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Documento BOE-A-2024-20605

Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se corrigen errores y se designa el Tribunal calificador del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, convocado por Resolución de 24 de julio de 2024.

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 10 de octubre de 2024, páginas 128754 a 128756 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
Referencia:
BOE-A-2024-20605

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de 24 de julio de 2024 de la Secretaría de Estado de Función Pública, se convoca el proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 27 de julio de 2024. Advertido error en dicha resolución, por una parte, y, dado que según lo establecido en su anexo III el Tribunal Calificador del proceso selectivo «será designado mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública con anterioridad a la publicación de las listas de admitidos y excluidos», por ello, he resuelto:

Primero. Corrección de errores.

Advertido error en la citada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 181, de 27 de julio de 2024, se procede a su corrección:

En la página 96439, donde dice:

«El total de las 208 plazas convocadas en ingreso libre se establecen de acuerdo a lo siguiente:

– Al Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, corresponden 5 plazas para ser cubiertas por personas con discapacidad.

– Al Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, corresponden 48 plazas, de las cuales 5 plazas para ser cubiertas por personas con discapacidad.»

Debe decir:

«El total de las 208 plazas convocadas en ingreso libre se establecen de acuerdo a lo siguiente:

– Al Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, corresponden 53 plazas, de las cuales 5 plazas para ser cubiertas por personas con discapacidad.»

Y donde dice:

«El total de las 76 plazas convocadas por promoción interna se establecen de acuerdo a lo siguiente:

– Al Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, corresponden 16 plazas, de las cuales 2 se reservarán para ser cubiertas por personas con discapacidad.»

Debe decir:

«El total de las 76 plazas convocadas por promoción interna se establecen de acuerdo a lo siguiente:

– Al Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, corresponden 16 plazas, de las cuales 1 se reservarán para ser cubiertas por personas con discapacidad.»

Esta corrección no supone ninguna modificación del plazo establecido para la inscripción de solicitudes al proceso selectivo.

Segundo. Designación Tribunal calificador.

Designar al Tribunal calificador del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Tribunal titular

Presidente: Don Eusebio Jiménez Arroyo, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Secretaria: Doña María Margalida Torrens Terrassa, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocales:

Doña Pilar Barrero García, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Don Ángel Martínez González, Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado.

Doña Ana María Lomas Fernández, Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

Don Javier López Municio, Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.

Don Enrique Collell Blanco, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Doña Celia de Pablos Salgado, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Doña Beatriz Vesperinas Juan, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Don Pascual Ribot Reus, Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.

Tribunal suplente

Presidenta: Doña Elena Alonso Ventura, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Secretario: Don Guillermo Rebollo Márquez, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocales:

Don Luis Pedro Villameriel Presencio, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Doña Paloma Urgorri Pedrosa, Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

Don Gabriel de Cáceres Cabrero, Cuerpo Carrera Diplomática.

Doña Marta González Martínez, Subescala Secretaría Intervención.

Doña Paloma Román Marugán, Cuerpo Profesoras y Profesores Titulares de Universidad.

Don Alberto Rodríguez Mora, Cuerpo de Abogados del Estado.

Don Juan Vila Morales, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Doña María Ángeles Pérez Corrales, Cuerpo Superior de Actuarios, Estadísticos y Economistas de la Seguridad Social.

Materias específicas

Materias jurídicas:

Don Francisco Javier Rubio Rodríguez, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Doña Inés Guzmán Gutiérrez, Cuerpo de Abogados del Estado.

Materias económicas:

Don Alejandro Iglesias Cal, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Doña María Crespo Garrido, Cuerpo de Profesoras y Profesores Titulares de Universidad.

Materias sociales:

Don José María Luxán Meléndez, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Doña Irene Belmonte Martín, Cuerpo de Profesoras y Profesores Titulares de Universidad.

Materias técnicas:

Don Fernando Herrero Ruiz, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Doña Elena Benitez López, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o algunos de los ejercicios.

Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, un recurso de reposición ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los juzgados centrales de lo contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Madrid, 8 de octubre de 2024.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Clara Mapelli Marchena.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 08/10/2024
  • Fecha de publicación: 10/10/2024
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 11 de octubre de 2024 (Ref. BOE-A-2024-21022).
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores y designa Tribunal calificador del proceso selectivo convocado por Resolución de 24 de julio de 2024 (Ref. BOE-A-2024-15526).

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