En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio (BOE del 12), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,
Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22).
Bases específicas
La presente convocatoria, se publicará, entre otras, en las páginas web mapa.gob.es, y administracion.gob.es.
1. Descripción de las plazas
Se convoca proceso selectivo para cubrir 10 plazas del Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas, código 0112, por el sistema general de acceso libre.
De las plazas mencionadas, nueve corresponden al Real Decreto 625/2023, de 11 de julio (BOE del 12), y una al Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE del 25).
Esta última plaza se incluye dentro del cupo de personas que tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un grado igual o superior al 33 %, y corresponde a la Oferta de Empleo Público de 2022. Al no haber sido cubierta mediante el proceso selectivo convocado por Resolución 30 de septiembre de 2022 de la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, se convoca de nuevo de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.9 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio (BOE del 12), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023.
Una vez cubierta la plaza del cupo de reserva para personas con discapacidad, las personas aspirantes con dicha condición que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por el citado cupo, y siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, serán incluidas por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
Si la plaza reservada para personas con discapacidad quedase desierta en el proceso de acceso libre, no se acumulará a las del turno general.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 2.9 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, las plazas no cubiertas tras la ejecución de esta convocatoria podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan transcurrido más de tres años desde la publicación de la oferta. La nueva convocatoria identificará las plazas que proceden de convocatorias anteriores y la oferta a la que corresponden.
2. Proceso selectivo
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
Esta fase de oposición tendrá una duración máxima de nueve meses y el primer ejercicio se celebrará en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo de la siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
El tribunal calificador publicará un cronograma orientativo con las fechas previstas para la realización de los ejercicios del proceso selectivo.
Este proceso incluirá también la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso, quienes hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
Concluido el proceso selectivo, las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos serán nombrados funcionarios/as de carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.
3. Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de esta convocatoria.
4. Titulación
Estar en posesión o en condiciones de obtener el título universitario de Ingeniero Técnico Agrícola o el título equivalente que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias.
Se deberá estar en posesión de la titulación exigida el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
5. Acceso de personas con discapacidad
5.1 Quienes opten a la plaza reservada para las personas con discapacidad deberán tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.
5.2 Las personas aspirantes con discapacidad podrán pedir, en el modelo oficial de solicitud, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
5.3 A quienes participen por el turno de reserva de discapacidad y superen el primer ejercicio, con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima prevista para ese ejercicio, se les conservará esta puntuación para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación sean análogos, salvo actualización normativa.
5.4 Toda la información del proceso selectivo se realizará en formatos adecuados siguiendo los principios de accesibilidad universal y diseño para todas las personas, definidos en el artículo 2 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
6. Elaboración de relación de personas candidatas
6.1 Conforme a lo previsto en el artículo 3.20 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio de 2023, por el que se aprueba la oferta pública de empleo para el año 2023 y de acuerdo con el artículo vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en relación con el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y con la Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública de 17 de noviembre de 2010, el Tribunal elaborará una lista de personas candidatas con todas las personas aspirantes que hayan superado al menos un ejercicio de la fase de oposición, ordenadas por la suma total de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios aprobados, con la finalidad de que la selección de personal funcionario interino del Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas se pueda realizar con esta lista de personas candidatas mediante procedimientos ágiles.
6.2 Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de personas candidatas será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública.
6.3 Este procedimiento de selección de personal funcionario interino se hará público en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
7. Solicitudes
7.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial de admisión 790, al que se accederá con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips.
La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», exclusivamente a través de medios electrónicos, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo (BOE del 31 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos y en la Orden APA/76/2020, de 20 de enero (BOE del 30 de enero), por la que se establece la obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso a los cuerpos y escalas de personal funcionario y puestos de personal laboral fijo cuya selección corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en la Orden APA 76/2020, en caso de incidencia técnica que imposibilite la presentación de la solicitud por medios telemáticos, y hasta que se solucione la incidencia, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos y publicará en la sede electrónica del órgano convocante, tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido:
a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación o subsanación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de referido.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo de subsanación.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán dirigirse al teléfono 060 o rellenar el formulario de consultas/incidencias, disponible en la siguiente dirección: https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS.
b) El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalado por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá adjuntarse escaneada la documentación justificativa relacionada en el anexo IV de esta convocatoria, si no se da la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en la plataforma de intermediación.
Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran el justificante de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «Mis inscripciones».
En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por las personas aspirantes que la cursen en el extranjero, estas podrán presentarla en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente código IBAN ES06-0182-2370-4902-0020-3962 (código BIC BBVAESMM) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Política Territorial y Función Pública. Derechos de examen». Este sistema de pago sólo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril.
7.2 La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
7.3 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
7.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
8. Tribunal
8.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III de esta convocatoria.
8.2 El tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
8.3 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
8.4 De acuerdo con el artículo 3.14 del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, se publicará en la página web del Departamento un breve currículum profesional de las personas que forman parte del tribunal calificador de este proceso selectivo.
8.5 Se habilita al tribunal calificador para la adopción de cuantas medidas, instrucciones o resoluciones sean precisas para el normal desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, así como para su descentralización, incluida la realización o lectura de los ejercicios. Para ello, el tribunal podrá acordar la forma, el procedimiento a seguir y el orden de actuación de las personas aspirantes, en aras a garantizar el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad y no discriminación, así como la celeridad, agilidad y eficiencia a la hora de ordenar el desarrollo del proceso selectivo.
8.6 Una vez iniciado el proceso selectivo, las comunicaciones e incidencias relacionadas con el mismo se deberán dirigir al Tribunal que tendrá su sede en el Ministerio de Agricultura, Pesca, y Alimentación, Paseo de la Infanta Isabel, 1, 28071 Madrid, dirección de correo electrónico (bzn-selec.itas@mapa.es).
9. Desarrollo del proceso selectivo
9.1 El orden de actuación se iniciará alfabéticamente por el primer apellido de la letra «W», según lo establecido en la Resolución de 27 de julio de 2023 de la Secretaría de Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» del 29).
9.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación: www.mapa.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/oep.aspx, así como en la página web www.administracion.gob.es.
9.3 Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá dirigir a la dirección de correo electrónico: oposiciones@mapa.es.
10. Destinos
Con el fin de canalizar los principios contenidos en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en las convocatorias de procesos selectivos derivadas de la Oferta de Empleo Público, se podrá establecer la obligatoriedad de que quienes superen dichas pruebas soliciten destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.
El nombramiento como funcionarios y funcionarias de carrera de quienes superen este proceso selectivo tendrá lugar en puestos de trabajo adscritos a Centros Directivos y Organismos Autónomos de este Departamento.
11. Embarazo de riesgo o parto
Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de las personas que han superado el proceso selectivo.
12. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid; 15 de noviembre de 2023.–El Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, Ernesto Abati García-Manso.
1. Fase de oposición
La fase de oposición constará de tres ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.
Las puntuaciones mínimas de cada ejercicio resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije el tribunal.
El órgano de selección dará difusión, con anterioridad a la realización de cada prueba, a los criterios generales de valoración, superación y acceso a los siguientes ejercicios.
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión de la persona aspirante en relación con el temario que corresponda, tanto del programa específico como del grupo de temas generales, que figuran en el anexo II de esta convocatoria.
El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 80 preguntas de las que el 50 %, como mínimo, corresponderán al temario del programa específico, y el resto al grupo de temas generales. Las preguntas tendrán cuatro posibles respuestas, siendo solo una de ellas la correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos.
En el plazo máximo de dos días, a contar desde la finalización de la prueba, se hará pública la plantilla de soluciones correctas utilizada por el Tribunal.
La calificación máxima de este ejercicio será de 30 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 15 puntos. Todas las preguntas tendrán el mismo valor, las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor de una respuesta acertada y las preguntas que se dejen sin responder no puntuarán y no tendrán ninguna penalización.
Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito, en un tiempo máximo de 4 horas, de 3 temas del programa. Uno de ellos deberá ser del grupo de temas generales, entre dos extraídos al azar. Los otros dos temas, deberán ser del grupo de temas específicos, elegidos de entre 4 extraídos al azar. Este ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal, previo señalamiento de fecha.
Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en relación con las materias expuestas y solicitar aclaraciones sobre las mismas, durante un plazo máximo de 10 minutos.
Se otorgará una calificación máxima de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al ejercicio siguiente.
Tercer ejercicio: Consistirá en resolver por escrito, en un tiempo máximo de 2 horas, un supuesto práctico, de entre 2 propuestos por el Tribunal, relacionado con el contenido de la segunda parte del programa.
Este ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal por los aspirantes, previo señalamiento de fecha.
Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en relación con las materias expuestas y solicitar aclaraciones sobre las mismas, durante un plazo de 10 minutos.
Se otorgará una calificación máxima de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superar el ejercicio.
El Tribunal valorará, junto al rigor analítico y la claridad expositiva, los conocimientos generales y específicos pertinentemente incorporados al análisis o informe y la capacidad de relacionar los mismos.
Quienes superen el tercer ejercicio, habrán superado la fase de oposición, y su calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
Todos los ejercicios de la fase de oposición se realizarán en la ciudad de Madrid, salvo lo dispuesto en la base 8.5 de esta convocatoria, que será anunciado con la suficiente antelación por el tribunal calificador.
El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente con cualquier otro proceso selectivo, en las fechas de celebración de cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, períodos de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera.
2. Curso selectivo
Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico y práctico, organizado por la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y cuya duración máxima será de tres meses.
Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño profesional, e incluirá un módulo en materia de igualdad entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de género.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los participantes dependerán directamente de la Subsecretaría del Departamento.
El personal funcionario de carrera y laboral fijo que hubiera superado estas pruebas selectivas será autorizado para asistir al curso selectivo por la Subsecretaría del Departamento en el que presten sus servicios.
La calificación máxima del curso selectivo será de 20 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este curso será de 10 puntos.
Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o periodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias.
Una vez superado el curso selectivo, las personas aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino como funcionarios de carrera del Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas. Quienes ya fueran personal funcionario de carrera o laboral fijo antes de participar en estas pruebas selectivas, continuarán asimismo, en la situación de funcionarios en prácticas, debiendo reincorporarse a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquel en que finalice la realización de las prácticas reales, con independencia del momento en que se publique la calificación del curso selectivo.
3 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición y el curso selectivo
En caso de empate, en la calificación final del proceso selectivo, el orden de prelación se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el tercero, segundo y primer ejercicio, por este orden.
El personal funcionario español de Organismos Internacionales podrá acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los correspondientes procesos selectivos.
La exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen deberá solicitarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el Organismo internacional correspondiente de haber superado aquéllas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre acceso de funcionarios de nacionalidad española de Organismos internacionales a Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado.
Primera parte (temario común)
1. La Constitución Española de 1978: características, estructura, principios y valores superiores. Los derechos fundamentales y su especial protección.
2. La Corona: atribuciones y competencias. Sucesión, regencia y refrendo. El Poder Legislativo. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.
3. El Poder Judicial. El control jurisdiccional de la actividad administrativa. El Tribunal Constitucional.
4. El Poder Ejecutivo: composición, designación, funciones y relaciones con el resto de los poderes del Estado. La Administración Pública: principios constitucionales. Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado. El Sector Público institucional. La Administración General del Estado periférica y en el exterior.
5. La definición constitucional del Estado: soberanía nacional y derecho a la autonomía. La organización territorial del Estado. Las comunidades autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. Colaboración, cooperación y coordinación entre las distintas administraciones públicas. La distribución de competencias en materia agroalimentaria, forestal y pesquera entre el Estado y las comunidades autónomas.
6. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. Los tratados internacionales. La Ley: concepto y tipos. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley: Real Decreto-ley y Real Decreto Legislativo. El Reglamento: concepto, clases y límites. La potestad reglamentaria.
7. El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y caracterización. Fases del procedimiento administrativo. La potestad sancionadora de la Administración: principios generales y especialidades del procedimiento sancionador.
8. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia de los actos administrativos. Motivación y notificación. Nulidad y anulabilidad. Conversión, conservación y convalidación. Ejecución forzosa. La revisión de actos en vía administrativa.
9. Los Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario: elaboración, discusión y aprobación del presupuesto. La prórroga presupuestaria. La legislación sobre estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y los presupuestos del Estado. Modificaciones presupuestarias. El control de la actividad financiera en España.
10. Los contratos del sector público. Concepto y clases. Sujetos. Procedimientos de adjudicación. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos.
11. Régimen jurídico de los convenios. Protocolos Generales de Actuación. Encomiendas de gestión y encargos a medios propios. Régimen jurídico de las subvenciones: naturaleza, principios, tipos y procedimiento de concesión. El reconocimiento de la obligación y el pago de las subvenciones. Reintegro y control.
12. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública. Incompatibilidades.
13. Políticas de igualdad, protección y no discriminación en la Administración General del Estado. El Gobierno abierto. Acceso electrónico de los ciudadanos a las Administraciones Públicas. La Administración electrónica.
14. La Unión Europea. Antecedentes históricos, naturaleza jurídica y objetivos. Evolución, tratados originarios y modificativos, fines y perspectivas. Evolución de su composición. Países candidatos y candidatos potenciales.
15. Las competencias de la Unión Europea. El principio de atribución. La Comitología. Las cooperaciones reforzadas. La política de competencia y el régimen de ayudas de Estado. Especial referencia a las políticas agraria y pesquera de la Unión Europea.
16. Las instituciones de la Unión Europea. El Consejo de la Unión Europea y el Consejo Europeo, el Parlamento Europeo, la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia, el Banco Central Europeo y el Tribunal de Cuentas. Otros órganos: el Comité Económico y Social y el Comité de las Regiones. Composición, organización, funcionamiento y atribuciones.
17. El ordenamiento jurídico de la Unión Europea. Derecho originario y Derecho derivado. Los procesos de decisión en la Unión Europea, especial referencia al procedimiento legislativo ordinario. Las relaciones entre el Derecho Europeo y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. Particularidades del caso español: el papel de las comunidades autónomas. Las competencias de la Unión Europea. El principio de atribución.
18. La política exterior y de seguridad común de la Unión Europea. La Unión Económica y Monetaria. Política comercial de la UE. El mercado interior. La libre circulación de mercancías. La libre circulación de trabajadores. La libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios. La libre circulación de capitales.
19. La población española: estructura, distribución, evolución y tendencias. Especial referencia a la población urbana y la población rural. La población activa en España. Distribución sectorial y evolución. Caracterización de la población agraria y pesquera. Factores de modernización e innovación.
20. La economía española. Dimensiones e importancia en el concierto internacional y factores condicionantes de la economía española. Principales períodos económicos y evolución sectorial. Principales indicadores. Los sectores económicos. El sector agroalimentario, forestal y pesquero: concepto, delimitación, caracterización y dimensión. Líneas generales de la política económica actual.
Segunda parte (temario específico)
1. La política agraria como parte de la política económica. Características diferenciadoras del sector agrario. Justificación e instrumentos de la intervención del Estado en la agricultura. Objetivos convencionales y nuevos objetivos.
2. Indicadores macroeconómicos básicos de la agricultura española: Producción de la rama agraria, consumos intermedios y renta agraria. Características y evolución. El comercio exterior agroalimentario. El sector agroalimentario en la economía española.
3. La empresa agraria. Características diferenciales. Estructura productiva. La empresa agraria española. Proyección regional. La explotación familiar agraria. La empresa en el sector de la industria agroalimentaria, características y tipos.
4. Política de precios y política de rentas. Evolución de la política de sostenimiento de precios agrarios. Precios agrarios e inflación. Otras políticas de rentas. La Seguridad Social en el sector agrario. Financiación y prestaciones. Política fiscal. Tipos de impuestos y efectos: IVA e IRPF. Subvenciones agrarias.
5. El seguro agrario. Principios, normas y tipos. El sistema de seguros agrarios combinados. Los Planes Anuales de seguros agrarios, fines y contenidos. Niveles de implantación de los seguros agrarios en los principales grupos de cultivos. La actuación del Estado en la reparación de los daños catastróficos.
6. La política de comercialización agraria, pesquera y alimentaria en España. Interdependencias. Escalones y circuitos comerciales. Peculiaridades sectoriales. La transparencia de los mercados. La información de precios. Tipificación y normalización.
7. Política de industrialización agraria. Las industrias agroalimentarias en España. Análisis económico de las industrias agroalimentarias. Capitalización, empleo, tecnología. Relaciones contractuales agricultura-industrias agroalimentarias.
8. La calidad alimentaria. Antecedentes: el código alimentario. Las normas de calidad. La calidad diferenciada: DOP, IGP y ETG. Registro Comunitario. Caracterización de la calidad diferenciada en España. Las figuras de ámbito supra autonómico. Sistemas de control de la calidad alimentaria. Trazabilidad y autocontrol. Legislación de la Unión Europea sobre información alimentaria facilitada al consumidor.
9. La cadena alimentaria. Principales operadores y relaciones entre ellos. Cadena tradicional y cadena moderna, diferencias. El consumo alimentario. El desperdicio alimentario. La promoción alimentaria.
10. La Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. Objeto, ámbito de aplicación, fines y principios rectores. Los contratos alimentarios. Prácticas comerciales abusivas. Buenas prácticas en la contratación Alimentaria.
11. Infracciones y sanciones en materia de contratación alimentaria. Competencia sancionadora. La Agencia de Información y Control Alimentarios, O.A. Creación, fines y funciones del organismo. Facultades de los funcionarios de la Agencia en las actuaciones de inspección y control que realicen. Las actas de inspección: formalización, contenido y valoración.
12. Política de estructuras agrarias. La estructura de las explotaciones agrarias en España. El proceso de ajuste estructural en la agricultura española. Medidas clásicas de política estructural. Desarrollo rural integrado.
13. La Política de Regadíos en España. Antecedentes. Base Legal. Relación con la Planificación Hidrológica Nacional y la Directiva Marco del Agua. El Plan Nacional de Regadíos. La Transformación de «grandes zonas regables» y el papel de las Comisiones Técnicas Mixtas. La modernización de regadíos y la gestión sostenible del agua. Las Comunidades de Regantes.
14. Política de investigación desarrollo e innovación agraria y alimentaria. Planificación y programación de la investigación agraria. La innovación tecnológica y su difusión en la agricultura. El sistema educativo actual y la formación profesional agraria reglada y no reglada. La difusión del conocimiento en el medio rural y agrario. Los sistemas de asesoramiento a las explotaciones, el papel de los Akis.
15. Asociacionismo agrario y pesquero. Fórmulas asociativas. Cooperativas. Régimen jurídico. Sociedades agrarias de transformación. Las agrupaciones de productores agrarios. Otras figuras asociativas. Normativa para el fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario. Organizaciones interprofesionales y referencia a las extensiones de norma.
16. El sector agrario y el medio ambiente. Recursos naturales y agricultura. El cambio climático: compromisos de España. Fuentes de emisión de gases de efecto invernadero en la agricultura. Adaptación y mitigación del cambio climático. Programa europeo de Medio Ambiente y Acción por el Clima (LIFE). El Pacto Verde Europeo.
17. La sanidad vegetal en España. Legislación nacional. Distribución de competencias y organización administrativa. Legislación de Sanidad vegetal de la Unión Europea. Reglamento (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales. Principales reglamentos delegados y de ejecución que desarrollan y complementan el Reglamento (UE) 2016/2031. Régimen fitosanitario específico de Canarias.
18. Situación fitosanitaria en España: Principales plagas de interés. Plaga cuarentenaria, plaga prioritaria y plaga regulada no cuarententaria. Pasaporte Fitosanitario. Planes de contingencia.
19. Convención Internacional para la Protección Fitosanitaria (CIPF). Organización y funciones. Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias (NIMF): especial referencia a las normas número 12, 15, 23 y 31. Sanidad vegetal en frontera. Importación. Reglamentación. Productos regulados, puntos de entrada autorizados. Exportación. Requisitos fitosanitarios. Certificado fitosanitario.
20. La agricultura en el mundo. Características de la agricultura de los principales países exportadores. El comercio mundial de productos agrarios. La OMC y postura de las distintas partes en las negociaciones. Los acuerdos comerciales agrarios de la Unión Europea con otros países.
21. La agricultura en la Unión Europea. Heterogeneidad y características de la agricultura comunitaria. Las grandes producciones continentales. Los productos mediterráneos. La posición importadora/exportadora de la agricultura comunitaria. El comercio intracomunitario de productos agrarios.
22. Configuración de la Política Agraria Común (PAC). Principios y objetivos. Evolución. Reformas. Situación actual. Perspectivas de futuro.
23. La política de precios y mercados. Antecedentes: las Organizaciones Comunes de Mercado (OCM). Régimen de precios, de ayudas y de intervención. La reforma de la PAC de 1992 y las medidas de acompañamiento. La reforma de la PAC en la Agenda 2000. Las medidas de carácter horizontal. La orientación del desarrollo rural. La PAC ante la gran ampliación de la UE.
24. El primer pilar de la PAC. La Reforma de la PAC de 2003. El FEAGA. Condicionalidad, modulación y desacoplamiento de las ayudas. La Reforma de la PAC de 2013. El marco financiero plurianual 2014-2020. El nuevo régimen de pago básico y otros pagos desacoplados. La Organización Común de los Mercados de los Productos Agrarios (OCMA). La reforma de la PAC «post 2020»: prioridades. Perspectivas de futuro.
25. El segundo pilar de la PAC: Desarrollo Rural. Antecedentes. El periodo 2014-2020: novedades, objetivos y características. El FEADER como fondo agrario y fondo EIE. La programación del desarrollo rural en España en el periodo 2014-2020: acuerdo de asociación, marco nacional y programas autonómicos de desarrollo rural. El Programa nacional de Desarrollo Rural. Periodo transitorio 2021/2022. Perspectivas de futuro, periodo 2023/2027.
26. Retos del desarrollo rural en España y sus principales actores. El despoblamiento del medio rural. El papel de los jóvenes y las mujeres. La innovación y la digitalización del medio rural. El emprendimiento. Herramientas de la política de desarrollo rural para hacerles frente. El trabajo en red, la Red Rural Nacional. Perspectivas de futuro.
27. La política de cohesión y los fondos estructurales. Antecedentes y evolución. La política estructural y de cohesión en los distintos períodos de programación. Características del período 2014-2020. Perspectivas para el MFP 2021-2027. Especial referencia a la aplicación en España.
28. La seguridad alimentaria en la Unión Europea. Legislación básica, ámbito de aplicación, principios y requisitos generales. La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria. El sistema de alerta rápida, gestión de crisis y situaciones de emergencia. El Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.
29. Tratados internacionales en materia de pesca. La Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar: el régimen jurídico de los espacios marítimos. Código de Conducta de FAO para la Pesca Responsable. Organizaciones Regionales de Pesca. Acuerdos de Asociaciones Pesqueras de la UE con terceros países.
30. Política Pesquera Común (PPC). Antecedentes y evolución de la PPC. Régimen de cuotas y captura. La política estructural pesquera. La OCM del sector de la pesca. Características principales de la regulación. El Fondo Europeo Marítimo y de Pesca. La aplicación en España.
31. El sector pesquero en España. Estructura y principales magnitudes. Los factores de producción pesquera. La acuicultura. La protección de los recursos pesqueros. Medidas de conservación, protección, regeneración y gestión de los recursos pesqueros.
32. Factores de producción en la agricultura: el clima, el agua, el suelo. Influencia en la agricultura española, aspectos regionales. Problemas, limitaciones y perspectivas de futuro. Tipos de agricultura: secano, regadío extensivo y regadío intensivo. Características. Principales producciones. Técnicas de producción. Problemática y perspectivas de futuro. Aspectos regionales.
33. Los sectores productores de cereales, oleaginosas, proteaginosas y leguminosas. Mercado mundial, comunitario y nacional. La producción en España. Regulación.
34. Los sectores productores de frutas y hortalizas. Mercado mundial, comunitario y nacional. La producción en España. Regulación.
35. Los sectores productores vitivinícola, del aceite de oliva y de otras materias grasas. Mercado mundial, comunitario y nacional. La producción en España. Regulación.
36. Los sectores productores de vacuno de leche, vacuno de carne, ovino y caprino. Mercado mundial, comunitario y nacional. La producción en España. Regulación.
37. Los sectores productores de porcino y avícola. Mercado mundial, comunitario y nacional. La producción en España. Regulación.
38. La Producción Ecológica. Caracterización de la producción ecológica en España, evolución y desarrollo. Normativa. Su control en España. La producción integrada. Características, normativa y evolución.
39. Los medios de producción empleados en la agricultura española. Los inputs energéticos. Los inputs hidráulicos. Fertilizantes. Incidencia de los fertilizantes en la producción agraria. Maquinaria y equipos. Tipos y características. Semillas y las plantas de reproducción vegetativa. Los productos y los medios de defensa fitosanitaria
40. Sistemas de información geográfica. Áreas de aplicación y medios de transmisión. El sistema de información geográfica de parcelas agrícolas, SIGPAC La fotogrametría y la teledetección de satélites aplicadas a la agricultura y a la pesca. Aplicación al control de ayudas de la PAC. Aplicación a la estimación de cosechas. Aplicaciones pesqueras.
41. Técnicas de manipulación, almacenamiento y acondicionamiento de frutas y hortalizas frescas. Materias primas. Operaciones básicas. Tipos de productos, características y procesos propios. Análisis de este sector industrial en España: debilidades y fortalezas.
42. Técnicas de producción de aceites vegetales. Materias primas. Operaciones básicas. Tipos de productos, características y procesos propios de obtención. Análisis del sector industrial de los aceites vegetales en España: debilidades y fortalezas.
43. Técnicas de producción de vinos, alcoholes y derivados. Materias primas. Operaciones básicas. Tipos de productos, características y procesos propios de obtención. Análisis de este sector industrial en España: debilidades y fortalezas.
44. Técnicas de producción de leche y productos lácteos. Materias primas. Operaciones básicas. Tipos de productos, características y procesos propios de obtención. Análisis de este sector industrial en España: debilidades y fortalezas.
45. Técnicas de producción de carnes y derivados. Materias primas. Operaciones básicas. Tipos de productos, características y procesos propios de obtención. Análisis de este sector industrial en España: debilidades y fortalezas.
Tribunal Titular
Presidenta: Ana Isabel Conchina Rosado, Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas.
Secretario: Enrique García Espinosa, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Vocales:
Roberto Macías Cubeiro, Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado.
Felisa Azucena Ballesteros Ballesteros, Cuerpo de Inspectores de Calidad del Servicio de Defensa Contra Fraudes.
Borja Cuadrado Anibarro, Cuerpo Nacional Veterinario.
Tribunal Suplente
Presidente: Carlos Salamanca Fresno, Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado.
Secretaria: Esperanza Fernández Varela., Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Vocales:
María Consuelo Aldea Pecero, Cuerpo Técnico de la Comunidad de Castilla-La Mancha.
Cristina Ortega García, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Jorge Cuevas Moreno, Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares:
En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría de Agricultura, Pesca, y Alimentación»
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas», «Código», se consignará «0112».
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L».
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Agricultura, Pesca y Alimentación»
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Para ello deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
En el recuadro 22, las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo.
En el recuadro 24, En caso de familia numerosa o discapacidad deberá indicar la Comunidad Autónoma en la que se reconoce esta condición.
En el recuadro 25, En caso de familia numerosa deberá indicar el número del título.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título exacto que se posee en virtud de lo señalado en la base 4.
El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 23,33 euros, y para las familias numerosas de categoría general de 11,67 euros.
Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las comunidades autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención:
1. Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
Estos extremos se verificarán, salvo que conste la oposición expresa del interesado manifestada en la solicitud, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos. En el caso de no constar el consentimiento para el acceso, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se deberá solicitar por el interesado en la oficina de los servicios públicos de empleo. En ella constará que se cumple con los requisitos señalados y deberá ser presentada por el interesado junto con el resto de la documentación.
2. Que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional, en el último año fiscal cerrado.
En cuanto a la acreditación de las rentas, salvo que conste la oposición expresa del interesado manifestada en la solicitud, se verificará por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos. En caso de no constar el consentimiento para el acceso, se realizará mediante un certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al año 2022 y, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo ejercicio, que deberá aportar el interesado y que podrá solicitar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria en el enlace:
Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. IRPF – Sede Electrónica – Agencia Tributaria
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante una sentencia judicial firme o en virtud de una resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional que añade un nuevo párrafo al apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, Subdirección General de Recursos Humanos, Paseo Infanta Isabel, 1, 28071-Madrid
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid