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Documento BOE-B-2021-18894

Extracto de la Resolución de 8 de abril de 2021 de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se convocan subvenciones públicas destinadas a proyectos de atención a mujeres y niñas víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas menores o con discapacidad para el año 2021.

Publicado en:
«BOE» núm. 93, de 19 de abril de 2021, páginas 24326 a 24327 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Igualdad
Referencia:
BOE-B-2021-18894

TEXTO

BDNS (Identif.): 557277.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/557277)

Primero. Beneficiarios.

Entidades de naturaleza jurídico privada sin ánimo de lucro y con implantación estatal o autonómica según sus estatutos y que, en el momento de la publicación de la convocatoria, carezcan de fines de lucro e incorporen, entre los fines y objetivos recogidos en sus estatutos, la protección, la atención o la asistencia laboral, formativa, informativa, médica, jurídica o psicológica, a víctimas de trata con fines de explotación sexual o personas en contextos de prostitución, o que las entidades u organizaciones solicitantes acrediten fehacientemente, por cualquier medio admitido en derecho, experiencia en el desarrollo y puesta en práctica de proyectos de atención a estos colectivos.

Segundo. Objeto.

Subvenciones para proyectos destinados a la atención a mujeres y niñas víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas menores de edad o con discapacidad, y cuyas actuaciones se desarrollen en ámbitos de asistencia integral, detección, información y asesoramiento, atención psicosocial, asistencia sanitaria, apoyo jurídico, acompañamiento a otros recursos e inserción sociolaboral, incluidas las actividades de formación y la atención a situaciones de especial vulnerabilidad, cuando se propongan actuaciones que prioricen la detección y atención a víctimas menores de edad, mujeres extranjeras en situación irregular, solicitantes de protección internacional, víctimas con discapacidad y con problemas de salud mental, entre otras.

Tercero. Bases Reguladoras.

Orden SSI/1171/2014, de 26 de junio, publicada en el BOE de 7 de julio de 2014.

Cuarto. Cuantía.

La cuantía total de la subvención tendrá un importe máximo de 6.000.000 de euros.

El importe individualizado de cada subvención concedida se establecerá atendiendo a la puntación obtenida y con arreglo a criterios objetivos de valoración, de conformidad con el artículo 6 de la resolución de convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Se formalizarán exclusivamente por vía electrónica, accediendo al formulario a través de la Sede electrónica, cuya dirección es https://sede.mscbs.gob.es/registroElectronico/formularios.htm, en un plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.

Sexto. Otros datos.

La solicitud deberá ir acompañada, en el momento de su presentación, de una memoria explicativa de la entidad, de una descripción del proyecto y de una declaración responsable. Cada entidad podrá presentar un único proyecto.

Madrid, 8 de abril de 2021.- La Secretaria de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, Noelia Vera Ruiz-Herrera.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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