Con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública y en cumplimiento de lo dispuesto el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 12 de julio) por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023, esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Médicos Titulares.
Conforme al artículo 20.Tres.3 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 («Boletín Oficial del Estado» de 24 de diciembre), se convocan las plazas de la Oferta de Empleo Público del año 2023 y las plazas no cubiertas de las Ofertas de Empleo Público de los años 2021 y 2022 aprobadas por el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 28 de julio) y el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 25 de mayo), respectivamente.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de enero de 2021), por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 22 de julio), por las que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso a cuerpos o escalas de la Administración General del Estado y por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, y se desarrollarán de acuerdo con las siguientes:
Bases específicas
La presente convocatoria se publicará, entre otros, en el Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es) y en la web del Ministerio de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es).
1. Descripción de las plazas
Se convoca proceso selectivo para cubrir 196 plazas del Cuerpo de Médicos Titulares, código 1205, por el sistema general de acceso libre. De estas plazas, 28 corresponden a las plazas no cubiertas del Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, 84 plazas no cubiertas al Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, y 84 plazas al Real Decreto 625/2023.
Del total de las plazas convocadas por el sistema general de acceso libre, se reservarán 11 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. De estas plazas, 3 plazas no cubiertas que corresponden al Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, 4 plazas no cubiertas del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, y 4 plazas del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio. La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de participación de la convocatoria.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, esta será incluida por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, así como en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por los que se aprueban las Ofertas de Empleo Público para los años 2021, 2022 y 2023, respectivamente, las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden desiertas no se podrán acumular al turno general.
2. Proceso selectivo
El proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Médicos Titulares se realizará mediante el sistema de oposición con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombradas personal funcionario en prácticas por la autoridad convocante.
Concluido el proceso selectivo, las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos serán nombradas personal funcionario de carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública. Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».
3. Desarrollo del proceso selectivo
3.1 El orden de actuación de las personas opositoras se iniciará alfabéticamente por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra «W», de conformidad con lo previsto en la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» de 29 de julio).
3.2 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará una resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas las listas de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los lugares previstos en la base específica 10, se indicará la relación de personas aspirantes excluidas, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio del proceso selectivo.
3.3 Una vez comenzado el mencionado proceso, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo, conforme al artículo 21 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Estos anuncios se efectuarán en los lugares previstos en la base específica 10, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.
Las fechas de realización de alguno de los ejercicios, o sus lecturas, así como el curso selectivo, podrán ser coincidentes con las fechas de celebración de ejercicios y cursos selectivos de otros procesos de selección. Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único quedando decaídos en su derecho quienes no comparezcan a realizarlo, sin perjuicio de lo dispuesto en la base específica 9.
3.4 Según lo establecido en el Real 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público del año 2023, el primer ejercicio de la fase de oposición tendrá que celebrarse en el plazo máximo de tres meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria.
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. La previsión sobre la duración máxima de este proceso selectivo es de nueve meses. A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos durante el mes de agosto, y a fin de garantizar el correcto desarrollo de aquello, se declara inhábil dicho mes, a efectos del cómputo de plazos en las pruebas selectivas de la presente convocatoria, así como en los recursos administrativos que puedan interponerse frente a los actos y resoluciones dictados durante el curso de estos procesos.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal calificador deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas relativas a este proceso selectivo.
4. Programas
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de esta convocatoria.
5. Tribunal
5.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III de esta convocatoria. Para aquellos ejercicios que requieran su inmediata corrección, la composición diaria del tribunal podrá ser de tres miembros, designados por el presidente. Las competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la calificación de los ejercicios. Se publicará un breve currículum profesional de las personas que forman parte de los tribunales en el Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es) y en la web del Ministerio de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es).
5.2 El tribunal velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española.
5.3 El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes.
5.4 Si en cualquier momento del procedimiento el tribunal tuviera conocimiento de que alguna persona aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión al órgano convocante o, en su caso, poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta circunstancia, para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.
5.5 El tribunal adoptará las medidas oportunas que permitan a las personas aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud de participación en el proceso selectivo poder participar en las fases del mencionado proceso en igualdad de condiciones con el resto de participantes, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
5.6 El Tribunal calificador podrá adoptar las medidas, instrucciones o resoluciones necesarias para descentralizar al máximo la realización de las pruebas selectivas o de algunas de sus fases, pudiendo establecer el procedimiento a seguir en el uso de los medios electrónicos, incluidos los audiovisuales, de forma que el proceso se haga accesible mediante la territorialización, según la lista de personas admitidas.
5.7 Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de las fases, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
5.8 El tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia.
En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio y actuará de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. En el caso de que el tribunal acuerde parámetros para la calificación de un ejercicio, en desarrollo de los criterios de valoración previstos en esta convocatoria, aquellos se difundirán con anterioridad a la realización del ejercicio. Igualmente, en las actas del tribunal deberá quedar constancia del desglose de las puntuaciones otorgadas y de su cálculo, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de los ejercicios en esta convocatoria.
El tribunal calificador podrá establecer baremos de evaluación diferenciados entre el sistema de acceso general y el sistema de acceso reservado a personas con discapacidad, garantizándose el carácter individual de los mismos.
El tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de personal funcionario a un número superior de personas aprobadas al de plazas convocadas.
5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Sanidad, paseo del Prado, 18-20, dirección de correo electrónico medicostitulares2023@sanidad.gob.es.
6. Requisitos de las personas aspirantes
Además de los requisitos enumerados en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de licenciado o graduado en Medicina, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho de la Unión Europea.
Las personas candidatas deberán poseer los requisitos exigidos en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera los requisitos exigidos.
7. Acceso de personas con discapacidad
7.1 Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento podrán participar por el sistema de acceso general o bien por el cupo de reserva de personas con discapacidad, debiendo indicarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo, conforme al anexo V.
7.2 Con independencia del sistema de acceso por el que se presenten, las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, incluyendo el curso selectivo, podrán requerir en el formulario de solicitud de participación en dicho proceso las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo, o del mencionado curso.
Las personas interesadas deberán indicar expresamente en el formulario de participación las adaptaciones de tiempo y/o medios que soliciten para cada uno de los ejercicios del proceso selectivo. Para que el Tribunal calificador pueda valorar la procedencia o no de la adaptación solicitada, las personas interesadas deberán anexar necesariamente copia del dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad en el que quede acreditado de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, sin que sea válido, a estos efectos, ningún otro documento. Para poder realizar la correspondiente valoración será requisito imprescindible la aportación del dictamen técnico facultativo en el plazo de presentación de solicitudes.
7.3 El tribunal adoptará las medidas oportunas que permitan a las personas aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud poder participar en las pruebas del proceso selectivo y en el curso selectivo en igualdad de condiciones con el resto de participantes, conforme con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, y aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
7.4 A las personas aspirantes que participen por turno de discapacidad, que superen uno o más ejercicios con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima del ejercicio correspondiente, podrán solicitar la conservación de las calificaciones en la convocatoria inmediata siguiente, como indica el punto 4 del anexo I de esta convocatoria.
8. Solicitudes
8.1 La solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
8.2 Las solicitudes de participación se presentarán únicamente por vía electrónica, de acuerdo con la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
8.3 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente la solicitud de admisión conforme a la base específica 8.8. La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante. Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción serán los que determine el servicio Inscripción a Pruebas Selectivas (IPS).
8.4 Las personas aspirantes que, de acuerdo con lo dispuesto en el punto 6 del apartado Decimocuarto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes, estén exentos del pago de la tasa o tengan derecho a la reducción de esta, deberán acompañar a la solicitud la documentación acreditativa indicada en la base específica 8.8.1. No será necesario presentar esta documentación si la persona interesada consiente en la solicitud el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos.
8.5 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
8.6 Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación sustitutoria.
8.7 De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, a continuación, se recoge la información básica al respecto:
– Responsable: Ministerio de Sanidad. Subsecretaría. Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios. Paseo del Prado n.º 18-20, 28071 (Madrid). Correo: subsecretaria@sanidad.gob.es.
– Delegado de Protección de Datos: delegadoprotecciondatos@sanidad.gob.es.
– Finalidad: gestión de procesos selectivos de personal funcionario.
– Legitimación: Artículo 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
– Destinatarios: los datos de identidad de las personas aspirantes (nombre, apellidos y los dígitos del documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, o documento equivalente que correspondan según la Orientación para la aplicación provisional de la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018) serán publicados en la página web del Ministerio de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es) y en el Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es).
– Derechos: las personas interesadas tienen derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y de oposición mediante los procedimientos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
8.8 Cumplimentación de solicitudes.
La inscripción se cumplimentará y se presentará por vía electrónica en el modelo oficial 790 de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen, según las siguientes instrucciones:
– Las personas interesadas realizarán su inscripción online a través de la aplicación de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias).
– Para ello, las personas aspirantes deberán seleccionar el cuerpo y la forma de acceso que corresponda y pulsarán el botón «Inscribirse». A continuación, en la opción «Realice su inscripción online» deberá pulsar el botón «Acceder a Cl@ve» y seguir las instrucciones que se le indiquen en la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades. Es imprescindible disponer de certificado electrónico o estar registrado en el sistema cl@ve para identificarse y realizar la inscripción.
La presentación electrónica permitirá lo siguiente:
– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790, conforme a las instrucciones del anexo V de esta convocatoria.
– Anexar, en su caso, documentos escaneados a su solicitud.
– El pago electrónico de tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de inscripción.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos efectos, permitiendo completar o modificar los datos subsanables que fueran erróneos, y/o anexar a través de IPS la documentación que se quiera para legitimar la subsanación.
Para confirmar que la inscripción ha sido correctamente registrada, las personas aspirantes deberán descargar el justificante de registro de su solicitud de admisión. En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán dirigirse al teléfono 060 o rellenar el formulario de consultas/incidencias de IPS, disponible en la siguiente dirección: https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS.
– El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 2 de abril), por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el número de referencia completo (NRC) emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.
– Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran el justificante de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «Mis inscripciones».
– Cuando se haya producido una incidencia técnica debidamente acreditada que haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas y, en este caso, el órgano de selección haya acordado la cumplimentación y presentación sustitutoria en papel, las personas aspirantes que curse su solicitud en el extranjero podrán presentarlas en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o, cuando se disponga de una cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente código IBAN ES06-0182-2370-4902-0020-3962 (código BIC BBVAESMM) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda y Función Pública. Derechos de examen». Este sistema de pago sólo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero y desde cuentas bancarias abiertas en entidades extranjeras, no siendo admitida esta modalidad de pago en ningún otro caso.
– En el caso de exención del pago de la tasa o reducción de esta, si no se ha otorgado la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en la plataforma de intermediación deberá anexarse escaneada la documentación justificativa relacionada en la base específica 8.8.1.
Durante el plazo de subsanación de solicitudes, cuando la causa de exclusión estuviera relacionada con la exención de pago de la tasa conforme con lo indicado en la base específica 8.8.1, se deberá anexar necesariamente a través de IPS la documentación requerida que legitime la subsanación de la misma.
8.8.1 Exención del pago de tasas.
Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. La condición de discapacidad se verificará por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección https://administracion.gob.es/PAG/PID.
Si la persona interesada se ha opuesto en la solicitud al tratamiento de los datos para su verificación por la Administración de los datos expresados en la solicitud alegando una causa para ello, deberá presentar anexa a la solicitud el certificado acreditativo de su condición de discapacidad.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria. Para el disfrute de la exención se deberán cumplir los dos requisitos siguientes:
1. Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado una oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
Estos extremos se verificarán, en todo caso y salvo que conste oposición expresa de la persona interesada, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.
En caso de no dar el consentimiento expreso al órgano gestor para el acceso, la persona aspirante deberá presentar anexo a la solicitud la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados anteriormente.
2. Que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional en vigor a la fecha de publicación de esta convocatoria.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se verificará por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos de los datos obrantes en la Agencia Estatal de Administración Tributaria conforme a las rentas que resulten de la declaración presentada, con independencia de que se haya optado por la tributación conjunta o individual, siempre que la persona interesada haya autorizado expresamente la consulta de sus datos en esta Agencia Estatal en la correspondiente casilla de la solicitud.
En caso de no constar el consentimiento expreso al órgano gestor para el acceso, la persona aspirante deberá presentar anexo a la solicitud certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al año 2022 y, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo ejercicio.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 19 de noviembre), de protección de la Familia Numerosa. De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 por cien de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 por ciento los miembros de las familias de la categoría general.
La condición de familia numerosa se verificará por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos. Si la persona interesada se ha opuesto en la solicitud al tratamiento de los datos para su verificación por la Administración alegando causa para ello, deberá presentar anexa a la solicitud el correspondiente título de familia numerosa actualizado.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
8.8.2 Documentación adicional.
Las personas aspirantes que se encuentren en los siguientes supuestos deberán presentar la siguiente documentación adicional:
a) Las personas aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones o ajustes razonables de tiempos y medios para la realización de los ejercicios y pruebas del proceso selectivo, incluyendo el curso selectivo, deberán anexar necesariamente el dictamen técnico facultativo, como se indica en la base específica 7.2.
b) Las personas aspirantes incluidos en los párrafos a), b) y c) de la base décima 1.2 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, deberán acompañar a su solicitud los documentos que acrediten las condiciones que aleguen sobre su nacionalidad.
c) Aquellas personas aspirantes que tengan la condición de personal funcionario español en organismos internacionales presentarán los certificados y documentos previstos en la base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
9. Embarazo de riesgo o parto
Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o parto alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el derecho del resto de las demás personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal calificador. En todo caso, la realización de las citadas pruebas o curso selectivo tendrá lugar antes de la publicación de la lista de personas que han superado el proceso selectivo.
10. Relaciones con el ciudadano
A lo largo del proceso selectivo, conforme a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, toda información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo del proceso selectivo se publicará en las páginas web del Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es) y del Ministerio de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es).
En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
11. Selección de personal funcionario interino
11.1 Con objeto de reducir los plazos de incorporación de personal funcionario interino y hacer efectiva la aplicación de los principios de mérito y capacidad en la selección de ese personal, a la finalización del mismo, el tribunal calificador de este proceso selectivo elaborará una relación de posibles personas candidatas para el nombramiento como personal funcionario interino, con la duración, características y funcionamiento que establezca el órgano convocante, y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.20 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, y el apartado vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
11.2 Para poder formar parte de la relación, deberán poseer todos los requisitos que se exijan en la correspondiente convocatoria.
12. Norma final
A estas pruebas selectivas les será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en lo que no se oponga a la anterior norma, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el resto de la normativa vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante la Subsecretaría de Sanidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Madrid, 15 de diciembre de 2023.–La Subsecretaria de Sanidad, Ana María Sánchez Hernández.
Acceso libre
1. Fase de oposición
La oposición estará formada por los siguientes ejercicios, todos ellos de carácter eliminatorio:
Primer ejercicio. Consistirá en la contestación por escrito, en un tiempo máximo de 150 minutos, de un cuestionario de 120 preguntas, más diez de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, preparado por el tribunal calificador, que versará sobre el contenido de todo el temario de la oposición. Como mínimo, el 25 por ciento de las preguntas deberán referirse a temas de la parte primera del programa.
La puntuación del ejercicio se obtendrá de acuerdo con las siguientes reglas:
En este ejercicio se valorarán hasta un máximo de ciento veinte preguntas, que se puntuarán de la forma siguiente:
– Cada contestación correcta valdrá 1 punto
– Se restará 0,25 puntos por cada una de las respuestas incorrectas
– Se dejarán de valorar las preguntas no respondidas
– De las operaciones anteriores se obtendrá la valoración inicial de cada participante en el ejercicio.
Este ejercicio se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para acceder al siguiente ejercicio, para lo cual el tribunal calificador adaptará la puntuación del ejercicio a una calificación de cero a diez puntos.
Las personas aspirantes que alcancen al menos la mitad de la puntuación máxima superarán el ejercicio y, en caso de que de este modo no superasen el ejercicio al menos tres aspirantes por plaza ofertada, se considerará como puntuación mínima del ejercicio la que corresponda hasta que el mismo sea superado por el triple de aspirantes que plazas se convocan en la presente convocatoria, siempre que dichos aspirantes hayan obtenido al menos el 35 por ciento de la puntuación teórica máxima (3,5 puntos).
Las plantillas correctoras de este ejercicio se harán públicas en el plazo máximo de dos días hábiles a contar desde el día siguiente a la finalización del mismo.
Segundo ejercicio. Consistirá en la evaluación del conocimiento escrito del idioma inglés de las personas candidatas.
Para la evaluación de estos conocimientos se deberá optar por una de las dos modalidades excluyentes: una presencial y, otra, sustitutiva de la anterior, mediante la presentación de alguno de los títulos de inglés recogidos en el anexo IV. Para ello, las personas aspirantes deberán indicar en la casilla «27 C» del modelo 790 la opción de evaluación del conocimiento de idioma a la que se acogen, «Presencial» o «Titulación», conforme a las instrucciones del anexo V. El título deberá anexarse durante el plazo de presentación de solicitudes.
Independientemente de la modalidad a la que se acojan las personas candidatas, la calificación máxima de este ejercicio será de 10 puntos. Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para tener acceso al siguiente ejercicio. Esta calificación vendrá determinada por la capacidad de la persona aspirante para entender el idioma inglés y para expresarse en él con suficiente fluidez.
a) Modalidad presencial.
Consistirá en la traducción de dos textos propuestos por el tribunal: uno en inglés para su traducción al castellano y otro en castellano para su traducción al inglés. Para la realización del ejercicio las personas aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 1 hora.
Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para acceder al siguiente ejercicio. Cuando el nivel demostrado en las pruebas sea inferior a B2 no supondrán la superación del ejercicio.
El tribunal podrá estar asistido por especialistas en idioma inglés.
b) Modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación.
Alternativamente a la modalidad anterior, las personas opositoras que así lo deseen podrán acreditar su conocimiento de inglés presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo IV, siempre y cuando se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias.
La calificación, coincidiendo con las calificaciones de la modalidad presencial, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y de acuerdo con el anexo IV, se establecerá siguiendo el siguiente baremo:
– Una puntuación de 10 puntos a un nivel C2, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo IV.
– Una puntuación de 7,5 puntos a un nivel C1, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo IV.
– Una puntuación de 5 puntos a un nivel B2, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo IV.
– Los títulos de niveles inferiores a B2 no supondrán la superación del ejercicio.
Previamente a la celebración del ejercicio el tribunal habrá de estudiar la documentación presentada por las personas aspirantes con el fin de corroborar la idoneidad de los títulos presentados. De esta manera, el tribunal podrá convocar, para que se presenten por la modalidad presencial, a aquellas personas aspirantes que no reúnan los requisitos para la modalidad de acreditación del conocimiento de inglés mediante titulación.
El tribunal cotejará la autenticidad de la documentación aportada, ante la existencia de dudas derivadas de la calidad de la copia, pudiendo requerir la documentación original acreditativa de la titulación en cualquier momento del proceso selectivo. Si no se presentara dicha documentación o de la documentación presentada se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido, se perderá el acceso al siguiente ejercicio.
Tercer ejercicio. Consistirá en el desarrollo por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, de dos temas, uno de la parte segunda y otro de la parte tercera del programa. Para ello, la persona opositora elegirá un tema de entre dos sacados al azar por el tribunal de cada una de dichas partes del programa. Cada persona opositora procederá a la lectura pública de su ejercicio. Finalizada la exposición, el tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido de los temas que haya desarrollado la persona opositora durante un tiempo máximo de quince minutos. Se valorarán los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como la forma de presentación y exposición.
Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.
Cuarto ejercicio. Consistirá en la resolución por escrito, durante un tiempo máximo de dos horas, de un supuesto práctico propuesto por el tribunal sobre las materias contenidas en el programa. Cada aspirante procederá a la lectura pública de su ejercicio. Finalizada la exposición, el tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido del mismo durante un tiempo máximo de quince minutos. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada.
Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.
El tribunal podrá contar con asesores especialistas para la valoración de todos o alguno de los ejercicios de la oposición.
En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho las personas opositoras que no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el tribunal, que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá calificar los ejercicios de las personas aspirantes de acuerdo con los criterios de corrección y los baremos de puntuación establecidos en este anexo y deberá publicar con anterioridad a la realización de la prueba los criterios de corrección, valoración y superación de aquella que no estén expresamente establecidos en las bases de la convocatoria.
La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios primero, segundo, tercero y cuarto.
No podrá superar esta fase un número mayor de aspirantes que el de plazas convocadas. En caso de empate de puntuación, se dirimirá el desempate por los puntos obtenidos en el tercer ejercicio, el cuarto, el segundo y el primero de la fase de oposición.
Las personas aspirantes que tengan la condición de personal funcionario de organismos internacionales estarán exentas de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.
Finalizada la fase de oposición, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación. Dichas personas aspirantes aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde esta publicación, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
2. Curso selectivo
El curso selectivo tendrá un carácter teórico-práctico destinado a adquirir conocimientos y habilidades en materia de sanidad exterior, productos de uso humano, promoción de la salud y vigilancia de la salud pública, así como en materia de sanidad ambiental, calidad asistencial y seguridad del paciente y consistirá en un periodo formativo de duración de un mes, a celebrar en las sedes del Ministerio de Sanidad y en las áreas funcionales y dependencias provinciales de Sanidad y Política Social de las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno. La asistencia al curso selectivo será obligatoria.
El curso selectivo deberá contemplar formación en materia de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y en materia de violencia de género, tal y como recoge el artículo 61 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de enero de 2021), por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.
La Subsecretaría del Ministerio de Sanidad designará a la persona directora del curso selectivo. Al final de dicho curso, la persona directora del curso emitirá informe para cada una de las personas aspirantes en el que se valorará su rendimiento considerando la asistencia y adquisición de conocimientos, teniendo en cuenta el informe de las unidades donde hayan realizado la parte práctica. Ese informe se elevará al órgano convocante declarando a las personas aspirantes «aptas» o «no aptas». Las personas aspirantes que no obtengan la calificación de «aptas» perderán el derecho a su nombramiento como personal funcionario de carrera.
En caso de no poder realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, se podrá efectuar con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. La coincidencia de dos cursos selectivos en el tiempo no será considerada causa de fuerza mayor, por lo que se deberá optar por realizar un curso selectivo u otro. En los casos debidamente justificados, el órgano responsable del curso selectivo valorará la posibilidad de autorizar las adaptaciones necesarias y, en particular, en las circunstancias especialmente protegidas del III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado.
3. Calificación final
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntaciones obtenidas en la fase de oposición por aquellas personas aspirantes calificadas «aptas» en el curso selectivo.
4. Conservación de calificaciones y exenciones de ejercicios
En caso de no superar el proceso selectivo, las personas aspirantes del turno general que superaran el primer ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima, podrán solicitar la conservación de dicha calificación en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando los ejercicios sean análogos en el contenido del temario, en la naturaleza de los mismos y en la forma de calificación, salvo actualización normativa.
Asimismo, las personas aspirantes del turno de discapacidad que superaran uno o más ejercicios con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima del ejercicio correspondiente, podrán solicitar la conservación de dicha calificación en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando los ejercicios sean análogos en el contenido del temario, en la naturaleza de los mismos y en la forma de calificación, salvo actualización normativa.
No obstante, todas las personas aspirantes que opten por realizar el ejercicio de que se trate, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria inmediata anterior.
Para hacer uso de este derecho, deberán indicarlo en la solicitud de participación de la convocatoria inmediata siguiente, conforme a las instrucciones del anexo V.
Parte primera
Tema 1. La Constitución española de 1978. Características, estructura, principios constitucionales y valores superiores. Los derechos y deberes fundamentales y su especial protección.
Tema 2. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo. El Consejo de Estado.
Tema 3. La Corona: funciones constitucionales del rey. Sucesión y regencia. El refrendo.
Tema 4. Las Cortes Generales: Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.
Tema 5. El Gobierno: composición, designación y funciones. La Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. Los Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario.
Tema 6. La Administración Pública en la Constitución española: principios constitucionales. La organización territorial del Estado. La Administración General del Estado y su organización periférica. La Administración Local y las Comunidades Autónomas. Las ciudades autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas Administraciones Públicas.
Tema 7. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de fuentes. La Ley. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley: Decreto-ley y Decreto Legislativo. El Reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del Derecho Administrativo.
Tema 8. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Disposiciones generales. De las personas interesadas en el procedimiento. De la actividad de las Administraciones Públicas. De los actos administrativos. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. De la revisión de los actos en vía administrativa.
Tema 9. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (I). Disposiciones generales. La Administración General del Estado. Los ministerios y su estructura interna. Órganos territoriales. La Administración General del Estado en el exterior. Organización y funcionamiento del sector público institucional. Los organismos públicos estatales. Las autoridades administrativas independientes del ámbito estatal. Las sociedades mercantiles estatales. Los consorcios. Las fundaciones del sector público estatal. Los fondos carentes de personalidad jurídica del sector público estatal.
Tema 10. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (II). Relaciones interadministrativas. Principios generales. Deber de colaboración. Relaciones de cooperación. Relaciones electrónicas entre las Administraciones. Principios de la potestad sancionadora. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas. Funcionamiento electrónico del sector público. Los convenios.
Tema 11. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Los contratos en el sector público: concepto, tipos, principios, características y elementos. Adjudicación y ejecución.
Tema 12. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones públicas. El Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración pública. Incompatibilidades.
Tema 13. Políticas de igualdad, protección y no discriminación en la Administración General del Estado. Igualdad de género. Políticas contra la violencia de género. Políticas de integración de las personas con discapacidad. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. Normativa vigente.
Tema 14. La Unión Europea. Antecedentes, tratados originarios y modificativos. Objetivos y naturaleza jurídica. La salud pública en los Tratados de la Unión Europea. Las instituciones de la Unión Europea. El Consejo de la Unión Europea y el Consejo Europeo, el Parlamento Europeo, la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia y el Tribunal de Cuentas. Funcionamiento y relaciones institucionales. Fuentes del Derecho Comunitario. La eficacia directa y la primacía del Derecho Comunitario. Relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados Miembros. El procedimiento por incumplimiento del Derecho Comunitario. Actos delegados y de ejecución.
Tema 15. La Dirección General de Salud y Seguridad Alimentaria de la Comisión Europea. Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades.
Tema 16. La libre circulación de mercancías. La libre circulación de personas. La libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios. La proyección exterior de la Unión Europea. Política exterior y de seguridad común de la Unión Europea.
Tema 17. Ley 14/1986, de 25 abril, General de Sanidad. Estructura. Fundamentos básicos. Las competencias sanitarias del Estado y de las comunidades autónomas. Coordinación general sanitaria. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Tema 18. Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Competencias de las Administraciones públicas en materia de consumo. El derecho de los consumidores a la información. Ley 28/2015, de 30 de julio, para la defensa de la calidad alimentaria.
Tema 19. Traslados de pacientes entre comunidades autónomas: Real Decreto 1207/2006, de 20 de octubre, por el que se regula la gestión del Fondo de cohesión sanitaria. Directiva 2011/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y Real Decreto 81/2014, de 7 de febrero, por el que se establecen normas para garantizar la asistencia sanitaria transfronteriza, y por el que se modifica el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación.
Tema 20. El Ministerio de Sanidad. Estructura, competencias y funciones. Dirección General de Salud Pública. Estructura y funciones.
Tema 21. Sanidad Exterior. Real Decreto 1418/1986, de 13 de junio, sobre funciones del Ministerio de Sanidad y Consumo en materia de sanidad exterior. Los documentos administrativos a utilizar en el ámbito de la sanidad exterior.
Tema 22. El Sistema Nacional de Salud. Planificación, organización, dirección y evaluación de programas. La asistencia sanitaria en el Sistema Nacional de Salud. La ordenación de las prestaciones sanitarias.
Tema 23. La Organización de Naciones Unidas y otros organismos internacionales: actividades sanitarias. La Organización Mundial de la Salud (OMS): Estructura y funciones. Oficinas Regionales.
Tema 24. Reglamento Sanitario Internacional 2005.
Tema 25. Decisión n.º 1082/2013 UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013, sobre las amenazas transfronterizas graves para la salud.
Tema 26. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.
Tema 27. Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización. Cartera de servicios complementaria de las comunidades autónomas y de las mutualidades de funcionarios. Cartera común de servicios de prestación ortoprotésica del Sistema Nacional de Salud. Cartera común de prestación de productos dietéticos del Sistema Nacional de Salud
Tema 28. Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.
Tema 29. La gobernanza pública y el gobierno abierto. Concepto y principios informadores del gobierno abierto: colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de gobierno abierto en España. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Real Decreto 919/2014, de 31 de octubre, por el que se aprueba su estatuto. Funciones.
Tema 30. Bases legales de la investigación con seres humanos o con materiales de procedencia humana en España. La Ley 17/2007, de 3 de julio, de Investigación Biomédica. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Parte segunda
Tema 1. La medida del nivel de salud. Indicadores e índices de salud. Encuestas de Salud.
Tema 2. Sistemas de información sanitarios. Registros clínicos. Encuestas poblacionales. Demografía y salud pública. Fuentes de información demográficas. Modelos de población y proyecciones.
Tema 3. La estadística. La variabilidad en las ciencias biológicas. Conceptos de población y muestra. Tipos y métodos de muestreo. La probabilidad. Distribución normal, binomial y de Poisson. Estadística. Variables continuas y discretas. Medidas de centralización y de dispersión. La inferencia estadística. El contraste de hipótesis y el valor de «p». La correlación lineal. La regresión lineal.
Tema 4. Red Española de Agencias de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y Prestaciones del Sistema Nacional de Salud. Marco regulatorio. Objetivos y funciones. Composición y funcionamiento. Marco europeo de evaluación de tecnologías sanitarias.
Tema 5. Centros, Servicios y Unidades de Referencia en el del Sistema Nacional de Salud. Real Decreto 1302/2006, de 10 de noviembre, por el que se establecen las bases del procedimiento para la designación y acreditación de los centros, servicios y unidades de referencia del Sistema Nacional de Salud. Designación de Centros, Servicios y Unidades: criterios, procedimiento, seguimiento y Comité de designación de CSUR.
Tema 6. Medidas de frecuencia de la enfermedad. Concepto y tipos. Incidencia, prevalencia y mortalidad. Medidas de efecto y medidas de impacto.
Tema 7. Estudios de cohortes. Estudio de casos y controles. Estudios experimentales. El ensayo clínico.
Tema 8. Evaluación de pruebas diagnósticas. Concepto de sensibilidad, especificidad y valor predictivo. Fundamentos de la Prevención secundaria.
Tema 9. Redes Europeas de Referencia: Comité de Estados Miembros y Grupos de Trabajo participación centros del Sistema Nacional de Salud, normas de funcionamiento.
Tema 10. Precisión, validez y generalización en los estudios epidemiológicos. Sesgos: concepto, prevención y control. Factores de confusión Metodología de la recogida de información epidemiológica. Diseño de cuestionarios de salud. Metodología de investigación cualitativa en salud pública.
Tema 11. Determinantes sociales de la salud. Equidad en salud y desigualdades sociales en salud. Salud en todas las políticas. Evaluación del impacto en salud.
Tema 12. La vigilancia en salud pública: concepto, actividades y aplicaciones. Sistemas de vigilancia epidemiológica en España y en la Unión Europea.
Tema 13. La planificación sanitaria. Definición y concepto. Tipos de planificación. Las etapas del proceso de planificación.
Tema 14. La promoción de la salud. Evolución histórica, conceptos y principales líneas de intervención. Promoción de estilos de vida saludables y de entornos saludables. La Estrategia de Promoción de la Salud y prevención en el Sistema Nacional de Salud.
Tema 15. Educación para la salud. Concepto, objetivos y líneas de intervención. Métodos directos e indirectos.
Tema 16. Epidemiología general de las enfermedades trasmisibles. Dinámica de las enfermedades infecciosas.
Tema 17. Epidemiología y prevención de las principales enfermedades no trasmisibles: diabetes mellitus, enfermedades cardiovasculares, enfermedades respiratorias crónicas y cáncer.
Tema 18. Tabaco y salud. Normativa reguladora; Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco y Real Decreto 579/2017, de 9 de junio, por el que se regulan determinados aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados. Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT OMS): Estrategia MPOWER. Estrategias de Prevención y Control del Tabaquismo en España y Europa.
Tema 19. El alcohol y la salud. Estrategias y métodos de prevención y promoción de la salud. Políticas internacionales de la Unión Europea y OMS sobre prevención del consumo de alcohol.
Tema 20. Otras sustancias adictivas ilícitas. Estrategias y métodos de prevención y promoción de la salud. Plan Nacional sobre Drogas. Políticas internacionales de la Unión Europea y, OMS, y ONUDD sobre drogas.
Tema 21. Alimentación y salud pública. Estrategia NAOS.
Tema 22. Programas de cribado y de salud pública. Documento Marco de Cribado Poblacional. Principios generales del cribado. Decisiones estratégicas respecto a los programas de cribado poblacional. Criterios para la toma de decisiones estratégicas. Requisitos para la implantación de programas de cribado poblacional. Programas de cribado poblacional del Sistema Nacional de Salud.
Tema 23. Actividad física y salud. Recomendaciones para la población sobre actividad física y reducción del sedentarismo. Promoción de la salud en el ámbito local: Red Española de Ciudades Saludables e implementación local de la Estrategia de Promoción de la Salud y Prevención en el Sistema Nacional de Salud. Envejecimiento saludable y prevención de la fragilidad y edadismo.
Tema 24. Epidemiología de las lesiones no intencionales (accidentes) e intencionales y su prevención. Epidemiología por otras causas externas: suicidio, homicidio y violencia.
Tema 25. Salud laboral. Vigilancia de la salud. Enfermedades profesionales.
Tema 26. Vigilancia y respuesta de salud pública en el tráfico internacional de personas en el ámbito del Reglamento Sanitario Internacional-2005.
Tema 27. Vigilancia y control sanitario de instalaciones portuarias y aeroportuarias. Control vectorial en puertos y aeropuertos internacionales.
Tema 28. Control higiénico-sanitario en buques I. El Certificado de Exención de Control de Sanidad a Bordo/Certificado de Control de Sanidad a Bordo. La legionelosis en los buques. Control higiénico-sanitario en buques II. El abanderamiento de los buques en España: procedimiento y normativa que lo regula. Botiquines en los buques españoles: tipos, revisión y normativa que los regula.
Tema 29. La Declaración Marítima de Sanidad y la Declaración General de Aeronave. Estructura y contenido. La libre plática, concepto y actuaciones para su concesión.
Tema 30. Policía sanitaria mortuoria. Aspectos sanitarios en el traslado internacional de cadáveres y restos cadavéricos.
Tema 31. Desinfección, Desinsectación y Desratización. Concepto, técnicas y procedimientos. Biocidas. Materias contumaces.
Tema 32. Reglamento Sanitario Internacional-2005 (RSI-2005): Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional. Conceptos y actuaciones. Los comités de emergencias y de revisión.
Tema 33. Los puntos de entrada según lo establecido en el Reglamento Sanitario Internacional-2005. Definición, obligaciones de los Estados. Las capacidades básicas en los puntos de entrada designados.
Tema 34. El Real Decreto 65/2006, de 30 de enero, por el que se establecen requisitos para la importación y exportación de muestras biológicas. Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida. Real Decreto-ley 9/2014, de 4 de julio, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos. Comisión Nacional de reproducción humana asistida.
Tema 35. Las vacunas y la salud pública. Políticas de vacunación en España. Calendario común de vacunación infantil a lo largo de toda la vida del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Planificación de los programas de vacunaciones, evaluación de su eficacia y efectividad. Criterios para fundamentar modificaciones. Vacunación en adultos grupos de riesgo. Actuaciones específicas en la población emigrante. Vacunación en pacientes inmunocomprometidos y otros grupos de riesgo. Calendario acelerado de vacunación.
Tema 36. Concepto, clasificación y características generales de las vacunas. Transporte, distribución y conservación de las vacunas.
Tema 37. Bases inmunitarias de las vacunaciones. Epidemiología de las enfermedades inmunoprevenibles. seroepidemiología. Estudios de seroprevalencia. Inmunidad colectiva o de grupo. Reacciones adversas y efectos secundarios. Contraindicaciones.
Tema 38. Los Centros de Vacunación Internacional. Estructura, competencias y funcionamiento. Certificado de Vacunación Internacional. Vacunaciones obligatorias y recomendadas internacionalmente.
Tema 39. Prevención de riesgos sanitarios del viajero relacionados con factores medioambientales. Altitud, calor, humedad, radiaciones solares y otros. Prevención de riesgos sanitarios del viajero relacionados con los animales e insectos. Recomendaciones sanitarias a viajeros en situaciones especiales: embarazo, patologías concomitantes. Viajes asociados a concentraciones masivas de personas.
Tema 40. Principios generales de la terapéutica antimicrobiana. Resistencias de los antibióticos. El Plan Nacional frente a la Resistencia a los Antibióticos 2022-2024.
Tema 41. Farmacovigilancia. Concepto, objetivos y organización de la farmacovigilancia en España. Buenas prácticas de Farmacovigilancia.
Tema 42. Epidemiología ambiental y factores ambientales determinantes de la salud. La dimensión de la salud pública en las crisis medioambientales.
Tema 43. Calidad del aire ambiente y contaminación atmosférica. Protocolo de Kyoto: Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático. Exceso de temperaturas y su impacto en salud pública.
Tema 44. Reglamento REACH, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos. Limitación a la comercialización y al uso de ciertas sustancias y preparados químicos peligrosos. Importación y exportación de productos químicos peligrosos.
Tema 45. El agua y la salud. Legislación sanitaria de agua. Distribución de competencias y responsabilidades. Calidad del agua de consumo humano, muestreos y control de la calidad. Especificaciones de los laboratorios de control. Calificación de una muestra de agua de consumo. SINAC. Derecho al acceso a la información de agua de consumo.
Tema 46. Aguas de baño. Legislación europea y nacional. Criterios de calificación.
Tema 47. Problemas sanitarios de los contaminantes físicos. El ruido. Radiaciones ionizantes. Conceptos y tipos. Efectos biológicos. Protección radiológica. Radiaciones no ionizantes. Campos electromagnéticos.
Tema 48. Calidad asistencial. Conceptos generales y dimensiones de la calidad asistencial. Gestión de los procesos asistenciales. Evaluación de la calidad asistencial: auditorías, indicadores de calidad y monitorización.
Tema 49. Seguridad del paciente. Conceptos básicos. Frecuencia, Impacto y preventibilidad de los eventos adversos. Prácticas seguras. Gestión del Riesgo. Notificación y gestión de incidentes de seguridad para el aprendizaje. Aspectos legales en seguridad del paciente. Estrategia de Seguridad del Paciente del SNS. Acción Global en Seguridad del Paciente de la OMS.
Tema 50. Excelencia clínica: Conceptos generales. Medicina Basada en la evidencia. Herramientas
Tema 51. Estrategias de salud del Sistema Nacional de Salud. Conceptos generales y objetivos de las estrategias. Las estrategias del SNS y redes de trabajo.
Tema 52. Los equipos de protección individual.
Tema 53. Planes de preparación y respuesta ante riesgos, amenazas y emergencias sanitarias.
Tema 54. Infecciones relacionadas con la Asistencia Sanitaria: definición, descripción y medidas de control. Resistencia a los antibióticos y Plan Nacional de Resistencia a los Antibióticos.
Tema 55. Epidemiología y control de las enfermedades de transmisión respiratoria. Vigilancia de la Infección Respiratoria Aguda -IRAS.
Parte tercera
Tema 1. Amebiasis: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 2. Carbunco: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 3. Cólera: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 4. Dengue: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 5. Difteria: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 6. Fiebre Hemorrágica por el virus del Ébola: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 7. Fiebre hemorrágica por el virus Marburgo: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 8. Encefalitis japonesa: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 9. Enfermedad vírica Chikungunya: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 10. Encefalitis centroeuropea: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 11. Encefalopatías espongiformes: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 12. Enfermedad Meningocócica: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 13. Esquistosomiasis: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 14. Fiebre amarilla: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 15. Fiebre hemorrágica de Crimea-Congo: epidemiología, Prevención y Situación mundial.
Tema 16. Fiebre del Valle del Rift: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial. Fiebre del Nilo Occidental: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 17. Fiebre de Lassa: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 18. Fiebre tifoidea: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 19. Filariasis: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 20. Gripe: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial. Gripe aviaria.
Tema 21. Síndrome respiratorio agudo grave (SARS), infección por SARS-CoV-2 y síndrome respiratorio de Oriente Medio causado por coronavirus MERS-CoV: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial. COVID-19: naturaleza, transmisión, profilaxis. Medidas de control en frontera.
Tema 22. Hepatitis A y hepatitis E: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 23. Hepatitis B, hepatitis C y hepatitis D: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 24. Infecciones neumocócicas: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 25. Infecciones por Haemophilus: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 26. Infecciones por hantavirus: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 27. Legionelosis: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 28. Leishmaniasis: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 29. Leptospirosis: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 30. Paludismo: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 31. Peste: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 32. Poliomielitis: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial. Plan de Acción para la eliminación y erradicación.
Tema 33. Rabia: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 34. Rickettsiosis: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 35. Parotiditis y rubéola: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial. Plan de eliminación de la rubeola.
Tema 36. Sarampión: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial. Plan de eliminación.
Tema 37. Tétanos: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 38. Tosferina: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 39. Enfermedad de Chagas y Tripanosomiasis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 40. Tuberculosis: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial. Plan para la prevención y control de la tuberculosis en España.
Tema 41. Varicela: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 42. Virus de la inmunodeficiencia humana: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial Epidemiología y control del VIH. La División de Control de VIH, ITS, hepatitis virales y tuberculosis. La Comisión de Control y Seguimiento de Planes de SIDA y el Plan de Prevención y Control de la Infección por VIH y otras Infecciones de Transmisión Sexual 2021-2030.
Tema 43. Infecciones de Transmisión Sexual: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial. El Plan de Prevención y Control de la Infección por VIH y otras Infecciones de Transmisión Sexual 2021-2030.
Tema 44. Virus del Zika: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 45. Viruela y viruela del mono: epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tribunal titular
Presidente: Don Miguel Dávila Cornejo. Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social.
Secretaria: Doña Marta de la Poza Gómez. Escala de Técnicos Superiores Especialistas de los Organismos Públicos de Investigación.
Vocales:
Doña María José Sierra Moros. Cuerpo de Médicos de la Sanidad Nacional.
Don Esteban Aznar Cano. Cuerpo de Médicos Titulares.
Don Jesús Ángel Oliva Domínguez. Cuerpo de Médicos Titulares.
Tribunal suplente
Presidenta: Doña María Nieves Antón Fernández. Cuerpo de Médicos Titulares.
Secretaria: Doña Esther Alonso Beltrán. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del MAPA.
Vocales:
Don Bernardo Rafael Guzmán Herrador. Cuerpo de Médicos Titulares.
Doña María Almudena Rodríguez Sánchez. Cuerpo de Médicos Titulares.
Doña Inmaculada Vera Gil. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.
Para la modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se listan a continuación, con las puntuaciones correspondientes, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:
– Escuela Oficial de Idiomas.
• Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.
• Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.
• Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.
– Asociación de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior:
• CertAcles B2: B2.
• CertAcles C1: C1.
• CertAcles C2: C2.
– Certificados de Cambridge University:
• First Certificate of English: B2.
• Advanced: C1.
• Proficiency: C2.
• Linguaskill B2: B2.
• Linguaskill C1: C1
• IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 5,5-6,5: B2.
• IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 7-8: C1.
• IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 8,5-9: C2.
– Education Testing Service (ETS):
• TOEFL Ibt. Calificación total 72-94: B2.
• TOEFL Ibt. Calificación total 95-120: C1.
• TOEIC (Test of English for International Communication). Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» entre 1095 y 1344, B2.
• TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» más o igual de 1345, C1.
– APTIS (four skills), certificación del British Council.
• Overall CEFR Grade B2, B2.
• Overall CEFR Grade C, C1.
• Aptis advanced: overall CEFR B2, B2.
• Aptis advanced: overall CEFR C1, C1.
– Capman Testing Solutions 360 LPT (Language Proficiency Test) Four Skills:
• Certificado C1, C1.
• Certificado B2, B2.
– Oxford Test of English B: Certificado B2, B2.
– Certificat de Compétences en Langues de l’Enseignement Sup’erieur (CLES), Inglés:
• CLES 2, B2.
• CLES 3, C1.
– The European Language Certificates (TELC):
• TELC B2, B2.
• TELC C1, C1.
– University of Michigan (Cambridge Michigan Language Assessments):
• Certificate of Competency in English (ECCE), B2.
• Certificate of Proficiency in English (ECPE), C2.
– Trinity College de Londres:
• Integrated Skills in English II, B2.
• Integrated Skills in English III, C1.
• Integrated Skills in English IV, C2.
– London Test of English (LTE):
• Nivel 3, B2.
• Nivel 4, C1.
• Nivel 5, C2.
– Pearson Test of English:
• General, Level 3, B2.
• General, Level 4, C1.
• General, Level 5, C2.
• Edexcel certificate in ESOL International, Level 1, B2.
• Edexcel certificate in ESOL International, Level 2, C1.
• Edexcel certificate in ESOL International, Level 3, C2.
– Learning Resource Network:
• Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 1, B2.
• Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 2, C1.
• Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 3, C2.
• IELCA General CEF B2, B2.
• IELCA General CEF C1, C1.
• IELCA General CEF C2, C2.
– Anglia ESOL Examinations General:
• Advanced, B2.
• AcCEPT/Proficiency, C1.
• Masters, C2.
– LanguageCert International ESOL:
• Communicator B2, B2.
• Expert C1, C1.
• Mastery C2, C2.
Las solicitudes de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) se cumplimentarán de acuerdo con las siguientes instrucciones y las que figuran en la base específica 8.8 de esta convocatoria:
En el recuadro de «Ministerio» se especificará «Sanidad».
En el recuadro de «Centro Gestor» se indicará «Subsecretaría de Sanidad».
En el recuadro 15 «Cuerpo o Escala» se consignará «Cuerpo de Médicos Titulares», código 1205.
En el recuadro 17 «Forma de acceso» se consignará la letra «L» para las personas aspirantes del sistema general de acceso libre.
En el recuadro 18 «Ministerio/Órgano/Entidad convocante» se consignará «Sanidad».
En el recuadro 19 se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20 «Provincia de examen» se consignará «Madrid».
En el recuadro 21 «Grado de discapacidad» las personas aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado.
En el recuadro 22 «Reserva» las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo señalando la opción «Sí, general».
En el recuadro 23 «Adaptación que se solicita (opcional)» las personas aspirantes con discapacidad podrán expresar las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas, incluyendo el curso selectivo. Para ello, se deberá anexar necesariamente el dictamen técnico facultativo actualizado.
En el recuadro 24, en caso de familia numerosa o discapacidad, se deberá indicar la Comunidad Autónoma en la que se reconoce esta condición.
En el recuadro 25 «N.º Título Familia Numerosa», se deberá indicar el número del título de familia numerosa en las Comunidades Autónomas que así lo requieran.
En el recuadro 26 «Títulos académicos oficiales» se consignará «Licenciatura o grado en Medicina».
En el recuadro 27 «Datos a consignar según las bases de la convocatoria»:
– En la casilla «Datos A»: las personas candidatas que acceden por el turno libre que deseen que se les conserve la nota del primer ejercicio de la convocatoria inmediatamente anterior consignarán «conservación de nota del primer ejercicio».
– En la Casilla «Datos B»: las personas candidatas que acceden por el turno de reserva por discapacidad a que se refiere la base 7 de la presente convocatoria, consignarán «conservación de nota» si desean que se les conserve la nota de todos o alguno de los ejercicios de la convocatoria inmediatamente anterior indicando qué ejercicio.
– En la Casilla «Datos C»: las personas aspirantes deberán consignar la opción de la prueba de idioma, indicando «Presencial» o «Titulación». En caso de optar por «Titulación» deberá anexar obligatoriamente el título de inglés a valorar.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 euros, y de 15,55 euros para las familias numerosas de categoría general. Estarán exentas del pago de esta tasa las personas afectadas por el apartado decimocuarto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad (Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios).
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid