Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 9 de junio de 2016 se ha modificado la cláusula octava, apartado B, del pliego de cláusulas administrativas particulares, que queda redactada del siguiente modo:
B) Criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (28 puntos):
1. Eficiencia energética de la solución proyectada. Se valorará el mayor ahorro energético que produzca la nueva instalación de alumbrado público. Para ello se aportará una Memoria en la que se exprese, en un horizonte de diez años, el ahorro energético producido respecto de la instalación existente. Se valorará tanto el nivel de ahorro propuesto como la calidad del análisis realizado. 10 puntos.
2. Incorporación de sistemas tecnológicos asociados a la red de telecomunicaciones y de telegestión. Se aportará una Memoria técnica en la que se describa el contenido de la oferta y soluciones adoptadas.
Se valorará la incorporación de nuevas tecnologías útiles para la gestión de los servicios públicos o para la prestación de servicios a los ciudadanos que afecten a áreas completas del centro urbano. Se valorará que puedan aportarse ejemplos de éxito en el uso de las tecnologías propuestas o pruebas prácticas. 10 puntos.
3. Alcance y duración de la garantía de los equipos. Se valorará la mejora de las exigencias de garantía o mantenimiento de los equipos de iluminación, de telegestión y otros sistemas tecnológicos, respecto de los mínimos que figuran en el pliego de prescripciones técnicas: Hasta 8 puntos.
El plazo de presentación de ofertas se amplía hasta el 25 de julio de 2016.
La apertura de ofertas se realizará el 4 de agosto de 2016, a las 13:00.
El anuncio rectificativo fue enviado al "Diario Oficial de la Unión Europea" el 14 de junio de 2016.
Comillas, 15 de junio de 2016.- El Secretario Interventor.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid