Visto el texto del Acta para la actualización al SMI de 2024 de las tablas salariales del V Convenio colectivo de Ilunion Seguridad, SA (Código de convenio n.º 90008082011993), que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 21 de marzo de 2023, Acta que ha sido suscrita en fecha de 5 de abril de 2024 por los integrantes de la Comisión Paritaria del V Convenio Colectivo de Ilunion Seguridad, SA, para los años 2023-2026, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada Acta y de las tablas salariales del convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de mayo de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.
Se reúnen en Madrid el 5 de abril de 2024 a las 12.30 horas las personas abajo referenciadas, en calidad de Comisión Paritaria del V Convenio Colectivo de Ilunion seguridad para los años 2023-2026.
Por la empresa:
César Quintana Fernández.
Victoria Ruiz Benito.
Por la parte social:
José Luis Santos Vicente.
Gonzalo Álvarez González.
Secretaria de la Comisión Paritaria: Victoria Ruiz Benito.
La disposición adicional tercera del V Convenio Colectivo de Ilunion Seguridad establece que «En el supuesto de que, como consecuencia de la actualización por parte de las autoridades competentes del Salario Mínimo Interprofesional, en alguna de las categorías del convenio la retribución computable fuera, en cómputo anual, inferior a los mínimos establecidos por la normativa laboral, se procederá a la actualización que permita su adaptación a dichos mínimos legales.
El pasado 7 de febrero de 2024 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» el Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2024. La disposición final tercera del mismo establece que este Real Decreto surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, procediendo, en consecuencia, el abono del salario mínimo en el mismo establecido con efectos desde el 1 de enero de 2024.
Asimismo, el pasado 23 de febrero de 2024, se acordó en el paritaria del Convenio Estatal de Empresas de seguridad, la actualización el anexo salarial y otras retribuciones 2024 del anexo único del convenio para el período entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, adecuándolo al SMI.
Al amparo de lo dispuesto en el V Convenio Colectivo de Ilunion Seguridad y de dicho Real Decreto se procede a actualizar el anexo I del convenio para el período entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, para las siguientes categorías profesionales, determinando los siguientes valores:
Salario Base | Plus Peligrosidad | Plus Actividad | Plus Transporte | Plus Vestuario | Total | |
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Personal Administrativo | ||||||
A) Administrativos | ||||||
Telefonista. | 901,56 | 156,84 | 129,90 | 1.188,30 | ||
Personal Operativo | ||||||
B) No habilitado | ||||||
Operador de Seguridad. | 1.058,40 | 129,90 | 64,60 | 1.252,90 | ||
Personal de Seguridad Mecánico-Electrónica | ||||||
Ayudante de Encargado. | 1.058,40 | 129,90 | 106,97 | 1.295,27 | ||
Especialista. | 1.058,40 | 129,90 | 106,97 | 1.295,27 | ||
Operador de Soporte Técnico. | 1.058,40 | 129,90 | 106,93 | 1.295,23 | ||
Personal de Oficios Varios | ||||||
Ayudante. | 937,40 | 121,00 | 129,90 | 1.188,30 | ||
Personal Subalterno | ||||||
Ordenanza. | 1.033,10 | 25,30 | 129,90 | 1.188,30 | ||
Jefe de Almacén. | 1.033,10 | 25,30 | 129,90 | 1.188,30 |
Se habilita a don Jaime Francisco Calzado Arija, para que, en nombre de la Comisión, lleve a cabo cuantos trámites sean precisos en orden al depósito, registro y posterior publicación de la presente Acta en el «Boletín Oficial del Estado.
Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión a las 13 horas, firmándose la presente Acta en prueba de conformidad.–Por la empresa, César Quintana Fernández y Victoria Ruiz Benito.–Por la parte social, José Luis Santos Vicente y Gonzalo Álvarez González.
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