Advertido error en el título de la Resolución, relativo a la fecha de la Orden Ministerial a que se refiere, este título debe ser sustituido por el siguiente: «Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica la actualización del censo de la flota bacaladera, conforme a lo dispuesto en la Orden Ministerial de 8 de junio de 1981, por la que se ordena la actividad pesquera de la flota bacaladera».
Advertido error en el primer párrafo de la Resolución, este debe ser sustituido por el siguiente: «En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 2 de la norma undécima del artículo 1 de la Orden de 8 de junio de 1981, por la que se ordena la actividad pesquera de la flota bacaladera, esta Secretaría General de Pesca, oído el sector interesado, resuelve».
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122, en relación con el 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 13 de marzo de 2023.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.
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