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Documento BOE-A-2024-20565

Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publican las cantidades disponibles objeto del mecanismo de optimización anual del uso de cuotas para el año 2024 para determinados stocks.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 9 de octubre de 2024, páginas 127749 a 127777 (29 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2024-20565

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes y fundamentos de Derecho

Primero.

La Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican determinadas órdenes ministeriales que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las mismas, establece en su artículo 5 el mecanismo de optimización anual del uso de cuotas.

El objetivo del mecanismo de optimización de cuotas es mejorar la gestión de determinadas pesquerías, evitando que al final del ejercicio existan cuotas sin consumir por algunas flotas y pudiendo ser aprovechadas por otras que agoten sus cuotas disponibles en esta parte final del año.

Segundo.

Tal como indica el artículo 1 de la citada orden, ésta resulta de aplicación a las flotas del caladero del Cantábrico y Noroeste en lo que respecta a los recursos pesqueros o stocks regulados en la Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste, a las flotas del caladero del Golfo de Cádiz, en lo que respecta a los stocks regulados en la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Golfo de Cádiz, y a las flotas de arrastre de fondo en aguas de Portugal en lo que respecta a los stocks regulados en Orden AAA/1505/2014, de 31 de julio, por la que regula la pesquería de arrastre de fondo, en aguas de la subzona 9 del Consejo Internacional de Exploración del Mar sometidas a la soberanía o jurisdicción de Portugal.

Tercero.

En el apartado tercero del citado artículo 5 de la Orden APA/315/2020, se señala que, si a fecha 1 de octubre existiera un sobrante de cuota para un stock y un censo, modalidad, buque o grupo de buques y dicho sobrante representara una cantidad superior al consumo que ese censo, modalidad, buque o grupo de buques pudiera realizar, la Secretaría General del Pesca podrá fijar mediante resolución, oído el sector, dicho sobrante en una cuota común que opera como mecanismo de optimización anual, así como el origen de dicha cuota común por censo, modalidad, buque o grupo de buques de donde es detraída.

Cantidad superior al consumo que un censo, modalidad, buque o grupo de buques pudiera realizar, es cualquier cantidad superior a los desembarques realizados entre los meses de octubre a diciembre para ese censo, modalidad, buque o grupo de buques, en cualquiera de los últimos cinco años. No se destinará a este mecanismo la flexibilidad interanual de máximo el 10 % de cuota cuando España se acoja a dicha posibilidad conforme a la normativa europea.

Cuarto.

El apartado cuatro de dicho artículo 5 determina que, en el supuesto de que existiera dicho sobrante de cuota para cualquier stock, repartido o no, pasará a formar parte del mecanismo de optimización anual. A partir de la fecha en que la resolución citada en el apartado 3 esté publicada en el «Boletín Oficial del Estado», las cuotas integrantes de ese mecanismo de optimización anual para cada stock, estarán a disposición de todos los censos, modalidades, buques o grupos de buques que, según su censo o modalidad, estén autorizados para pescar dicho stock y que, a partir de esa fecha de publicación agoten sus cuotas disponibles para dicho stock (consumo del 100 % de su cuota) o bien las vayan agotando a partir de esa fecha hasta el consumo total de la cuota común.

Quinto.

En relación a los buques que no podrán acceder al uso del mecanismo de optimización cabe indicar que, por un lado, el apartado séptimo del artículo 5 de la Orden APA/315/2020, establece que aquellos buques o grupos de buques que hayan transmitido temporalmente hasta el 10 de septiembre más del 50 % de sus posibilidades de pesca iniciales asignadas (cuota inicial) de un stock para el año en curso, así como aquellos buques o grupos de buques que transmitan temporalmente posibilidades de pesca de un stock después del 1 de octubre, no podrán acogerse al uso de este mecanismo.

Por otro lado, el apartado segundo del artículo 9 de la citada orden, establece que para que un buque o grupo de buques puedan beneficiarse del mecanismo de optimización anual del uso de cuotas, a fecha de 10 de septiembre no podrá presentar un rebasamiento en el consumo superior al 10 % de su cuota adaptada de los stocks en los que se aplique este mecanismo.

Sexto.

En cuanto al cálculo de las cantidades disponibles que se pueden destinar al mecanismo de optimización anual, cabe señalar, en primer lugar, que, según indica el apartado 5 del artículo de la mencionada orden y al objeto de determinar con exactitud las mismas, aquellas transmisiones temporales de cuota que han tenido entrada para su tramitación entre el 10 de septiembre y el 1 de octubre, no se han autorizado. De esta manera se ha obtenido el valor de las cuotas adaptadas una vez grabadas todas las transmisiones temporales de cuota recibidas hasta el 10 de septiembre que han sido autorizadas. El dato de consumo de los distintos stocks objeto de este mecanismo para cada censo, modalidad, buques y grupos de buques, ha sido el existente a fecha 30 de septiembre.

En segundo lugar, para determinar la cantidad superior al consumo, para cada uno de los stocks para los que se han constatado cantidades disponibles a incorporar al mecanismo de optimización, se ha tomado el valor máximo del último trimestre de los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023.

Por último, se han obtenido las cantidades disponibles para el mecanismo de optimización para cada stock restando a la cuota adaptada, tras las cesiones temporales autorizadas a 10 de septiembre, el consumo a 30 de septiembre, la flexibilidad interanual como máximo del 10 % en base al consumo (excepto para el caso del JAX/08C) y el valor máximo de consumo registrado del último trimestre de los últimos cinco años.

Séptimo.

Respecto a los stocks que son objeto del mecanismo de optimización, para el caso del stock de jurel JAX/08C, se ha considerado pertinente establecer este mecanismo para dicho stock. Las capturas que se computen contra la cantidad de la bolsa común que se crea por la presente resolución, al igual que el conjunto de la pesquería de este stock durante el año 2024, serán exclusivamente de manera accesoria, tal como indica el Reglamento (UE) 2024/257 del Consejo, de 10 de enero de 2024, por el que se fijan para 2024, 2025 y 2026 las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones de peces aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión, y se modifica el Reglamento (UE) 2023/194.

En base a la evolución de los consumos de los sobrantes de los distintos stocks objeto de optimización, se valorará el establecimiento de topes de captura para pautar la pesquería. Dichos topes, así como sus actualizaciones se podrán consultar en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (https://www.mapa.gob.es/es/pesca/temas/control-inspeccion-lucha-pesca-ilegal/gestiontopes.aspx) y previamente se comunicarán al sector.

Aquellos buques o grupos de buques que no respeten los topes establecidos no podrán computar sus consumos, desde entonces, contra el sobrante de optimización. Estos buques o grupos de buques solo podrán continuar ejerciendo la pesquería si realizan cesiones temporales de cuota para poder computar así los consumos que realicen contra dicha cuota adquirida.

La cantidad de cuota disponible de los stocks objeto de optimización en esta resolución de optimización asciende a:

– ANF/8C3411: 2.236.441 kg.

– HKE/8C3411: 4.239.049 kg.

– JAX/08C: 283.474 kg.

– JAX/09: 29.909.752 kg.

– LEZ/8C3411: 2.220.554 kg.

– MAC/8C3411: 6.377.233 kg.

– NEP/8CU31: 2.012 kg.

– WHB/8C3411: 22.173.932 kg.

Sobre la base de lo anterior esta Secretaría General de Pesca, una vez oído el sector interesado, resuelve:

Primero.

Publicar como anexo I las cantidades disponibles del mecanismo de optimización por stock, así como indicación del origen de dicha cuota común por censo, modalidad, buque o grupo de buques.

En el caso del stock de jurel JAX/08C se incorpora una cantidad adicional de un swap de Portugal recientemente obtenido y no repartido de 80.000 kg.

En base a la evolución de los consumos de los sobrantes de los distintos stocks objeto de optimización, se valorará el establecimiento de topes de captura para pautar la pesquería. Dichos topes, así como sus actualizaciones se podrán consultar en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (https://www.mapa.gob.es/es/pesca/temas/control-inspeccion-lucha-pesca-ilegal/gestiontopes.aspx) y previamente se comunicarán al sector.

Aquellos buques o grupos de buques que no respeten los topes establecidos no podrán computar sus consumos, desde entonces, contra el sobrante de optimización. Estos buques o grupos de buques solo podrán continuar ejerciendo la pesquería si realizan cesiones temporales de cuota para poder computar así los consumos que realicen contra dicha cuota adquirida.

Segundo.

Para aquellos buques o grupos de buques que, en la fecha de publicación de esta resolución en el BOE aún dispongan de cuota para alguno de los stocks, continuarán imputando sus capturas a su propia cuota no agotada. Solamente podrán acceder a pescar de las cantidades disponibles del mecanismo de optimización del anexo I una vez su cuota individual o conjunta se haya agotado (consumo del 100 %) sin necesidad de pedir autorización. La Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura llevará el control del acceso.

Tercero.

Los buques que hayan incurrido en el rebasamiento de su cuota adaptada, si cumplen las condiciones del apartado 7 del artículo 5 de la Orden APA/315/2020 de 1 de abril, pueden participar de las cantidades disponibles de cuota de este mecanismo en el momento en que esta resolución esté publicada en el BOE. La cantidad rebasada no podrá regularizarse con las cantidades señaladas en el anexo I, debiendo hacerlo bien mediante transmisiones temporales de cuota, bien mediante el uso de las condiciones especiales entre zonas en los stocks con esa flexibilidad, pudiendo regularizarse hasta el 31 de enero de 2025.

Para que un buque o grupo de buques puedan beneficiarse del mecanismo de optimización, a fecha de 10 de septiembre no podrá presentar un rebasamiento en el consumo superior al 10 % de su cuota adaptada de los stocks en los que se aplique este mecanismo, según se establece en el apartado 2 del artículo 9 de la citada orden.

Cuarto.

Los buques o grupos de buques que a 1 de octubre han transmitido más del 50 % de su cuota inicial y aquellos que se encuentran en situación de baja en su censo, no pueden participar del mecanismo de optimización anual.

Así mismo, aquellos buques o grupos de buques que transmitan temporalmente posibilidades de pesca de un stock después del 1 de octubre tampoco podrán acogerse al uso de este mecanismo para el stock para el que hayan realizado la transmisión y, por tanto, no podrán imputarse sus capturas a las cantidades disponibles del mecanismo de optimización del anexo I para el stock objeto de la transmisión. La Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura llevará este control.

Quinto.

La Secretaría General de Pesca podrá determinar el destino de aquellas cantidades disponibles del mecanismo de optimización que a 31 de diciembre no hayan sido agotadas, bien repartiéndolas entre los barcos que las han aportado (en la misma proporción que contribuyeron a dichas cantidades de cuota) bien para utilizarlas en intercambios con otros países en base al interés general de las cuotas asignadas a España.

Sexto.

Esta resolución surte efectos desde el momento de su publicación en BOE.

Séptimo.

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 7 de octubre de 2024.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.

ANEXO I
Cantidades de cuota disponibles del mecanismo de optimización por stock, con indicación del origen de dicha cuota común por censo, modalidad, buque o grupo de buques

MAC/8C3411

Otros artes distintos de arrastre y cerco en el Cantábrico y Noroeste

Provincia

Sobrante

(kg)

A CORUÑA. 455.047
BIZKAIA. 1.976.980
CANTABRIA. 1.377.499
GIPUZKOA. 436.687
LUGO. 175.430
PONTEVEDRA. 365.752
PRINCIPADO DE ASTURIAS. 245.847

Golfo de Cádiz

Modalidad

Sobrante

(kg)

Golfo de Cádiz. 11.249

Arrastre de fondo en el Cantábrico y Noroeste

Código Nombre de Barco Tipo de Gestión Entidad de Gestión

Sobrante

(kg)

26204 AIROA. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 1. 88.011
25579 MARIA DOS ANXOS. CONJUNTA.
15313 PICO SACRO. CONJUNTA.
23833 XUDEMIL. CONJUNTA.
27170 NUEVO PESQUERO LIJO. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 3. 74.131
26748 PRAIA DO TOURO. CONJUNTA.
24646 CABO SAN LORENZO. CONJUNTA. C.P. VIRGEN DE LAS MAREAS. 35.112
23918 LUSCINDA. CONJUNTA.
25484 VIRGEN DEL FARO. CONJUNTA. OPP 13. 119.135
26144 VIRGEN TERCERA. CONJUNTA.
23062 AKETXE. CONJUNTA. OPPAO. 5.327
23061 GAZTELUGATXE. CONJUNTA.
26816 BALEIRO PRIMERO. CONJUNTA. OPROMAR - OTB. 181.218
27773 ELEUTERIO JOSE BALAYO. CONJUNTA.
25152 ENSENADA DE BUEU. CONJUNTA.
23297 GONZACOVE UNO. CONJUNTA.
25162 HERMANOS SOAGE. CONJUNTA.
5948 ILLA DA CREVA. CONJUNTA.
24301 ISLA DE SANTA. CONJUNTA.
26285 NUEVO SAN CIBRAN. CONJUNTA.
23996 RIA DE MARIN. CONJUNTA.
25924 VIRGEN SEGUNDA. CONJUNTA.
26196 AMENEIRO. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 1. 11
23748 NUEVO MARINA. CONJUNTA.
25217 RINCHADOR. CONJUNTA.
23709 SABINO SEGUNDO. CONJUNTA.
25218 BOTEIRA PRIMERO. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 3. 1.710
25288 SANPER. CONJUNTA.
24352 MEIRA DA COSTA. INDIVIDUAL. C.P. MUROS. 52.484
24724 HERMANOS SAN SALVADOR. INDIVIDUAL. OPECA. 15.168
24090 MENDAÑA. INDIVIDUAL. OPECA. 64.012
24563 ARRETXU BERRIA. INDIVIDUAL. OPPAO. 139
23639 O CANTIÑO. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 177.423
23724 RIO XUNCO. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 45.681
24114 LOREMAR. INDIVIDUAL. OPPF4. 3.362
26018 SAIÑAS. INDIVIDUAL. OPPF4. 134.866
25084 ALBA MAR. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 5.808
14126 HIMAJO PRIMERO. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 7.311
23897 BAUTISTA PINO. INDIVIDUAL. PUERTO DE CELEIRO. 1
25666 NOVO TAIS. INDIVIDUAL. S.C. GALLEGA DEL MAR. 33.309

Cerco en el Cantábrico y Noroeste

Código Nombre de Barco Tipo de Gestión Entidad de Gestión

Sobrante

(kg)

22047 MUNDAKA. CONJUNTA. FECOPPAS. 26.187
23783 NUEVO SAN MATEO. CONJUNTA.
23421 NUEVO SANTANINA. CONJUNTA.
24228 MIRANDO O MAR. CONJUNTA. OPP - BURELA. 3.294
15855 OLLO DO MAR. CONJUNTA.
25857 O POCHE. CONJUNTA. OPROMAR - PS. 10.592
24730 PLAYA DE COVAS. CONJUNTA.
23178 SALETA. CONJUNTA.
26741 ABRA DE AGUIÑO. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - PS GRUPO 1. 40.710
24381 PORTO DE AGUIÑO. CONJUNTA.
23512 COSTA CORDAL. INDIVIDUAL. C.P. CAMARIÑAS. 4.408
23179 XUREL UNO. INDIVIDUAL. C.P. CAMARIÑAS. 5.666
23745 CRIS DOS. INDIVIDUAL. C.P. CAMBADOS. 4.158
23563 CUARTO NORUEGO. INDIVIDUAL. C.P. CAMBADOS. 3.359
22449 LUSMAR. INDIVIDUAL. C.P. CAMBADOS. 2.311
20184 SEGUNDO DURAN. INDIVIDUAL. C.P. CAMBADOS. 3.420
23040 SERGIO UNO. INDIVIDUAL. C.P. CAMBADOS. 6.387
23122 TRANCHITO CUARTO. INDIVIDUAL. C.P. CAMBADOS. 3.640
24717 ANDUIZA ANAIAK. INDIVIDUAL. OPESCAYA. 11.521
22992 MARIA DIGNA DOS. INDIVIDUAL. OPESCAYA. 4.624
23089 OSKARBI. INDIVIDUAL. OPESCAYA. 14.674
24556 PUNTA CANCELADA. INDIVIDUAL. OPROMAR. 57.845
23349 CABALEIRO UNO. INDIVIDUAL. PUERTO DE CELEIRO. 19.913
24978 MARINO JOSE. INDIVIDUAL. PUERTO DE CELEIRO. 32.571
26217 SEMPRE GALAICO. INDIVIDUAL. S.C. GALLEGA DEL MAR. 6.162
25595 NOVO CAZADOR. INDIVIDUAL.   14.827
23311 OPRONTIÑO. INDIVIDUAL.   2.304
23688 SEGUNDO OS CARBALLA. INDIVIDUAL.   15
26404 TERCERO DOS MEROS. INDIVIDUAL.   9.934

Cantidad de cuota total disponible: 6.377.233 kg.

JAX/08C

Otros artes distintos de arrastre y cerco en el Cantábrico y Noroeste

Provincia

Sobrante

(kg)

GIPUZKOA. 2.943
CANTABRIA. 4.194

Arrastre de fondo en el Cantábrico y Noroeste

Código Nombre de Barco Tipo de Gestión Entidad de Gestión

Sobrante

(kg)

26204 AIROA. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 1. 12.422
25579 MARIA DOS ANXOS. CONJUNTA.
15313 PICO SACRO. CONJUNTA.
23833 XUDEMIL. CONJUNTA.
25665 AFANUDA SEGUNDO. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 2. 9.118
23328 MARPAR SEGUNDO. CONJUNTA.
27170 NUEVO PESQUERO LIJO. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 3. 5.440
26748 PRAIA DO TOURO. CONJUNTA.
25484 VIRGEN DEL FARO. CONJUNTA. OPP 13. 7.118
26144 VIRGEN TERCERA. CONJUNTA.
23062 AKETXE. CONJUNTA. OPPAO. 920
23061 GAZTELUGATXE. CONJUNTA.
26196 AMENEIRO. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 1. 3.970
23748 NUEVO MARINA. CONJUNTA.
25217 RINCHADOR. CONJUNTA.
23709 SABINO SEGUNDO. CONJUNTA.
26548 BEJAR. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 2. 1.841
26546 JALISCO UNO. CONJUNTA.
25218 BOTEIRA PRIMERO. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 3. 16.325
25288 SANPER. CONJUNTA.
24352 MEIRA DA COSTA. INDIVIDUAL. C. P. MUROS. 7.804
24090 MENDAÑA. INDIVIDUAL. OPECA. 11.248
23639 O CANTIÑO. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 1.430
25863 PLAIA DE RUETA. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 4.017
23724 RIO XUNCO. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 10.796
26018 SAIÑAS. INDIVIDUAL. OPPF4. 33.137
23450 BURELES. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 3.748
22590 COSTA DA BARCA. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 1.473
26677 SEGUNDA DEL MAR. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 1.356
23897 BAUTISTA PINO. INDIVIDUAL. PUERTO DE CELEIRO. 6.679
26595 NUEVO SOCIO. INDIVIDUAL. PUERTO DE CELEIRO. 5.521
25666 NOVO TAIS. INDIVIDUAL. S.C. GALLEGA DEL MAR. 9.092
25570 PLAYA DE AGUIÑO. INDIVIDUAL. S.C. GALLEGA DEL MAR. 835

Cerco en el Cantábrico y Noroeste

Código Nombre de Barco Tipo de Gestión Entidad de Gestión

Sobrante

(kg)

23485 ESCALADOR DOS. CONJUNTA. A. CERQUEIROS DO BARBANZA. 1.737
100360 HERMANOS MANEIRO. CONJUNTA.
26691 O RINCHA. CONJUNTA. C.P. SAN ROQUE. 454
22367 SEGUNDO LUIS MANUEL. CONJUNTA.
25909 PORTOSIN DOS. INDIVIDUAL. C.P. PORTOSIN. 1.686
25888 BERRIZ PATXIKU. INDIVIDUAL. OPEGUI. 38.013
23311 OPRONTIÑO. INDIVIDUAL.   156

Cantidad de cuota total disponible: 283.474 kg (incluye 80.000 kg obtenidos mediante reciente swap con Portugal).

JAX/09

Otros artes distintos de arrastre y cerco en el Cantábrico y Noroeste

Provincia

Sobrante

(kg)

A CORUÑA. 1.195.644
BIZKAIA. 10.125
GIPUZKOA. 7.200
LUGO. 33.525
PONTEVEDRA. 765.026
PRINCIPADO DE ASTURIAS. 27.598

Golfo de Cádiz

Modalidad

Sobrante

(kg)

Arrastre de fondo Golfo de Cádiz. 425.862
Artes Menores Golfo de Cádiz. 63.039
Cerco Golfo de Cádiz. 279.479

Arrastre de fondo en el Cantábrico y Noroeste

Código Nombre de Barco Tipo de Gestión Entidad de Gestión

Sobrante

(kg)

26204 AIROA. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 1. 879.900
25579 MARIA DOS ANXOS. CONJUNTA.
15313 PICO SACRO. CONJUNTA.
23833 XUDEMIL. CONJUNTA.
25665 AFANUDA SEGUNDO. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 2. 469.746
23328 MARPAR SEGUNDO. CONJUNTA.
27170 NUEVO PESQUERO LIJO. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 3. 322.757
26748 PRAIA DO TOURO. CONJUNTA.
24646 CABO SAN LORENZO. CONJUNTA. C.P. VIRGEN DE LAS MAREAS. 323.562
23918 LUSCINDA. CONJUNTA.
25484 VIRGEN DEL FARO. CONJUNTA. OPP 13. 596.315
26144 VIRGEN TERCERA. CONJUNTA.
23062 AKETXE. CONJUNTA. OPPAO. 304.770
23061 GAZTELUGATXE. CONJUNTA.
26816 BALEIRO PRIMERO. CONJUNTA. OPROMAR - OTB. 2.742.678
27773 ELEUTERIO JOSE BALAYO. CONJUNTA.
25152 ENSENADA DE BUEU. CONJUNTA.
23297 GONZACOVE UNO. CONJUNTA.
25162 HERMANOS SOAGE. CONJUNTA.
5948 ILLA DA CREVA. CONJUNTA.
24301 ISLA DE SANTA. CONJUNTA.
26285 NUEVO SAN CIBRAN. CONJUNTA.
23996 RIA DE MARIN. CONJUNTA.
25924 VIRGEN SEGUNDA. CONJUNTA.
24761 POMBO CINCO. CONJUNTA. PESCAGALICIA-ARPEGA-OBARCO. 643.440
24893 POMBO CUATRO. CONJUNTA.
24844 POMBO SEIS. CONJUNTA.
24760 POMBO TRES. CONJUNTA.
23369 POMBO UNO. CONJUNTA.
26196 AMENEIRO. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 1. 538.305
23748 NUEVO MARINA. CONJUNTA.
25217 RINCHADOR. CONJUNTA.
23709 SABINO SEGUNDO. CONJUNTA.
26548 BEJAR. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 2. 154.305
26546 JALISCO UNO. CONJUNTA.
25218 BOTEIRA PRIMERO. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 3. 322.988
25288 SANPER. CONJUNTA.
24352 MEIRA DA COSTA. INDIVIDUAL. C.P. MUROS. 51.088
24724 HERMANOS SAN SALVADOR. INDIVIDUAL. OPECA. 496.738
24090 MENDAÑA. INDIVIDUAL. OPECA. 498.558
24580 ANDREKALA BERRIA. INDIVIDUAL. OPPAO. 161.719
24563 ARRETXU BERRIA. INDIVIDUAL. OPPAO. 161.719
25200 FARO DE ONS. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 337.887
23639 O CANTIÑO. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 528.777
25863 PLAIA DE RUETA. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 323.486
23724 RIO XUNCO. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 215.644
24114 LOREMAR. INDIVIDUAL. OPPF4. 164.106
26018 SAIÑAS. INDIVIDUAL. OPPF4. 2.425.590
25084 ALBA MAR. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 138.490
24668 ANA ISABEL. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 124.498
23450 BURELES. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 116.776
22590 COSTA DA BARCA. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 159.550
14126 HIMAJO PRIMERO. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 160.865
26677 SEGUNDA DEL MAR. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 67.295
23897 BAUTISTA PINO. INDIVIDUAL. PUERTO DE CELEIRO. 242.658
26595 NUEVO SOCIO. INDIVIDUAL. PUERTO DE CELEIRO. 242.657
25570 PLAYA DE AGUIÑO. INDIVIDUAL. S. C. GALLEGA DEL MAR. 186.721

Arrastre de fondo en aguas de Portugal

Código Nombre de Barco Tipo de Gestión Entidad de Gestión

Sobrante

(kg)

23344 GONZACOVE DOS. CONJUNTA. OPROMAR - PRT. 33.638
24733 PORTOSANTO. CONJUNTA.
25957 GEMA Y MODE. INDIVIDUAL. C.P. AYAMONTE. 5.598
26576 HERMANOS MORA MARTIN. INDIVIDUAL.   4.007
26674 LOZANO ABREU. INDIVIDUAL.   4.105
25465 NUEVO CARRILLO GARCIA. INDIVIDUAL.   5.264
24797 NUEVO REINA MAR. INDIVIDUAL.   6.884
25397 SEGUNDO CRISTOBAL MARTIN. INDIVIDUAL.   4.812
24827 SEGUNDO MARITERE CARRILLO. INDIVIDUAL.   5.214

Cerco en el Cantábrico y Noroeste

Código Nombre de Barco Tipo de Gestión Entidad de Gestión

Sobrante

(kg)

23485 ESCALADOR DOS. CONJUNTA. A. CERQUEIROS DO BARBANZA. 439.475
100360 HERMANOS MANEIRO. CONJUNTA.
22095 A GAVEIRA. CONJUNTA. ACERGA. 5.298.143
21641 A TENENCIA. CONJUNTA.
6666 ACERGA I. CONJUNTA.
22209 AGARIMO DOUS. CONJUNTA.
14292 ANA MARIA II. CONJUNTA.
24923 APOSTOL. CONJUNTA.
24924 APOSTOL SAN ANDRES. CONJUNTA.
22246 ARDORAN. CONJUNTA.
23060 ARGOTE 2. CONJUNTA.
9492 ARPON. CONJUNTA.
100025 CANIZAS. CONJUNTA.
21332 CHAVEIGA. CONJUNTA.
25586 CHIQUITA DOS. CONJUNTA.
14916 CHONO SEGUNDO. CONJUNTA.
24034 COLOMBA TERCERO. CONJUNTA.
22624 COMO SEA DOS. CONJUNTA.
25405 CRUCEIRO DE PAZOS. CONJUNTA.
20586 CUARTO CABO NAVAL. CONJUNTA.
23846 CUARTO PANCHO. CONJUNTA.
5931 DOS MEROS. CONJUNTA.
24945 DOS NORTE. CONJUNTA.
26056 FARO SISARGAS. CONJUNTA.
100311 FERVOROSO. CONJUNTA.
27237 GAMBA NUMERO TRES. CONJUNTA.
9500 HALCON. CONJUNTA.
25597 HERMANOS CHIQUITA. CONJUNTA.
21888 HERMANOS VARELA CAMBON. CONJUNTA.
3280 ISABEL Y JORGE II. CONJUNTA.
22281 ISOLDE SEGUNDO. CONJUNTA.
5630 LAGO DOS. CONJUNTA.
23210 LORETO CUATRO. CONJUNTA.
7735 MANOLITO 3. CONJUNTA.
15917 MAR DE ALBA. CONJUNTA.
24123 MAR DE AMURA. CONJUNTA.
14702 MAR DE JANA. CONJUNTA.
23348 MARCIALITO QUINTO. CONJUNTA.
22727 MARIA RITA II. CONJUNTA.
13800 MARIN DE BUEU. CONJUNTA.
24736 MARUXIA. CONJUNTA.
24540 MARUXIA SEGUNDO. CONJUNTA.
23256 MAYADOR UNO. CONJUNTA.
26262 MI NOMBRE CINCO. CONJUNTA.
26006 MONTSERRAT MORENITA. CONJUNTA.
22409 MOROPA. CONJUNTA.
24812 MURO DE FONTAN. CONJUNTA.
22280 NOLIKO. CONJUNTA.
23943 NOVO AMEIXA. CONJUNTA.
26709 NOVO BALOEIRO. CONJUNTA.
27741 NOVO CASTELAO. CONJUNTA.
27766 NOVO CRISTO DA LAXE. CONJUNTA.
25935 NOVO LUCAS. CONJUNTA.
100036 NOVO PILLABAN. CONJUNTA.
25005 NOVO ROSYMAR. CONJUNTA.
23844 NOVO XOEL. CONJUNTA.
24205 NOVO XOUBA. CONJUNTA.
22541 NUEVA HERMINIA TRES. CONJUNTA.
23927 NUEVO JOSE MANUEL. CONJUNTA.
100164 NUEVO MIÑONES. CONJUNTA.
24805 NUEVO PAQUITA. CONJUNTA.
27803 NUEVO PLAYA DE CARIÑO. CONJUNTA.
26742 NUEVO TRES COSTAS. CONJUNTA.
14964 O ARGENTINO. CONJUNTA.
24681 O CAPRICHO. CONJUNTA.
24000 O MALAYO. CONJUNTA.
23837 O ORIENTE. CONJUNTA.
27751 O ROQUE. CONJUNTA.
24486 O SUBRIDO. CONJUNTA.
27744 O TITAN. CONJUNTA.
23474 O VISCAYA. CONJUNTA.
27701 OLNADI. CONJUNTA.
27819 OPRONTO. CONJUNTA.
13527 ORION UN. CONJUNTA.
23367 OS TOBA. CONJUNTA.
24253 OS XUXOS. CONJUNTA.
14496 OSTRA SEGUNDO. CONJUNTA.
4012 PEDRA DO MAR. CONJUNTA.
21803 PEQUENO MARUXIA. CONJUNTA.
2563 PERLA DEL PACIFICO NUMERO DOS. CONJUNTA.
24174 PLAYA ASTILLERU. CONJUNTA.
25486 PLAYA DE CESANTES. CONJUNTA.
100070 PORTO DE MALPICA. CONJUNTA.
27786 PRAIA DE AROU. CONJUNTA.
27439 PRAIA MAIOR. CONJUNTA.
15702 PUNTA DEL ESTE. CONJUNTA.
22043 REINA CONSUELO. CONJUNTA.
23864 RIOBAO UNO. CONJUNTA.
22960 ROMINA SEGUNDO. CONJUNTA.
13612 SAN ADRIAN DO MAR. CONJUNTA.
23541 SAN JOSE TRES. CONJUNTA.
27587 SANTIÑO DO MAR. CONJUNTA.
22044 SARO TERCERO. CONJUNTA.
27056 SEGUNDA ROMINA. CONJUNTA.
21640 SEGUNDO DOS MIL. CONJUNTA.
23865 SEGUNDO FRANCISCO JAVIER. CONJUNTA.
15683 SEIXO TRES. CONJUNTA.
23659 SIEMPRE SIRENA. CONJUNTA.
15415 SIEMPRE URBEGI. CONJUNTA.
26628 TECELANA. CONJUNTA.
23370 TEMBRAMAR DOUS. CONJUNTA.
23090 TEMBRAMAR UN. CONJUNTA.
27375 TRIBAL. CONJUNTA.
23244 XIANA E ANXO. CONJUNTA.
23536 CAPRICHO DE CAMBADOS. CONJUNTA. C.P. CAMBADOS. 542.989
23059 CAPRICHO DE PERSEBELLOS. CONJUNTA.
24285 NOEMI UNO. CONJUNTA. C.P. PORTOSIN. 430.127
23127 PANCHITO SEGUNDO. CONJUNTA.
22269 TRES ANGELES. CONJUNTA.
26691 O RINCHA. CONJUNTA. C.P. SAN ROQUE. 145.061
22367 SEGUNDO LUIS MANUEL. CONJUNTA.
25325 AITANA DEL MAR. CONJUNTA. OPACAN. 245.110
23867 ANGEL PADRE. CONJUNTA.
23296 BRAULIN. CONJUNTA.
23948 BUSTILLO DONOSTI. CONJUNTA.
24545 CREADOR. CONJUNTA.
25177 ESTRELLA POLAR PRIMERO. CONJUNTA.
26240 MADRE LUCIA. CONJUNTA.
23947 MANUEL PADRE SEGUNDO. CONJUNTA.
23798 MARCELINA LECUE. CONJUNTA.
25869 NUESTRO PADRE TONINO. CONJUNTA.
24986 NUEVO AIRES ASON. CONJUNTA.
24410 NUEVO COLLADO LINDO. CONJUNTA.
23168 NUEVO CREADOR. CONJUNTA.
23586 NUEVO HERMANOS CORTABITARTE. CONJUNTA.
24985 NUEVO MAR GLORIA. CONJUNTA.
23803 NUEVO PANELO VILLA. CONJUNTA.
24141 NUEVO TERREÑO. CONJUNTA.
24266 NUEVO VIRGEN PODEROSA. CONJUNTA.
23834 SAN ROQUE DIVINO. CONJUNTA.
24193 SIEMPRE SANTA MARIA. CONJUNTA.
23627 SIN QUERER TRES. CONJUNTA.
25315 AGUSTIN DEUNA. CONJUNTA. OPEGUI - OPESCAYA. 210.099
25230 AITA RAMON. CONJUNTA.
24717 ANDUIZA ANAIAK. CONJUNTA.
26388 ANSIA. CONJUNTA.
25232 ARRANTZALE. CONJUNTA.
25606 ATTONA DOMINGO. CONJUNTA.
25608 AZKOITIA. CONJUNTA.
25310 BERRIZ AVE MARIA. CONJUNTA.
23227 BERRIZ IRIGOIEN. CONJUNTA.
25568 BERRIZ KUKUARRI. CONJUNTA.
23394 BERRIZ MATUTINA. CONJUNTA.
25321 BETI AINGERU. CONJUNTA.
23206 BETI ITXAS ARGI. CONJUNTA.
25229 BETI PIEDAD. CONJUNTA.
10863 BETI SAN LUIS. CONJUNTA.
25115 DEMAR. CONJUNTA.
21708 GOROSTIAGA HERMANOS. CONJUNTA.
24977 GOROSTIAGA HERMANOS DOS. CONJUNTA.
24653 GURE AMUITZ. CONJUNTA.
26064 GURE GOGOA. CONJUNTA.
26157 GURE IMANOL. CONJUNTA.
22332 IRIGOYEN BERRIA. CONJUNTA.
24518 ITSAS EDER. CONJUNTA.
26370 ITSAS LAGUNAK. CONJUNTA.
23529 ITSASOAN. CONJUNTA.
25604 IZASKUN BERRIA. CONJUNTA.
25287 KALAMUA BI. CONJUNTA.
27743 KANTAURI. CONJUNTA.
25233 KAXIMIRONA. CONJUNTA.
25901 LEKANDA. CONJUNTA.
23467 LUIS BARRANKO. CONJUNTA.
25616 MATER BI. CONJUNTA.
22992 MARIA DIGNA DOS. CONJUNTA.
24630 MONTSERRAT BERRIA. CONJUNTA.
23830 NUEVO HORIZONTE ABIERTO. CONJUNTA.
22639 NUEVO ROBER. CONJUNTA.
26211 ONGI ETORI. CONJUNTA.
15219 PEDRO JOSE BERRIA. CONJUNTA.
24561 PITTAR. CONJUNTA.
27558 PLAYA DEL ASTILLERU. CONJUNTA.
25320 SAN ANTONIO BERRIA. CONJUNTA.
25996 SAN FERMIN BERRIA. CONJUNTA.
24179 SAN PRUDENTZIO BERRIA. CONJUNTA.
24178 SANTA LUZIA HIRU. CONJUNTA.
24170 SANTANA BERRIA. CONJUNTA.
25231 TUKU TUKU. CONJUNTA.
25540 TXINGUDI. CONJUNTA.
25857 O POCHE. CONJUNTA. OPROMAR - PS. 956.674
24730 PLAYA DE COVAS. CONJUNTA.
23178 SALETA. CONJUNTA.
26741 ABRA DE AGUIÑO. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - PS GRUPO 1. 421.317
24381 PORTO DE AGUIÑO. CONJUNTA.
23656 ARELA. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - PS GRUPO 2. 521.223
22756 MANILO. CONJUNTA.
23251 SIEMPRE PECO. CONJUNTA.
23512 COSTA CORDAL. INDIVIDUAL. C.P. CAMARIÑAS. 284.715
24009 MAR DE GRECIA. INDIVIDUAL. C.P. CAMARIÑAS. 127.445
23179 XUREL UNO. INDIVIDUAL. C.P. CAMARIÑAS. 280.324
23745 CRIS DOS. INDIVIDUAL. C.P. CAMBADOS. 68.752
23563 CUARTO NORUEGO. INDIVIDUAL. C.P. CAMBADOS. 124.817
22449 LUSMAR. INDIVIDUAL. C.P. CAMBADOS. 161.142
20184 SEGUNDO DURAN. INDIVIDUAL. C.P. CAMBADOS. 156.623
23040 SERGIO UNO. INDIVIDUAL. C.P. CAMBADOS. 232.582
23122 TRANCHITO CUARTO. INDIVIDUAL. C.P. CAMBADOS. 95.975
25909 PORTOSIN DOS. INDIVIDUAL. C.P. PORTOSIN. 225.872
23349 CABALEIRO UNO. INDIVIDUAL. PUERTO DE CELEIRO. 73.892
26217 SEMPRE GALAICO. INDIVIDUAL. S. C. GALLEGA DEL MAR. 243.682
14429 A COSTA DE LUGO. INDIVIDUAL.   6.300
25595 NOVO CAZADOR. INDIVIDUAL.   218.266
23311 OPRONTIÑO. INDIVIDUAL.   163.186
100081 PASA AQUI. INDIVIDUAL.   676.534
23688 SEGUNDO OS CARBALLA. INDIVIDUAL.   378.586
26404 TERCERO DOS MEROS. INDIVIDUAL.   197.536
6663 VIRXEN DOS MILAGROS. INDIVIDUAL.   2.700

Cantidad de cuota total disponible: 29.909.752 kg.

ANF/8C3411

Rasco en el Cantábrico y Noroeste

Modalidad

Sobrante

(kg)

Rasco CNW. 615.656

Otros censos y modalidades censadas en el Cantábrico y Noroeste

Modalidad

Sobrante

(kg)

Otros censos y modalidades censadas en CNW. 536.584

Arrastre de fondo en el Cantábrico y Noroeste

Código Nombre de Barco Tipo de Gestión Entidad de Gestión

Sobrante

(kg)

26204 AIROA. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 1. 46.670
25579 MARIA DOS ANXOS. CONJUNTA.
15313 PICO SACRO. CONJUNTA.
23833 XUDEMIL. CONJUNTA.
25665 AFANUDA SEGUNDO. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 2. 46.695
23328 MARPAR SEGUNDO. CONJUNTA.
27170 NUEVO PESQUERO LIJO. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 3. 31.008
26748 PRAIA DO TOURO. CONJUNTA.
24646 CABO SAN LORENZO. CONJUNTA. C.P. VIRGEN DE LAS MAREAS. 1.667
23918 LUSCINDA. CONJUNTA.
25484 VIRGEN DEL FARO. CONJUNTA. OPP 13. 30.398
26144 VIRGEN TERCERA. CONJUNTA.
23062 AKETXE. CONJUNTA. OPPAO. 14.893
23061 GAZTELUGATXE. CONJUNTA.
26816 BALEIRO PRIMERO. CONJUNTA. OPROMAR - OTB. 163.561
27773 ELEUTERIO JOSE BALAYO. CONJUNTA.
25152 ENSENADA DE BUEU. CONJUNTA.
23297 GONZACOVE UNO. CONJUNTA.
25162 HERMANOS SOAGE. CONJUNTA.
5948 ILLA DA CREVA. CONJUNTA.
24301 ISLA DE SANTA. CONJUNTA.
26285 NUEVO SAN CIBRAN. CONJUNTA.
23996 RIA DE MARIN. CONJUNTA.
25924 VIRGEN SEGUNDA. CONJUNTA.
24761 POMBO CINCO. CONJUNTA. PESCAGALICIA-ARPEGA-OBARCO. 60.791
24893 POMBO CUATRO. CONJUNTA.
24844 POMBO SEIS. CONJUNTA.
24760 POMBO TRES. CONJUNTA.
23369 POMBO UNO. CONJUNTA.
26196 AMENEIRO. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 1. 60.273
23748 NUEVO MARINA. CONJUNTA.
25217 RINCHADOR. CONJUNTA.
23709 SABINO SEGUNDO. CONJUNTA.
26548 BEJAR. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 2. 7.155
26546 JALISCO UNO. CONJUNTA.
25218 BOTEIRA PRIMERO. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 3. 31.907
25288 SANPER. CONJUNTA.
24352 MEIRA DA COSTA. INDIVIDUAL. C.P. MUROS. 1.961
24724 HERMANOS SAN SALVADOR. INDIVIDUAL. OPECA. 14.708
24090 MENDAÑA. INDIVIDUAL. OPECA. 19.418
25200 FARO DE ONS. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 19.675
23639 O CANTIÑO. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 43.649
25863 PLAIA DE RUETA. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 24.795
23724 RIO XUNCO. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 24.523
26018 SAIÑAS. INDIVIDUAL. OPPF4. 210.329
24668 ANA ISABEL. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 3.761
26677 SEGUNDA DEL MAR. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 1.599
23897 BAUTISTA PINO. INDIVIDUAL. PUERTO DE CELEIRO. 19.196
26595 NUEVO SOCIO. INDIVIDUAL. PUERTO DE CELEIRO. 17.087
25666 NOVO TAIS. INDIVIDUAL. S.C. GALLEGA DEL MAR. 10.454
25570 PLAYA DE AGUIÑO. INDIVIDUAL. S.C. GALLEGA DEL MAR. 14.861

Arrastre de fondo en aguas de Portugal

Código Nombre de Barco Tipo de Gestión Entidad de Gestión

Sobrante

(kg)

23344 GONZACOVE DOS. CONJUNTA. OPROMAR - PRT. 126.866
24733 PORTOSANTO. CONJUNTA.
25957 GEMA Y MODE. INDIVIDUAL. C.P. AYAMONTE. 5.152
26576 HERMANOS MORA MARTIN. INDIVIDUAL.   4.989
25465 NUEVO CARRILLO GARCIA. INDIVIDUAL.   3.734
24797 NUEVO REINA MAR. INDIVIDUAL.   8.106
26674 PECAMPESCA I. INDIVIDUAL.   4.249
25397 SEGUNDO CRISTOBAL MARTIN. INDIVIDUAL.   4.871
24827 SEGUNDO MARITERE CARRILLO. INDIVIDUAL.   5.199

Cantidad de cuota total disponible: 2.236.441 kg.

LEZ/8C3411

Otros censos y modalidades censadas en el Cantábrico y Noroeste

Modalidad

Sobrante

(kg)

Otros censos y modalidades censadas en CNW. 112.873

Golfo de Cádiz

Modalidad Sobrante (kg)
Golfo de Cádiz. 114.077

Arrastre de fondo en el Cantábrico y Noroeste

Código Nombre de Barco Tipo de Gestión Entidad de Gestión

Sobrante

(kg)

26204 AIROA. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 1. 71.765
25579 MARIA DOS ANXOS. CONJUNTA.
15313 PICO SACRO. CONJUNTA.
23833 XUDEMIL. CONJUNTA.
25665 AFANUDA SEGUNDO. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 2. 54.729
23328 MARPAR SEGUNDO. CONJUNTA.
27170 NUEVO PESQUERO LIJO. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 3. 24.661
26748 PRAIA DO TOURO. CONJUNTA.
24646 CABO SAN LORENZO. CONJUNTA. C.P. VIRGEN DE LAS MAREAS. 35.733
23918 LUSCINDA. CONJUNTA.
25484 VIRGEN DEL FARO. CONJUNTA. OPP 13. 54.209
26144 VIRGEN TERCERA. CONJUNTA.
23062 AKETXE. CONJUNTA. OPPAO. 48.533
23061 GAZTELUGATXE. CONJUNTA.
26816 BALEIRO PRIMERO. CONJUNTA. OPROMAR - OTB. 298.904
27773 ELEUTERIO JOSE BALAYO. CONJUNTA.
25152 ENSENADA DE BUEU. CONJUNTA.
23297 GONZACOVE UNO. CONJUNTA.
25162 HERMANOS SOAGE. CONJUNTA.
5948 ILLA DA CREVA. CONJUNTA.
24301 ISLA DE SANTA. CONJUNTA.
26285 NUEVO SAN CIBRAN. CONJUNTA.
23996 RIA DE MARIN. CONJUNTA.
25924 VIRGEN SEGUNDA. CONJUNTA.
24761 POMBO CINCO. CONJUNTA. PESCAGALICIA-ARPEGA-OBARCO. 66.197
24893 POMBO CUATRO. CONJUNTA.
24844 POMBO SEIS. CONJUNTA.
24760 POMBO TRES. CONJUNTA.
23369 POMBO UNO. CONJUNTA.
26196 AMENEIRO. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 1. 81.784
23748 NUEVO MARINA. CONJUNTA.
25217 RINCHADOR. CONJUNTA.
23709 SABINO SEGUNDO. CONJUNTA.
26548 BEJAR. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 2. 9.033
26546 JALISCO UNO. CONJUNTA.
25218 BOTEIRA PRIMERO. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 3. 51.015
25288 SANPER. CONJUNTA.
24724 HERMANOS SAN SALVADOR. INDIVIDUAL. OPECA. 96.257
24090 MENDAÑA. INDIVIDUAL. OPECA. 109.443
25200 FARO DE ONS. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 65.342
23639 O CANTIÑO. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 83.084
25863 PLAIA DE RUETA. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 15.958
23724 RIO XUNCO. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 35.595
24114 LOREMAR. INDIVIDUAL. OPPF4. 6.734
26018 SAIÑAS. INDIVIDUAL. OPPF4. 338.508
25084 ALBA MAR. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 4.080
24668 ANA ISABEL. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 4.614
26677 SEGUNDA DEL MAR. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 12.839
23897 BAUTISTA PINO. INDIVIDUAL. PUERTO DE CELEIRO. 33.452
26595 NUEVO SOCIO. INDIVIDUAL. PUERTO DE CELEIRO. 33.409
25666 NOVO TAIS. INDIVIDUAL. S.C. GALLEGA DEL MAR. 14.722
25570 PLAYA DE AGUIÑO. INDIVIDUAL. S.C. GALLEGA DEL MAR. 20.331

Arrastre de fondo en aguas de Portugal

Código Nombre de Barco Tipo de Gestión Entidad de Gestión

Sobrante

(kg)

23344 GONZACOVE DOS. CONJUNTA. OPROMAR - PRT. 297.436
24733 PORTOSANTO. CONJUNTA.
25957 GEMA Y MODE. INDIVIDUAL. C.P. AYAMONTE. 3.582
26576 HERMANOS MORA MARTIN. INDIVIDUAL.   3.574
25465 NUEVO CARRILLO GARCIA. INDIVIDUAL.   3.544
24797 NUEVO REINA MAR. INDIVIDUAL.   4.002
26674 PECAMPESCA I. INDIVIDUAL.   3.336
25397 SEGUNDO CRISTOBAL MARTIN. INDIVIDUAL.   3.602
24827 SEGUNDO MARITERE CARRILLO. INDIVIDUAL.   3.595

Cantidad de cuota total disponible: 2.220.554 kg.

NEP/8CU31

Arrastre de fondo en el Cantábrico y Noroeste

Código Nombre de Barco Tipo de Gestión Entidad de Gestión

Sobrante

(kg)

26204 AIROA. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 1. 108
25579 MARIA DOS ANXOS. CONJUNTA.
15313 PICO SACRO. CONJUNTA.
23833 XUDEMIL. CONJUNTA.
25665 AFANUDA SEGUNDO. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 2. 3
23328 MARPAR SEGUNDO. CONJUNTA.
27170 NUEVO PESQUERO LIJO. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 3. 2
26748 PRAIA DO TOURO. CONJUNTA.
24646 CABO SAN LORENZO. CONJUNTA. C.P. VIRGEN DE LAS MAREAS. 216
23918 LUSCINDA. CONJUNTA.
25484 VIRGEN DEL FARO. CONJUNTA. OPP 13. 10
26144 VIRGEN TERCERA. CONJUNTA.
23062 AKETXE. CONJUNTA. OPPAO. 7
23061 GAZTELUGATXE. CONJUNTA.
26816 BALEIRO PRIMERO. CONJUNTA. OPROMAR - OTB. 1.117
27773 ELEUTERIO JOSE BALAYO. CONJUNTA.
25152 ENSENADA DE BUEU. CONJUNTA.
23297 GONZACOVE UNO. CONJUNTA.
25162 HERMANOS SOAGE. CONJUNTA.
5948 ILLA DA CREVA. CONJUNTA.
24301 ISLA DE SANTA. CONJUNTA.
26285 NUEVO SAN CIBRAN. CONJUNTA.
23996 RIA DE MARIN. CONJUNTA.
25924 VIRGEN SEGUNDA. CONJUNTA.
24761 POMBO CINCO. CONJUNTA. PESCAGALICIA-ARPEGA-OBARCO. 4
24893 POMBO CUATRO. CONJUNTA.
24844 POMBO SEIS. CONJUNTA.
24760 POMBO TRES. CONJUNTA.
23369 POMBO UNO. CONJUNTA.
26196 AMENEIRO. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 1. 2
23748 NUEVO MARINA. CONJUNTA.
25217 RINCHADOR. CONJUNTA.
23709 SABINO SEGUNDO. CONJUNTA.
26548 BEJAR. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 2. 7
26546 JALISCO UNO. CONJUNTA.
25218 BOTEIRA PRIMERO. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 3. 232
25288 SANPER. CONJUNTA.
24724 HERMANOS SAN SALVADOR. INDIVIDUAL. OPECA. 28
24580 ANDREKALA BERRIA. INDIVIDUAL. OPPAO. 1
24563 ARRETXU BERRIA. INDIVIDUAL. OPPAO. 1
24668 ANA ISABEL. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 1
14126 HIMAJO PRIMERO. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 1
26677 SEGUNDA DEL MAR. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 3
23897 BAUTISTA PINO. INDIVIDUAL. PUERTO DE CELEIRO. 5
26595 NUEVO SOCIO. INDIVIDUAL. PUERTO DE CELEIRO. 5
25666 NOVO TAIS. INDIVIDUAL. S.C. GALLEGA DEL MAR. 117
25570 PLAYA DE AGUIÑO. INDIVIDUAL. S.C. GALLEGA DEL MAR. 139

Cantidad de cuota total disponible: 2.012 kg.

HKE/8C3411

Pincho-Caña en el Cantábrico Noroeste

Modalidad

Sobrante

(kg)

Pincho-Caña CNW. 103.199

Golfo de Cádiz

Modalidad

Sobrante

(kg)

Golfo de Cádiz. 458.425

Artes menores en el Cantábrico Noroeste

Modalidad

Sobrante

(kg)

Artes Menores CNW. 513.379

Arrastre de fondo en el Cantábrico y Noroeste

Código Nombre de Barco Tipo de Gestión Entidad de Gestión

Sobrante

(kg)

26204 AIROA. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 1. 185.303
25579 MARIA DOS ANXOS. CONJUNTA.
15313 PICO SACRO. CONJUNTA.
23833 XUDEMIL. CONJUNTA.
25665 AFANUDA SEGUNDO. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 2. 129.452
23328 MARPAR SEGUNDO. CONJUNTA.
27170 NUEVO PESQUERO LIJO. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 3. 91.527
26748 PRAIA DO TOURO. CONJUNTA.
24646 CABO SAN LORENZO. CONJUNTA. C.P. VIRGEN DE LAS MAREAS. 62.500
23918 LUSCINDA. CONJUNTA.
25484 VIRGEN DEL FARO. CONJUNTA. OPP 13. 22.179
26144 VIRGEN TERCERA. CONJUNTA.
23062 AKETXE. CONJUNTA. OPPAO. 80.658
23061 GAZTELUGATXE. CONJUNTA.
26816 BALEIRO PRIMERO. CONJUNTA. OPROMAR - OTB. 195.268
27773 ELEUTERIO JOSE BALAYO. CONJUNTA.
25152 ENSENADA DE BUEU. CONJUNTA.
23297 GONZACOVE UNO. CONJUNTA.
25162 HERMANOS SOAGE. CONJUNTA.
5948 ILLA DA CREVA. CONJUNTA.
24301 ISLA DE SANTA. CONJUNTA.
26285 NUEVO SAN CIBRAN. CONJUNTA.
23996 RIA DE MARIN. CONJUNTA.
25924 VIRGEN SEGUNDA. CONJUNTA.
26196 AMENEIRO. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 1. 177.527
23748 NUEVO MARINA. CONJUNTA.
25217 RINCHADOR. CONJUNTA.
23709 SABINO SEGUNDO. CONJUNTA.
26548 BEJAR. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 2. 40.285
26546 JALISCO UNO. CONJUNTA.
25218 BOTEIRA PRIMERO. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 3. 145.063
25288 SANPER. CONJUNTA.
24352 MEIRA DA COSTA. INDIVIDUAL. C.P. MUROS. 34.184
24724 HERMANOS SAN SALVADOR. INDIVIDUAL. OPECA. 190.252
24090 MENDAÑA. INDIVIDUAL. OPECA. 192.605
25200 FARO DE ONS. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 40.634
23639 O CANTIÑO. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 48.101
25863 PLAIA DE RUETA. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 25.551
23724 RIO XUNCO. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 16.443
26018 SAIÑAS. INDIVIDUAL. OPPF4. 149.630
25084 ALBA MAR. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 21.103
24668 ANA ISABEL. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 8.142
23450 BURELES. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 11.127
22590 COSTA DA BARCA. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 16.701
14126 HIMAJO PRIMERO. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 16.377
26677 SEGUNDA DEL MAR. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 7.960
26595 NUEVO SOCIO. INDIVIDUAL. PUERTO DE CELEIRO. 22.572
25666 NOVO TAIS. INDIVIDUAL. S.C. GALLEGA DEL MAR. 35.648
25570 PLAYA DE AGUIÑO. INDIVIDUAL. S.C. GALLEGA DEL MAR. 48.553

Arrastre de fondo en aguas de Portugal

Código Nombre de Barco Tipo de Gestión Entidad de Gestión

Sobrante

(kg)

23344 GONZACOVE DOS CONJUNTA. OPROMAR - PRT. 86.014
24733 PORTOSANTO CONJUNTA.
25957 GEMA Y MODE INDIVIDUAL. C.P. AYAMONTE. 14.341
26576 HERMANOS MORA MARTIN INDIVIDUAL.   13.225
25465 NUEVO CARRILLO GARCIA INDIVIDUAL.   12.088
24797 NUEVO REINA MAR INDIVIDUAL.   19.708
26674 PECAMPESCA I INDIVIDUAL.   10.236
25397 SEGUNDO CRISTOBAL MARTIN INDIVIDUAL.   14.050
24827 SEGUNDO MARITERE CARRILLO INDIVIDUAL.   13.638

Palangre de fondo en el Cantábrico y Noroeste

Código Nombre de Barco Tipo de Gestión Entidad de Gestión

Sobrante

(kg)

22321 ABRA DE MUXIA. CONJUNTA. A. PALANGREROS CNW. 180.748
24492 BENYJOR. CONJUNTA.
24418 CRUZ Y CRISTO. CONJUNTA.
25065 EL DAVID. CONJUNTA.
24869 FARELO II. CONJUNTA.
25490 ITOITZ. CONJUNTA.
23995 LAURA MAR. CONJUNTA.
23014 MAPEI. CONJUNTA.
25762 MARES DEL SEÑOR. CONJUNTA.
26367 NUEVO CARMEN. CONJUNTA.
27417 NUEVO FRANCES. CONJUNTA.
24496 NUEVO HERMANOS SUAREZ. CONJUNTA.
27141 NUEVO MADRE DOLORES. CONJUNTA.
27421 NUEVO NAUTILUS. CONJUNTA.
23376 NUEVO PADRE. CONJUNTA.
25766 OS CASTRO. CONJUNTA.
27730 SIEMPRE SAN PABLO. CONJUNTA.
22700 VALENCIA FILGUEIRA. CONJUNTA.
26985 MAR DE PEDRO. CONJUNTA. ARMASTUR. 83.983
23790 NOVAS TERAN. CONJUNTA.
26008 NUEVO MAR AZUL. CONJUNTA.
27291 SIEMPRE MARIA. CONJUNTA.
25528 SIEMPRE VULCANO. CONJUNTA.
25023 ATAIN. INDIVIDUAL. A. PALANGREROS CNW. 50.001
22525 BETI MAURIXIO. INDIVIDUAL. A. PALANGREROS CNW. 69.386
23517 MADRE PILAR. INDIVIDUAL. A. PALANGREROS CNW. 3.695
25055 NUBERU. INDIVIDUAL. A. PALANGREROS CNW. 29.033
23189 NUEVO CHISU. INDIVIDUAL. A. PALANGREROS CNW. 11.963
27384 NUEVO SALORIO. INDIVIDUAL. A. PALANGREROS CNW. 14.356
23081 PESCALEMA. INDIVIDUAL. A. PALANGREROS CNW. 1.351
11364 SIEMPRE RUFO. INDIVIDUAL. A. PALANGREROS CNW. 16.523
22461 VIENTO Y CALMA. INDIVIDUAL. A. PALANGREROS CNW. 5.452
25284 MANUEL TERESA. INDIVIDUAL. C.P. CEDEIRA. 14.073
25650 ARANTZAZUKO IZARRA. INDIVIDUAL. OPEGUI. 15.340
26233 KALA BERRI. INDIVIDUAL. OPEGUI. 15.043
24356 GURE FATIMA. INDIVIDUAL. OPESCAYA. 14.926
26311 GURE ITXAS BEGI. INDIVIDUAL. OPESCAYA. 14.016
25292 KOROKO. INDIVIDUAL. OPESCAYA. 15.390
26384 MATXAKU. INDIVIDUAL. OPESCAYA. 15.736
24947 OTZARRI BERRIA. INDIVIDUAL. OPESCAYA. 16.486
7966 ANA JESUS. INDIVIDUAL.   17.743
25306 EL CISNE DE. INDIVIDUAL.   25.470
25946 ESMERALDA TERCERO. INDIVIDUAL.   11.550
25501 GURE ITXAROPENA. INDIVIDUAL.   16.591
25543 MADRE DOLORES. INDIVIDUAL.   15.631
25858 NUEVA CARLA. INDIVIDUAL.   27.258
23878 OS DOUS DE SEMPRE. INDIVIDUAL.   15.832
21777 SUAREZ VALLE. INDIVIDUAL.   32.207

Volanta en el Cantábrico y Noroeste

Código Nombre de Barco Tipo de Gestión Entidad de Gestión

Sobrante

(kg)

26823 HERMANOS MASCATO DOS. CONJUNTA. AVOCANO - GRUPO 3 9.460
26648 MASCATO TRES. CONJUNTA.
21686 HERMANOS SILVA. INDIVIDUAL. A.A. DE ARTES FIJOS CNW 14.412
23576 MADRE RAFAELA. INDIVIDUAL. A.A. DE ARTES FIJOS CNW 13.236
23046 REGINO JESUS. INDIVIDUAL. A.A. DE ARTES FIJOS CNW 26.603
25792 BEREZMAR. INDIVIDUAL. AVOCANO 24.002
26107 EL CAÑAVERA. INDIVIDUAL. AVOCANO 12.309
25388 NUEVO LIBERTAD. INDIVIDUAL. AVOCANO 14.587
27457 NUEVO MAPEI. INDIVIDUAL. AVOCANO 4.967
23585 NUEVO MONTEVEO. INDIVIDUAL. AVOCANO 28.268
24439 NUEVO PEÑIL. INDIVIDUAL. AVOCANO 18.455
24172 BERRIZ ALBONIGAMAYOR. INDIVIDUAL. OPESCAYA 6.794
26670 BETI LAGUN BI. INDIVIDUAL. OPESCAYA 38.895
27262 NUEVO BOSCO. INDIVIDUAL.   3.630

Cantidad de cuota total disponible: 4.239.049 kg.

WHB/8C3411

Otros censos y modalidades censadas en el Cantábrico y Noroeste

Modalidad

Sobrante

(kg)

Otros censos y modalidades censadas en CNW. 761.356

Golfo de Cádiz

Modalidad

Sobrante

(kg)

Golfo de Cádiz. 2.355.680

Arrastre de fondo en el Cantábrico y Noroeste

Código Nombre de Barco Tipo de Gestión Entidad de Gestión

Sobrante

(kg)

26204 AIROA. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 1. 1.198.902
25579 MARIA DOS ANXOS. CONJUNTA.
15313 PICO SACRO. CONJUNTA.
23833 XUDEMIL. CONJUNTA.
27170 NUEVO PESQUERO LIJO. CONJUNTA. A.A. RIVEIRA - GRUPO 3. 916.108
26748 PRAIA DO TOURO. CONJUNTA.
24646 CABO SAN LORENZO. CONJUNTA. C.P. VIRGEN DE LAS MAREAS. 323.749
23918 LUSCINDA. CONJUNTA.
25484 VIRGEN DEL FARO. CONJUNTA. OPP 13. 872.641
26144 VIRGEN TERCERA. CONJUNTA.
26816 BALEIRO PRIMERO. CONJUNTA. OPROMAR - OTB. 3.519.308
27773 ELEUTERIO JOSE BALAYO. CONJUNTA.
25152 ENSENADA DE BUEU. CONJUNTA.
23297 GONZACOVE UNO. CONJUNTA.
25162 HERMANOS SOAGE. CONJUNTA.
5948 ILLA DA CREVA. CONJUNTA.
24301 ISLA DE SANTA. CONJUNTA.
26285 NUEVO SAN CIBRAN. CONJUNTA.
23996 RIA DE MARIN. CONJUNTA.
25924 VIRGEN SEGUNDA. CONJUNTA.
26196 AMENEIRO. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 1. 2.743.424
23748 NUEVO MARINA. CONJUNTA.
25217 RINCHADOR. CONJUNTA.
23709 SABINO SEGUNDO. CONJUNTA.
25218 BOTEIRA PRIMERO. CONJUNTA. S.C. GALLEGA DEL MAR - GRUPO 3. 134.446
25288 SANPER. CONJUNTA.
24352 MEIRA DA COSTA. INDIVIDUAL. C.P. MUROS. 422.100
24724 HERMANOS SAN SALVADOR. INDIVIDUAL. OPECA. 1.005.091
24090 MENDAÑA. INDIVIDUAL. OPECA. 1.223.990
25200 FARO DE ONS. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 270.264
23639 O CANTIÑO. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 1.159.618
25863 PLAIA DE RUETA. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 172.792
23724 RIO XUNCO. INDIVIDUAL. OPP-BURELA. 496.063
24114 LOREMAR. INDIVIDUAL. OPPF4. 390.189
26018 SAIÑAS. INDIVIDUAL. OPPF4. 2.927.753
25084 ALBA MAR. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 116.755
24668 ANA ISABEL. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 40.635
23450 BURELES. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 43.486
22590 COSTA DA BARCA. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 83.096
26677 SEGUNDA DEL MAR. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 414.745
25666 NOVO TAIS. INDIVIDUAL. S.C. GALLEGA DEL MAR. 812
25570 PLAYA DE AGUIÑO. INDIVIDUAL. S.C. GALLEGA DEL MAR. 137.889

Arrastre de fondo en aguas de Portugal

Código Nombre de Barco Tipo de Gestión Entidad de Gestión

Sobrante

(kg)

23344 GONZACOVE DOS. CONJUNTA. OPROMAR - PRT. 79.206
24733 PORTOSANTO. CONJUNTA.
25957 GEMA Y MODE. INDIVIDUAL. C.P. AYAMONTE. 56.199
26576 HERMANOS MORA MARTIN. INDIVIDUAL.   47.593
25465 NUEVO CARRILLO GARCIA. INDIVIDUAL.   44.746
24797 NUEVO REINA MAR. INDIVIDUAL.   67.514
26674 PECAMPESCA I. INDIVIDUAL.   32.068
25397 SEGUNDO CRISTOBAL MARTIN. INDIVIDUAL.   76.467
24827 SEGUNDO MARITERE CARRILLO. INDIVIDUAL.   39.250

Cantidad de cuota total disponible: 22.173.932 kg.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/10/2024
  • Fecha de publicación: 09/10/2024
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 15 de octubre de 2024 (Ref. BOE-A-2024-21371).

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