Está Vd. en

Documento BOE-A-2024-3522

Orden DEF/159/2024, de 15 de febrero, por la que se modifica la Orden DEF/186/2015, de 9 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para promover la cultura de defensa.

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 23 de febrero de 2024, páginas 22211 a 22212 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2024-3522
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2024/02/15/def159

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para promover la cultura de defensa, las cuales fueron aprobadas por la Orden DEF/186/2015, de 9 de febrero.

El artículo 1 de la citada orden ministerial dispone, en su apartado 2, que se incluyen dentro del ámbito de aplicación de estas subvenciones los proyectos que profundicen en la defensa como elemento esencial del Estado para garantizar la seguridad y el bienestar de España y de los españoles, el análisis de los riesgos y las amenazas actuales para la seguridad, los instrumentos necesarios para garantizar la defensa, la seguridad compartida con socios y aliados y las misiones de las Fuerzas Armadas, así como los proyectos y actos conmemorativos que pongan en valor la historia militar y el patrimonio cultural de las Fuerzas Armadas españolas.

Por otra parte, el artículo 7 de la referida norma dispone, en su apartado 2, que formarán parte de la Comisión de Valoración de las solicitudes de subvención cuatro vocales, uno de ellos en representación de la Subdirección General de Publicaciones y Patrimonio Cultural y los tres restantes destinados en la Secretaría General de Política de Defensa.

Considerando conveniente modificar el ámbito de aplicación de estas subvenciones, así como la composición de la Comisión de Valoración para la evaluación de las solicitudes de las mismas, se ha estimado necesario modificar las vigentes bases reguladoras para su concesión.

Teniendo en cuenta las disposiciones contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, se dicta esta orden ministerial al amparo del artículo 17 de la mencionada ley, que habilita al Ministro del Departamento para el establecimiento por orden ministerial de las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones.

La Asesoría Jurídica General de la Defensa y la Intervención General de la Defensa han emitido su preceptivo informe, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

En su virtud, con la aprobación previa del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública conforme establece el artículo 26.5. párrafo quinto de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden DEF/186/2015, de 9 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para promover la cultura de defensa.

Se modifica la Orden DEF/186/2015, de 9 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para promover la cultura de defensa en los siguientes términos:

Uno. El párrafo primero del apartado 2 del artículo 1, queda redactado como sigue:

«2. Se incluyen dentro del ámbito de aplicación de estas subvenciones los proyectos que profundicen en la defensa como elemento esencial del Estado para garantizar la seguridad y el bienestar de España y de los españoles, el análisis de los riesgos y las amenazas actuales para la seguridad, los instrumentos necesarios para garantizar la defensa –los recursos humanos y materiales y los presupuestos–, la seguridad compartida con socios y aliados y las misiones de las Fuerzas Armadas, así como los proyectos y actos conmemorativos que pongan en valor la historia militar de las Fuerzas Armadas españolas.»

Dos. El apartado 2 del artículo 7, queda redactado como sigue:

«2. La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por una Comisión de Valoración presidida por el Director de la División de Coordinación y Estudios de Seguridad y Defensa. En casos de vacante, ausencia, enfermedad, u otra causa legal, el presidente será sustituido, conforme dispone el artículo 19.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, por el Vicepresidente que corresponda y, en su defecto, por el miembro del órgano colegiado de mayor jerarquía, antigüedad y edad por este orden. Además, formarán parte de la Comisión de Valoración tres vocales también destinados en la Secretaría General de Política de Defensa.

Actuará como secretario una persona destinada en la Secretaría General de Política de Defensa, que actuará con voz pero sin voto.

Los vocales y el secretario serán designados por resolución del Secretario General de Política de Defensa, que podrá prever la existencia de vocales y secretario suplentes que sustituyan a los titulares.

Todos los miembros de la Comisión de Valoración serán empleados públicos, civiles o militares, que ocupen puestos de nivel 26 o superior en el Ministerio de Defensa o su empleo equivalente en el ámbito de las Fuerzas Armadas.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de febrero de 2024.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 15/02/2024
  • Fecha de publicación: 23/02/2024
  • Fecha de entrada en vigor: 24/02/2024
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 1.2 y 7.2 de la Orden DEF/186/2015, de 9 de febrero (Ref. BOE-A-2015-1335).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-20977).
Materias
  • Ayudas
  • Fuerzas Armadas
  • Patrimonio cultural
  • Secretaría General de Política de Defensa
  • Subvenciones

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid