En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,
Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22).
Bases específicas
La presente convocatoria, se publicará, entre otras, en las páginas web www.miteco.gob.es y www.administracion.gob.es.
1. Descripción de las plazas
Se convoca proceso selectivo para cubrir veintisiete plazas por el sistema general de acceso libre del Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales del Estado, código 0113.
Del total de plazas convocadas, veinticuatro corresponden a la Oferta de Empleo Público de 2023. Las tres plazas restantes proceden de la Oferta de Empleo Público de 2022, vacantes en la convocatoria inmediatamente anterior, siendo incorporadas a este nuevo proceso selectivo en aplicación de lo dispuesto en el artículo 20. tres de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Del total de las plazas convocadas, se reservará una para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con dicha condición que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por el citado cupo y siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, serán incluidos por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
Las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden desiertas en el proceso de acceso libre no se podrán acumular al turno general. En los procesos de promoción interna, las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán a las del turno general de estos procesos.
2. Proceso selectivo
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
La fase de oposición tendrá una duración máxima de nueve meses y el primer ejercicio se celebrará en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos de la presente convocatoria.
Anunciada la fecha del primer ejercicio, el Tribunal publicará en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: https://www.miteco.gob.es/es/ministerio/empleo-publico/ un cronograma aproximado del desarrollo del proceso selectivo, estableciendo fechas para la celebración de las distintas pruebas.
Con el fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo del proceso selectivo, se habilita al Tribunal para la realización de pruebas coincidentes en el tiempo, incluida la realización o lectura de ejercicios.
El Tribunal podrá adoptar las medidas, instrucciones o resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las pruebas selectivas y la lectura de los ejercicios.
Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios o del curso selectivo podrán coincidir con los correspondientes a otros procesos selectivos de cuerpos o escalas adscritos a este u otros Ministerios, sin que dicha coincidencia pueda suponer causa de aplazamiento.
La celebración del primer ejercicio de los procesos selectivos de ingreso en el Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado y en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales del Estado tendrá lugar el mismo día.
3. Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de esta convocatoria.
4. Titulación
Se requerirá estar en posesión del título de Ingeniero Técnico Forestal o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias, o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes (haber pagado las tasas para la expedición del título).
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
5. Acceso de personas con discapacidad
5.1 Quienes opten a la plaza reservada para las personas con discapacidad deberán tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.
5.2 Los aspirantes con discapacidad podrán pedir, en el modelo oficial de solicitud, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. En caso de solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
5.3 A los aspirantes que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad y que superen el primer ejercicio, con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima prevista para ese ejercicio, se les conservará esta puntuación para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación sean análogos.
5.4 Toda la información del proceso selectivo se realizará en formatos adecuados siguiendo los principios de accesibilidad universal y diseño para todas las personas, definidos en el artículo 2 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
6. Solicitudes
6.1 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», por vía electrónica.
6.2 De acuerdo con la disposición adicional primera, del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al que se accederá, a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– La incorporación de documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación o subsanación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo referido.
– La subsanación, en su caso de la solicitud durante el plazo de subsanación.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán comunicarla a través del teléfono 060 o del formulario de consultas/incidencias de IPS disponible en https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.
La constancia del correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá adjuntarse escaneada la documentación justificativa relacionada en el anexo IV de esta convocatoria, si no se da la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en la plataforma de intermediación.
Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran el justificante de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «Mis inscripciones».
El tratamiento de la información por medios electrónicos se ajustará a lo establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos Personales), y en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
6.3 En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por los aspirantes que la cursen en el extranjero, estos podrán presentar la solicitud en soporte papel en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A la misma se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen:
– Directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
– Mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria extranjera (aquellos cuyo código IBAN no empiece por ES), a la cuenta corriente número 0182-2370-49-0200203962 (código Iban: ES06, código Bic: BBVAESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda y Función Pública. Derechos de examen».
6.4 La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
6.5 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
6.6 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
7. Tribunal
7.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria. El Tribunal publicará en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: https://www.miteco.gob.es/es/ministerio/empleo-publico.html el currículo abreviado de sus miembros.
7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
7.3 El Tribunal actuará con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás disposiciones vigentes.
7.4 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
7.5 Los miembros titulares y suplentes del Tribunal podrán actuar indistinta o conjuntamente debido a la complejidad técnica de los ejercicios a calificar.
7.6 Una vez iniciado el proceso selectivo, las comunicaciones e incidencias relacionadas con el mismo se deberán dirigir al Tribunal, que tendrá su sede en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, plaza San Juan de la Cruz, 10, 28071 Madrid, teléfono 915976347, dirección de correo electrónico bzn-itforestales@miteco.es.
7.7 Se habilita al Tribunal para la adopción de cuantas medidas, instrucciones o resoluciones sean precisas para el normal desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, así como, en su caso, para su descentralización, incluida la realización o lectura de los ejercicios. Para ello, el tribunal podrá acordar la forma, el procedimiento a seguir y el orden de actuación de las personas aspirantes, en aras a garantizar el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad y no discriminación, así como la celeridad, agilidad y eficiencia a la hora de ordenar el desarrollo del proceso selectivo.
8. Desarrollo del proceso selectivo
8.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primer apellido que comience por la letra «W», según lo establecido en la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE del 29).
8.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página web del Ministerio.
Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: https://www.miteco.gob.es/es/ministerio/empleo-publico/, así como en la página web: www.administracion.gob.es.
8.3 Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá dirigir a la dirección de correo electrónico oposiciones@miteco.es.
9. Embarazo de riesgo o parto
Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
10. Destinos
La elección de destino por los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo se realizará exclusivamente por medios electrónicos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes que superen este proceso selectivo tendrá lugar en puestos de trabajo adscritos a los Centro Directivos y Organismos Autónomos de este Departamento.
11. Relación de candidatos
11.1 Conforme a lo previsto en el artículo 3.20 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio de 2023, por el que se aprueba la oferta pública de empleo para el año 2023 y de acuerdo con el artículo vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en relación con el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y con la Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública de 17 de noviembre de 2010, el Tribunal elaborará una lista de personas candidatas con todas las personas aspirantes que hayan superado al menos un ejercicio de la fase de oposición, ordenadas por la suma total de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios aprobados, con la finalidad de que la selección de personal funcionario interino del Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales del Estado se pueda realizar con esta lista de personas candidatas mediante procedimientos ágiles.
11.2 Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de personas candidatas será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública.
11.3 Este procedimiento de selección de personal funcionario interino se hará público en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
12. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el texto refundido de la Ley Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Subsecretario para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 28 de diciembre de 2023.–El Subsecretario para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Miguel González Suela.
1. Fase de oposición.
La fase de oposición constará de tres ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio y un ejercicio de carácter voluntario y no eliminatorio.
Las puntuaciones mínimas de cada ejercicio resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije el Tribunal.
El órgano de selección publicará con anterioridad a la realización de cada prueba, los criterios generales de valoración, superación y acceso a los siguientes ejercicios.
Primer ejercicio:
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del aspirante en relación con el temario que figura en el anexo II de esta convocatoria.
El cuestionario estará compuesto por cien preguntas, de las que setenta serán del grupo de temas generales y treinta del grupo de temas específicos. Las preguntas tendrán cuatro posibles respuestas, siendo solo una de ellas la correcta. Se incluirán diez preguntas adicionales de reserva, siete del grupo de temas generales y tres del grupo de temas específicos, que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las anteriores.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas.
En el plazo máximo de dos días, a contar desde la finalización de la prueba, se hará pública la plantilla de soluciones correctas utilizada por el Tribunal.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos. Todas las preguntas tendrán el mismo valor, las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor de una respuesta acertada y las preguntas que se dejen sin responder no puntuarán y no tendrán ninguna penalización.
Segundo ejercicio:
Consistirá en el desarrollo por escrito de un supuesto práctico, a elegir por los aspirantes de entre dos propuestos por el Tribunal, que versará sobre el grupo de temas específicos que figura en el anexo II de esta convocatoria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas, pudiendo disponer los aspirantes de la documentación y material de trabajo, en soporte papel, que estimen conveniente aportar para su realización.
El ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal por los aspirantes, previo señalamiento de día y hora, pudiendo el Tribunal, a la finalización de la lectura, realizar cuantas preguntas considere convenientes sobre su contenido, durante un tiempo máximo de diez minutos.
El Tribunal valorará, junto al rigor analítico y la claridad expositiva, los conocimientos generales y específicos pertinentemente incorporados y la capacidad de relacionar los mismos.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos.
Tercer ejercicio:
Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, dos temas del temario: uno de ellos correspondiente al grupo de temas generales y el otro al grupo de temas específicos. Cada uno de estos temas será elegido por el aspirante de entre dos extraídos al azar. Este ejercicio será leído públicamente por los aspirantes, previo señalamiento de fecha.
Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en relación con las materias expuestas y solicitar aclaraciones sobre las mismas, durante un plazo máximo de diez minutos.
El Tribunal valorará la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión escrita.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos.
Cuarto ejercicio:
Tendrá carácter voluntario y no eliminatorio e irá destinada a conocer el grado de conocimiento del idioma inglés del aspirante, equivalente al nivel B2 o superior, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas (MCER).
Se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación, la prueba presencial y la acreditación mediante titulación.
Modalidad presencial: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, compuesto de dos partes:
Parte A: constará de veinte preguntas destinadas a comprobar el conocimiento y comprensión lectora del inglés. Los aspirantes tendrán un tiempo máximo de treinta minutos para realizar esta primera parte de la prueba.
Parte B: constará de veinte preguntas sobre una grabación en inglés que se reproducirá a los aspirantes con el fin de comprobar su compresión oral del inglés. Los aspirantes tendrán un tiempo máximo de treinta minutos para realizar esta segunda parte de la prueba.
Las preguntas de ambos cuestionarios tendrán cuatro posibles respuestas, siendo solo una de ellas la correcta. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las preguntas que se dejen sin responder o se respondan de forma errónea no puntuarán y no tendrán ninguna penalización.
En el plazo máximo de dos días, a contar desde la finalización de la prueba, se hará pública la plantilla de soluciones correctas utilizada por el Tribunal.
Esta modalidad se calificará sobre 10 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar esta prueba es de 5 puntos.
Modalidad de acreditación mediante titulación: alternativamente a la prueba presencial, los aspirantes que así lo deseen podrán acreditar su conocimiento de idioma inglés presentando alguno de los títulos que se relacionan en el anexo V, siempre y cuando se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de solicitudes, salvo que el plazo de vigencia del título presentado sea inferior, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en las normas que rijan el título en cuestión.
La acreditación mediante titulación se realizará en la forma establecida en el anexo IV. El tribunal podrá requerir la documentación original acreditativa de la titulación presentada en cualquier momento del proceso selectivo. Si no se presentará dicha documentación o de la documentación presentada se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido, perderá la puntuación obtenida en esta prueba.
Esta modalidad se calificará sobre 10 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar esta prueba es de 5 puntos. La titulación aportada se calificará conforme al siguiente baremo:
Una puntuación de 5 puntos cuando el nivel de la titulación se corresponda con un B2.
Una puntuación de 7,5 puntos cuando el nivel de la titulación se corresponda con un C1.
Una puntuación de 10 puntos cuando el nivel de la titulación se corresponda con un C2.
Los aspirantes que superen el tercer ejercicio habrán superado la fase de oposición y su calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios y, en su caso, en el ejercicio voluntario de idioma inglés.
A los aspirantes que no hayan superado la fase de oposición, pero sí superasen el primer ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima prevista para ese ejercicio, se les conservará esta puntuación para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se hubiera conservado la nota sean análogos.
Terminada la oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de aspirantes que han superado la oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por cada aspirante, sin que, en ningún caso, pueda figurar en dicha relación un número de candidatos superior al total de plazas que hubieran sido convocadas.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios, por este orden:
1. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
2. Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
3. Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente con cualquier otro proceso selectivo en el tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera.
Las calificaciones de los distintos ejercicios se publicarán una vez que haya actuado el último opositor en cada uno de los ejercicios.
2. Curso selectivo:
Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico y práctico, organizado por la Subsecretaría del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, cuya duración máxima será de tres meses.
Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño profesional, e incluirá un módulo en materia de igualdad entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de género.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del Departamento.
El personal funcionario de carrera y laboral fijo que hubiera superado estas pruebas selectivas será autorizado para asistir al curso selectivo por la Subsecretaría del Departamento en el que preste sus servicios.
Una vez finalizado, el curso se calificará de «Apto» o «No Apto», siendo necesario obtener la calificación de «Apto» para superarlo.
Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o periodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias.
Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino como funcionario de carrera del Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales. Los aspirantes que ya fueran funcionarios de carrera o personal laboral fijo antes de participar en estas pruebas selectivas continuarán, asimismo, en la situación de funcionarios en prácticas, reincorporándose a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquél en que finalice la realización de las prácticas reales, con independencia del momento en que se publique la calificación del curso selectivo.
Para los aspirantes que obtengan la calificación de «Apto» en el curso selectivo, la calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición.
Los funcionarios españoles de Organismos Internacionales podrán acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los correspondientes procesos selectivos.
La exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen deberá solicitarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el cuerpo o escala y acompañará acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el Organismo internacional correspondiente de haber superado aquéllas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero.
Grupo de temas generales
1. La Constitución Española de 1978: características, estructura, principios y valores fundamentales. Los derechos fundamentales y su especial protección. El Tribunal Constitucional. La reforma constitucional.
2. La Corona: atribuciones y competencias. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.
3. El Gobierno y la Administración. El Gobierno: composición, designación, funciones y relaciones con el resto de los poderes del Estado. La Administración General del Estado y su organización periférica.
4. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas administraciones públicas. Cooperación entre las administraciones para la conservación del medio ambiente.
5. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. La Ley. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley: Decreto-Ley y Decreto Legislativo. El Reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del Derecho Administrativo.
6. El acto administrativo: concepto, clases, y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación.
7. El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y caracterización. Fases del procedimiento administrativo. La revisión de actos en vía administrativa. La jurisdicción contencioso-administrativa.
8. Presupuestos Generales del Estado: estructura y contenido. Elaboración y aprobación. Modificaciones presupuestarias. El control de la actividad financiera en España. El Tribunal de Cuentas.
9. Los contratos del Sector Público. Concepto y tipos. Sus elementos y procedimientos de adjudicación. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras modificaciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos.
10. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública. Incompatibilidades.
11. Las instituciones europeas: composición, funcionamiento y atribuciones. El ordenamiento jurídico de la Unión Europea. Sus fuentes. Derecho originario: los Tratados. Derecho derivado: Reglamentos, Directivas y Decisiones. Relaciones con el ordenamiento jurídico de los Estados miembros.
12. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Régimen jurídico de la Dependencia. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
13. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Legislación sobre transparencia. La protección de datos: régimen jurídico y principios de la protección de datos y derechos de las personas.
14. Estructura y competencias del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Los Organismos Públicos: organismos autónomos, entidades públicas empresariales, agencias y sociedades del Ministerio. Fundaciones participadas por el Ministerio o por sus organismos y sociedades. Las sociedades estatales de aguas.
15. Protección y gestión de la costa de España. La ley de costas y su reglamento. Régimen jurídico del dominio público marítimo-terrestre. Líneas maestras de la política de costas en España. La ley de protección del medio marino y las estrategias marinas.
16. La administración pública del agua en España. La Ley de Aguas y sus Reglamentos de desarrollo. Planes Hidrológicos de Cuenca: objetivos y principales elementos. Las Reservas Naturales Fluviales.
17. La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y sus modificaciones. Principios y elementos. Desarrollos normativos. La Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales. El Real Decreto 389/2016, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Plan Director de la Red de Parques Nacionales.
18. Normativa sobre calidad y evaluación ambiental: Tipos, orígenes y características de la contaminación. La contaminación atmosférica: Normativa reguladora. La contaminación acústica: fuentes, tipos y medidas de prevención. La Evaluación Ambiental: Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. La normativa en materia de residuos. Normativa sobre responsabilidad medioambiental.
19. El cambio climático. Evidencia científica del fenómeno. Respuesta internacional ante el cambio climático: la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París. El Marco Europeo de lucha contra el cambio climático: el régimen jurídico del comercio de derechos de emisión, sectores difusos y LULUCF. Estrategia europea de adaptación. Normativa LULUCF a nivel europeo. Aplicación en España. La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.
20. Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y sus modificaciones. Objeto y conceptos generales. Competencias de las Administraciones públicas. Clasificación y régimen jurídico de los montes.
21. Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y sus modificaciones. Información, Planificación. Ordenación y Aprovechamientos Forestales. Conservación y protección de montes.
22. Órganos de coordinación y participación de la política forestal española y del patrimonio natural y la biodiversidad. Conferencias sectoriales. La Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad y sus comités especializados. El Consejo Forestal Nacional. El Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad. Especial referencia a las organizaciones no gubernamentales, sector productor y sus entidades representativas.
23. Principales foros de discusión sobre gestión forestal sostenible a escala global y regional. El Foro Forestal de Naciones Unidas, los órganos estatutarios forestales de la FAO. Conferencias ministeriales para la protección de bosques en Europa (Forest Europe). Resoluciones sobre la gestión forestal sostenible en Europa. Criterios e indicadores de gestión forestal sostenible.
24. El sector forestal en los Convenios de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, Diversidad Biológica y de Lucha contra la Desertificación. Los bosques en el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París. Normativa LULUCF a nivel europeo. Protocolo de Nagoya. Aplicación en España.
25. Estrategia Forestal Europea. Principales disposiciones de aplicación. Seguimiento y evaluación de resultados. Estrategia Europea de Biodiversidad 2030 y Estrategia «de la Granja a la Mesa».
26. Instrumentos Financieros de la Unión Europea aplicables al sector forestal. Los Fondos Estructurales y de Inversión europeos (EIE). Consideraciones generales. La política agrícola común europea. Medidas forestales y agroambientales en la política europea de desarrollo rural. Aplicación en España. El sector forestal y el medio ambiente en la PAC. Plan Estratégico de la PAC post-2020, aspectos medioambientales y su aplicación en España.
27. Estrategia Forestal Española. Diagnóstico. Propuestas. Aplicación y Seguimiento. El Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.
28. La planificación forestal en España: Plan Forestal Español horizonte 2050: metas y objetivos generales. Ejes estratégicos, líneas de acción y orientaciones estratégicas. Los planes forestales de las comunidades autónomas. Los Planes de Ordenación de Recursos Forestales. Directrices básicas comunes de gestión forestal sostenible. Instrucciones de Ordenación y aprovechamiento de montes. Modelos tipo de gestión forestal.
29. Organismos internacionales para la conservación de la naturaleza. El PNUMA, UICN y el Programa MaB y las Reservas de la Biosfera. Desarrollo y aplicación en España. Instituciones europeas relacionadas con el medio ambiente y la política forestal. La Agencia Europea de Medio Ambiente.
30. Convenios internacionales de conservación de la naturaleza: Bonn, Berna, Ramsar, Washington (CITES), Barcelona y OSPAR. Características, evolución y aplicación en España.
31. Fundamentos de la conservación de la biodiversidad en la Unión Europea. Las Directivas Hábitats 92/43/CEE y de Aves 2009/147/CE. Desarrollo y aplicación en España. La Red Europea Natura 2000. Relaciones entre los Espacios Protegidos Red Natura 2000 y los Espacios Naturales Protegidos.
32. Normativa de comercialización de productos fitosanitarios. Reglamento Europeo 1107/2009. Marco para conseguir un uso sostenible de plaguicidas. Directiva Europea 128/2009 y Plan de Acción Nacional de Uso Sostenible de Productos Fitosanitarios.
33. El Catastro Inmobiliario (I). El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario 1/2004, de 5 de marzo y el Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla: Definición de Catastro. Ámbito de aplicación de la Ley. Principios informadores del Catastro Inmobiliario y Competencias. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
34. El Catastro Inmobiliario (II): Los bienes inmuebles. Clasificación de los bienes inmuebles a efectos catastrales. La descripción catastral de los bienes inmuebles. El titular catastral. Concepto y clases de titular catastral. Derechos y deberes. La cartografía catastral. Concepto y contenido. El sistema de información catastral.
Grupo de temas específicos
1. El Reglamento CE 2173/2005 (FLEGT) y su aplicación en España. Reglamento (UE) 2023/1115 (EUDR) y principales diferencias con el Reglamento UE 995/2010 de la madera (EUTR).
2. La planificación de espacios naturales protegidos. Los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, los Planes Rectores de Uso y Gestión y otros instrumentos de planificación. Planes de Gestión en espacios de la Red Natura 2000. Características principales y ejemplos concretos.
3. La Red de Parques Nacionales. Características principales. Los Parques Nacionales españoles. Representación y situación actual. Plan Director y el Consejo de la Red. Las Reservas de la Biosfera. El Programa MaB de la UNESCO y Las Reservas de la Biosfera.
4. Características del medio físico en España. Geología general, geomorfología, clima y suelos.
5. Los ecosistemas forestales españoles: bosques y otras formaciones atlánticas. Características ecológicas, funciones, distribución geográfica y fauna asociada.
6. Los ecosistemas forestales españoles: bosques y otras formaciones mediterráneas. Características ecológicas, funcionales, distribución geográfica y fauna asociada.
7. Ecosistemas españoles: bosques y otras formaciones de las Islas Canarias. Características ecológicas, funcionales, distribución geográfica y fauna asociada.
8. Ecosistemas españoles: bosques de ribera, humedales, matorrales de montaña, vegetaciones esteparias: Características ecológicas, funcionales, distribución geográfica y fauna asociada.
9. Características generales de la flora española. Diversidad, especies singulares y endémicas. Desarrollo de la normativa de protección. Estrategia de Conservación Vegetal.
10. Características generales de la fauna autóctona española: principales grupos taxonómicos, ecología, características y distribución. Evaluación general de la situación de la biodiversidad faunística española. Principales especies de fauna amenazada.
11. Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y Catálogo Español de Especies Amenazadas. Principales taxones, distribución y causas de amenaza. Estrategias para la conservación de especies en España: planes de recuperación y de conservación. Normativa sobre especies exóticas invasoras. Principales taxones. Gestión, control y erradicación.
12. Características botánicas, ecológicas y selvícolas de las principales gimnospermas arbóreas españolas.
13. Características botánicas, ecológicas y selvícolas de las principales angiospermas arbóreas españolas.
14. Pastos naturales españoles. Clasificación. Principales especies herbáceas. Principales sistemas de aprovechamiento.
15. La ganadería extensiva, su valor económico, ecológico y cultural. El catálogo Oficial de Razas de Ganado de España. Las vías pecuarias: la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias. El libro blanco de la Trashumancia.
16. Recursos cinegéticos, piscícolas y astacícolas. Técnicas de caza y especies cinegéticas. Principales actividades piscícolas. Normativa, ordenación y planes. Normativa en materia de sanidad de la fauna silvestre y cinegética. Junta Nacional de Homologación de Trofeos de Caza. Estrategia Nacional de Gestión Cinegética.
17. Producción de materiales forestales de reproducción: sistemas de recogida, extracción, secado, almacenaje y conservación de frutos y semillas. Viveros: infraestructuras e instalaciones. Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre comercialización de materiales forestales de reproducción. Regiones de procedencia. Registro y Catálogo Nacional de Materiales de Base. Sistema de control.
18. Ecosistemas fluviales y zonas húmedas: componentes, funcionamiento y valoración de su integridad ambiental.
19. El medio marino y costero. Características y tipos. Gestión y principales problemas de conservación. Impactos del cambio climático. Riesgos de inundación en zonas costeras.
20. Restauración de ecosistemas fluviales: principios básicos, recuperación del régimen hidrológico, morfología y componentes bióticos. Índices de calidad fisicoquímicos y biológicos. Conservación de humedales: Plan estratégico para la conservación y uso racional de humedales.
21. Cartografía, fotografía aérea, ortofotos y fotointerpretación. Información geográfica, SIG, teledetección, GPS y LIDAR. Programa COPERNICUS. Su aplicación al mundo forestal.
22. El Inventario Forestal Nacional y el Mapa Forestal de España. La Información Forestal Española: características, contenido y principales magnitudes.
23. El Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: finalidad y características. Componentes e indicadores. El Banco de Datos de la Naturaleza.
24. Conservación y uso de recursos genéticos forestales. Principales iniciativas en el seno de Forest Europe y la FAO. Estrategia Española para la Conservación y el Uso Sostenible de los Recursos Genéticos Forestales: herramientas, medidas y planes de actuación. Programas de mejora y conservación.
25. Incendios Forestales: incidencia en España. Causalidad y distribución geográfica. Técnicas y métodos de prevención, detección y extinción. Medios y recursos. El dispositivo de apoyo del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Estadísticas y valoración de pérdidas.
26. Sanidad forestal: principales enfermedades, plagas forestales y daños en España. Intervenciones, medidas culturales, preventivas y terapéuticas. Tratamientos biológicos. Organismos de cuarentena. Redes de seguimiento de daños en los bosques. Registro de Productos Fitosanitarios.
27. La desertificación. Factores físicos y socioeconómicos. La Estrategia Nacional de Lucha contra la Desertificación. La erosión hídrica y superficial de los suelos. Tipos, factores y modelos de evaluación. Problemática en España. El Inventario Nacional de Erosión de Suelos. La Estrategia de la UE para la Protección del Suelo para 2030.
28. Restauración hidrológico-forestal y corrección de cuencas. Ordenación agrohidrológica. Técnicas de restauración: Estructuras transversales y longitudinales, diseño y cálculo. Restauración del medio tras grandes incendios. Plan Nacional de Actuaciones Prioritarias de Restauración Hidrológico-Forestal.
29. Repoblación forestal. Objetivos. Elección de especies. Métodos y técnicas de repoblación. Maquinaria. Impacto ambiental de las repoblaciones forestales. Forestación de tierras agrarias.
30. Principales tratamientos selvícolas de monte alto, monte bajo y monte medio. Cortas continuas, semicontinuas y discontinuas. Tratamientos parciales, complementarios y derivados. Transformaciones y conversiones.
31. Ordenación de montes arbolados. Objetivos. División dasocrática. Inventario. Estimación de existencias y crecimientos. Estructura de un proyecto de ordenación. Plan general, plan especial, planes anuales, revisiones. Métodos de ordenación en las masas forestales españolas según la forma principal de masa.
32. Aprovechamientos maderables. Apeo y extracciones de los productos maderables. Maquinaria a emplear. Vías de saca. Caminos forestales.
33. Aprovechamientos forestales de corcho, resina, frutos, hongos, plantas aromáticas y medicinales, biomasa forestal para uso energético.
34. La producción forestal española. Balance del consumo nacional de madera. Distribución geográfica. Especies productoras. El mercado internacional de la madera y otros productos forestales.
35. La certificación forestal: certificación de la gestión y de la cadena de custodia. Diferentes sistemas utilizados en el mundo. Aplicación en España.
36. Valoración forestal y ambiental. Fórmulas y criterios. Valoración económica integral de los sistemas forestales. La valoración contingente de los sistemas naturales. La valoración de la biodiversidad. Fiscalidad e instrumentos económicos aplicables a los montes en España. Externalidades de los montes. Pagos por servicios ambientales.
37. Los procedimientos de incorporación de bienes inmuebles al Catastro Inmobiliario: Procedimientos de declaración y solicitud. El procedimiento de comunicación. Procedimientos de subsanación de discrepancias y rectificación. El procedimiento de inspección catastral.
38. El valor catastral: concepto y componentes. La determinación del valor catastral de los bienes inmuebles rústicos según el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario 1/2004, de 5 de marzo. Las ponencias de valores: contenido, clases, elaboración, aprobación e impugnación. Normas técnicas de valoración de los bienes inmuebles de características especiales. El Valor de Referencia: Concepto, aplicación y diferencias con el valor catastral. Procedimiento de determinación de los valores de referencia para bienes inmuebles rústicos.
Tribunal titular
Presidente: José Ramón González Pan. Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.
Secretario: Pedro Alcázar Mazo. Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.
Vocales:
Isabel López Thomas de Carranza. Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.
Luis Maldonado García. Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales de la Hacienda Pública.
Natalia Beltrán Díaz. Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Tribunal suplente
Presidente: Enrique Tapia Santamaría. Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.
Secretario: Miguel Martínez Muñoz. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Vocales:
Valeriano A. Malfaz Sanz. Cuerpo de Ingeniero de Montes de la Hacienda Pública.
Juan Manuel Jiménez García. Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.
Julia Morales Miñaca. Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales de la Hacienda Pública.
El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para las pruebas de idiomas.
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En la plataforma de inscripción de pruebas selectivas, IPS, se deberá seleccionar la convocatoria, «Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales», «sistema general de acceso libre».
En el recuadro «Centro Gestor» se consignará «Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico».
En el recuadro 15, figurará «Cuerpo o Escala» se consignará «Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales».
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L».
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Para ello deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
En el recuadro 24, En caso de familia numerosa o discapacidad deberá indicar la Comunidad Autónoma en la que se reconoce esta condición.
En el recuadro 25, En caso de familia numerosa deberá indicar el número del título.
En el recuadro 26 «Títulos académicos oficiales», se consignará «Ingeniero Técnico Forestal» o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias. Se ha de indicar, además añadiendo otro título, la titulación exacta que posee.
En el recuadro 27, «Datos A», los aspirantes de la modalidad de acceso libre podrán consignar la provincia en que desean figurar en la relación de candidatos de funcionarios interinos de la base 11. Cuando el aspirante no cumplimente o no opte por una provincia, se tomará la que corresponda al domicilio de residencia que figure en la solicitud.
En el recuadro 27, «Datos B», se consignará el derecho a conservar, conforme a la anterior convocatoria, la puntuación del primer ejercicio indicando «Conservar ejercicio». Este derecho quedará condicionado en todo caso a que el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se hubiera conservado la nota sean análogos.
En el recuadro 27, «Datos C», los aspirantes que deseen realizar la prueba voluntaria y no eliminatoria del idioma inglés deberán consignar según la modalidad de la prueba escogida, «PRESENCIAL» o «TITULACIÓN». En este último caso los aspirantes deberán adjuntar a su solicitud la titulación, de las recogidas en el anexo V, que acredita el nivel de conocimiento de inglés de nivel B2 o superior.
El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 23,33 euros y para las familias numerosas de categoría general de 11,67 euros.
Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección https://ips.redsara.es/IPSC/secure/tablaComunidades. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carecieran de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional durante el año fiscal de 2022.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas. En caso de no dar el consentimiento la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al año fiscal de 2022 y, en su caso, del certificado del nivel de renta.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección https://ips.redsara.es/IPSC/secure/tablaComunidades. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de los Servicios, plaza San Juan de la Cruz, 10, 28071 Madrid.
Para la modalidad acreditación de conocimiento del idioma inglés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se listan a continuación, con las puntuaciones correspondientes al nivel que se consideran equivalentes, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:
Certificados de la Escuela Oficial de Idiomas:
– Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.
– Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.
– Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.
Certificados de Cambridge University:
– First Certificate of English: B2.
– Advanced: C1.
– Proficiency: C2.
– Linguaskill B2: B2.
– Linguaskill C1: C1.
– IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 5,5-6,5: B2.
– IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 7-8: C1.
– IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 8,5-9: C2.
Education Testing Service (ETS):
– TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 72-94: B2.
– TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 95-120: C1.
– TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» entre 1095 y 1344: B2.
– TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» más o igual de 1345: C1.
APTIS (four skills), certificación del British Council.
– Overall CEFR Grade B2: B2.
– Overall CEFR Grade C: C1.
– Aptis advanced: overall CEFR B2: B2.
– Aptis advanced: overall CEFR C1: C1.
Capman Testing Solutions 360 LPT (Language Proficiency Test) Four Skills:
– Certificado C1: C1.
– Certificado B2: B2.
Oxford Test of English B: Certificado B2: B2.
Certificat de Compétences en Langues de l’Enseignement Supérieur (CLES), inglés:
– CLES 2: B2.
– CLES 3: C1.
The European Language Certificates (TELC):
– TELC B2: B2.
– TELC C1: C1.
University of Michigan (Cambridge Michigan Language Assessments).
– Certificate of Competency in English (ECCE): B2.
– Certificate of Proficiency in English (ECPE): C2.
Trinity College de Londres:
– Integrated Skills in English II: B2.
– Integrated Skills in English III: C1.
– Integrated Skills in English IV: C2.
London Test of English (LTE):
– Nivel 3: B2.
– Nivel 4: C1.
– Nivel 5: C2.
Pearson Test of English:
– General, Level 3: B2.
– General, Level 4: C1.
– General, Level 5: C2.
– Edexcel certificate in ESOL International, Level 1: B2.
– Edexcel certificate in ESOL International, Level 2: C1.
– Edexcel certificate in ESOL International, Level 3: C2.
Learning Resource Network:
– Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 1: B2.
– Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 2: C1.
– Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 3: C2.
– IELCA General CEF B2: B2.
– IELCA General CEF C1: C1.
– IELCA General CEF C2: C2.
Anglia ESOL Examinations General:
– Advanced: B2.
– AcCEPT/Proficiency: C1.
– Masters: C2.
LanguageCert International ESOL:
– Communicator B2: B2.
– Expert C1: C1.
– Mastery C2: C2.
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