Por Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Subsecretaría (BOE de 20 de febrero), se hace pública la relación provisional de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo para el acceso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, especialidades de Juristas y Psicólogos/as, convocadas por Resolución de 26 de diciembre de 2022 (BOE de 29 de diciembre). Expirado el plazo de diez días hábiles para poder subsanar el defecto que en su día motivó la exclusión u omisión en las listas provisionales y de acuerdo con lo dispuesto en el punto decimoquinto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE de 22 de julio),
Esta Subsecretaría ha resuelto lo siguiente:
Declarar aprobada la relación definitiva de personas admitidas y excluidas del citado proceso.
Publicar las causas de exclusión, que figuran en el anexo V de esta resolución.
La relación definitiva completa de personas admitidas (anexo I y II), la relación definitiva de personas excluidas (anexo III y IV), las causas de exclusión (anexo V), se expondrán en los Centros Penitenciarios, en el Registro General de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, en las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno y se podrá consultar de forma individualizada en la página web del Ministerio del Interior (www.interior.gob.es). En la página web de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (www.institucionpenitenciaria.es) únicamente se expondrán las causas de exclusión (anexo V).
Las personas aspirantes admitidas están convocadas para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición del Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, especialidades de Juristas y Psicólogos/as, del que estarán exentos/as los funcionarios y las funcionarias de carrera de los Cuerpos Penitenciarios de la Administración General del Estado del subgrupo A2, que se encuentren prestando servicios efectivos en estos Cuerpos, durante al menos dos años, el día 18 de marzo de 2024 a las 09:30 horas, en el Aula de Informática, de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, sita en la c/ Alcalá, número 38-40, 3.ª planta. 28014 Madrid.
Igualmente se participa que la celebración del segundo ejercicio será:
Para la especialidad de Psicólogos/as, el día 15 de marzo de 2024 a las 10:00 horas, en las Aulas de Formación de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, sitas en la c/ Cedaceros, número 11, 3.ª planta. 28014 Madrid.
Para la especialidad de Juristas, el día 26 de marzo de 2024 a las 16:00 horas, en las Aulas de Formación de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, sitas en la c/ Cedaceros, número 11, 3.ª planta. 28014 Madrid.
El día de celebración del ejercicio las personas aspirantes deberán ir provistas necesariamente de bolígrafo de tinta negra o azul. Asimismo, deberán presentar su documento nacional de identidad, o pasaporte.
Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 6 de marzo de 2024.–La Subsecretaria de Interior, P. D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), el Secretario General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz González.
Cuerpo Superior Técnico de Instituciones Penitenciarias-promoción interna
1. Falta anexo V.
2. Anexo V no expedido por autoridad establecida en bases de convocatoria.
3. Falta de pago de las tasas de los derechos de examen.
4. Falta justificación familia numerosa / título de familia numerosa caducado / el título de familia numerosa no coincide con la exención solicitada.
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