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Documento BOE-B-2018-41160

Extracto de la Resolución de 10 de agosto de 2018, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan ayudas a centros docentes sostenidos con fondos públicos de Educación Primaria y Secundaria de Ceuta y Melilla, que participen en el Programa de Apoyo Educativo (PAE) en el curso escolar 2018-2019.

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 21 de agosto de 2018, páginas 52277 a 52278 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación y Formación Profesional
Referencia:
BOE-B-2018-41160

TEXTO

BDNS(Identif.):411870

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdndtrans/index):

Primero. Beneficiarios.

El Programa está dirigido a los centros docentes sostenidos con fondos públicos de Educación Primaria y de Educación Secundaria, que presentan un número elevado de alumnos con una necesidad manifiesta de apoyo educativo, debido especialmente a carencias culturales de su entorno social, que impiden disponer del apoyo familiar deseable para el desarrollo adecuado de su proceso de aprendizaje y la mejora de sus expectativas de éxito educativo, personal y social.

Segundo. Objeto.

Convocar en régimen de concurrencia competitiva subvenciones para los centros sostenidos con fondos públicos de Educación Primaria y Educación Secundaria de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, que deseen desarrollar el Programa de Apoyo Educativo (PAE) durante el curso 2018-2019.

El número máximo de centros, que podrán ser seleccionados en esta convocatoria, será de 20 para ambas ciudades, distribuidas a razón de 10 para cada ciudad. En el caso de que en alguna de las ciudades no se cubrieran las plazas asignadas para participar en el Programa las ayudas podrán adjudicarse a los centros de la otra ciudad, siguiendo el orden en que hubieran quedado baremados.

Cada centro podrá disponer hasta 3 monitores acompañantes para el desarrollo del programa, según las necesidades del mismo.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (BOE de 12 de mayo), de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Educación.

Cuarto. Cuantía.

La financiación de las subvenciones previstas en la presente Resolución se efectuará con cargo al crédito de la aplicación presupuestaria 18.04.322G.480.02 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, por un importe máximo de CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS euros (186.300,00 €).

Para el desarrollo del programa en cada centro educativo podrá asignarse una cuantía máxima de ayuda de DOS MIL NOVECIENTOS EUROS (2.900,00 €) por grupo seleccionado, pudiendo establecerse hasta un máximo de tres grupos por centro educativo. En ese caso, la cuantía máxima de la ayuda que podrá asignarse a cada centro en virtud de su propuesta, será de 8.700,00 € durante el curso escolar.

El número máximo de grupos que podrán beneficiarse de las ayudas otorgadas a los centros seleccionados, entre las dos ciudades, será de 60. Cada grupo de alumnos se constituye con un máximo de 12 alumnos y un mínimo de 7.

Adicionalmente podrá asignarse hasta un máximo de 615,00 € por centro para dar cobertura a los gastos derivados de material fungible y recursos didácticos necesarios para el desarrollo del programa.

Quinto. Características del programa.

Los centros que deseen participar en el programa concretarán una propuesta de actuaciones que se recogerán en el proyecto (anexo I) y que incluirá: actuaciones directas con alumnos en horario extraescolar; actuaciones de coordinación y organización del trabajo en el centro y actuaciones con la familia y en el entorno.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será del 3 al 21 de septiembre de 2018.

Séptimo. Otros datos.

La documentación requerida para participar en esta convocatoria, que se adjuntará en soporte electrónico al formulario de solicitud accesible por vía telemática en el enlace https://sede.educacion.gob.es, sección "Trámites y Servicios", será la siguiente:

- Proyecto de actuaciones de acuerdo con lo establecido en el anexo I.

- Certificación del secretario del centro de la aprobación del Claustro y del Consejo Escolar que acredite su aprobación para la participación en el Programa.

- Anexo II debidamente cumplimentado, relativo a las autorizaciones y declaraciones responsables (soporte electrónico).

El registro de la solicitud se realizará de manera telemática en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Madrid, 10 de agosto de 2018.- El Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, Alejandro Tiana Ferrer.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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