Vista la Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Justicia de la Conselleria de Justicia e Interior, por la que se convoca para su provisión por el sistema de concurso específico de puesto de trabajo singularizado en el Servicio Común Procesal de Asuntos Generales de Valencia (BOE núm. 41, de 16 de febrero de 2024 y DOGV núm. 9790, de 16 de febrero).
Vistas las solicitudes presentadas para el puesto singularizado de Auxilio Judicial para la provisión del puesto correspondiente a la citada convocatoria, en el que se considera que el candidato Bernardino Flores Eslava cumple con los requisitos y las especificaciones exigidas en la convocatoria, teniendo en cuenta que ha resultado el candidato que ha obtenido la mayor puntuación en los méritos alegados y acreditados en la valoración efectuada por la Comisión de Valoración, atendiendo a su experiencia profesional, su formación y el conocimiento de la estructura, organización y funciones, resulta idónea para la adjudicación del puesto ofertado con carácter definitivo.
De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta de la Resolución de la convocatoria, así como en los artículos 524 y siguientes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; en los artículos 49 y siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, y en virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 9 del Decreto 134/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia e Interior, resuelvo:
Nombrar a don Bernardino Flores Eslava con DNI núm.***3063**, funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial, en el Servicio Común Procesal de Asuntos Generales de Valencia.
El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles y empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación simultánea de la presente Resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» y en el «Boletín Oficial del Estado». En caso de que dicha simultaneidad no fuese posible, el plazo aludido se computará al día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de València, o ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga el demandante su domicilio, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Valencia, 6 de mayo de 2024. La Directora General de Justicia, Cristina Gil Fabregat.
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