De conformidad con lo establecido en el artículo 531 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en los artículos 43 a 48 y 51 a 53 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, se anuncia concurso de traslado para la provisión de puestos genéricos vacantes que se citan en el anexo I, entre los funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Facultativos, Técnicos Especialistas y Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, de acuerdo con las siguientes bases:
La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, por concurso de traslado, de los puestos de trabajo genéricos vacantes incluidos en las Relaciones de Puestos de Trabajo del ámbito del Ministerio de Justicia.
En todo lo no previsto concretamente en la presente convocatoria; en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, se aplicará lo dispuesto en la legislación general sobre la función pública.
1. Podrán tomar parte en este concurso los funcionarios de carrera pertenecientes a los Cuerpos y Escalas de Facultativos, Técnicos Especialistas y Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, cualquiera que sea el ámbito territorial en que estén destinados, que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantengan hasta la resolución definitiva del concurso.
Los Facultativos solo podrán tomar parte en este concurso para plazas correspondientes a su especialidad.
2. Solo podrán tomar parte en este concurso si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes hubieran transcurrido dos años desde que se dictó la resolución por la que se convocó el concurso de traslado en el que se le adjudicó destino definitivo, o la resolución en la que se le adjudicó destino definitivo, si se trata de funcionarios de nuevo ingreso.
Para el cómputo de los años se considerará como primer año el año natural en que se dictaron las resoluciones de que se trate, con independencia de su fecha, y como segundo año, el año natural siguiente.
El personal funcionario en adscripción provisional está obligado a participar en los concursos de acuerdo con la normativa vigente, estando excluido de dicha limitación temporal.
3. No podrán tomar parte en este concurso:
a) Los declarados suspensos en firme, mientras dure la suspensión.
b) Los que se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación.
c) Los sancionados con traslado forzoso, hasta que transcurran uno o tres años, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente.
d) Los que, habiendo obtenido destino en anteriores concursos, no hayan tomado posesión del destino que les fue adjudicado.
1. Los participantes podrán solicitar los puestos de trabajo relacionados en anexo I.
Dichos puestos se identifican por un número de orden. Con la sola solicitud del número de orden se entienden pedidas todas las vacantes del cuerpo existentes en el centro y, así mismo, todas las resultas que pudieran producirse, en el orden de preferencia indicado.
2. También se podrán solicitar los puestos genéricos que queden vacantes como consecuencia de la resolución del presente concurso, que se incorporarán en concepto de resultas a las vacantes ofertadas, salvo que se pretendan amortizar ante un proyecto de modificación de las relaciones de puestos de trabajo o reordenación de efectivos de un centro de trabajo en que no se anunciará ninguna resulta correspondiente al cuerpo.
Los puestos que se ofertan en concepto de resultas son los relacionados en el anexo III. Estos puestos se identifican por un número de orden.
3. Excepcionalmente podrá eliminarse alguna de las plazas anunciadas como vacantes o resultas, en el caso de que se produjera de forma sobrevenida alguna circunstancia que obligara a ello.
Los interesados destinados en el ámbito del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes deberán presentar sus solicitudes, ajustadas el modelo que figura en el anexo II, dirigidas a la Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de la Administración de Justicia del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en las que harán constar sus datos personales, puesto de trabajo actual y puesto/s solicitado/s, en el plazo de diez días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las solicitudes se presentarán únicamente a través del Registro Electrónico de la Administración General del Estado (https://reg.sara.es), siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin perjuicio de lo establecido en esta base.
En el caso de que la persona concursante no pueda presentar su solicitud por este medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso aportar documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Registro Electrónico de la Administración General del Estado.
Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una instancia solo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las anteriores.
Los funcionarios destinados en órganos de las comunidades autónomas con competencias asumidas presentarán su solicitud en el órgano correspondiente de dicha comunidad, y los destinados en el ámbito competencia del Ministerio la presentarán en el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
La solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada funcionario participante, aunque se soliciten plazas radicadas en el territorio de las comunidades autónomas con competencias transferidas que, por tanto, figuren en las convocatorias que simultáneamente a ésta se realicen por los Gobiernos autónomos.
Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo de presentación de estas.
La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el período de presentación de instancias.
Con la solicitud se adjuntarán los certificados o diplomas acreditativos del conocimiento de lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas.
En el caso de que para un determinado puesto se exija como requisito la posesión de una determinada titulación académica, se aportará copia de esta.
Caso de estar interesados en las vacantes o resultas que se anuncian para un mismo municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios, podrán condicionar su petición al hecho de que ambos obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial o provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones condicionadas efectuadas por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada deberán concretarlo en su instancia en el apartado C, especificando el nombre y apellidos y NIF de la persona con quien condiciona y acompañando fotocopia de la solicitud del otro funcionario. Si alguno de los concursantes no lo indicase en el apartado C, quedarán anuladas ambas instancias.
Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia, se entiende que se acogen a la petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
1. Los méritos alegados y acreditados se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de participación.
2. Se evaluarán los méritos de conformidad con el siguiente baremo:
A) Antigüedad: Por los servicios efectivos en el cuerpo desde el que se participa, se otorgarán 2 puntos por cada año completo de servicios, computándose proporcionalmente los periodos inferiores por meses o, en su caso, por días. A estos efectos, los meses se considerarán de treinta días. La puntuación máxima por este concepto será de 60 puntos. La puntuación correspondiente por día es de 0,00555556.
B) Conocimiento oral y escrito del catalán sólo para los que soliciten alguno de los puestos ubicados dentro del Departamento de Barcelona del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses o del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Illes Balears, con un máximo de 12 puntos.
El conocimiento de dicho idioma se valorará de la siguiente forma:
– Certificado de nivel B2 o títulos homologados: 4 puntos.
– Certificado de nivel C1 o títulos homologados: 8 puntos.
– Certificado de nivel C2 o títulos homologados: 12 puntos.
Para valorar estos conocimientos se deberá aportar certificado expedido con arreglo a la normativa en vigor en las Comunidades Autónomas de Cataluña y de Illes Balears, respectivamente.
3. El presente concurso constará de una única fase en la que se valorarán los méritos enumerados en los apartados A y B del baremo.
El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la Base Sexta de esta convocatoria.
En caso de empate en la puntuación total, incluido el idioma, se acudirá para dirimirlo a la mayor antigüedad en el Cuerpo de que se trate y, de persistir el empate, al número de orden obtenido en el proceso selectivo de acceso a dicho Cuerpo, incluido el idioma o derecho propios.
Previamente a la resolución, se publicará la adjudicación provisional en la página web de este Departamento. A continuación, se abrirá un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones. Una vez resueltas las alegaciones, se dictará resolución definitiva de adjudicación.
1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnizaciones por concepto alguno.
2. Los destinos serán irrenunciables según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
1. El presente concurso será resuelto coordinadamente por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y el órgano competente de la comunidad autónoma convocante del concurso. El plazo para la resolución será de seis meses, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2. La resolución expresará el puesto de origen de los interesados a quienes se les adjudique destino y su localidad, así como su situación administrativa, si ésta es distinta a la de activo, y el puesto adjudicado a cada funcionario.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado». Todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 27 de marzo de 2024.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, P. D. (Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre), la Secretaria General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Sofía Puente Santiago.
N.º orden | Denominación del puesto | Especialidad/requisito | Centro de destino | Localidad | Provincia | Vacantes |
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1 | Facultativos de Información Toxicológica. | Información Toxicológica. | Int. Dirección Nacional. | Las Rozas. | Madrid. | 7 |
2 | Facultativos de Criminalística. | Criminalística. | Int Departamento de Madrid. | Las Rozas. | Madrid. | 3 |
3 | Facultativos de Biología. | Biología. | Int Departamento de Madrid. | Las Rozas. | Madrid. | 1 |
4 | Facultativos de Histopatología. | Histopatología. | Int Departamento de Madrid. | Las Rozas. | Madrid. | 6 |
5 | Facultativos de Química Y Drogas. | Química y Drogas. | Int Departamento de Madrid. | Las Rozas. | Madrid. | 8 |
6 | Facultativos de Valoración Tox. y M. Amb. | Valoración Tox. y M. Amb. | Int Departamento de Madrid. | Las Rozas. | Madrid. | 2 |
7 | Facultativos de Biología. | Biología. | Int Departamento de Barcelona. | Barcelona. | Barcelona. | 1 |
8 | Facultativos de Histopatología. | Histopatología. | Int Departamento de Barcelona. | Barcelona. | Barcelona. | 2 |
9 | Facultativos de Química y Drogas. | Química y Drogas. | Int Departamento de Barcelona. | Barcelona. | Barcelona. | 6 |
10 | Facultativos de Valoración Tox. y M. Amb. | Valoración Tox. y M. Amb. | Int Departamento de Barcelona. | Barcelona. | Barcelona. | 1 |
11 | Facultativos de Histopatología. | Histopatología. | Int Departamento de Sevilla. | Sevilla. | Sevilla. | 4 |
12 | Facultativos de Química y Drogas. | Química y Drogas. | Int Departamento de Sevilla. | Sevilla. | Sevilla. | 1 |
13 | Facultativos de Valoración Tox. y M. Amb. | Valoración Tox. y M. Amb. | Int Departamento de Sevilla. | Sevilla. | Sevilla. | 2 |
14 | Facultativos de Histopatología. | Histopatología. | Int Delegación S. Cruz Tenerife. | La Laguna. | S. C. Tenerife. | 1 |
15 | Facultativo. | Ver nota más abajo. | Iml Albacete. Dir. Albacete. | Albacete. | Albacete. | 1 |
16 | Facultativo. | Valoración Tox. y M. Amb. | Iml Murcia. Subd. Cartagena. | Cartagena. | Murcia. | 1 |
17 | Facultativo. | Requisito: Lic. o Grado Química, Farmacia o Biología. | Iml I. Balears. Dir. Palma. | Palma. | Illes Balears. | 1 |
Formación específica del puesto de Facultativo del IML Albacete: Formación y experiencia en Análisis Clínicos y/o Toxicológicos y en manejo de muestras biológicas y control de calidad. |
N.º orden | Denominación del puesto | Requisito | Centro de destino | Localidad | Provincia | Vacantes |
---|---|---|---|---|---|---|
18 | Técnico Especialista. | Int Departamento de Madrid. | Las Rozas. | Madrid. | 10 | |
19 | Técnico Especialista. | Int Departamento de Barcelona. | Barcelona. | Barcelona. | 5 | |
20 | Técnico Especialista. | Int Departamento de Sevilla. | Sevilla. | Sevilla. | 5 | |
21 | Técnico Especialista. | Requisito: Anatomía Patológica. | Iml. Albacete. Dir. Albacete. | Albacete. | Albacete. | 1 |
N.º orden | Denominación del puesto | Centro de destino | Localidad | Provincia | Vacantes | |
---|---|---|---|---|---|---|
22 | Ayudante de Laboratorio. | Int Departamento de Barcelona. | Barcelona. | Barcelona. | 14 | |
23 | Ayudante de Laboratorio. | Int Departamento de Sevilla. | Sevilla. | Sevilla. | 3 | |
24 | Ayudante de Laboratorio. | Iml Murcia. Dir. Murcia. | Murcia. | Murcia. | 1 | |
25 | Ayudante de Laboratorio. | Iml Illes Balears. Dir. Palma. | Palma. | Illes Balears. | 2 |
N.º orden | Denominación del puesto | Especialidad | Centro de destino | Localidad | Provincia |
---|---|---|---|---|---|
26 | Facultativos de Biología. | Biología. | Int Delegación de Sevilla. | Sevilla. | Sevilla. |
27 | Facultativos de Biología. | Biología. | Int Delegación de S. Cruz de Tenerife. | La Laguna. | S. C. Tenerife. |
28 | Facultativos de Química y Drogas. | Química y Drogas. | Int Delegación de S. Cruz de Tenerife. | La Laguna. | S. C. Tenerife. |
N.º orden | Denominación del puesto | Centro de destino | Localidad | Provincia |
---|---|---|---|---|
29 | Técnico Especialista. | Int Delegación de S. Cruz de Tenerife. | La Laguna. | S. C. Tenerife. |
N.º orden | Denominación del puesto | Centro de destino | Localidad | Provincia |
---|---|---|---|---|
30 | Ayudante de Laboratorio. | Int Departamento de Madrid. | Las Rozas. | Madrid. |
31 | Ayudante de Laboratorio. | Int Delegación de S. Cruz de Tenerife. | La Laguna. | S. C. Tenerife. |
32 | Ayudante de Laboratorio. | Iml. Murcia. Subir. Cartagena. | Cartagena. | Murcia. |
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