Los Estatutos del Consorcio de la Ciudad de Cuenca fueron aprobados el 22 de julio de 2005 y posteriormente modificados el 13 de diciembre de 2005, 2 de diciembre de 2014, 7 de mayo de 2015 y 19 de junio de 2017 («Boletín Oficial del Estado» número 289, de 28 de noviembre de 2017).
La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, introduce en su disposición adicional décimo novena la modificación del artículo 121 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regula la contratación de personal de los consorcios.
Con objeto de adaptar los Estatutos a la nueva redacción del artículo 121 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Consejo de Administración del Consorcio, en su sesión de 14 de diciembre de 2022, aprobó por unanimidad la modificación del artículo 17.2 de los Estatutos del Consorcio de la Ciudad de Cuenca, condicionada a la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023.
En la misma sesión de 14 de diciembre de 2022, se adoptó el acuerdo de incluir en la publicidad de los Estatutos modificados, la nueva redacción dada al punto segundo del artículo 3 de dichos Estatutos, referida al cambio de la sede del Consorcio, habiendo sido aprobada la modificación en la sesión del Consejo de Administración celebrada el día 27 de julio de 2021,
Por encontrarse en la actualidad adscrito el Consorcio de la Ciudad de Cuenca a la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en virtud de las competencias atribuidas a esta Subsecretaría por el Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y una vez aprobada su modificación, dispongo proceder a la publicación del contenido literal del artículo 17.2 de los Estatutos del Consorcio de la Ciudad de Cuenca, incluido como anexo a la presente resolución.
Madrid, 7 de febrero de 2023.–La Subsecretaria de Hacienda y Función Pública, Pilar Paneque Sosa.
Se da nueva redacción al apartado 2 del artículo 3 de los Estatutos del Consorcio de la Ciudad de Cuenca en los siguientes términos.
«Artículo 3. Sede.
2. El domicilio del Consorcio se establece en la Calle Alfonso VIII, número 83. El Consejo de Administración podrá, mediante acuerdo, cambiar el domicilio del Consorcio.»
Se da nueva redacción al apartado 2 del artículo 17 de los Estatutos del Consorcio de la Ciudad de Cuenca en los siguientes términos:
«Artículo 17. Régimen y clases del personal del Consorcio.
2. La incorporación de nuevos efectivos procederá exclusivamente de las Administraciones consorciadas. Excepcionalmente, cuando no resulte posible contar con personal procedente de las Administraciones participantes en el Consorcio en atención a la singularidad de las funciones a desempeñar o cuando, tras un anuncio público de convocatoria para la cobertura de un puesto de trabajo restringida a las administraciones consorciadas, no fuera posible cubrir dicho puesto, el Ministerio de Hacienda y Función Pública podrá autorizar la contratación de personal por parte del Consorcio para el ejercicio de dichas funciones, en los términos previstos en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.»
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