De acuerdo con el Real Decreto 407/2022 de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, todas las convocatorias determinarán que el órgano de selección del proceso selectivo elaborará, a la finalización del mismo, una relación de posibles personas candidatas para el nombramiento como personal funcionario interino o personal laboral temporal del cuerpo, escala o categoría al que corresponda la convocatoria.
Es por ello, por lo que la presente Resolución modifica las bases específicas de la Resolución de 17 de marzo de 2023, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social, dado que por error se había omitido la referencia al mandato del citado Real Decreto, en los siguientes términos:
Se modifica la base específica 6 de la Resolución de 17 de marzo de 2023, que queda redactada como sigue:
«6. Lista de candidatos del proceso selectivo
De conformidad con el apartado 21 del artículo 3 del Real Decreto 407/2022 de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, con objeto de reducir los plazos de incorporación del personal funcionario interino y hacer efectiva la aplicación de los principios de mérito y capacidad en la selección de este personal, una vez finalizado el proceso selectivo, el Tribunal calificador Uno elaborará un listado de personas candidatas para el nombramiento como personal funcionario interino del cuerpo al que corresponde esta convocatoria, con la duración, características y funcionamiento que establezca en su caso el órgano convocante, y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública.
En este listado se integrarán aquellas personas candidatas que, al menos, hayan concurrido al segundo ejercicio, ordenándose conforme el procedimiento establecido para las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
El listado tendrá validez hasta la publicación de un nuevo listado de personas candidatas resultantes del desarrollo de un nuevo proceso selectivo ordinario.»
Se incorpora la base específica 7 a la Resolución de 17 de marzo de 2023, con la siguiente redacción:
«7. Norma final
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.»
Madrid, 14 de abril de 2023.–El Subsecretario de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Alberto José Sereno Álvarez.
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