositor es el 21, se deben pedir 21 plazas como mínimo, o más, si se han ofertado y se desean solicitar, hasta llegar al número máximo de plazas ofertadas, teniendo en cuenta que se entiende por plazas el número que aparecerá en el Asistente de Inscripción en la columna denominada «N.º de plazas» (Se recomienda solicitar más plazas de las mínimas necesarias).
Ejemplo:
Orden | Órgano | Función | Localidad | Provincia | N.º plazas |
---|---|---|---|---|---|
1 | JUZGADO X. | AUXILIO. | X | Y | 5 |
2 | JUZGADO XX. | AUXILIO. | XX | YY | 9 |
3 | JUZGADO XXX. | AUXILIO. | XXX | YYY | 7 |
El número total de plazas de estas tres unidades es 21, ya que, solicitando una sola vez cada número de Orden, sumarían 21 plazas, por lo que el aspirante con el número de opositor 21, al solicitar estos tres números de Orden, ya habría cumplido el mínimo de plazas necesario. Después puede pedir más plazas, si lo desea.
– Toda solicitud efectuada por la persona aspirante, una vez rellenados todos sus campos, deberá ser confirmada, y será, a todos los efectos, un documento acreditativo de las plazas que ha solicitado y su prioridad. Los destinos se adjudicarán en base al número de opositor obtenido en el proceso selectivo y en la prioridad establecida por la persona aspirante.
– Si no se confirmara la solicitud o no se solicitaran, como mínimo, el número de plazas igual a su número de opositor, se podrían presentar dos casos:
– Caso 1:
La persona aspirante ha solicitado correctamente las plazas (Igualando o superando el número de plazas solicitadas a su número de opositor), pero no ha confirmado la solicitud, en este caso, el Ministerio de Justicia, como administrador, confirmaría de oficio dicha solicitud, ello en base a que la adjudicación de destinos a las personas aspirantes de nuevo ingreso se considera forzoso, por tanto, deben obtener un destino necesariamente.
Los destinos se adjudicarán en base al número de opositor obtenido en el proceso selectivo y en la prioridad establecida por la persona aspirante.
– Caso 2:
La persona aspirante no ha solicitado, como mínimo, el número de plazas igual a su número de opositor (Por ejemplo, si el número de opositor es el 17, y sólo pide 5 plazas, cuando deberían ser 17 plazas como mínimo), o no ha solicitado ninguna plaza; en estos supuestos el Asistente de Inscripción indicará, mediante un aviso emergente, que deberá solicitar el número mínimo de plazas para poder confirmar la instancia. Si se insiste en no añadir las plazas necesarias, no podrá confirmar la instancia, por tanto, el Ministerio de Justicia, como administrador, eliminaría las plazas solicitadas (grabadas), en su caso, y le asignaría aquella plaza que le correspondiera en función de su número de opositor y por el orden alfabético de localidades publicado en el «Boletín Oficial del Estado», ello, igualmente que en el Caso 1, en base a que la adjudicación de destinos a las personas aspirantes de nuevo ingreso se considera forzoso, por tanto, deben obtener un destino necesariamente.
Ningún aspirante podrá anular ni modificar su solicitud una vez terminado el plazo de presentación indicado en el punto segundo, apartado B de esta Orden.
La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito de Península y Baleares, respetándose siempre el orden de prioridad seleccionado (salvo en el caso establecido en el apartado B-2, Caso 2) y el número de opositor del candidato.
Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en éste hasta tanto no hayan transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial.
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Ministerio de Justicia, o contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su publicación.
Madrid, 20 de septiembre de 2023.–La Ministra de Justicia, P.D. (Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre), la Directora General para el Servicio Público de Justicia, María dels Àngels García Vidal.
N.º orden | Órgano | Función | Localidad | Provincia | Comunidad Autónoma | N.º plazas |
---|---|---|---|---|---|---|
56 | JUZGADO DE LO PENAL N.º 3. | AUXILIO JUDICIAL. | ALBACETE. | ALBACETE. | CASTILLA-LA MANCHA. | 1 |
12 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (VSM/REG. CIVIL). | AUXILIO JUDICIAL. | ARENAS DE SAN PEDRO. | ÁVILA. | COMUNIDAD DE CASTILLA-LEÓN. | 1 |
9 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (MERCANTIL). | AUXILIO JUDICIAL. | ÁVILA. | ÁVILA. | COMUNIDAD DE CASTILLA-LEÓN. | 1 |
10 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3 (REG. CIVIL). | AUXILIO JUDICIAL. | ÁVILA. | ÁVILA. | COMUNIDAD DE CASTILLA-LEÓN. | 1 |
11 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4 (VSM). | AUXILIO JUDICIAL. | ÁVILA. | ÁVILA. | COMUNIDAD DE CASTILLA-LEÓN. | 1 |
29 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 (REG. CIVIL). | AUXILIO JUDICIAL. | BENAVENTE. | ZAMORA. | COMUNIDAD DE CASTILLA-LEÓN. | 1 |
74 | EQUIPO DE AUXILIARES (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO JUDICIAL. | BURGOS. | BURGOS. | COMUNIDAD DE CASTILLA-LEÓN. | 1 |
62 | FISCALÍA PROVINCIAL. | AUXILIO JUDICIAL. | BURGOS. | BURGOS. | COMUNIDAD DE CASTILLA-LEÓN. | 1 |
73 | SECCIÓN ACTOS DE COMUNICACIÓN (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO ACTOS COMUNICACION. | BURGOS. | BURGOS. | COMUNIDAD DE CASTILLA-LEÓN. | 1 |
64 | EQUIPO DE AUXILIARES (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO JUDICIAL. | CÁCERES. | CÁCERES. | EXTREMADURA. | 3 |
65 | EQUIPO DE AUXILIARES (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO JUDICIAL (GU). | CÁCERES. | CÁCERES. | EXTREMADURA. | 3 |
63 | SECCIÓN ACTOS DE COMUNICACIÓN (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO ACTOS COMUNICACION. | CÁCERES. | CÁCERES. | EXTREMADURA. | 2 |
35 | JUZGADO DE LO PENAL N.º 1. | AUXILIO JUDICIAL. | CARTAGENA. | MURCIA. | REGION DE MURCIA. | 1 |
36 | JUZGADO DE LO PENAL N.º 2. | AUXILIO JUDICIAL. | CARTAGENA. | MURCIA. | REGION DE MURCIA. | 1 |
51 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1. | AUXILIO JUDICIAL. | CARTAGENA. | MURCIA. | REGION DE MURCIA. | 1 |
52 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3. | AUXILIO JUDICIAL. | CARTAGENA. | MURCIA. | REGION DE MURCIA. | 1 |
53 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 5. | AUXILIO JUDICIAL. | CARTAGENA. | MURCIA. | REGION DE MURCIA. | 1 |
92 | SERVICIO COMÚN GENERAL. | AUXILIO JUDICIAL (GU). | CERVERA DE PISUERGA. | PALENCIA. | COMUNIDAD DE CASTILLA-LEÓN. | 1 |
67 | EQUIPO DE AUXILIARES (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO JUDICIAL. | CEUTA. | CEUTA. | CIUDAD DE CEUTA. | 1 |
66 | SECCION ACTOS DE COMUNICACION (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO ACTOS COMUNICACION. | CEUTA. | CEUTA. | CIUDAD DE CEUTA. | 1 |
68 | EQUIPO DE AUXILIARES (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO JUDICIAL. | CIUDAD REAL. | CIUDAD REAL. | CASTILLA-LA MANCHA. | 4 |
69 | EQUIPO DE AUXILIARES (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO JUDICIAL (GU). | CIUDAD REAL. | CIUDAD REAL. | CASTILLA-LA MANCHA. | 1 |
14 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 (VSM). | AUXILIO JUDICIAL. | CIUTADELLA DE MENORCA. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
86 | EQUIPO AUXILIARES (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO JUDICIAL. | CUENCA. | CUENCA. | CASTILLA-LA MANCHA. | 1 |
85 | SECCIÓN ACTOS DE COMUNICACIÓN (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO ACTOS COMUNICACION. | CUENCA. | CUENCA. | CASTILLA-LA MANCHA. | 2 |
54 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1 (REG. CIVIL). | AUXILIO JUDICIAL. | EIVISSA. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
15 | OFICINA DECANATO. | AUXILIO JUDICIAL. | EIVISSA. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
59 | SERVICIO COMÚN DE NOTIFICACIONES Y EMBARGOS. | AUXILIO JUDICIAL. | EIVISSA. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
96 | UNIDADES PROCESALES DE APOYO DIRECTO. | AUXILIO JUDICIAL 1.ª INST. E INSTR. (GU). | FREGENAL DE LA SIERRA. | BADAJOZ. | EXTREMADURA. | 1 |
60 | FISCALÍA PROVINCIAL. | AUXILIO JUDICIAL (GU). | GUADALAJARA. | GUADALAJARA. | CASTILLA-LA MANCHA. | 1 |
34 | JUZGADO DE LO PENAL N.º 1. | AUXILIO JUDICIAL. | GUADALAJARA. | GUADALAJARA. | CASTILLA-LA MANCHA. | 1 |
75 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1. | AUXILIO JUDICIAL. | INCA. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
79 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3. | AUXILIO JUDICIAL. | INCA. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
76 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4. | AUXILIO JUDICIAL. | INCA. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
77 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 5. | AUXILIO JUDICIAL. | INCA. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
87 | EQUIPO AUXILIARES (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO JUDICIAL. | LEÓN. | LEÓN. | COMUNIDAD DE CASTILLA-LEÓN. | 4 |
58 | SERVICIO COMÚN DE NOTIFICACIONES Y EMBARGOS. | AUXILIO JUDICIAL. | LORCA. | MURCIA. | REGION DE MURCIA. | 1 |
88 | AUD. NACIONAL SERVICIO COMÚN DE REGISTRO, REPARTO DIGITALIZACIÓN Y ARCHIVO. | AUXILIO JUDICIAL. | MADRID. | MADRID. | COMUNIDAD DE MADRID. | 1 |
49 | AUDIENCIA NACIONAL SALA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN 3.ª | AUXILIO JUDICIAL. | MADRID. | MADRID. | COMUNIDAD DE MADRID. | 1 |
50 | AUDIENCIA NACIONAL SALA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN 4.ª | AUXILIO JUDICIAL. | MADRID. | MADRID. | COMUNIDAD DE MADRID. | 1 |
2 | AUDIENCIA NACIONAL SALA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN 7.ª | AUXILIO JUDICIAL. | MADRID. | MADRID. | COMUNIDAD DE MADRID. | 1 |
45 | AUDIENCIA NACIONAL SALA PENAL. SECCIÓN 1.ª | AUXILIO JUDICIAL. | MADRID. | MADRID. | COMUNIDAD DE MADRID. | 1 |
46 | AUDIENCIA NACIONAL SALA PENAL. SECCIÓN 2.ª | AUXILIO JUDICIAL. | MADRID. | MADRID. | COMUNIDAD DE MADRID. | 1 |
47 | AUDIENCIA NACIONAL SALA PENAL. SECCIÓN 3.ª | AUXILIO JUDICIAL. | MADRID. | MADRID. | COMUNIDAD DE MADRID. | 1 |
48 | AUDIENCIA NACIONAL SALA PENAL. SECCIÓN 4.ª | AUXILIO JUDICIAL. | MADRID. | MADRID. | COMUNIDAD DE MADRID. | 1 |
89 | AUDIENCIA NACIONAL. SALA DE LO PENAL. SERVICIO COMÚN EJECUTORIAS. | AUXILIO JUDICIAL. | MADRID. | MADRID. | COMUNIDAD DE MADRID. | 1 |
1 | AUDIENCIA NACIONAL. SERVICIO DE APOYO. | AUXILIO JUDICIAL. | MADRID. | MADRID. | COMUNIDAD DE MADRID. | 1 |
44 | FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO. | AUXILIO JUDICIAL. | MADRID. | MADRID. | COMUNIDAD DE MADRID. | 1 |
41 | GABINETE TECNICO DEL TRIBUNAL SUPREMO. | AUXILIO JUDICIAL. | MADRID. | MADRID. | COMUNIDAD DE MADRID. | 1 |
3 | JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN N.º 5. | AUXILIO JUDICIAL. | MADRID. | MADRID. | COMUNIDAD DE MADRID. | 1 |
42 | TRIBUNAL SUPREMO SALA SEGUNDA DE LO PENAL. | AUXILIO JUDICIAL. | MADRID. | MADRID. | COMUNIDAD DE MADRID. | 1 |
43 | TRIBUNAL SUPREMO SALA TERCERA DE LO CONTENCIOSO. | AUXILIO JUDICIAL. | MADRID. | MADRID. | COMUNIDAD DE MADRID. | 1 |
78 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1. | AUXILIO JUDICIAL. | MANACOR. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
80 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4. | AUXILIO JUDICIAL. | MANACOR. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
81 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 5. | AUXILIO JUDICIAL. | MANACOR. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
16 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (VSM). | AUXILIO JUDICIAL. | MAÓ. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
17 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 (REG. CIVIL). | AUXILIO JUDICIAL. | MAÓ. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
55 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3. | AUXILIO JUDICIAL. | MAÓ. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
28 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 (REG. CIVIL). | AUXILIO JUDICIAL. | MEDINA DEL CAMPO. | VALLADOLID. | COMUNIDAD DE CASTILLA-LEÓN. | 1 |
72 | EQUIPO DE AUXILIARES (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO JUDICIAL (GU). | MELILLA. | MELILLA. | CIUDAD DE MELILLA. | 1 |
70 | SECCIÓN ACTOS DE COMUNICACIÓN (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO ACTOS COMUNICACION. | MELILLA. | MELILLA. | CIUDAD DE MELILLA. | 1 |
83 | EQUIPO DE AUXILIARES (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO JUDICIAL. | MÉRIDA. | BADAJOZ. | EXTREMADURA. | 1 |
84 | EQUIPO DE AUXILIARES (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO JUDICIAL (GU). | MÉRIDA. | BADAJOZ. | EXTREMADURA. | 1 |
82 | SECCIÓN ACTOS DE COMUNICACIÓN (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO ACTOS COMUNICACION. | MÉRIDA. | BADAJOZ. | EXTREMADURA. | 1 |
18 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 (REG. CIVIL). | AUXILIO JUDICIAL. | MIRANDA DE EBRO. | BURGOS. | COMUNIDAD DE CASTILLA-LEÓN. | 1 |
93 | SERVICIO COMÚN GENERAL. | AUXILIO JUDICIAL (GU). | MOTILLA DEL PALANCAR. | CUENCA. | CASTILLA-LA MANCHA. | 1 |
71 | EQUIPO DE AUXILIARES (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO JUDICIAL. | MURCIA. | MURCIA. | REGION DE MURCIA. | 3 |
97 | EQUIPO DE AUXILIARES (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO JUDICIAL. | PALENCIA. | PALENCIA. | COMUNIDAD DE CASTILLA-LEÓN. | 3 |
98 | EQUIPO DE AUXILIARES (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO JUDICIAL (GU). | PALENCIA. | PALENCIA. | COMUNIDAD DE CASTILLA-LEÓN. | 1 |
57 | FISCALÍA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ILLES BALEARS. | AUXILIO JUDICIAL (GU). | PALMA. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
30 | JUZGADO DE LO PENAL N.º 1. | AUXILIO JUDICIAL. | PALMA. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
31 | JUZGADO DE LO PENAL N.º 4. | AUXILIO JUDICIAL. | PALMA. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
32 | JUZGADO DE LO PENAL N.º 6. | AUXILIO JUDICIAL. | PALMA. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
33 | JUZGADO DE LO PENAL N.º 8 (EJECUTORIAS). | AUXILIO JUDICIAL. | PALMA. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
39 | JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 2. | AUXILIO JUDICIAL. | PALMA. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
40 | JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 4. | AUXILIO JUDICIAL. | PALMA. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
90 | JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 5. | AUXILIO JUDICIAL. | PALMA. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
7 | JUZGADO DECANO. | AUXILIO JUDICIAL. | PALMA. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
8 | SERVICIO COMÚN DE NOTIFICACIONES Y EMBARGOS. | AUXILIO JUDICIAL. | PALMA. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
4 | TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO SOCIAL. | AUXILIO JUDICIAL. | PALMA. | ILLES BALEARS. | ISLAS BALEARES. | 1 |
19 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2. | AUXILIO JUDICIAL. | PLASENCIA. | CÁCERES. | EXTREMADURA. | 1 |
91 | EQUIPO DE AUXILIARES (SERVICIO COMÚN GENERAL). | AUXILIO JUDICIAL (GU). | PONFERRADA. | LEÓN. | COMUNIDAD DE CASTILLA-LEÓN. | 1 |
94 | SERVICIO COMÚN GENERAL. | AUXILIO JUDICIAL (GU). | SAN CLEMENTE. | CUENCA. | CASTILLA-LA MANCHA. | 1 |
22 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2. | AUXILIO JUDICIAL. | SAN JAVIER. | MURCIA. | REGION DE MURCIA. | 1 |
25 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 (MERCANTIL/REG.C). | AUXILIO JUDICIAL. | SORIA. | SORIA. | COMUNIDAD DE CASTILLA-LEÓN. | 1 |
27 | SERVICIO COMÚN DE NOTIFICACIONES Y EMBARGOS. | AUXILIO JUDICIAL. | TALAVERA DE LA REINA. | TOLEDO. | CASTILLA-LA MANCHA. | 1 |
95 | SERVICIO COMÚN GENERAL. | AUXILIO JUDICIAL (GU). | TARANCÓN. | CUENCA. | CASTILLA-LA MANCHA. | 1 |
5 | AUDIENCIA PROVINCIAL. SECCIÓN N.º 2 CIVIL Y PENAL (VSM). | AUXILIO JUDICIAL. | TOLEDO. | TOLEDO. | CASTILLA-LA MANCHA. | 1 |
61 | FISCALÍA PROVINCIAL. | AUXILIO JUDICIAL (GU). | TOLEDO. | TOLEDO. | CASTILLA-LA MANCHA. | 1 |
37 | JUZGADO DE LO PENAL N.º 1. | AUXILIO JUDICIAL. | TOLEDO. | TOLEDO. | CASTILLA-LA MANCHA. | 1 |
6 | SECRETARÍA AUDIENCIA PROVINCIAL. | AUXILIO JUDICIAL. | TOLEDO. | TOLEDO. | CASTILLA-LA MANCHA. | 1 |
26 | SERVICIO COMÚN DE NOTIFICACIONES Y EMBARGOS. | AUXILIO JUDICIAL. | TOLEDO. | TOLEDO. | CASTILLA-LA MANCHA. | 2 |
20 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 (VSM). | AUXILIO JUDICIAL. | TOMELLOSO. | CIUDAD REAL. | CASTILLA-LA MANCHA. | 1 |
23 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3 (VSM). | AUXILIO JUDICIAL. | TOTANA. | MURCIA. | REGION DE MURCIA. | 1 |
21 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 (REG. CIVIL). | AUXILIO JUDICIAL. | VALDEPEÑAS. | CIUDAD REAL. | CASTILLA-LA MANCHA. | 1 |
24 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 (VSM). | AUXILIO JUDICIAL. | YECLA. | MURCIA. | REGION DE MURCIA. | 1 |
13 | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 (REG. CIVIL). | AUXILIO JUDICIAL. | ZAFRA. | BADAJOZ. | EXTREMADURA. | 1 |
38 | JUZGADO DE LO PENAL N.º 1. | AUXILIO JUDICIAL. | ZAMORA. | ZAMORA. | COMUNIDAD DE CASTILLA-LEÓN. | 1 |
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