De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, esta Dirección General ha resuelto adjudicar destinos en los órganos que se relacionan en el anexo a las integrantes del Cuerpo de Médicos Forenses nombradas funcionarias de carrera por Orden de 17 de julio de 2024 teniendo en cuenta lo siguiente:
Las funcionarias del Cuerpo de Médicos Forenses a las que se otorga destino en esta resolución deberán tomar posesión ante el/la responsable del órgano de destino en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado reglamento y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El personal funcionario interino que actualmente ocupe plazas que han sido adjudicadas a las aspirantes aprobadas cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión de la titular.
En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia en virtud del artículo 498 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, aquellas participantes que ostenten ya la condición de funcionarias de carrera deberán manifestar su opción en el acta de toma de posesión.
Las funcionarias del Cuerpo de Médicos Forenses a las que se otorga destino en virtud de esta resolución, no obstante haber sido destinadas con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Las plazas no adjudicadas a los aspirantes de nuevo ingreso en el Cuerpo de Médicos Forenses mantienen su condición de desiertas.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, según lo previsto en el artículo 60 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Presidencia, Economía y Justicia, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 64 de la citada ley, y 30.4, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Zaragoza, 17 de julio de 2024.–La Directora General de Justicia, Esmeralda Pastor Estrada.
N.º orden | DNI | Apellidos y nombre | Puesto adjudicado |
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1 | ***1272** | Gareta Alquézar, Clara. | Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Aragón. Subdirección de Huesca. Médico/a Forense Generalista. |
2 | ***8949** | Rubio Pérez, Laura. | Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Aragón. Subdirección de Teruel. Médico/a Forense Generalista. |
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