De acuerdo con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, «Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o la instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».
Para evitar confusiones a las personas aspirantes, esta Gerencia acuerda corregir el error detectado en la convocatoria de dos plazas de la Escala Técnica Especialistas, subescala Medios audiovisuales (maestro de taller), abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes únicamente para esta Escala Técnica Especialista Subescala Medios audiovisuales y ordenar la publicación de esta resolución a los efectos oportunos.
Por lo expuesto, una vez advertido un error en la Resolución de 14 de septiembre de 2023 (BOE 2 de octubre), en lo relativo a la Escala técnica de especialistas, subescala de Medios audiovisuales (maestro de taller):
En la página 53995 (DOG n.º 181 del 22 de septiembre de 2023) y en la página 132011 (BOE n.º 235 del 2 de octubre de 2023), donde dice:
Escala |
Subescala |
Subgrupo |
Oferta de empleo público |
||
---|---|---|---|---|---|
2020 |
2022 |
||||
Escala Técnica de Especialistas. |
Medios audiovisuales (maestro de taller). |
C1 |
1 |
1(**) |
** Por motivos de eficiencia administrativa y de gestión se incluyen en esta convocatoria las plazas de la oferta de empleo público de 2022 coincidentes en escala, subescala y subgrupo con las correspondientes a la oferta de empleo público de 2020.
Debe decir:
Escala |
Subescala |
Subgrupo |
Oferta de empleo público |
||
---|---|---|---|---|---|
2020 |
2022 |
||||
Escala Técnica de Especialistas. |
Medios audiovisuales. |
C1 |
1(**) |
1(**) |
** Por motivos de eficiencia administrativa y de gestión, se incluyen en esta convocatoria dos plazas: una plaza de la oferta de empleo público de 2020 (Escala Técnica Especialistas. Medios audiovisuales (maestro de taller), que en la RPT aprobada 4 de noviembre de 2021 pasó a denominarse Escala Técnica Especialistas. Medios audiovisuales) y una plaza de la oferta de empleo público de 2022 (Escala Técnica Especialistas. Medios audiovisuales), ambas coincidentes en escala, subescala y subgrupo.
En la página 54023 (DOG n.º 181 del 22 de septiembre de 2023) y en la página 132029 (BOE n.º 235 del 2 de octubre de 2023), donde dice:
Debe decir:
Esta corrección de errores implicará la apertura de un nuevo plazo para la presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo de la Escala técnica de especialistas, subescala de Medios audiovisuales. El plazo para presentación de solicitudes se establece en veinte días hábiles que contarán a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Diario Oficial de Galicia». Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su notificación o publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Previamente, y con carácter potestativo, se podrá interponer un recurso de reposición ante este Rectorado, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE de 2 de octubre de 2015).
A Coruña, 6 de febrero de 2024.–El Rector, P.D. (Resolución de 16 de enero de 2024), la Gerenta, María Jesús Grela Barreiro.
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