En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.
A estos procesos selectivos le serán de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y promoción profesional de Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023, la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en los cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, y por lo dispuesto en la presente resolución.
Ambos procesos son independientes y se regirán por las presentes bases.
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en sus organismos públicos vinculados o dependientes de ella, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, (BOE núm. 174, de 22 de julio).
Bases especificas
La presente convocatoria se publicará, en el «Boletín Oficial del Estado», en el Punto de Acceso General http://www.administracion.gob.es, en la página web del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, www.mineco.gob.es. Además, la convocatoria del proceso selectivo de promoción interna se publicará en el Portal Funciona.
1. Descripción de las plazas
Se convocan dos procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE, (código 0603) uno para cubrir treinta y siete plazas por el sistema general de acceso libre, siete de las comprendidas en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021, catorce de las comprendidas en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, y dieciséis de las comprendidas en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023, y otro para cubrir dieciocho plazas por el sistema de promoción interna, una de las comprendidas en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021, dos de las comprendidas en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, y quince de las comprendidas en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023.
Del total de las plazas se reservarán tres de acceso libre y una de promoción interna para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2.9 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023, se han incorporado a la presente convocatoria, procedentes de la oferta de empleo público para 2021, aprobada por Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, siete plazas de acceso libre, una de ellas reservadas para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %; y una plaza de promoción interna, y procedentes de la oferta de empleo público para 2022, aprobadas por Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, catorce plazas de acceso libre, una de ellas reservadas para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %, y dos de promoción interna.
En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
Las plazas reservadas para las personas con discapacidad, si quedasen desiertas, no se acumularán a las de acceso general. En los procesos de promoción interna las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán a las del turno general en estos procesos.
Los aspirantes que ingresen por la convocatoria de promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten y se les podrá adjudicar un destino en los términos previstos en el artículo 78.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de La Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedarán vacantes, no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, («Boletín Oficial del Estado» de 15 de abril).
Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.
Los Reales Decretos de OEP del año 2021 y del año 2022 se aplican en relación con las plazas no cubiertas durante la ejecución de las correspondientes convocatorias. Resultan de aplicación en todo aquello que no contradiga al Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023.
2. Proceso selectivo
Los procesos selectivos se ajustarán a lo dispuesto en el artículo 61 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y constarán de una fase de oposición, tanto para los aspirantes que se presenten por el sistema general de acceso libre, como para los aspirantes que se presenten por el sistema de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
Incluirán la superación de un curso selectivo y, en su caso, un periodo de prácticas. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
La duración máxima de la fase de oposición será de nueve meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.
El primer ejercicio de la fase de oposición tendrá que celebrarse en un plazo máximo de tres meses contados a partir de la publicación de estas convocatorias en el «Boletín Oficial del Estado».
El Tribunal hará público un cronograma orientativo con las fechas de realización del proceso selectivo.
En todo caso, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo de la siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales.
Se posibilita la acumulación de pruebas o ejercicios en un mismo día.
Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
Se habilita al Tribunal para que adopte las medidas, instrucciones o resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las pruebas selectivas y la lectura de los ejercicios, así como para establecer la forma y procedimiento a seguir, en el uso de los medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para el desarrollo descentralizado de las pruebas selectivas o de algunas de sus fases.
El carácter independiente de ambos procesos selectivos determinará la imposibilidad de acumulación de eventuales plazas vacantes en cualquiera de ellos.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo, o realizar algún ejercicio del mismo, a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
Dicha exención deberá solicitarse con anterioridad al último día de presentación de solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el Organismo Internacional correspondiente de haber superado aquéllas
Los aspirantes con discapacidad podrán pedir en el modelo oficial de solicitud, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la adaptación solicitada.
3. Programa
El programa que ha de regir los procesos selectivos es el que figura como anexo II a esta convocatoria.
4. Nacionalidad
Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
5. Titulación
Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto o Grado, o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación, o en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
6. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Además de los requisitos generales que los aspirantes deben reunir, conforme a la normativa vigente, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera, entre los que se encuentra el no pertenecer al mismo cuerpo o escala al que se presenta, los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán cumplir, al finalizar el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Pertenencia a Cuerpo:
Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2, a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficas adscritos al subgrupo A2, o a Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, estos últimos, en la Administración General del Estado.
b) Antigüedad:
Haber prestado servicios efectivos, al menos durante dos años, como funcionario de carrera en alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2, en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficas adscritos al subgrupo A2, o en Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
7. Listas de candidatos del proceso selectivo
De acuerdo con lo previsto en el artículo 3, apartado 20 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023, el Tribunal elaborará, a la finalización del proceso selectivo una lista de candidatos con todos los que hayan superado al menos un ejercicio de la oposición, ordenados por la suma total de la puntuación obtenida, con la finalidad de que la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Inspectores del SOIVRE, se pueda realizar con esta lista de candidatos, mediante procedimientos ágiles.
Este punto afecta únicamente a los opositores que se presente por turno libre.
Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos será necesario informe favorable de la Dirección General de la Función Pública.
8. Solicitudes
8.1 Por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos (BOE de 31 de marzo). En su Disposición adicional primera se establece la obligatoriedad del uso de medios electrónicos en los procesos selectivos para el acceso al empleo público en el ámbito de la Administración del Estado. «Las personas participantes en procesos selectivos convocados por la Administración del Estado, sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes a la misma, deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos a través de medios electrónicos».
Por tanto, las solicitudes se presentarán por vía electrónica.
Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias) mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo oficial 790.
– Anexar, en su caso, documentos escaneados a su solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de inscripción.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos efectos, permitiendo completar o modificar los datos que fueran erróneos, y/o adjuntar a través de IPS la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
Una vez completados los datos solicitados, pulsando sobre el botón de «inscribirse», se mostrará una pantalla de progreso dónde se da confirmación de cada uno de estos pasos. Dándose por completado el trámite una vez que se muestran los justificantes del pago y registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completo.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán dirigirse al teléfono 060, o enviar un correo a la dirección: https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el número de referencia completo (NCR) emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, ésta podrá adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica o podrá ser presentada en los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se dirigirán a la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por los aspirantes que la cursen en el extranjero, éstos podrán presentarla en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente número ESMM ES06 0182-2370-49-0200203962 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda. Derechos de examen». Este sistema solo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
8.2 En todo caso, la solicitud tendrá que ser presentada en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
8.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
8.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
8.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
9. Tribunal
9.1 El Tribunal calificador, es el que figura como anexo III a esta resolución y se someterá a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a las demás disposiciones vigentes.
9.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
9.3 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
Los miembros titulares y suplentes del Tribunal podrán actuar indistinta o conjuntamente en aras de su mejor funcionamiento.
Si en algún momento el Tribunal tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, o de que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso al Cuerpo de Inspectores del SOIVRE, en los términos establecidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante, comunicándole las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas.
9.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, Subdirección General de Recursos Humanos, Paseo de la Castellana, 162, de Madrid, teléfonos 916037427, 916037484, dirección de correo electrónico gestionyseleccionrrhh@economia.gob.es
9.5 Se publicará un breve currículumprofesional de las personas que formen parte del Tribunal en la página web del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa www.mineco.gob.es
10. Desarrollo del proceso selectivo
El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «W», según lo establecido en la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaria de Estado de Función Pública, («Boletín Oficial del Estado» del día 29 de julio), por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente.
Toda la información que afecte a la presente convocatoria y al desarrollo del proceso selectivo estará disponible en el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es, en la página web del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, y respecto de la convocatoria de promoción interna, en el Portal Funciona.
11. Norma final
Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad convocante en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015 de 1 de octubre.
Madrid, 16 de abril de 2024.–La Subsecretaria de Economía, Comercio y Empresa, Amparo López Senovilla.
I. Proceso selectivo
El proceso selectivo constará de las siguientes fases:
A) Oposición.
B) Curso selectivo.
I.A. Fase de oposición
1. Ejercicios.
La oposición estará formada por los cinco ejercicios que se describen a continuación. Todos los ejercicios son eliminatorios, excepto la parte voluntaria del ejercicio de idiomas.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar, con valoración y superación de las mismas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Primer ejercicio:
a) Para el turno libre consistirá en el desarrollo, por escrito, en el tiempo máximo de cuatro horas, de tres temas del programa para ese ejercicio. Cada uno de los temas se elegirá al azar, para todos los opositores, de cada uno de los grupos formados por los siguientes temas:
– Primer grupo: Parte A del programa (Temas del 1 al 20).
– Segundo grupo: Partes B, C y D del programa (Temas del 21 al 40).
– Tercer grupo: Parte E del programa (Temas del 41 al 55).
En la convocatoria de promoción interna, los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE están exentos de realizar el tema correspondiente al primer grupo por lo que dispondrán de un tiempo máximo de dos horas y cuarenta minutos para desarrollar, por escrito, los temas correspondientes al segundo y tercero de los grupos señalados.
En ambos casos, los opositores procederán a la lectura en sesión pública de su texto escrito. El tribunal podrá formular las preguntas y solicitar las aclaraciones que considere oportunas para una mejor valoración de sus conocimientos sobre los temas escritos.
b) El ejercicio se puntuará entre 0 y 30 puntos y cada tema se puntuará entre 0 y 10 puntos. Para aquellos funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE que concurran a la convocatoria de promoción interna, cada tema se puntuará entre 0 y 15 puntos. Para acceder al ejercicio siguiente será necesario obtener la calificación mínima de 15 puntos y no haber sido calificado con cero en ningún tema.
Segundo ejercicio:
Consistirá en realizar las pruebas de idiomas extranjeros que se indican a continuación y constará de dos partes, una obligatoria y otra voluntaria.
1) Parte obligatoria:
Consistirá en demostrar el conocimiento del idioma inglés. Para ello se realizarán las siguientes pruebas:
– Lectura a los opositores de un texto en el idioma de que se trate, durante un tiempo máximo de quince minutos, pudiendo aquéllos, si lo desean, tomar notas durante la misma. A continuación, realizarán una composición por escrito, en el mismo idioma, durante un tiempo máximo de noventa minutos, sobre el contenido del texto leído y sobre las preguntas que el Tribunal formule sobre el citado texto. Se permitirá el uso de diccionario.
– Prueba oral, consistente en la lectura por el opositor, durante un tiempo máximo de cinco minutos, de un texto en el idioma de que se trate seleccionado por el Tribunal, seguida de una exposición oral en el mismo idioma durante un tiempo máximo de diez minutos, sobre el tema del texto leído y sobre las preguntas que le formule el Tribunal en relación con aquel. Asimismo, el opositor leerá la composición escrita a la que se refiere el párrafo anterior.
2) Parte voluntaria:
Consistirá en demostrar el conocimiento de otro u otros idiomas extranjeros que el opositor haya solicitado en el momento de la inscripción, escogiendo entre francés, alemán, italiano, portugués, ruso, árabe y chino. El desarrollo de los ejercicios voluntarios de idiomas constará de las mismas pruebas que el del idioma obligatorio. Para poder realizar la parte voluntaria es preciso haber superado la parte obligatoria.
La parte obligatoria del ejercicio se calificará entre 0 y 15 puntos. Para acceder al ejercicio siguiente será necesario obtener la calificación mínima de 7,5 puntos y no haber sido calificado con 0 ni en la prueba oral ni la escrita.
La parte voluntaria del ejercicio se calificará entre 0 y 5 puntos para cada una de las pruebas de idioma voluntario. La puntuación obtenida se sumará a la de la parte obligatoria cuando se alcance como mínimo 2,5 puntos.
Tercer ejercicio:
a) Consistirá en una prueba oral, en la que los opositores desarrollarán, en el tiempo máximo de una hora, tres temas de la parte del programa señalada para ese ejercicio: uno del grupo de temas del 1 al 20, otro del grupo de temas del 21 al 40 y el otro del grupo del 41 al 58.
Para ello el opositor elegirá un tema de cada grupo de entre dos extraídos al azar. Los opositores contarán con treinta minutos para preparar su exposición oral.
Al término de su exposición, el tribunal podrá dialogar con los opositores sobre cuestiones relacionadas con los temas desarrollados.
b) El ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos y cada uno de los temas de 0 a 10 puntos. Para acceder al cuarto ejercicio será necesario obtener la calificación mínima de 15 puntos y no haber sido calificado con cero en ningún tema.
Cuarto ejercicio:
a) Este ejercicio, común para ambas convocatorias, será de carácter práctico. Consistirá en la resolución, en un tiempo máximo de cuatro horas, de cuatro supuestos prácticos preparados por el Tribunal sobre asuntos relacionados con el contenido de la parte del temario correspondiente a los ejercicios primero y tercero.
Los aspirantes pertenecientes al Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE que concurran a la convocatoria de promoción interna, de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 del Real Decreto 364/1995, estarán eximidos de realizar este ejercicio.
Los opositores procederán a la lectura pública de la resolución de los supuestos prácticos. Finalizada la lectura, el Tribunal podrá formularle cuantas preguntas considere pertinentes para una adecuada valoración de sus conocimientos.
b) Se calificará de 0 a 10 puntos. Para acceder al ejercicio siguiente será necesario obtener la calificación mínima de 5 puntos y no haber sido calificado con cero en ningún tema.
Quinto ejercicio:
a) Para el turno libre consistirá en el desarrollo, por escrito, de tres temas, durante un tiempo máximo de cuatro horas, de la parte del temario correspondiente al quinto ejercicio. Los citados temas se elegirán al azar, por el Tribunal, de cada una de las partes del programa:
– El primero incluirá la parte A (Temas del 1 al 15).
– El segundo, la parte B (Temas del 16 al 28); y
– El tercero, la parte C (Temas del 29 al 46).
En la convocatoria de promoción interna todos los aspirantes estarán eximidos de realizar el tema correspondiente al tercer grupo (parte C, temas del 29 al 46) por lo que desarrollarán en un tiempo máximo de dos horas y media únicamente dos temas correspondientes a los grupos primero (parte A, temas del 1 al 15) y segundo (parte B, temas del 16 al 28).
En ambos casos, los opositores procederán a la lectura pública, de su texto escrito. El Tribunal podrá formular preguntas y solicitar las aclaraciones que considere oportunas para una mejor valoración de sus conocimientos sobre los temas escritos.
b) El ejercicio se puntuará entre 0 y 30 puntos y cada tema se puntuará entre 0 y 10 puntos. Para aquellos funcionarios que concurran a la convocatoria de promoción interna, cada tema se puntuará entre 0 y 15 puntos.
Terminada la oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de aspirantes que han superado la oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por cada opositor, sin que, en ningún caso, pueda figurar en dicha relación un número de candidatos superior al total de plazas que hubieran sido convocadas.
2. Conservación de calificaciones de la convocatoria anterior:
a) Los aspirantes que participen por el turno libre y por promoción interna, y que en la convocatoria inmediatamente anterior hubieran alcanzado el 76,66 por ciento de la calificación máxima prevista para el primer ejercicio (al menos 23 puntos) en el primer ejercicio y no hubieran superado la fase de oposición podrán conservar dicha puntuación y estarán exentos de realizar este ejercicio.
b) Los aspirantes que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad y que en la convocatoria inmediatamente anterior hubieran alcanzado el 60 por ciento de la calificación máxima prevista para cualquiera de los ejercicios y no hubieran superado la fase de oposición, conservarán dicha puntuación y estarán exentos de realizar tales ejercicios.
c) Los aspirantes que deseen conservar la puntuación de algún ejercicio deberán solicitarlo expresamente en su solicitud de participación en este proceso selectivo.
d) Las calificaciones obtenidas en la presente convocatoria en los ejercicios y con los porcentajes mínimos de puntuación a los que se refieren las letras a) y b) de este apartado se conservarán para el siguiente proceso selectivo, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios de los que se haya conservado la nota sean análogos.
La Secretaría de Estado de Función Pública nombrará funcionarios de carrera y asignará destino inicial a las personas aspirantes que hubieren superado el proceso selectivo. Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».
I.B. Curso selectivo
Todos los aspirantes que hayan superado la fase de oposición realizarán un curso selectivo, que será organizado por la Subsecretaria de Economía, Comercio y Empresa, en colaboración con Instituciones privadas y públicas de formación de funcionarios, que deberán superar con aprovechamiento. Tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.
En el curso selectivo deberá incluirse un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género.
Tendrá una duración máxima de dos meses lectivos.
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo será obligatoria. El incumplimiento de este requisito podrá dar lugar a la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera. La valoración de esta circunstancia corresponderá a la Subsecretaría de Economía, Comercio y Empresa.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.
Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las vacaciones de los funcionarios en prácticas, por necesidades del servicio y de acuerdo con el artículo 74 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, se disfrutarán durante el mes de agosto del año en que se realice el curso selectivo.
Una vez finalizado el curso selectivo, los funcionarios en prácticas realizarán un período de prácticas en unidades del Departamento hasta su nombramiento como funcionarios de carrera.
II. Elección de destinos
La calificación final del proceso selectivo y la prioridad para la elección de destino vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición.
La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, excepto lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004 de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
En el caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
– Mayor puntuación alcanzada en el primer ejercicio.
– Mayor puntuación alcanzada en el tercer ejercicio.
– Mayor puntuación alcanzada en el segundo ejercicio.
– Mayor puntuación alcanzada en el quinto ejercicio.
No obstante, lo anterior, no se declarará superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
I. Primer ejercicio
Parte A. Comercio de mercancías. Análisis sectorial 1
Nota 1. Contenido de los temas 1 al 20: Designación y descripción de los principales productos incluidos en cada tema. Normativa aplicable. Análisis sectorial. Comercio Exterior español y mundial. Perspectivas. Principales países competidores.
1. Sector de frutos frescos, excepto cítricos.
2. Sector de cítricos.
3. Sector de hortalizas frescas.
4. Sector de frutos secos.
5. Sector de granos y semillas de consumo humano.
6. Sector cárnico.
7. Sector de productos de la pesca.
8. Sector lácteo.
9. Sectores de miel, azúcar y huevos.
10. Sector de conservas y semiconservas vegetales.
11. Sector vinos y demás bebidas alcohólicas.
12. Sector de aceites y grasas comestibles.
13. Otros sectores agroalimentarios no incluidos en temas anteriores (Condimentos y especias. Platos preparados).
14. Sector de productos energéticos y materias primas: Petróleo y derivados. Gas. Carbón y electricidad. Minerales. Madera. Energías renovables.
15. Sector de semi-manufacturas: Metales no ferrosos. Hierro y acero. Papel. Productos cerámicos y similares. Productos químicos. Plásticos. Medicamentos. Pesticidas.
16. Sector de bienes de equipo (I): Maquinaria para la industria. Máquina-herramienta. Motores. Aparatos eléctricos y de precisión. Equipos de oficina y telecomunicaciones.
17. Sector de bienes de equipo (II): Material de transporte (excepto automóvil): ferroviario, carretera, buques, aeronaves y material espacial. Sector de Automoción. Componentes.
18. Sector de bienes de consumo duradero: Muebles. Electrodomésticos. Electrónica de consumo.
19. Sector de manufacturas de consumo (I): Textil y confección. Calzado. Equipos de Protección Individual (Textil y Calzado).
20. Sector de manufacturas de consumo (II): Juguetes. Pequeño material eléctrico.
Parte B. Comercio de servicios
21. Definición de servicio según el sistema de cuentas nacionales. Análisis de la evolución internacional del comercio de servicios. La regulación del comercio internacional de servicios: El Acuerdo General sobre Comercio de Servicios.
22. Las estadísticas de comercio internacional de servicios. Estructura y descripción de la rúbrica servicios con la Balanza de Pagos. Otras estadísticas para evaluar el comercio de servicios: las FATS.
23. Análisis de la evolución del comercio exterior de servicios en España (I). El Turismo en España. Estadísticas utilizadas.
24. Análisis de la evolución del comercio exterior de servicios en España (II). Servicios no turísticos (servicios prestados a las empresas, transportes, servicios informáticos, financieros, construcción…).
Parte C. CITES
25. El Convenio CITES: Objetivos. Estructura. Secretaría CITES. Conferencia de las Partes y Comités. Adopción de decisiones. Relación con otras Convenciones y Organizaciones Internacionales (Organización Mundial de Aduanas, FAO y otras). Enmienda Bonn y Gaborone.
26. El Convenio CITES como instrumento de política comercial. Medidas de regulación comercial específicas del Convenio. Su relación con la OMC.
27. Aplicación del Convenio CITES en la Unión Europea. Reglamentación UE. Autoridades de aplicación en España: Autoridad Administrativa y Autoridad Científica.
28. Autoridades de Aplicación y Observancia del Convenio CITES en España. Relación con otras Autoridades Internacionales (INTERPOL y otras). La legislación sancionadora en España.
29. Especímenes de origen vegetal sujetos al Convenio sobre comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES): Especial referencia a los especímenes de interés comercial para España (vivos, partes, derivados, manufacturas / productos).
30. Especímenes de origen animal sujetos al Convenio CITES: Especial referencia a los especímenes de interés comercial para España (vivos, partes, derivados manufacturas / productos).
Parte D. Control analítico
31. Muestreo: connotaciones del muestreo físico y del muestreo estadístico. Población y muestra. Tipos de muestreo. Fases o etapas del muestreo. Muestreo probabilístico. Estimadores. Estimación de la media y el total. Precisión de las estimaciones. Tamaño de la muestra.
32. Errores en análisis instrumental: regresión y correlación. Gráficas de calibración en análisis instrumental. Coeficiente de correlación. Rectas de regresión. Errores en la pendiente y ordenada en el origen de la recta de regresión. Cálculo de una concentración.
33. Control de calidad en laboratorios: Gráficos de control. Definición y conceptos generales. Muestras de control. Tipos de gráficos de control y su construcción. Aplicaciones de los gráficos de control. Evaluación externa de la calidad de un laboratorio: Ejercicios interlaboratorio. Cuestiones generales. Evaluación estadística de los resultados.
34. Validación de métodos. Criterios fundamentales de validación. Exactitud. Precisión. Linealidad. Sensibilidad. Límites de detección. Límites de cuantificación. Selectividad y Especificidad. Cálculo de la incertidumbre de un método. Comparación de métodos analíticos.
35. Técnicas de preparación de muestras: Disoluciones químicas. Extracciones. Mineralizaciones por vía seca y por vía húmeda. Precipitaciones. Otras técnicas preparativas. Fundamentos. Instrumental necesario para cada técnica. Aplicaciones al análisis en el campo alimentario y de seguridad industrial.
36. Ensayos fisicoquímicos. Gravimetría. Volumetría. Potenciometría. Conductimetría. Fundamentos, descripción e instrumentación. Aplicaciones en el ámbito alimentario y de seguridad industrial.
37. Técnicas ópticas. Microscopía. Fundamento y aplicaciones. Especial referencia a la identificación de fibras textiles. Refractometría. Fundamento y aplicación en el ámbito alimentario.
38. Técnicas de análisis cromatográfico. Fundamentos generales de la cromatografía. Tipos de cromatografía: Cromatografía en placa fina, Cromatografía de gases, Cromatografía líquida de alta resolución. Sistemas de detección en su caso. Métodos de identificación y de cuantificación. Aplicaciones en el ámbito alimentario y de seguridad industrial.
39. Técnicas espectrométricas. Fundamentos generales de la espectrometría. Especial referencia a la espectrofotometría de ultravioleta-visible, espectrometría de absorción y emisión atómica, espectrometría de masas y espectrometría de infrarrojos. Métodos de identificación y de cuantificación. Aplicaciones en el ámbito alimentario y de seguridad industrial.
40. Técnicas de identificación de especies. Técnicas moleculares, electroforesis y enfoque isoeléctrico. Fundamento y aplicaciones. Especial referencia al control de especímenes sujetos al Convenio CITES y fraude comercial.
Parte E. Normalización. Inspección
41. Normalización internacional en el ámbito de Naciones Unidas (I): El CODEX Alimentarius: Programa conjunto FAO/OMS sobre normas alimentarias. Organización y procedimientos de elaboración de normas.
42. Normalización internacional en el ámbito de Naciones Unidas (II): La Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas (CEPE/NU). Grupo de trabajo sobre normas de calidad agrícolas. Procedimiento de trabajo. Protocolo de Ginebra y Normas-Cuadro. El Régimen OCDE para la aplicación de las Normas Internacionales para frutas y hortalizas.
43. Normalización en el seno de la Unión Europea. Actividad normalizadora en el seno de la UE en el ámbito alimentario. Actividad normalizadora en el seno de la UE en el ámbito industrial: especial referencia al ámbito del Nuevo Enfoque. Mandatos de normalización.
44. Otros organismos internacionales, regionales y nacionales de normalización. La normalización en el ámbito privado. Especial referencia a ISO, CEN, CENELEC y AENOR. Protocolos y buenas prácticas: GLOBAL/GAP y otros.
45. Control oficial de productos alimenticios. Legislación comunitaria y nacional. La reglamentación de la UE sobre el control de frutas y hortalizas frescas. Control a la importación de productos ecológicos.
46. Control oficial de productos industriales procedentes de terceros países. Legislación comunitaria y nacional. Nuevo Marco Legislativo europeo para la comercialización de productos.
47. Calidad comercial. Evaluación y certificación de la calidad comercial: los servicios oficiales de control de calidad comercial. Normas de comercialización de la UE. Otras normas de calidad internacionales.
48. Criterios de calidad comercial: Factores y parámetros de calidad comercial. Composición físico-química y nutricional de los alimentos. Clasificación por categorías comerciales de calidad.
49. Etiquetado de productos alimenticios e industriales. Legislación de la UE y nacional sobre etiquetado.
50. Aditivos. Contaminantes y otras sustancias relacionadas con la seguridad química de los alimentos y de los productos industriales.
51. Microbiología de los alimentos: Alimentos tratados por el calor y alimentos tratados por el frío. Estándares microbiológicos tanto sanitarios como de calidad.
52. Envases y embalajes. Legislación y normalización. Materiales en contacto con los alimentos. Interacciones producto-envase. Ensayos y defectos. Procedimientos de control. Legislación europea sobre residuos de envases. Implicaciones comerciales.
53. Certificación y Acreditación. Concepto y regulación en España. Entidad Nacional de Acreditación (ENAC). Procedimientos y criterios de acreditación Auditorías externas e internas del sistema de calidad. Normas ISO 17020 e ISO 17025.
54. Aseguramiento de la calidad en la industria alimentaria. Normas de la serie ISO 9000. Conceptos básicos, definiciones y ámbito de aplicación de este grupo de normas.
55. Control higiénico-sanitario basado en el sistema APPCC (análisis de peligros y puntos críticos de control). Aplicación del sistema APPCC en la industria agroalimentaria de productos no transformados y transformados. Legislación comunitaria y nacional.
II. Tercer ejercicio
Parte A. Comercio exterior
1. El comercio internacional. Marco general y principales magnitudes. Tendencia evolutiva: globalización y concentración. Teoría y práctica del comercio internacional. La teoría del comercio internacional: la ventaja comparativa. La relación real de intercambio. Librecambio y proteccionismo.
2. Balanza de Pagos. Concepto. Presentaciones, metodología y estructura. Equilibrio y desequilibrio de la Balanza.
3. El comercio exterior español: Principales rasgos. La exportación y la importación españolas: índices representativos, estructura sectorial, destinos principales, tendencia evolutiva y perspectivas futuras.
4. La empresa ante el comercio internacional. Particularidades de la empresa exportadora española: formas y grados de internacionalización de la empresa; tamaño y número de empresas; propensión exportadora; organización de la empresa; ventajas y desventajas genéricas del país; países competidores; organización del departamento de marketing internacional.
5. El marketing internacional. Concepto y funciones. La investigación de mercados y las fuentes de información. El marketing mix: concepto y componentes.
6. Las formas de acceso a los mercados. Tipos y características: La venta directa. La venta compartida con recurso a intermediario. La venta subcontratada. Otras estrategias de actuación en los mercados internacionales. Las empresas conjuntas. La cesión de tecnología industrial. La franquicia internacional. Las Agrupaciones Europeas de Interés Económico. Otras.
7. Instrumentos financieros de apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas españolas (I). El Crédito Oficial. Características principales; el Consenso OCDE; Líneas ICO de apoyo a la internacionalización; el Convenio de Ajuste Recíproco de Intereses; el crédito suministrador y el crédito comprador.
8. Instrumentos financieros de apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas españolas (II). El Seguro de Crédito. Características generales. Riesgos susceptibles de cobertura: clasificación. La Compañía Española de Seguro de Crédito a la Exportación. Principales modalidades de póliza.
9. Instrumentos financieros de apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas españolas (III). El Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM). Antecedentes. Objeto y características generales. Marco regulador. Fondos COFIDES.
10. Instrumentos comerciales de apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas españolas. Instituciones involucradas (I): ICEX España Exportación e Inversiones: Estructura y funciones: Actividades de información y promoción internacional e inversión exterior. Organismos de promoción de las Comunidades Autónomas. Ley 14/13 de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización: Título V. Internacionalización de la economía española. Planes de Internacionalización.
11. Instrumentos comerciales de apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas españolas. Instituciones involucradas (II): Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España. Normativa básica. El Plan Cameral de internacionalización. El Plan Cameral de Competitividad. Las Cámaras de Comercio españolas en el extranjero.
12. Instrumentos fiscales no aduaneros de apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas españolas. Los impuestos especiales. El IVA en el comercio exterior. Sistema INTRASTAT.
13. El factoring, el leasing y el forfaiting. Concepto, características generales y operativa.
14. Financiación de las operaciones de comercio exterior: Operaciones en el mercado de divisas y cobertura del riesgo de cambio. Concepto de divisa, convertibilidad y formación de los cambios. El riesgo de cambio y su cobertura: el seguro de cambio; las opciones sobre divisas; futuros de divisas y autoseguros. Prefinanciación.
15. Medios de pago y cobro internacionales: Generalidades. Billetes de banco. Cheque personal y bancario. Transferencia bancaria. Orden de pago. Remesas simples y documentarias. Crédito documentario: características, clasificación, procedimiento de utilización, cláusulas y operaciones especiales. La carta de crédito comercial. Otros.
16. Contratación internacional (I): Generalidades. Tipos de contratos (de intermediación comercial; de mediación o corretaje; de representación; de agencia; de comisión; de distribución; de exportación de plantas llave en mano; de arrendamiento financiero). Los INCOTERMS.
17. Contratación internacional (II): Incumplimiento de obligaciones y resolución de conflictos. Casos más frecuentes de incumplimiento. Prevención de conflictos. Resolución de conflictos: especial referencia al arbitraje comercial internacional.
18. Inversiones extranjeras. Inversión directa y en valores negociables. Análisis de los flujos mundiales. Efectos sobre el desarrollo económico y el comercio. Acuerdos internacionales: APPRIs y OCDE. Los APPRIs tras el Tratado de Lisboa.
19. Inversión española en el exterior: Normativa y tramitación en España. Registro de inversiones. Posición internacional. Análisis de flujos. Distribución por sectores y países de destino. Efectos. Promoción de inversiones en el exterior.
20. Inversión extranjera en España: Normativa y tramitación en España. Registro de inversiones. Análisis de flujos. Distribución por sectores y países de origen. Distribución regional. Efectos. Atracción de inversiones hacia España.
21. El régimen aduanero del comercio exterior: la política aduanera comunitaria. El código aduanero. El arancel de aduanas. Economía arancelaria. El origen de las mercancías. El valor en aduana.
22. Sistema de Preferencias Generalizadas. Antecedentes. Países beneficiarios, productos y preferencias.
23. Regímenes aduaneros: Generalidades y tipos. El despacho a libre práctica. La importación. La exportación. Trámites y principales documentos en los procedimientos de importación y exportación.
24. Los regímenes especiales. El tránsito. El depósito aduanero. El destino especial. El Perfeccionamiento Activo. El Perfeccionamiento Pasivo.
25. Instrumentos de defensa comercial: cláusulas de salvaguardia. Medidas antidumping. Medidas antisubvención. Reglamento de obstáculos comerciales (ROC): Definición. Función. Procedimiento.
26. El comercio exterior de material de defensa y de doble uso. Normativa aplicable. Órganos de control. Foros internacionales.
27. Obstáculos comerciales: Identificación y caracterización de barreras comerciales. Obstáculos técnicos al comercio. Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC (OTC). Contenido, funcionamiento y evolución. El portal Access2Markets, especial atención a la sección de barreras comerciales. Estructura y contenido.
28. Medidas sanitarias y fitosanitarias. Acuerdo sobre aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC (MSF). Contenido, funcionamiento y evolución. El portal Access2Markets, especial atención a los aspectos sobre medidas sanitarias y fitosanitarias. Estructura y contenido. Casos concretos.
29. Medidas de armonización y transparencia en la Unión Europea. Normativa aplicable. Procedimientos para la resolución de obstáculos dentro del Mercado Interior comunitario.
30. Política comunitaria en materia de normas y evaluación de la conformidad. Directivas de Enfoque global y de nuevo enfoque. El marcado CE. El principio de reconocimiento mutuo.
31. Acuerdos de reconocimiento mutuo sobre evaluación de la conformidad (ARM). Acuerdos sobre Evaluación de Conformidad y aceptación de productos industriales (ACAA). Acuerdos suscritos por la UE y sectores cubiertos.
32. El transporte internacional marítimo y aéreo. Aspectos generales. Formas de contratación. Responsabilidad de los operadores y agentes económicos. Documentos utilizados.
33. El transporte internacional por carretera y ferrocarril. Aspectos generales. Convenio CIM y régimen TIF para el transporte por ferrocarril. El Convenio CMR y el régimen TIR para el transporte por carretera. Acuerdo sobre transporte internacional de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en estos transportes (ATP). Normativa aplicable. Documentos de transporte: la Carta de Porte.
Parte B. Organismos Internacionales y Unión Europea
34. Naciones Unidas: Objetivos y Órganos principales de funcionamiento. Organismos dependientes de Naciones Unidas: FAO, UNCTAD, CEPE/UN, PNUMA. Otros Organismos Internacionales: El Centro de Comercio Internacional.
35. La cooperación económica internacional: el Fondo Monetario Internacional. Antecedentes; objetivos y funciones; recursos del FMI; la condicionalidad.
36. Instituciones multilaterales de financiación y ayuda al desarrollo. El Banco Mundial y los bancos regionales de desarrollo. Otras.
37. La OCDE: Objetivo, estructura y funciones. Principales ámbitos de actividad. Líneas Directrices de la OCDE para multinacionales.
38. Las negociaciones comerciales multilaterales: la evolución del sistema de comercio multilateral. Antecedentes históricos: el GATT. Reglas principales del GATT. Las Rondas de negociación comercial.
39. La Organización Mundial de Comercio y la economía mundial. El sistema de la OMC. Objetivo, funciones y estructura de la OMC. Adopción de decisiones. La Secretaría de la OMC. Solución de diferencias en la OMC. El Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales.
40. La Organización Mundial del Comercio y los Acuerdos multilaterales y plurilaterales. Panorama general de los distintos Acuerdos de la OMC. Comercio y medio ambiente
41. La Unión Europea: Antecedentes y evolución. El Tratado de Maastricht. El Tratado de Ámsterdam. El Tratado de Niza. El Tratado de Lisboa.
42. Las Instituciones de la Unión Europea: El Consejo Europeo. El Consejo de la UE. La Comisión europea. El Parlamento europeo. El Tribunal de Justicia de la UE. El Banco central europeo. El Tribunal de cuentas de la UE.
43. Toma de decisiones en la Unión Europea. Proceso legislativo, actos delegados y de ejecución, especial mención a la comitología.
44. El Mercado Único Europeo. El principio de libre circulación de mercancías, servicios, personas y capitales.
45. La política agrícola de la Unión Europea. Especial referencia a la organización común de mercado única.
46. La política pesquera de la Unión Europea.
47. La política de la calidad de productos agroalimentarios de la Unión Europea: Indicaciones Geográficas. Denominaciones de origen.
48. Política de protección de los consumidores de la Unión Europea: Salud y Seguridad. Organismos Genéticamente Modificados Nuevos Alimentos.
49. Política económica y monetaria de la Unión Europea.
50. Política industrial y empresarial de la Unión Europea.
51. Política de medio ambiente de la Unión Europea y compromisos internacionales en la materia.
52. Política de Competencia de la Unión Europea.
53. Política regional y de cohesión de la Unión Europea. La cohesión económica, social y territorial. Fondos europeos.
54. La política comercial y de relaciones económicas exteriores de la Unión Europea (I): La política comercial común. Origen y desarrollo. Marco general actual. Los acuerdos de liberalización comercial.
55. La política comercial y de relaciones económicas exteriores de la Unión Europea (II): El Espacio Económico Europeo. Reino Unido. Suiza. Turquía. Relaciones con Rusia y Ucrania. Relaciones con los Balcanes.
56. La política comercial exterior y de relaciones económicas exteriores de la Unión Europea (III): La Asociación Euromediterránea (UPM), y relaciones bilaterales con los principales miembros. Especial mención a Marruecos. Relaciones con los países de África, Caribe y Pacífico (ACP). Acuerdos de Asociación Económica con los ACP (EPAS).
57. La política comercial y de relaciones económicas exteriores de la Unión Europea (IV): Relaciones con Estados Unidos y Canadá. Relaciones con México, Centroamérica, Comunidad Andina, Chile y MERCOSUR.
58. La política comercial y de relaciones económicas exteriores de la Unión Europea (V): Relaciones con Asia: Corea, India, China, Japón, y otros países asiáticos, en particular los miembros de ASEAN. Relaciones con los países de Asia Central. Relaciones con el Consejo de Cooperación del Golfo. Relaciones con Oceanía.
III. Quinto ejercicio
Parte A. Economía General y Estructura económica de España
1. Objeto y método de la ciencia económica. Economistas clásicos y Marx.
2. Evolución del pensamiento económico. Economistas neoclásicos. Keynes hasta la actualidad.
3. Teoría de la Demanda. Teoría de la producción. Teoría de los Costes.
4. El funcionamiento del mercado. Teoría de la competencia perfecta. Teoría del monopolio. Teoría del oligopolio. Teoría de la competencia monopolista.
5. La política monetaria. Estrategias de política monetaria. Efectos sobre la actividad económica y sobre la inflación.
6. La política fiscal. Disciplina fiscal y financiación del déficit público. Sostenibilidad del déficit público.
7. Crecimiento económico y desarrollo. Principales modelos de crecimiento económico.
8. La globalización de la economía. La empresa y las decisiones de inversión. La deslocalización empresarial. Determinantes de la inversión exterior.
9. La integración económica regional. El regionalismo de la economía internacional.
10. La política agraria española en el marco de la PAC. La ganadería y el sector forestal en España.
11. Sector pesquero español. Evolución y situación actual en la UE.
12. La política industrial en España. Política de Medio Ambiente y política de I+D.
13. La política energética española. Las alternativas energéticas en la actualidad.
14. El sector servicios en España. El sector de la construcción y la política de la vivienda española.
15. La política de desarrollo regional en España en el contexto de la UE. La financiación de las Autonomías.
Parte B. Comercio interior
16. El marco económico de la distribución comercial. Estructura del sector. Cambios en la distribución comercial.
17. Evolución de la actividad comercial. Principales ratios de la empresa minorista. Análisis por formatos y subsectores comerciales. Distribución alimentaria y no alimentaria.
18. Precios y márgenes en el canal de distribución. Índice de Precios al Consumo.
19. La Ordenación del Comercio Minorista. Normativa europea, estatal y autonómica.
20. Instrumentos de apoyo al comercio minorista. Planes estatales de apoyo al sector. Líneas de financiación del ICO. Programas autonómicos de apoyo.
21. El comercio mayorista en España. La red de Unidades Alimentarias. La Empresa Nacional MERCASA. Centrales de distribución y canales alternativos.
22. Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico. Nuevas formas de venta. Nuevas formas de pago.
23. Otras formas comerciales emergentes: Franquicias, venta a distancia, venta automática. Características y regulación.
24. La protección al consumidor. Estructura competencial de las Administraciones Central, Autonómica y Local en la inspección del mercado interior.
25. La defensa de la libre competencia en España. Ley de defensa de la competencia. La aplicación en España de las normas comunitarias de competencia. Instituciones estatales de defensa de la competencia: Organización y funciones. Coordinación de las competencias del Estado y las Comunidades Autónomas en materia de defensa de la competencia. Órganos de competencia de las Comunidades Autónomas.
26. Prácticas restrictivas de la competencia. Normativa nacional. Acuerdos horizontales y acuerdos verticales. Conductas exentas. Reglamentos comunitarios de exención por categorías. Abuso de posición de dominio. Procedimiento sancionador. Competencia desleal.
27. Concentraciones económicas. Normativa nacional. Definición de concentración. Umbrales de notificación y efectos suspensivos de la misma. Definición de los mercados de referencia. Procedimiento nacional de control de concentraciones. Sanciones.
28. Ayudas públicas. Regulación y control en la normativa española y su relación con el control comunitario. Concepto de ayuda pública. Recuperación de ayudas ilegales. Ayudas públicas regionales. Ayudas de carácter horizontal. Los servicios de interés económico general y su financiación.
Parte C. Derecho Administrativo y organización del Estado
29. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución. La ley. Los Decretos-leyes. La delegación legislativa.
30. El reglamento. La potestad reglamentaria. Los reglamentos ilegales. Actos administrativos generales, circulares e instrucciones.
31. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. Revisión, anulación y revocación.
32. Los recursos administrativos.
33. La jurisdicción contencioso-administrativa. Extensión y límites. Las partes del procedimiento. La sentencia. Recursos.
34. Los contratos administrativos: concepto y clases. Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos.
35. El servicio público: concepto y clases. Forma de gestión de los servicios públicos. Examen especial de la gestión directa. La gestión indirecta: modalidades. La concesión. Régimen jurídico.
36. El Procedimiento Administrativo Común: ámbito de aplicación y principios informadores. El procedimiento administrativo: concepto y naturaleza. El procedimiento administrativo como garantía. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo. Los procedimientos especiales.
37. El Estatuto Básico del Empleado Público. Normativa aplicable. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistema de retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades. Régimen disciplinario.
38. El ciudadano y la Administración pública. Derechos y deberes. Sanciones administrativas.
39. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas. El Tribunal Constitucional. Reforma de la Constitución.
40. El Gobierno y su presidente. El consejo de Ministros. La Administración Central del Estado. Órganos Superiores y Directivos de la Administración General del Estado. Normativa aplicable. La Administración Periférica del Estado. Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.
41. Organización y competencias del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. La Secretaría de Estado de Comercio, servicios centrales, territoriales y en el exterior.
42. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: constitución, competencias, Estatutos de Autonomía. El Sistema institucional de las Comunidades Autónomas. La Administración Local.
43. El sistema tributario español: evolución histórica y régimen actual. La Hacienda Pública. Los ingresos públicos: Concepto y clasificación. Tasas y precios públicos.
44. La Ley General Presupuestaria y las leyes anuales de presupuestos. El Presupuesto: concepto y naturaleza. Contenido y estructura. Elaboración y aprobación. Modificaciones presupuestarias. Créditos extraordinarios y suplementos de créditos. Transferencias. Otras modificaciones presupuestarias.
45. Políticas Públicas: Políticas sociales de Igualdad de Género. Políticas contra la Violencia de Género. Políticas de integración de las personas con discapacidad. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. Política de transparencia. Normativa aplicable.
46. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto: Colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España.
Tribunal Titular
Presidente:
Jaime Camps Almiñana. Cuerpo Inspectores del SOIVRE.
Vocales:
Fátima Chico García. Cuerpo Inspectores del SOIVRE.
José Ignacio Fernández Aragoncillo. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Manuel Luna Muñoz. Cuerpo Ingenieros Industriales del Estado.
Jesús Ángel Vázquez Minguela. Cuerpo Profesores Titulares de Universidad.
María José Herrero Fernández. Cuerpo Profesores Titulares de Universidad.
Secretaria:
Pilar López Pradas. Cuerpo Inspectores del SOIVRE.
Tribunal Suplente
Presidente:
M. Angeles Rodríguez Yunta. Cuerpo Inspectores del SOIVRE.
Vocales:
Regina Berna Serna. Cuerpo Inspectores del SOIVRE.
Marta Cabrera García-Conde. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Alfonso de las Heras Muñoz. Cuerpo Ingenieros Industriales del Estado.
Santiago de la Moya Cerero. Cuerpo Catedráticos de Universidad.
M.Concepción Núñez Colas. E.Técnicos Superiores Especializados de OP. de Investigación.
Secretaria:
Inmaculada Ciscar Cardona. Cuerpo Inspectores del SOIVRE.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría».
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Inspectores del SOIVRE».
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L» (Libre/Nuevo Ingreso) o «P» (Promoción interna).
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Economía, Comercio y Empresa».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. De solicitar dicha adaptación, se deberá adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada. En el recuadro «CC.AA. en la que se reconoce su discapacidad» se deberá indicar la misma.
Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22 con la letra G.
En el recuadro 24, en caso de familia numerosa o discapacidad se deberá indicar la Comunidad Autónoma en la que se reconoce esta condición.
En el recuadro 25, en caso de familia numerosa se deberá indicar el número del Título.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título académico que posea o esté en condición de poseer y que cumpla los requisitos de la base específica 5.
En el recuadro 27, apartado A, se consignará el idioma «inglés».
Si desea examinarse de otro u otros idiomas (parte voluntaria del 2.º ejercicio) deberá indicar en el recuadro 27, apartado B, el idioma o idiomas escogidos, consignando: «Francés», «Alemán», «Italiano», «Portugués», «Ruso», «Árabe» o «Chino».
Los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna y pertenezcan al Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE, deberán consignar la letra «G» el recuadro 27, apartado C.
El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 31,10 euros y para las familias numerosas de categoría general, 15,55 euros; para promoción interna, el importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, 15,55 euros y para las familias numerosas de categoría general, 7,78 euros.
La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y con el consentimiento explícito del solicitante, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y con el consentimiento explícito del solicitante, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio que añade una nueva letra al apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de octubre.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.
En ningún caso, el pago de la tasa de derecho de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.
En aquellos casos en que, con arreglo a los dispuesto en la normativa vigente, proceda la devolución de ingresos indebidos de la tasa, será necesario, para instar la devolución, solicitud expresa del interesado en la que deberán figurar inexcusablemente los siguientes datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta corriente (veinte dígitos), a donde ha de realizarse la transferencia bancaria de devolución, acompañando al original de la solicitud el «ejemplar para el interesado» del impreso modelo 790.
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