Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo relativo a la revisión salarial para el año 2023 del III Convenio colectivo de la empresa Enercon Windenergy Spain, SL (código de convenio n.º 90100702012012), publicado en el BOE de 23 de noviembre de 2020, que fue suscrito, con fecha 23 de enero de 2023, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por el Comité Intercentros, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 9 de marzo de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
Representación de la empresa:
Don Álvaro Escardino Malva.
Don Steffen Boenicke.
Doña Gema Rodríguez Prior.
Representación legal de las personas trabajadoras (Comité Intercentros):
Don Fabián Díaz Morales.
Don Tomás Torresano Ballesteros.
Don Manuel Urquizar Reyes.
Don Alejandro Perea Lima.
Don Marco Javier Peña Herrera.
En El Puerto de Santa María, siendo las 8 horas del día 23 de enero de 2023, se reúnen las personas al inicio de la presente acta relacionadas, por una parte, la representación de la Empresa y por otra parte la Representación Legal de las Personas Trabajadoras de la empresa, actuando a través del Comité Intercentros, todas ellas pertenecientes a la Comisión Negociadora del III Convenio Colectivo de Enercon Windenergy Spain, SL («EWS»).
Ambas partes se reconocen legitimación y capacidad recíproca para negociar la presente actualización salarial.
ORDEN DEL DÍA
Aplicación de la actualización salarial pactada en el Anexo III del III Convenio Colectivo de EWS para el año 2023.
Vista la evolución de los índices de referencia y los datos de la empresa del último año, la representación de las personas trabajadoras y la empresa acuerdan la aplicación de un incremento del 5,7 % sobre las bases de cálculo salariales para el año 2022.
Se adjuntan las tablas a continuación del presente Acta.
* * *
Finaliza la reunión procediendo a la habilitación de don Steffen Boenicke para que, lleve a cabo cuantos trámites sean precisos en orden al depósito de la presente actualización en la Dirección General de Trabajo y la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Asimismo, se designa a don Álvaro Escardino Malva y a don Fabián Díaz Morales como representantes de la Empresa y de las Personas Trabajadoras, respectivamente, para el caso de que sea necesario realizar cualquier trámite, audiencia, reunión, subsanación y en general cualquier actuación con la administración o con terceros que requiera la participación de las dos partes negociadoras del presente acuerdo del III CC de EWS.
Asimismo, les autorizan a firmar en nombre de la representación de la Empresa y de las Personas Trabajadoras, respectivamente, con fuerza totalmente vinculante de las Partes, cualquier documento, trámite o requerimiento realizado por cualquier administración, autoridad o terceros como consecuencia del presente acuerdo del III CC de EWS.
Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión y, de ella, la presente Acta que, una vez leída y encontrada conforme, se firma por los asistentes en el lugar y fecha arriba indicados.
Por la empresa:
Don Álvaro Escardino Malva.
Don Steffen Boenicke.
Doña Gema Rodríguez Prior.
Por la representación legal de las personas trabajadoras:
Don Fabián Díaz Morales.
Don Tomás Torresano Ballesteros.
Don Manuel Urquizar Reyes.
Don Alejandro Perea Lima.
Don Marco Javier Peña Herrera.
Grupos profesionales |
Base de cálculo 01/01/2023 – Euros |
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Personal de oficina | |
Asistentes de administración y finanzas | |
Nivel 0 (Auxiliar). | 16.789,65 |
Nivel 1 (Oficial de 2.ª). | 19.028,44 |
Nivel 2 (Oficial de 1.ª). | 20.707,27 |
Nivel 3 (Resp. de área). | 25.184,62 |
Asistentes técnicos | |
Nivel 0 (Auxiliar y almacenista). | 21.266,94 |
Nivel 1 (Resp. de función y asistente de dirección). | 24.624,96 |
Nivel 2 (Sup. regionales y oficiales de PRL). | 25.744,29 |
Nivel 3 (Resp. de área). | 26.437,10 |
Nivel 4 (Controladores de calidad). | 27.982,80 |
Nivel 5 (Formadores). | 29.661,00 |
Personal de campo | |
Personal de mantenimiento | |
Nivel 1 (Auxiliar). | 19.588,10 |
Nivel 2 (Asistente experto). | 20.147,61 |
Nivel 3 (Técnico de mantenimiento). | 20.707,27 |
Nivel 4 (Técnico especialista en reparación de averías). | 21.266,93 |
Nivel 5 (Jefe de equipo / Analista de fallos). | 22.936,57 |
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