Con fecha 12 de diciembre de 2023, se ha publicado en el «Boletín Oficial del Estado» Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Energía Inagotable de Osa Mayor, SL la Autorización Administrativa Previa para el parque eólico Osa Mayor, de 49 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Alcubierre y Lanaja, en la provincia de Huesca.
Advertido error, se procede a realizar la siguiente rectificación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
Donde dice «Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Energía Inagotable de Osa Mayor SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Osa Mayor, de 49 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Alcubierre y Lanaja, en la provincia de Huesca», debe decir «Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Energía Inagotable de Osa Mayor SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Osa Mayor, de 28 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Alcubierre y Lanaja, en la provincia de Huesca».
Donde dice «Único. Otorgar a Energía Inagotable de Osa Mayor SL autorización administrativa previa para el parque eólico Osa Mayor, de 49 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, que seguidamente se detallan, con las particularidades recogidas en la presente resolución», debe decir «Único. Otorgar a Energía Inagotable de Osa Mayor SL autorización administrativa previa para el parque eólico Osa Mayor, de 28 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, que seguidamente se detallan, con las particularidades recogidas en la presente resolución».
Donde dice «Potencia Instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 49 MW», debe decir «Potencia Instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 28 MW».
Donde dice «Número de aerogeneradores: 7 aerogeneradores de 7 MW cada uno», debe decir «Número de aerogeneradores: 4 aerogeneradores de 7 MW cada uno».
Madrid, 28 de febrero de 2024.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.
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