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Documento BOE-A-2024-23567

Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se corrigen errores en la de 22 de octubre de 2024, por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal como personal laboral fijo fuera de Convenio, con la categoría de Farmacéutico/a de Instituciones Penitenciarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 13 de noviembre de 2024, páginas 145302 a 145303 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2024-23567

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Subsecretaría de Interior (BOE de 5 de noviembre), por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal como personal laboral fijo fuera de Convenio, con la categoría de Farmacéutico/a Hospitalaria/o de Instituciones Penitenciarias, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 140806, en el título de la resolución por la que se convoca el proceso selectivo, donde dice: «con la categoría de Farmacéutico/a Hospitalaria/o de instituciones penitenciarias», debe decir: «con la categoría de Farmacéutico/a de Instituciones Penitenciarias».

En la página 140806, párrafo segundo, donde dice: «Farmacéutico/a Hospitalaria/o», debe decir: «Farmacéutico/a».

En la página 140807, punto 2. Descripción de las plazas, donde dice: «Se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza de la categoría profesión de Farmacéutico/a Hospitalaria/o fuera de Convenio en Instituciones Penitenciarias», debe decir: «Se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza de la categoría profesión de Farmacéutico/a fuera de Convenio en Instituciones Penitenciarias…,».

En la página 140807, punto 4. Requisitos de las personas aspirantes, en su apartado 4.3 Titulación, donde dice: «Estar en posesión del título de licenciado o Grado en Farmacia Hospitalaria, para la plaza de Farmacéutico/a Hospitalaria/o…», debe decir: «Estar en posesión del título de licenciado/a o Grado en Farmacia, para la plaza de Farmacéutico /a…».

En la página 140807, punto 4. Requisitos de las personas aspirantes, en su apartado 4.4 Compatibilidad funcional, donde dice: «No estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sea incompatible con el desempeño de las funciones de Farmacéutico/a Hospitalaria/o de Instituciones Penitenciarias», debe decir: «No estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sea incompatible con el desempeño de las funciones de Farmacéutico/a de Instituciones Penitenciarias».

En la página 140810, punto 5.9 Documentación a presentar junto a la solicitud, en su letra a) Título, donde dice: «Copia auténtica del título de Licenciado/a o Grado en Farmacia Hospitalaria...», debe decir: «Copia auténtica del título de Licenciado/a o Grado en Farmacia…».

En la página 140812, en el punto 1, letras a), b), c) y d) donde dice: «Farmacéutico/a Hospitalaria/o…», debe decir: «Farmacéutico/a…».

En la página 140813, Anexo II, en la categoría, donde dice: «Farmacéutico/a Hospitalaria/o», debe decir: «Farmacéutico/a». En el Anexo III, donde dice: «Tribunal categoría profesional de Farmacéutico/a Hospitalaria/o fuera de convenio», debe decir: «Tribunal categoría profesional de Farmacéutico/a fuera de convenio».

En la página 140814, Anexo IV, en el quinto párrafo, donde dice: «En el recuadro 15 “Cuerpo, Escala” se hará constar Categoría Farmacéutico/a Hospitalaria/o fuera de convenio de Instituciones Penitenciarias.» Debe decir: «En el recuadro 15 “Cuerpo, Escala” se hará constar Categoría Farmacéutico/a fuera de convenio de Instituciones Penitenciarias».

En la página 140816, Anexo V, en méritos profesionales, 1.a), donde dice: «Servicios prestados como personal laboral interino en la categoría profesional de farmacéutico/a Hospitalario fuera de convenio en Instituciones Penitenciarias», debe decir: «Servicios prestados como personal laboral interino en la categoría profesional de farmacéutico/a fuera de convenio en Instituciones Penitenciarias».

La presente corrección de errores amplía el plazo de solicitudes, empezando a correr de nuevo el plazo de 20 días hábiles establecido desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de noviembre de 2024.–La Subsecretaria del Interior, P.D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), el Secretario General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz González.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/11/2024
  • Fecha de publicación: 13/11/2024
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en la Resolución de 22 de octubre de 2024 (Ref. BOE-A-2024-22845).

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